Guía de procedimientos y servicios

ED507A

Ayudas para financiar actividades de las confederaciones y federaciones de madres y padres del alumnado y de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros de educación especial.

Procedimiento dirigido a: Asociaciones y ong

Convocatoria 2018 - Plazo cerrado: 24/02/2018 00:00 - 23/03/2018 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Sobre el procedimiento

Se hace pública la convocatoria con el código de procedimiento ED507A, de ayudas destinadas a subvencionar la realización de actividades por parte de las federaciones y confederaciones de madres y padres del alumnado legalmente constituidas y de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros de educación especial, desde el 1 de enero de 2018 hasta el plazo límite de justificación de gastos.

Las ayudas van destinadas tanto a la realización de actividades como a sufragar gastos derivados de la gestión, administración, adquisición de material no inventariable y mantenimiento ordinario de las instalaciones que se originen en el período subvencionado.

Podrán solicitar estas ayudas las federaciones y confederaciones de madres y padres del alumnado, así como las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros de educación especial.

Obligaciones de las entidades beneficiarias.

La entidad beneficiaria está obligada a facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control del destino de las ayudas.

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos

Subdirección Xeral de Centros

SAN CAETANO S/N

15711  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546516

Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

24/02/2018 00:00 - 23/03/2018 23:59

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día de plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.

Estar inscritas en el censo de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

  • Las entidades interesadas deberán presentar con la solicitud (modelo normalizado anexo I) la siguiente documentación:

    • a) Presupuesto desglosado de cada una de las actividades, de los gastos derivados de la gestión, administración, adquisición de material no inventariable y mantenimiento de las instalaciones que se originen en el período subvencionado.

    • b) Plan de actividades para las cuales se solicita la ayuda, haciendo constar una breve memoria por cada una de las actividades.

    • c) Copia certificada del acuerdo del órgano competente por el que se decide solicitar la ayuda.

    • d) Para las federaciones, relación de las asociaciones de madres y padres del alumnado que las integran. Para las confederaciones, relación de las asociaciones de madres y padres del alumnado y de las federaciones que las integran.

  • Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

  • a) NIF de la entidad solicitante.

  • b) DNI o NIE de la persona representante.

  • c) Certificado de la Agencia Tributaria para acreditar el cumplimiento del pago de las obligaciones tributarias.

  • d) Certificado de la Tesorería de la Seguridad Social para acreditar el cumplimiento del pago de las obligaciones con la Seguridad Social.

  • e) Certificado de no tener ninguna deuda pendiente con la Administración pública de la comunidad autónoma.

2. En el caso de que las entidades interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el formulario de inicio y presentar los documentos correspondientes.

3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

  • Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema del usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

  • La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las entidades interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

Si alguna de las entidades interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la sea realizada la enmienda.

  • Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de el.

  • En el caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superara los tamaños máximos establecidos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de éste de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución: Cinco meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG nº 121 del 25 de junio de 2007).

    • Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG nº 20 del 29 de enero de 2009).

    • Corrección de errores.-Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG nº 61 del 30 de marzo de 2009).

    • Orden de 13 de febrero de 2018 por la que se convocan ayudas para financiar actividades de las confederaciones y federaciones de madres y padres del alumnado y de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros de educación especial para el año 2018 (DOG nº 39 del 23 de febrero de 2018).

    • Extracto de la Orden de 13 de febrero de 2018 por la que se convocan ayudas para financiar actividades de las confederaciones y federaciones de madres y padres del alumnado, y de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros de educación especial para el año 2018 (DOG nº 39 del 23 de febrero de 2018).

    • Orden de 4 de mayo de 2018 por la que se conceden ayudas para financiar actividades de las confederaciones y federaciones de madres y padres del alumnado y de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros de educación especial para el año 2018 (DOG nº 96 del 22 de mayo de 2018).

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