Guía de procedimientos y servicios

ED311A

Premios extraordinarios de bachillerato.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2018 - Plazo cerrado: 02/05/2018 00:00 - 01/06/2018 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Se convocan en la Comunidad Autónoma de Galicia, los premios extraordinarios de bachillerato (procedimiento ED311A) para el alumnado que finalice los estudios de bachillerato en el curso 2017/18 en un centro docente de la Comunidad Autónoma de Galicia y cumpla los requisitos establecidos en esta orden.

Esta convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, tiene como objeto el reconocimiento del especial aprovechamiento del alumnado que cursó en la Comunidad Autónoma de Galicia cualquiera de las modalidades de bachillerato establecidas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

Número y características de los premios.

1. Se podrá conceder un máximo de 20 premios extraordinarios.

2. Cada premio estará dotado con 1.000 €, con cargo a la partida presupuestaria 10.50.423La.480.1 del año 2018 con una dotación global de 20.000 €.

3. Estos premios extraordinarios de bachillerato son compatibles con cualquier otro premio, incluidos los premios nacionales de bachillerato.

4. El alumnado que obtenga el premio extraordinario recibirá, además de la cuantía económica, un diploma acreditativo y el/la secretario/a del centro público donde esté depositado el expediente académico anotará en él la distinción.

5. Los/las alumnos/as que obtengan el premio extraordinario de bachillerato podrán concurrir, después de inscripción, al correspondiente premio nacional.

6. El alumnado que obtenga el premio extraordinario de bachillerato podrá estar exento, durante el primer año y por una sola vez, del pago de los precios públicos por matrícula en el primer curso de los estudios superiores en un centro público, según se establezca en la normativa vigente para el curso 2018/19.

Alumnado que finalizara los estudios de bachillerato en el curso 2017-2018 en un centro docente de la Comunidad Autónoma de Galicia bien en la modalidad presencial o en la modalidad a distancia, sea propuesto para título en la convocatoria ordinaria del dicho curso y haber obtenido una nota media del bachillerato igual o superior a 8,7.

Deberes de los/as ganadores/as.

1. El alumnado que obtenga premio extraordinario tiene el deber de facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de las funciones de fiscalización y control que le competen, según dispone el artículo 14.1.k) de la Ley 9/2007, de 3 de junio, de subvenciones de Galicia.

2. El alumnado ganador debe facilitar la titularidad de una cuenta bancaria con 24 dígitos y declarar sobre la veracidad de los datos relativos a dicha cuenta en que se ingresará, mediante transferencia bancaria, la dotación del premio, según el modelo de anexo III. El importe del premio estará sujeto a las retenciones que legalmente correspondan.

3. La persona beneficiaria tiene el deber del reintegro, total o parcial, de la subvención o de la ayuda pública percibida en el supuesto de incumplimiento de las condiciones establecidas para su concesión, tal como indican los artículos 14.1.j) y 33 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Dirección Xeral de Ordenación e Innovación Educativa

Subdirección Xeral de Inspección e Avaliación do Sistema Educativo

Servizo de Avaliación do Sistema Educativo

Edificio Administrativo San Caetano s/n, bloque 2, 1º andar

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981540205 / 981546527

Fax: 981546550

Email: premios@edu.xunta.es

Dirección Xeral de Formación Profesional
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

02/05/2018 00:00 - 01/06/2018 23:59

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día 2 de mayo de 2018.

Podrá optar al premio extraordinario de bachillerato el alumnado que cumpla los siguientes requisitos:

1. Haber finalizado los estudios de bachillerato en el curso 2017/18 en un centro docente de la Comunidad Autónoma de Galicia, bien en la modalidad presencial, bien en la modalidad a distancia y ser propuesto para título en la convocatoria ordinaria de dicho curso.

2. Haber obtenido una nota media del bachillerato igual o superior a 8,75. La nota media se calculará de acuerdo con el establecido en la disposición adicional quinta del Decreto 86/2015, de 25 de junio, por el que se establece el currículo de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG de 29 de junio de 2015).

3. No estar incurso/a en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en los números 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; estar al corriente en el pago de deberes por reintegro de subvenciones, conforme el artículo 10.2.g) de la citada ley y el artículo 9 del Reglamento de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; estar al corriente en el cumplimiento de los deberes tributarios o frente a la Seguridad Social y no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma, conforme el artículo 10.2.e) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Todos los requisitos relacionados en este artículo deberán poseerse en el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

  • Los centros públicos de educación dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria en los que está el expediente académico del alumnado de centros privados enviarán la certificación académica de bachillerato del alumnado que no tenga todo su expediente recogido en la base de datos de la aplicación XADE, en el que se refleje la calificación final a la que se refiere el artículo 3.2 de esta orden, firmada por el/la secretario/a con el visto bueno del/de la director/a.

Esta certificación se enviará a la dirección de correo electrónico premios@edu.xunta.es

  • Las solicitudes las suscribirán directamente las personas interesadas con plena capacidad de obrar o, en su caso, los/las representantes legales de los/las solicitantes.

Las solicitudes (anexo I) se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

  • Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas siempre que la persona interesada expresase su consentimiento para que sean consultados u obtenidos:

  • a) Documento de identidad, DNI o NIE de la persona solicitante.

  • b) Expediente de los estudios de bachillerato cursados por el/la solicitante.

  • c) Certificado de estar al corriente de los deberes tributarios con la AEAT.

  • d) Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.

  • e) Certificado de estar al corriente de pago con la Consellería de Hacienda.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el formulario de inicio y aportar los documentos.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

  • La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta del ciudadano de la persona interesada. Opcionalmente, también podrán tramitarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Plazo de resolución: Cinco meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 27 de febrero de 2018 por la que se convocan los premios extraordinarios de bachillerato correspondientes al curso 2017/18 (DOG nº 53 del 15 de marzo de 2018).

    • Extracto de la Orden de 27 de febrero de 2018 por la que se convocan los premios extraordinarios de bachillerato correspondientes al curso 2017/18 (DOG nº 53 del 15 de marzo de 2018).

    • Orden de 26 de septiembre de 2018 por la que se publica la concesión de los premios extraordinarios de bachillerato correspondientes al curso 2017/18 convocados por la Orden de 27 de febrero de 2018 (Diario Oficial de Galicia de 15 de marzo) (DOG nº 190 del 4 de octubre de 2018).

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