Guía de procedimientos y servicios

ED431E

Ayudas para la mejora, creación, reconocimiento y estructuración de agrupaciones estratégicas del Sistema Universitario de Galicia.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Convocatoria 2018 - Plazo cerrado: 14/07/2018 00:00 - 13/08/2018 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Sobre el procedimiento

La presente orden establece las condiciones, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, para el acceso a las ayudas para el desarrollo de agrupaciones estratégicas dentro del SUG, entendidas como estructuras organizativas de investigación más eficientes mediante la integración estable de los recursos, capacidades y objetivos de los actuales grupos de investigación. Estas agrupaciones, definidas como tales por las universidades proponentes, con un nivel de agregación superior al grupo de investigación, tendrán por objeto desarrollar una actividad de investigación colaborativa estable y planificada con objetivos propios.

A tal fin se establecen dos modalidades:

Modalidad A: mejora de las agrupaciones estratégicas de investigación reconocidas y que ya fueron objeto de las ayudas concedidas al amparo de la Orden de 26 de junio de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la creación, reconocimiento y estructuración de agrupaciones estratégicas del Sistema universitario de Galicia.

La ayuda se destinará a apoyar un programa de acciones relacionadas con la agenda científica de la agrupación, el fortalecimiento de su estructura interna y el fomento de su proyección hacia el exterior, la integración y el fortalecimiento de sinergia para una mejor consecución de sus fines.

Modalidad B: creación de nuevas agrupaciones estratégicas de investigación:

La necesidad de la creación de una nueva agrupación quedará justificada cuando su actuación aporte una contribución significativa a los siguientes objetivos:

a) Carácter estratégico y/o singular de la agrupación en el contexto gallego tomando en consideración el valor añadido que supone su creación y la contribución a los objetivos fijados singularmente en el marco de la Estrategia de especialización inteligente para Galicia (RIS3) y en otras prioridades que puedan ser estratégicas en el contexto de la comunidad autónoma. En esta convocatoria la singularidad configura un parámetro básico de importancia en el baremo de las propuestas, al objeto de evitar duplicidades y solapamientos que mermen las capacidades del sistema.

b) Combinación e integración efectiva de las capacidades y de los recursos de los grupos de investigación con la finalidad de conseguir mejores resultados científicos y tecnológicos.

c) Realización de investigación estratégica, colaborativa e interdisciplinar de calidad en el contexto de la comunidad autónoma y mejora de su proyección en el ámbito internacional.

d) Establecimiento de estrategias comunes de gestión y transferencia de resultados de investigación.

e) Aprovechamiento conjunto de infraestructuras, equipación y espacios disponibles o de nueva creación del SUG.

f) Incorporación de nuevo personal investigador en áreas que por su actividad científica y tecnológica, por su competencia en la captación de recursos y por su valor estratégico institucional así lo requieran.

g) Incorporación racional y sostenible de personal de apoyo para el desarrollo de tareas de gestión, comerciales, informáticas, de laboratorio u otras similares que sean necesarias para la realización más eficiente de la actividad investigadora.

h) Mayor presencia de investigadores/as del SUG en programas de investigación e intercambio internacionales.

La ayuda se destinará a la elaboración de un plan estratégico para el período 2018-2022, que incluirá los objetivos que pretende conseguir la agrupación a corto plazo (2020) y a medio plazo (2022), y al desarrollo de un programa de actuaciones para la puesta en marcha y funcionamiento común de la agrupación para el período 2018-2020.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas de esta orden las universidades del SUG y las destinarán a sus agrupaciones estratégicas, reconocidas como tales por las propias universidades.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Secretaría Xeral de Universidades

Subdirección Xeral de Promoción Científica e Tecnolóxica Universitaria

Servizo de Xestión Científico-Tecnolóxica

San Caetano, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 881995150/ 881995156

Fax: 881999135

Email: promocioncientifica.educacion@xunta.gal

Subdirección Xeral de Universidades
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

14/07/2018 00:00 - 13/08/2018 23:59

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación de esta orden en el DOG. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.

Modalidad A:

1. Que la agrupación ya fuera objeto de ayuda en la convocatoria del año 2015 y que esté incluida en el convenio del año 2017 de colaboración entre la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria y las universidades de A Coruña, Santiago de Compostela y Vigo para la financiación de agrupaciones estratégicas de investigación.

2. Que la composición de la agrupación respete el ámbito temático, la pluralidad de líneas de actuación, la capacidad, la calidad y la coherencia con las que fueron evaluadas al final de la ayuda del año 2015.

3. La agrupación podrá aumentar o minorar la masa crítica preexistente siempre que existan razones científicas o estratégicas que así lo aconsejen. Cualquiera de estas opciones deberá estar debidamente justificada en la documentación que se presente. En el caso de minoración de la masa crítica deberá contarse además con un informe favorable de un órgano asesor externo y la producción científica generada durante el período de actividad por el personal investigador que abandona la agrupación no se tendrá en cuenta en este proceso de concurrencia competitiva.

Modalidad B:

1. Que la agrupación que se pretende crear incluya, cuando menos, 5 grupos de investigación del SUG.

El grupo deberá figurar inscrito en los registros de la universidad en la fecha de publicación de esta convocatoria. La totalidad de las personas que componen el grupo se integrará en la agrupación no admitiéndose excepciones individuales.

Podrán integrarse en la agrupación grupos y personal investigador individual que no pertenezcan a las universidades del SUG.

La inclusión en la agrupación de grupos o capacidades de otras universidades del SUG distintas a la de la universidad proponente, así como de otros organismos públicos de investigación de la Comunidad Autónoma de Galicia será valorada positivamente.

Cada grupo o investigador/a sólo podrá formar parte de una solicitud.

Las agrupaciones que se propongan no podrán integrar grupos de investigación o investigadores/as individuales que formen parte de un centro de investigación singular o de una agrupación estratégica consolidada financiadas con cargo a la convocatoria de ayudas de la Xunta de Galicia para estas unidades de investigación supragrupales en el año 2016. Tampoco podrán integrarse grupos o personas que estén incluidos en centros que tengan el reconocimiento Severo Ochoa o María de Maeztu.

2. Que presente un programa de actuación de la agrupación, basado en una visión y misión claramente definidas, que manifiesten credibilidad y viabilidad suficiente. Este programa será conformado o replanteado durante el ejercicio de planificación estratégica e incluirá el contenido que se detalla en el artículo 6 de esta orden.

  • Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:

    • a) Presentación de la agrupación, incluyendo:

      • Nombre y acrónimo.

      • Certificación de la universidad proponente de los grupos que la integran y su dependencia institucional (desglosando nominalmente y según su categoría profesional la totalidad del personal que los componen) y/o investigadores/as individuales que se adscriban.

      • Nombramiento de una persona que liderará la agrupación y que actuará como coordinadora de la actividad y contacto con la Administración durante la vigencia de la ayuda.

      • Resumen de los objetivos de la agrupación y de la justificación de su existencia.

    • b) Para las que optan por la modalidad A, deberán presentar una memoria descriptiva de la trayectoria de la agrupación en el período 2015-2017, que señale los resultados de investigación más destacables, así como los hitos significativos ocurridos en el avance de la integración estratégica y un programa de actuación del período 2018-2020 que incluirá:

1º. Resultados y trayectoria de la agrupación en el período de estructuración 2015-2017.

1º.1. Gobernanza, organización, gestión y monitorización:

  • Coordinador: capacidad de liderazgo institucional y científico.

  • Gobierno: descripción del modelo de gobernanza.

  • Organización: organigrama y descripción de la estructura organizativa (estructura directiva, científica y de gestión).

  • Monitorización: descripción de los mecanismos de monitorización y seguimiento.

Se deberá proporcionar una descripción indicando si se realizaron cambios con respecto a lo propuesto en el plan estratégico, así como los pasos dados para la implementación efectiva de los mecanismos de gobierno, estructura organizativa y monitorización en el período 2015-2017.

1º.2. Integración de la agrupación a nivel científico:

  • Descripción de las actuaciones realizadas para avanzar en la integración de la agrupación a nivel científico de conformidad con el modelo definido en el plan estratégico.

1º.3. Implementación del plan estratégico:

  • Informe del grado de implementación del plan estratégico.

  • Efectos de la aplicación del plan estratégico sobre el funcionamiento de la agrupación, indicando las modificaciones de ésta como resultado de aplicar las directrices del plan (o de sus actualizaciones).

2º. Programa de actuación 2018-2020.

2º.1. Recursos:

  • Composición de la agrupación, incluyendo la justificación de las modificaciones de la masa crítica con respecto al período anterior.

  • Medios materiales con los que se cuenta y se pretende conseguir.

2º.2. Agenda científica:

  • Descripción de la agenda de investigación (objetivos científicos, líneas de trabajo, principales proyectos y vinculación con los grupos de investigación).

  • Modelo de organización científica.

2º.3. Programa de actuación.

  • Objetivos para dinamizar la agrupación en el período 2018-2020, de acuerdo con el plan estratégico.

  • Plan de actividades en el período 2018-2020.

  • Plan de gestión de la diversidad de género.

  • Cronograma para el período 2018-2020.

  • Memoria económica desglosada para las anualidades 2018 a 2020.

  • Previsión económica para el período 2018-2022, indicando los recursos externos que se espera captar y las previsibles fuentes de financiación, así como la identificación de las convocatorias nacionales e internacionales de financiación competitivas a las que se espera concurrir.

  • c) Para las que optan por la modalidad B, deberán presentar una memoria descriptiva de la estrategia de investigación y estructuración que va a seguir la agrupación que incluirá:

1º. Composición de la agrupación y trayectoria científica.

1º.1. Composición y dotación de recursos humanos y técnicos de la agrupación:

  • Coordinador: capacidad de liderazgo institucional y científico.

  • Grupos que la integran y su dependencia institucional indicando si son en la actualidad grupos de referencia competitiva o con potencial de crecimiento del Programa para la consolidación y estructuración de unidades de investigación competitivas y otras acciones de fomento en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i.

  • Personal de investigación, técnico y de gestión que componen los grupos, indicando su género y categoría profesional y si están financiados por programas autonómicos, nacionales o internacionales.

  • Otros integrantes de la agrupación: grupos de investigación o personal investigador de fuera del SUG, colaboradores externos, empresas...

  • Plan de gestión de la diversidad de género.

  • Infraestructura e instalaciones con las que cuenta.

1º.2. Trayectoria investigadora, formación y transferencia (resultados obtenidos en el período 2015-2017):

  • Producción científica: resumen de indicadores de producción científica (número de publicaciones en Wos/Scopus, citas recibidas, publicaciones en revistas Q1 y Q2), libros y capítulos de libros, otras publicaciones destacadas. Contribuciones en conferencias científicas internacionales y organización de eventos científicos.

  • Formación: participación en programas de doctorado y máster, número de tesis leídas, indicando fecha, título, nombre del/de la doctor/a y nombre del/de la director/a.

  • Cartera de proyectos activos indicando la fuente de financiación (proyectos propios, colaborativos, contratos y convenios de valorización, participación en redes), programas de formación y desarrollo del talento, colaboraciones destacadas...

  • Transferencia y valoración: contratos de I+D, prestación de servicios tecnológicos, patentes, ingresos por licencia, creación de spin-off…

  • Premios, reconocimientos o cargos en organismos científicos, participación en consejos editoriales de revistas científicas indexadas en WoS o Scopus...

2º. Planteamiento estratégico.

2º.1. Definición, planteamiento estratégico, visión, misión y modelo organizativo:

  • Presentación: datos identificativos, definición incluyendo los principales ámbitos de investigación, carácter singular y aspectos destacados.

  • Planteamiento estratégico preliminar: contexto externo, debilidades y fortalezas de la agrupación, objetivos y ejes estratégicos.

  • Misión y visión de la agrupación, entendidas como breves descripciones conceptuales en las que la agrupación define lo que debe hacer en el momento actual para atender la finalidad con la que se crea y lo que quiere ser en un futuro próximo.

  • Gobernanza y modelo organizativo: descripción de los mecanismos de gobernanza, modelo de organización científica y de gestión.

  • Monitorización y evaluación estratégica describiendo los mecanismos y medidas de control para el seguimiento y evaluación de la estrategia y del funcionamiento de la agrupación.

2º.2. Agenda científica:

  • Descripción de la agenda con la visión de su desarrollo a medio y largo plazo, indicando objetivos científicos, líneas de trabajo, proyectos...

  • Modelo de organización científica.

2º.3. Programa de actuación y memoria económica:

  • Plan de actividades en el período 2018-2020.

  • Cronograma para el período 2018-2020.

  • Memoria económica desglosada para las anualidades 2018-2020.

  • Previsión económica para el período 2018-2022, indicando los recursos externos que se espera captar y las previsibles fuentes de financiación, así como la identificación de las convocatorias nacionales e internacionales de financiación competitivas a las que se espera concurrir.

  • d) Declaración de las ayudas solicitadas o concedidas para el mismo fin de todas las administraciones públicas o por sus organismos o sociedades (que se incluye en el anexo IV).

Toda la documentación indicada irá firmada por la autoridad que representa legalmente la universidad correspondiente. La memoria descriptiva irá firmada por la persona encargada de la coordinación científica de la agrupación. Toda esta documentación que acompaña la solicitud deberá cubrirse según los modelos disponibles en internet en la dirección http://www.edu.xunta.gal.

No será necesario aportar los documentos que ya hubieran sido presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.

En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerir a la persona interesada su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad al planteamiento de la propuesta de resolución.

  • Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

  • a) DNI o NIE de la persona representante.

  • b) Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

  • c) Certificado acreditativo de estar al corriente del pago con la Seguridad Social.

  • d) Certificado acreditativo de estar al corriente del pago con la Consellería de Hacienda.

2. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

  • Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado ED431E (anexo IV), disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.

Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

  • La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para la comparación de la copia electrónica presentada.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la enmienda.

  • Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.

  • En caso de que alguno de los documentos que se van a presentar de forma electrónica supera los tamaños máximos establecidos o tiene un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de éste de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución: Cinco meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Resolución de 22 de mayo de 2020 por la que se acuerda la apertura de los procedimientos del programa 561B de investigación universitaria que están suspendidos como consecuencia de la declaración del estado de alarma provocado por el COVID-19 (DOG nº 107 de 3 de junio de 2020).

    • Orden de 4 de julio de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la mejora, creación, reconocimiento y estructuración de agrupaciones estratégicas del Sistema universitario de Galicia y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2018 (DOG nº 134 del 13 de julio de 2018).

    • Extracto de la Orden de 4 de julio de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la mejora, creación, reconocimiento y estructuración de agrupaciones estratégicas del Sistema universitario de Galicia y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2018 (DOG nº 134 del 13 de julio de 2018).

    • Orden de 9 de octubre de 2018 por la que se modifica la Orden de 4 de julio de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la mejora, creación, reconocimiento y estructuración de agrupaciones estratégicas del Sistema universitario de Galicia y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2018 (DOG nº 198 del 17 de octubre de 2018).

    • Resolución de 24 de ocutubre de 2018 por la que se conceden las ayudas de la Orden de 4 de julio de 2018, modificada por la Orden de 9 de octubre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la mejora, creación, reconocimiento y estructuración de agrupaciones estratégicas del Sistema universitario de Galicia, y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2018 (DOG nº 210 del 5 de noviembre de 2018).

    • Corrección de errores. Resolución de 24 de octubre de 2018 por la que se conceden las ayudas de la Orden de 4 de julio de 2018, modificada por la Orden de 9 de octubre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la mejora, creación, reconocimiento y estructuración de agrupaciones estratégicas del Sistema universitario de Galicia, y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2018 (DOG nº 214 del 9 de noviembre de 2018).

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