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Detalle procedemento
PR471A
Admisión al curso para la obtención de la habilitación del personal de control de accesos a espectáculos públicos y actividades recreativas.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes
El objeto de esta resolución es la convocatoria de 5 ediciones del curso de formación para la obtención de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas y su expedición.
El curso de formación se regirá por el establecido en esta Resolución y en el Decreto 48/2021, de 11 de marzo , por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, así como a los establecimientos o espacios abiertos al publico en que se realicen.
Este curso de formación va destinado a las personas que pretendan realizar la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Academia Galega de Seguridade Pública (AGASP)
Avda. da Cultura, s/n
36680 Estrada, A (Pontevedra)
Teléfono: 886206110
Fax: 886206122
Email: formacion.agasp@xunta.gal
Plazo de presentación: CERRADO
28/06/2021 00:00 - 12/07/2021 23:59
Para poder ser admitido/la en el curso de formación será necesario presentar una solicitud en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en la página web de la Academia Gallega de Seguridad Pública.
Las personas aspirantes deberán poseer, en la fecha de final del plazo de presentación de solicitudes prevista en esta convocatoria, los siguientes requisitos exigidos por el artículo 6 del Decreto 48/2021:
a) Ser mayor de edad.
b) Tener la nacionalidad española o de alguno de los países que integran la Unión Europea o estar en posesión del permiso de residencia y trabajo correspondientes.
c) Carecer de antecedentes penitenciarios.
d) Tener la aptitud psicológica necesaria acreditada #conforme lo que dispone el artículo 8.4 del Decreto 48/2021.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes del procedimiento PR471A se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
Opcionalmente se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Para la presentación de solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento PR471A
Las personas interesadas en la realización del curso de formación deberán acercar con la solicitud a documentación siguiente:
- Certificado de aptitud psicológica.
El certificado de aptitud psicológica podrá ser expedido por un centro médico-psicotécnico debidamente autorizado conforme a lo dispuesto en el Real decreto 170/2010, de 19 de febrero , por el que se aprueba el Reglamento de centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores o por personal colegiado con la titulación de Psicología o Medicina.
Comprobación de datos
1. Para la tramitación de este procedimiento (PR471A) se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
b) Certificado de inexistencia de antecedentes penales.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el recuadro correspondiente habilitado en el formulario y aportar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
- Fase de solicitud
- Solicitud (Anexo I)
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Ámbito Autonómico
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Orden del 21 de abril de 2010 por la que se aprueban las bases generales de las pruebas para la obtención de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG nº 78 de 27 de abril de 2010).
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Decreto 127/2011, de 23 de junio, por el que se modifica el Decreto 8/2010, de 21 de enero, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG nº 127 del 4 de julio de 2011).
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Decreto 75/2015, de 21 de mayo, por el que se modifica el Decreto 8/2010, de 21 de enero, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG nº 97 del 26 de mayo de 2015).
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Decreto 104/2015, de 23 de julio, por el que se modifica el Decreto 8/2010, de 21 de enero, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG nº 140 del 27 de julio de 2015).
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Ley 10/2017, de 27 de diciembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de Galicia (DOG nº 1 del 2 de enero de 2018).
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Decreto 8/2010, de 21 de enero, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG nº 24 del 5 de febrero de 2010).
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Anuncio de 16 de junio de 2021 por el que se les informa a las personas interesadas en la obtención de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas de la convocatoria de cursos para obtención de la acreditación de control de acceso a los espectáculos públicos y actividades recreativas, así como a los establecimientos o espacios abiertos al público (DOG nº 120 del 25 de junio de 2021)
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Otros procedimientos relacionados
Medallas al mérito de Protección Civil de Galicia y otras condecoraciones.
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