Guía de procedimientos y servicios
Ir á sección pai
Detalle procedemento
SI437B
Premio Comunicar en Igualdad.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos, Empresas y profesionales
Consellería de Política Social e Igualdad
1. El objeto del premio es reconocer y recompensar trabajos de tipo periodístico que contribuyan a la defensa y difusión de los valores de la igualdad entre mujeres y hombres, así como a la lucha contra la violencia de género.
Se trata de premiar las buenas prácticas en relación a un tratamiento acomodado de asuntos de cobertura informativa diaria como pueden ser el sexismo en la publicidad, otros modelos de masculinidad, la violencia machista, la trata de seres humanos con fines de explotación sexual, la violencia de género en colectivos especialmente vulnerables, la situación de la mujer en los diferentes ámbitos, así como los temas relacionados en general con la perspectiva de género y con la desigualdad por razón de género.
2. La concesión del premio se regirá por estas bases; por la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; y, subsidiariamente, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, así como por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de subvenciones.
Modalidades.
1. El Premio Comunicar en Igualdad se convoca bajo las siguientes modalidades:
a) Premio para profesionales del periodismo.
b) Premio para el alumnado universitario.
2. No podrán resultar premiadas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Premio para profesionales del periodismo.
1. En esta categoría se premiarán los mejores trabajos informativos o serie de piezas elaboradas individual o colectivamente, según criterios de calidad, esfuerzo investigador y de sensibilización e idóneo tratamiento informativo sobre la igualdad de género o sobre la violencia de género.
2. Los trabajos originales (esto es, que provengan directamente de su autor/a, sin ser imitación, traducción o copia de otra obra) y en idioma gallego, podrán ser de tipo impreso, digital o audiovisual. Podrán presentarse informaciones, crónicas, entrevistas, artículos de opinión, reportajes fotográficos, documentales o similares; ya publicados o emitidos en algún medio de comunicación (periódicos, radios, televisión o páginas web) con influencia en el ámbito gallego durante el año 2018 y en 2019 hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. Cada participante podrá presentar un único trabajo.
4. Se establecen 3 categorías de premios:
– Un primer premio que tendrá una dotación económica de seis mil euros (6.000 €).
– Un segundo premio con una dotación económica de tres mil euros (3.000 €).
– Un tercero premio con una dotación económica de dos mil euros (2.000 €).
En estas cantidades se efectuarán las retenciones que, en su caso, correspondan de acuerdo con la normativa tributaria aplicable.
Premio para alumnado universitario.
1. En esta categoría podrá participar cualquier alumna o alumno con matrícula en alguna de las titulaciones impartidas en el Sistema universitario de Galicia (SUG) en el curso 2018/19.
2. El premio se otorgará a los mejores trabajos de tipo periodístico según criterios de calidad, esfuerzo investigador e idóneo tratamiento desde la perspectiva de género. Los trabajos, en idioma gallego, podrán ser de tipo impreso, digital o audiovisual. Se valorará que el trabajo ha sido emitido o publicado en algún medio de comunicación (periódicos, radios, televisión o páginas web) con influencia en el ámbito gallego durante el año 2018 y en 2019 hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. Cada participante podrá presentar un único trabajo.
4. Se establecen 3 categorías de premios:
– Un primer premio que tendrá una dotación económica de cuatro mil euros (4.000 €).
– Un segundo premio con una dotación económica de dos mil euros (2.000 €).
– Un tercero premio con una dotación económica de mil euros (1.000 €).
En estas cantidades se efectuarán las retenciones que, en su caso, correspondan de acuerdo con la normativa tributaria aplicable.
- Profesionales del periodismo.
- Alumna o alumno con matrícula en alguna de las titulaciones impartidas en el Sistema universitario de Galicia (SUG) en el curso 2018/19.
Obligaciones de las personas beneficiarias, compatibilidad y reintegro.
1. Las personas beneficiarias quedan obligadas a someterse a las acciones de control, comprobación e inspección que efectúe la Secretaría General de la Igualdad, a las de control financiero que correspondan, en su caso, a la Intervención General de la Comunidad Autónoma, a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, o a otros órganos de la Administración del Estado o de la Unión Europea, a presentar cuanta información les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores, y demás obligaciones establecidas en el artículo 11 de la citada Ley 9/2007.
2. Los premios serán compatibles con cualquier subvención o ayuda para la misma finalidad.
3. Procederá la revocación de las subvenciones, así como el reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y la exigencia de los correspondientes intereses de demora, en los casos y en los términos previstos en los artículos 32 y 33 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento.
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Dirección Xeral de Promoción da Igualdade
Subdirección Xeral de Promoción da Igualdade
San lázaro, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881 995 044
Email: xestion.igualdade@xunta.gal
Plazo de presentación: CERRADO
01/03/2019 00:00 - 16/09/2019 23:59
El plazo de presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de estas bases y convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el 16 de septiembre de 2019.
No podrán resultar premiadas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
1. Las personas interesadas deberán presentar la solicitud según el modelo que figura como anexo I de esta resolución.
2. Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Para la presentación de las solicitudes se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365.
Documentación necesaria para la tramitación del procedimiento
1. Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:
a) Breve currículum del autor o autora del trabajo, en el que debe aparecer la dirección, teléfono y correo electrónico de contacto. Para el caso de profesionales del periodismo, en el currículum también deberán hacer constar el número de colegiación en el colegio oficial de periodistas que corresponda.
b) Memoria justificativa que resuma y explique el trabajo que se presenta, con una extensión máxima de 5 páginas en DIN A4, por una sola cara, con letra arial 12 y con un interlineado sencillo.
c) En el caso de trabajos impresos deberá presentarse una copia en soporte papel y CD. Para el caso de trabajos audiovisuales se presentará una copia en CD/DVD. En el caso de trabajos gráficos podrá presentarse una serie, con un máximo de 5 fotografías, indicando su orden, en soporte CD, formato JPG de alta resolución, mínimo 300dpi. Para los trabajos digitales se indicará a URL donde está publicado el trabajo y, en caso de no estar disponible a través de la red, se presentará un documento PDF en soporte CD.
Además, en su caso, deben incluirse los datos de la publicación (medio de comunicación y fecha de aparición).
2. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que se presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
4. En caso de que alguno de los documentos que se presente de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
b) DNI o NIE de la persona representante, en su caso.
c) Condición de estudiante matriculado/a en el SUG en el curso 2018/19.
d) Certificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
e) Certificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias que constan en poder de la Administración autonómica.
f) Certificado de estar al corriente en el pago de las obligaciones con la Seguridad Social que constan en poder de la Tesorería General de la Seguridad Social.
g) Certificado de no estar incurso/a en inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el formulario de inicio y presentar los documentos.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los datos citados se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.
La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada. Opcionalmente, también podrán presentarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
- Fase de solicitud
- Solicitud (Anexo I)
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
-
Ámbito Autonómico
-
Resolución de 12 de febrero de 2019, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio Comunicar en Igualdad para el año 2019 (DOG nº 42 del 28 de febrero de 2019).
-
Extracto de la Resolución de 12 de febrero de 2019, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio Comunicar en Igualdad para el año 2019 (DOG nº 42 del 28 de febrero de 2019).
-
Resolución de 24 de octubre de 2019, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se adjudica el Premio Comunicar en Igualdad para el año 2019 (DOG nº 215 del 12 de noviembre de 2019).
-
Otros procedimientos relacionados
Subvenciones a festivales del sector audiovisual.
Plazo abierto: 23/12/2025 00:00 - 22/01/2026 23:59
Reconocimiento y acreditación de centros de información a la mujer.
Abierto todo el año
Extinción del reconocimiento y acreditación de centros de información a la mujer.
Abierto todo el año
Ayudas para el sector editorial gallego,relativas a gastos de edición, distribución y comercialización de las publicaciones editoriales.
Plazo cerrado: 12/03/2025 00:00 - 11/04/2025 23:59