Guía de procedimientos y servicios

PR472A

Expedición de la habilitación e del distintivo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2019 - Plazo cerrado: 20/03/2019 00:00 - 02/04/2019 23:59

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Las/los aspirantes que superen las pruebas deberán presentar una solicitud dirigida a la Dirección General de Emergencias e Interior ajustado al modelo normalizado que figura cómo anexo II de esta resolución (código PR472A) junto con el justificante de tener abonada la correspondiente tasa, para que le sea expedida la habilitación prevista en el artículo 6 del Decreto 8/2010, de 21 de enero, necesaria para desarrollar la función de control de acceso, junto con el distintivo que los identifique y acredite como personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.

Las personas que superaron las pruebas para habilitación y del distintivo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Dirección Xeral de Emerxencias e Interior

Avda. da Cultura, s/n

36680  Estrada, A  (Pontevedra)

Teléfono: 886206110

Email: formacion.agasp@xunta.gal

https://agasp.xunta.gal

Dirección Xeral de Emerxencias e Interior
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

20/03/2019 00:00 - 02/04/2019 23:59

Los/las aspirantes declarados/as aptos/as en esta resolución deberán presentar en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, solicitud ajustada al modelo oficial (PR472A) que se publicó como anexo II en la Resolución de 29 de octubre de 2019 (DOG núm. 212, de 7 de noviembre), junto con el justificante de haber abonado la correspondiente tasa, para que le sea expedida la habilitación prevista en el artículo 6 del Decreto 8/2010, de 21 de enero, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.

  • Expedición y renovación de la habilitación. ( 30.48.02)

Puede realizar el pago de estas tasas en la Oficina Virtual Tributaria.

  • Solicitud según el Anexo II de la Resolución del 29 de octubre de 2018.

  • El pago de la tasa podrá hacerse en cualquiera de las modalidades previstas en la disposición cuarta de esta resolución, debiendo cubrir los siguientes códigos en el modelo de autoliquidación:

    Conselleria de: Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.

    Código: 04.

    Delegación de Servicios Centrales.

    Código: 13.

    Servicio de Interior y Espectáculos Públicos.

    Código: 20.

    Tasa: denominación: expedición y renovación de la habilitación.

    Código: 30.48.02.

    Total: 6.08 euros.

  • La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados para facilitar la realización de trámites administrativos después de la presentación de las solicitudes de inicio. Estos modelos se presentarán por medio electrónicos accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes también podrán presentarlos presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Decreto 8/2010, de 21 de enero, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG nº 24 del 5 de febrero de 2010).

    • Orden del 21 de abril de 2010 por la que se aprueban las bases generales de las pruebas para la obtención de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG nº 78 de 27 de abril de 2010).

    • Decreto 127/2011, de 23 de junio, por el que se modifica el Decreto 8/2010, de 21 de enero, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG nº 127 del 4 de julio de 2011).

    • Decreto 75/2015, de 21 de mayo, por el que se modifica el Decreto 8/2010, de 21 de enero, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG nº 97 del 26 de mayo de 2015).

    • Decreto 104/2015, de 23 de julio, por el que se modifica el Decreto 8/2010, de 21 de enero, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG nº 140 del 27 de julio de 2015).

    • Resolución de 29 de octubre de 2018 por la que se convocan pruebas para la obtención de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG nº 212 del 7 de noviembre de 2018).

    • Resolución de 14 de diciembre de 2018 por la que se aprueban y se hacen públicas las relaciones provisionales de admitidos y excluidos a las pruebas para la obtención de la habilitación del personal de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG nº 244 del 24 de diciembre de 2018).

    • Resolución de 11 de febrero de 2019 por la que se aprueban y se hacen públicas las relaciones definitivas de admitidos y excluidos en las pruebas para la obtención de la habilitación del personal de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, así como la composición del tribunal calificador, la fecha, la hora y el lugar de realización de las pruebas (DOG nº 35 del 19 de febrero de 2019).

    • Resolución de 8 de marzo de 2019 por la que se hace pública la relación de aspirantes declarados/as aptos/as en las pruebas para la obtención de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas convocadas mediante la Resolución de 29 de octubre de 2018 (Diario Oficial de Galicia número 212, de 7 de noviembre) (DOG nº 54 de 18 de marzo de 2019).

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