Guía de procedimientos y servicios

PR472A

Expedición de la habilitación y del distintivo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2021 - Plazo cerrado: 15/10/2021 00:00 - 28/10/2021 23:59

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Las/los aspirantes que superaron el curso selectivo deberán presentar una solicitud dirigida a la Dirección General de Emergencias e Interior ajustado al modelo normalizado que figura cómo anexo II de esta resolución (código PR472A) junto con el justificante de tener abonada la correspondiente tasa administrativa y dos fotografías tamaño carnet de identidad, para que le sea expedida la habilitación prevista en el artículo 6 del Decreto 8/2010, de 21 de enero, necesaria para desarrollar la función de control de acceso, junto con el distintivo que los identifique y acredite como personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.

Las personas que hayan superado el curso formativo para habilitación y del distintivo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Dirección Xeral de Emerxencias e Interior

Avda. da Cultura, s/n

36680  Estrada, A  (Pontevedra)

Teléfono: 886206110

Email: formacion.agasp@xunta.gal

https://agasp.xunta.gal

Dirección Xeral de Emerxencias e Interior
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

06/07/2021 00:00 - 09/08/2021 23:59

15/10/2021 00:00 - 28/10/2021 23:59

En el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación en la página web de la Academia Gallega de Seguridad Pública de la relación definitiva de las personas que superaron el curso formativo.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados desde el día 15 al 28 de octubre de 2021.

  • Expedición y renovación de la habilitación. ( 30.48.02)

Puede realizar el pago de estas tasas en la Oficina Virtual Tributaria.

- Solicitud según el  Anexo II.

- Documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento PR472A (Expedición de la habilitación y del distintivo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas).

Las personas que hayan superado el curso formativo deberán aportar con la solicitud:

1. Justificante del pago de la tasa administrativa (código: 30.48.02),.

2. Dos fotografías tamaño carné de identidad, con el nombre y apellidos escritos en el dorso.

En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, al órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación, o , en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad a la formación de la propuestas de resolución.

La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica.

Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias adjuntadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.

Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.

En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superara los tamaños máximo establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, también podrán tramitarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Ley 10/2017, de 27 de diciembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de Galicia (DOG nº 1 del 2 de enero de 2018).

    • Decreto 48/2021, de 11 de marzo, por el que se regula la actividad de control de acceso a los espectáculos públicos y actividades recreativas, así como a los establecimientos o espacios abiertos al público en que se celebren (DOG nº 56 del 24 de marzo de 2021).

    • Anuncio de 16 de junio de 2021 por el que se les informa a las personas interesadas en la obtención de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas de la convocatoria de cursos para obtención de la acreditación de control de acceso a los espectáculos públicos y actividades recreativas, así como a los establecimientos o espacios abiertos al público (DOG nº 120 del 25 de junio de 2021)

    • Resolución de 20 de septiembre de 2021 por la que se convocan 2 ediciones del curso de formación para la obtención de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.

    • Relación de personas aptas en los cursos de “Control de Acceso” celebrados los días 5 e 7 de octubro de 2021.

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