Guía de procedimientos y servicios

PE606A

Plazas de residencia en los centros dependientes de la Consejería del Mar.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2019 - Plazo cerrado: 26/06/2019 00:00 - 16/07/2019 23:59

Consellería del Mar

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para el acceso a las plazas de residencia y de comedor en los centros residenciales de la Consellería del Mar, así como, proceder a la convocatoria de las plazas residenciales vacantes para el curso escolar 2019/20.

Clases de plazas.

Las plazas podrán adjudicarse en las siguientes modalidades:

a) Residencia en pensión completa.

b) Media pensión.

c) Almuerzo diario no regular.

Plazas en régimen de residencia en pensión completa.

1. La modalidad de residencia en pensión completa supone la utilización de los servicios residenciales del centro.

2. Las personas que tengan asignada una plaza en la residencia podrán hacer uso de ella en el horario comprendido desde los domingos o festivos, víspera de días lectivos, a las 20.00 horas, hasta el viernes o víspera de días festivos, a las 21.00 horas.

3. Con carácter general, la adjudicación de las plazas en régimen de residencia en pensión completa, se atendrá al procedimiento establecido en el capítulo II.

4. Cuando el número de solicitudes sea igual o inferior al número de plazas de residencia ofertadas, los/las interesados/as deberán cumplir los requisitos exigidos en esta orden y presentar la correspondiente solicitud de acuerdo con lo establecido en el artículo 17.

5. En el caso de determinar que el número de solicitudes es superior al número de plazas ofertadas, se procederá a la adjudicación de plazas por medio del baremo contemplado en el capítulo II.

Plazas en régimen de media pensión y almuerzo diario no regular.

1. Estas plazas dan derecho a almorzar en la sala del comedor del centro.

2. Podrán solicitar plaza en régimen de media pensión y almuerzo diario no regular las personas que, cursando estudios en el centro, cumplan con los requisitos generales del artículo 2 de esta orden, tengan su domicilio habitual a una distancia superior a 15 km del centro docente o bien que, aun siendo una distancia menor, acrediten su imposibilidad de llegar con la puntualidad requerida a las clases.

3. Siempre que exista disponibilidad, la adjudicación de las plazas de media pensión y almuerzo diario no regular será realizada por los centros residenciales, tras presentar la correspondiente solicitud, de acuerdo con el artículo 17, y comprobado que reúne los requisitos recogidos en esta orden, así como el pago de la tasa correspondiente.

Podrá ser beneficiario/a de las plazas de residencia o de comedor todo el alumnado que, durante el curso escolar, esté matriculado en los centros de formación dependientes de esta consellería y realice los siguientes estudios:

a) Marítimo-pesqueros:

– Ciclos formativos de grado medio y superior de la familia profesional marítimo-pesquera.

b) Náutico-pesqueros:

– Capitán/a de pesca, patrón/a costero/a polivalente, patrón/a local de pesca y marinero/a pescador/a.

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro

Subdirección Xeral de Xestión, Ensino e Relacións Sectoriais

Servizo de Coordinación e Apoio á Xestión

Rúa dos Irmandiños, s/n - Salgueiriños

15701  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546151

Fax: 981546138

Email: cma.dxdesenvolvemento@xunta.es

http://webpesca.xunta.es.

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar da Coruña

RÚA RAMÓN Y CAJAL, N 2 - 5º ANDAR

15006  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981182029

Fax: 981182027

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar de Celeiro

RÚA RAMON CANOSA, N 1- CELEIRO

27863  Viveiro  (Lugo)

Teléfono: 982555002

Fax: 982555005

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar de Vigo

Xefatura Comarcal de Pontevedra

Rúa Fernández Ladreda, nº 43 - 4ª Planta

36003  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986805470

Fax: 986805512

Email: delegación.mar.pontevedra@xunta.es

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar de Vigo

RÚA CONCEPCIÓN ARENAL, N 8

36201  Vigo  (Pontevedra)

Teléfono: 986817113

Fax: 986817160

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar da Coruña

Xefatura Comarcal de Ferrol

PRAZA CAMILO JOSÉ CELA,S/N,

15403  Ferrol  (Coruña, A)

Teléfono: 981337315

Fax: 981337318

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar da Coruña

Xefatura Comarcal de Ribeira

PRAZA DOS MARIÑEIROS, S/N

15960  Ribeira  (Coruña, A)

Teléfono: 881997155

Fax: 881997151

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar de Vigo

Xefatura Comarcal de Vilagarcía de Arousa

Alto da Rosa s/n - Carril

36610  Vilagarcía de Arousa  (Pontevedra)

Teléfono: 886206308

Fax: 886206314

Email: xefatura.cmar.vilagarcia@xunta.es

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro

Centros Públicos de Ensinanzas Náuticas e Marítimo-pesqueiro

Escola Oficial Náutico Pesqueira de Ribeira

Praia de Coroso, s/n

15950  Ribeira  (Coruña, A)

Teléfono: 981874476

Fax: 981874368

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro

Centros Públicos de Ensinanzas Náuticas e Marítimo-pesqueiro

Escola Oficial Náutico Pesqueira de Ferrol

R/ Aneiros, s/n Serantes

15405  Ferrol  (Coruña, A)

Teléfono: 981317611

Fax: 981328005

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro

Centros Públicos de Ensinanzas Náuticas e Marítimo-pesqueiro

Instituto Politécnico Marítimo-pesqueiro del Atlántico de Vigo

Beiramar, nº 55

36202  Vigo  (Pontevedra)

Teléfono: 986235609

Fax: 986201286

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro

Centros Públicos de Ensinanzas Náuticas e Marítimo-pesqueiro

Instituto Galego de Formación en Acuicultura da Illa de Arousa

Niño do Corvo, s/n

36626  Vilanova de Arousa  (Pontevedra)

Teléfono: 986527101

Fax: 986527161

Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

26/06/2019 00:00 - 16/07/2019 23:59

1. El plazo de presentación de las solicitudes será de quince (15) días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

2. Resueltas las solicitudes indicadas en el punto anterior, en el caso de existir plazas vacantes, se establece un plazo extraordinario de presentación de solicitudes para el caso de los ciclos formativos que será del 18 al 27 de septiembre de 2019.

Para acceder a las plazas reguladas en esta orden las personas interesadas deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser ciudadanos/as de cualquier país de la Unión Europea o extranjeros/as que acrediten la residencia o estén dentro de un programa de cooperación internacional.

b) Tener cumplidos los 16 años de edad en el año de la convocatoria.

c) Estar matriculado/a en el centro durante el curso escolar.

  • Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

  • Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. También podrán presentarla directamente en las secretarías de los centros residenciales correspondientes.

  • Para la presentación de las solicitudes se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

  • Además, se podrán presentar solicitudes a lo largo del curso escolar. En este caso, el plazo para la presentación de solicitudes finalizará el mismo día en que terminen los plazos de matrícula de cada modalidad de curso.

  • Las personas que en el curso académico anterior hubiesen tenido plaza de residencia conservarán esta para el siguiente curso de un ciclo formativo, previa presentación de la correspondiente solicitud, de acuerdo con el plazo establecido en el apartado 4 del artículo 17, y siempre que acrediten el cumplimiento de los requisitos académicos para el curso y no sean repetidores/as de este.

Documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento.

  • Las personas interesadas deberán adjuntar con la solicitud la siguiente documentación que puede ser requerida por la Comisión de Valoración para justificar cada uno de los criterios de valoración declarados en el artículo 10 de esta Orde:

    • a) Anexo II. Comprobación de los datos de otras personas que componen la unidad familiar, en su caso.

    • b) Certificado de convivencia de las personas que componen la unidad familiar, en su caso. La fecha de su expedición será posterior a la publicación de la convocatoria.

    • c) Documentación acreditativa de la condición de orfandad, en su caso.

    • d) Documentación acreditativa de familia monoparental mediante certificado de convivencia y sentencia de separación/divorcio, convenio regulador o resolución de medidas paterno/maternofiliales, en el caso de ser expedido por otra comunidad autónoma.

    • e) Copia de la certificación académica en la cual figuren las notas correspondientes al curso escolar inmediatamente anterior a esta convocatoria para aquellos/as solicitantes que procedan de otro centro formativo. Estará exento de presentar esta certificación el alumnado de los cursos especificados en el artículo 2, apartado b).

    • f) Título de familia numerosa, en el caso de ser expedido por otra comunidad autónoma.

    • g) Documentación acreditativa del grado de discapacidad igual o superior al 33 % de cualquiera de las personas que componen la unidad familiar, en el caso de ser expedido por otra comunidad autónoma.

  • No será necesario adjuntar los documentos que ya hubiesen sido presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, excepto que conste en el procedimiento su oposición expresa.

En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.

  • La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

  • Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

  • Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

  • a) DNI o NIE de la persona solicitante.

  • b) DNI o NIE de la persona representante, en su caso.

  • c) DNI o NIE del resto de las personas de la unidad familiar, en su caso.

  • d) Documentación acreditativa de los estudios de bachillerato, formación profesional específica o universitaria que estén cursando los hermanos o las hermanas de las personas solicitantes, en su caso.

  • e) Declaración del IRPF tanto de la persona solicitante como de los demás miembros que componen la unidad familiar obligados a declarar (anexo I en el caso del solicitante y anexo II para los demás miembros que componen la unidad familiar).

  • f) Título de familia numerosa en el caso ser expedido por la Xunta de Galicia, en su caso.

  • g) Grado de discapacidad igual o superior al 33 % de la persona solicitante y de cualquiera de las personas que componen la unidad familiar cuando sea expedida por la Xunta de Galicia, en su caso.

  • h) Certificado monoparental de convivencia y sentencia de separación/divorcio, convenio regulador o resolución de medidas paterno/maternofiliales, expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y adjuntar los documentos correspondientes.

3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

  • Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada. Opcionalmente, también podrán tramitarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Plazo de resolución: Tres meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Decreto 143/2013, de 12 de septiembre, por el que se fijan los precios públicos por los servicios de residencia y comedor prestados en los centros de formación de las familias marítimo-pesquera y agroforestal, así como los precios de matrícula en el Aula de Seguridad y Salvamento, dependientes de esta consellería (DOG nº 176 del 16 de septiembre de 2013).

    • Orden de 11 de junio de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para el acceso a las plazas de residencia y de comedor en los centros residenciales de esta consellería, y se convoca la oferta de plazas para el curso académico 2019/20 (DOG nº 119 del 25 de junio de 2019).

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