Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
PE606A
Plazas de residencia en los centros dependientes de la Consejería del Mar.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería del Mar
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para el acceso a las plazas de residencia y de comedor en los centros residenciales de la Consellería del Mar, así como, proceder a la convocatoria de las plazas residenciales vacantes para el curso escolar 2019/20.
Clases de plazas.
Las plazas podrán adjudicarse en las siguientes modalidades:
a) Residencia en pensión completa.
b) Media pensión.
c) Almuerzo diario no regular.
Plazas en régimen de residencia en pensión completa.
1. La modalidad de residencia en pensión completa supone la utilización de los servicios residenciales del centro.
2. Las personas que tengan asignada una plaza en la residencia podrán hacer uso de ella en el horario comprendido desde los domingos o festivos, víspera de días lectivos, a las 20.00 horas, hasta el viernes o víspera de días festivos, a las 21.00 horas.
3. Con carácter general, la adjudicación de las plazas en régimen de residencia en pensión completa, se atendrá al procedimiento establecido en el capítulo II.
4. Cuando el número de solicitudes sea igual o inferior al número de plazas de residencia ofertadas, los/las interesados/as deberán cumplir los requisitos exigidos en esta orden y presentar la correspondiente solicitud de acuerdo con lo establecido en el artículo 17.
5. En el caso de determinar que el número de solicitudes es superior al número de plazas ofertadas, se procederá a la adjudicación de plazas por medio del baremo contemplado en el capítulo II.
Plazas en régimen de media pensión y almuerzo diario no regular.
1. Estas plazas dan derecho a almorzar en la sala del comedor del centro.
2. Podrán solicitar plaza en régimen de media pensión y almuerzo diario no regular las personas que, cursando estudios en el centro, cumplan con los requisitos generales del artículo 2 de esta orden, tengan su domicilio habitual a una distancia superior a 15 km del centro docente o bien que, aun siendo una distancia menor, acrediten su imposibilidad de llegar con la puntualidad requerida a las clases.
3. Siempre que exista disponibilidad, la adjudicación de las plazas de media pensión y almuerzo diario no regular será realizada por los centros residenciales, tras presentar la correspondiente solicitud, de acuerdo con el artículo 17, y comprobado que reúne los requisitos recogidos en esta orden, así como el pago de la tasa correspondiente.
Podrá ser beneficiario/a de las plazas de residencia o de comedor todo el alumnado que, durante el curso escolar, esté matriculado en los centros de formación dependientes de esta consellería y realice los siguientes estudios:
a) Marítimo-pesqueros:
– Ciclos formativos de grado medio y superior de la familia profesional marítimo-pesquera.
b) Náutico-pesqueros:
– Capitán/a de pesca, patrón/a costero/a polivalente, patrón/a local de pesca y marinero/a pescador/a.
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro
Subdirección Xeral de Xestión, Ensino e Relacións Sectoriais
Servizo de Coordinación e Apoio á Xestión
Rúa dos Irmandiños, s/n - Salgueiriños
15701 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546151
Fax: 981546138
Email: cma.dxdesenvolvemento@xunta.es
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Departamento Territorial da Consellería do Mar da Coruña
RÚA RAMÓN Y CAJAL, N 2 - 5º ANDAR
15006 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981182029
Fax: 981182027
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Departamento Territorial da Consellería do Mar de Celeiro
RÚA RAMON CANOSA, N 1- CELEIRO
27863 Viveiro (Lugo)
Teléfono: 982555002
Fax: 982555005
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Departamento Territorial da Consellería do Mar de Vigo
Xefatura Comarcal de Pontevedra
Rúa Fernández Ladreda, nº 43 - 4ª Planta
36003 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986805470
Fax: 986805512
Email: delegación.mar.pontevedra@xunta.es
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Departamento Territorial da Consellería do Mar de Vigo
RÚA CONCEPCIÓN ARENAL, N 8
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817113
Fax: 986817160
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Departamento Territorial da Consellería do Mar da Coruña
Xefatura Comarcal de Ferrol
PRAZA CAMILO JOSÉ CELA,S/N,
15403 Ferrol (Coruña, A)
Teléfono: 981337315
Fax: 981337318
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Departamento Territorial da Consellería do Mar da Coruña
Xefatura Comarcal de Ribeira
PRAZA DOS MARIÑEIROS, S/N
15960 Ribeira (Coruña, A)
Teléfono: 881997155
Fax: 881997151
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Departamento Territorial da Consellería do Mar de Vigo
Xefatura Comarcal de Vilagarcía de Arousa
Alto da Rosa s/n - Carril
36610 Vilagarcía de Arousa (Pontevedra)
Teléfono: 886206308
Fax: 886206314
Email: xefatura.cmar.vilagarcia@xunta.es
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro
Centros Públicos de Ensinanzas Náuticas e Marítimo-pesqueiro
Escola Oficial Náutico Pesqueira de Ribeira
Praia de Coroso, s/n
15950 Ribeira (Coruña, A)
Teléfono: 981874476
Fax: 981874368
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro
Centros Públicos de Ensinanzas Náuticas e Marítimo-pesqueiro
Escola Oficial Náutico Pesqueira de Ferrol
R/ Aneiros, s/n Serantes
15405 Ferrol (Coruña, A)
Teléfono: 981317611
Fax: 981328005
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro
Centros Públicos de Ensinanzas Náuticas e Marítimo-pesqueiro
Instituto Politécnico Marítimo-pesqueiro del Atlántico de Vigo
Beiramar, nº 55
36202 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986235609
Fax: 986201286
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro
Centros Públicos de Ensinanzas Náuticas e Marítimo-pesqueiro
Instituto Galego de Formación en Acuicultura da Illa de Arousa
Niño do Corvo, s/n
36626 Vilanova de Arousa (Pontevedra)
Teléfono: 986527101
Fax: 986527161
Plazo de presentación: CERRADO
26/06/2019 00:00 - 16/07/2019 23:59
1. El plazo de presentación de las solicitudes será de quince (15) días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
2. Resueltas las solicitudes indicadas en el punto anterior, en el caso de existir plazas vacantes, se establece un plazo extraordinario de presentación de solicitudes para el caso de los ciclos formativos que será del 18 al 27 de septiembre de 2019.
Para acceder a las plazas reguladas en esta orden las personas interesadas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser ciudadanos/as de cualquier país de la Unión Europea o extranjeros/as que acrediten la residencia o estén dentro de un programa de cooperación internacional.
b) Tener cumplidos los 16 años de edad en el año de la convocatoria.
c) Estar matriculado/a en el centro durante el curso escolar.
Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. También podrán presentarla directamente en las secretarías de los centros residenciales correspondientes.
Para la presentación de las solicitudes se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Además, se podrán presentar solicitudes a lo largo del curso escolar. En este caso, el plazo para la presentación de solicitudes finalizará el mismo día en que terminen los plazos de matrícula de cada modalidad de curso.
Las personas que en el curso académico anterior hubiesen tenido plaza de residencia conservarán esta para el siguiente curso de un ciclo formativo, previa presentación de la correspondiente solicitud, de acuerdo con el plazo establecido en el apartado 4 del artículo 17, y siempre que acrediten el cumplimiento de los requisitos académicos para el curso y no sean repetidores/as de este.
Documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento.
Las personas interesadas deberán adjuntar con la solicitud la siguiente documentación que puede ser requerida por la Comisión de Valoración para justificar cada uno de los criterios de valoración declarados en el artículo 10 de esta Orde:
a) Anexo II. Comprobación de los datos de otras personas que componen la unidad familiar, en su caso.
b) Certificado de convivencia de las personas que componen la unidad familiar, en su caso. La fecha de su expedición será posterior a la publicación de la convocatoria.
c) Documentación acreditativa de la condición de orfandad, en su caso.
d) Documentación acreditativa de familia monoparental mediante certificado de convivencia y sentencia de separación/divorcio, convenio regulador o resolución de medidas paterno/maternofiliales, en el caso de ser expedido por otra comunidad autónoma.
e) Copia de la certificación académica en la cual figuren las notas correspondientes al curso escolar inmediatamente anterior a esta convocatoria para aquellos/as solicitantes que procedan de otro centro formativo. Estará exento de presentar esta certificación el alumnado de los cursos especificados en el artículo 2, apartado b).
f) Título de familia numerosa, en el caso de ser expedido por otra comunidad autónoma.
g) Documentación acreditativa del grado de discapacidad igual o superior al 33 % de cualquiera de las personas que componen la unidad familiar, en el caso de ser expedido por otra comunidad autónoma.
No será necesario adjuntar los documentos que ya hubiesen sido presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, excepto que conste en el procedimiento su oposición expresa.
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.
La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
b) DNI o NIE de la persona representante, en su caso.
c) DNI o NIE del resto de las personas de la unidad familiar, en su caso.
d) Documentación acreditativa de los estudios de bachillerato, formación profesional específica o universitaria que estén cursando los hermanos o las hermanas de las personas solicitantes, en su caso.
e) Declaración del IRPF tanto de la persona solicitante como de los demás miembros que componen la unidad familiar obligados a declarar (anexo I en el caso del solicitante y anexo II para los demás miembros que componen la unidad familiar).
f) Título de familia numerosa en el caso ser expedido por la Xunta de Galicia, en su caso.
g) Grado de discapacidad igual o superior al 33 % de la persona solicitante y de cualquiera de las personas que componen la unidad familiar cuando sea expedida por la Xunta de Galicia, en su caso.
h) Certificado monoparental de convivencia y sentencia de separación/divorcio, convenio regulador o resolución de medidas paterno/maternofiliales, expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y adjuntar los documentos correspondientes.
3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.
La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada. Opcionalmente, también podrán tramitarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Decreto 143/2013, de 12 de septiembre, por el que se fijan los precios públicos por los servicios de residencia y comedor prestados en los centros de formación de las familias marítimo-pesquera y agroforestal, así como los precios de matrícula en el Aula de Seguridad y Salvamento, dependientes de esta consellería (DOG nº 176 del 16 de septiembre de 2013).
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Orden de 11 de junio de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para el acceso a las plazas de residencia y de comedor en los centros residenciales de esta consellería, y se convoca la oferta de plazas para el curso académico 2019/20 (DOG nº 119 del 25 de junio de 2019).
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Otros procedimientos relacionados
Bolsas de formación en materia de archivos.
Plazo abierto: 13/01/2026 00:00 - 12/02/2026 23:59
Bolsas de formación en biblioteconomía.
Plazo abierto: 09/01/2026 00:00 - 09/02/2026 23:59
Actualización y/o modificación del expediente del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte enseñanzas no universitarias en centros dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad.
Abierto todo el año
Autorización de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.
Abierto todo el año