Guía de procedimientos y servicios

ED202A

Ayudas económicas para la formación práctica en centros de trabajo.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2018 - Plazo cerrado: 14/10/2018 00:00 - 14/11/2018 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Convocar ayudas económicas para la realización de la formación práctica en centros de trabajo (FCT) en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento ED202A), en las siguientes modalidades:

1. Modalidad A. Alumnado matriculado en ciclos formativos de grado profesional básico, grado medio y grado superior de formación profesional inicial, artes plásticas y diseño, enseñanzas deportivas y programas formativos y que realice la FCT dentro del territorio español.

2. Modalidad B. Alumnado matriculado en ciclos formativos de grado profesional básico, grado medio o grado superior de formación profesional inicial, de artes plásticas y diseño, enseñanzas deportivas y que realice la FCT fuera del territorio español a fin de mejorar las competencias lingüísticas y profesionales.

Podrá concurrir a esta convocatoria el alumnado matriculado en centros públicos de esta comunidad autónoma y, en el caso de centros privados, el alumnado matriculado en enseñanzas concertadas con la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria que esté cursando el último curso de un ciclo formativo de grado profesional básico, grado medio o grado superior de formación profesional inicial, artes plásticas y diseño, enseñanzas deportivas y programas formativos.

Obligaciones de las personas beneficiarias.

1. La persona beneficiaria está obligada al reintegro, total o parcial, de la subvención o de la ayuda pública percibida en el supuesto de incumplimiento de las condiciones establecidas para su concesión, previo procedimiento establecido en el artículo 77 y siguientes del citado Reglamento de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia.

2. La persona beneficiaria está obligada a facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, por el Tribunal de Cuentas y por el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de las funciones de fiscalización y control que les correspondan.

3. A los efectos del artículo 31.7 de la Ley 9/2007, se utilizará la declaración responsable recogida en el anexo IV de esta orden.

4. En virtud de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, las personas físicas y jurídicas beneficiarias de subvenciones están obligadas a suministrar a la Administración, al organismo o a la entidad de las previstas en su artículo 3.1, a que se encuentren vinculadas, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquella de las obligaciones prevista en el título I de la citada ley.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Dirección Xeral de Formación Profesional

Subdirección Xeral de Innovación Profesional e Coordinación co Sistema Produtivo

Servizo de Orientación e Innovación Profesional

Edificio Administrativo San Caetano, s/n, bloque 2, planta baixa

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981540213 / 981546540

Fax: 881999509

www.edu.xunta.es/fct

Dirección Xeral de Formación Profesional
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

14/10/2018 00:00 - 14/11/2018 23:59

Según la Orden de 24 de abril de 2018 (DOG nº 91 del 14 de Mayo de 2018) el segundo plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre el 14 de octubre y el 14 de noviembre de 2018, para el alumnado de ciclos formativos al que le corresponda realizar la FCT en el período de septiembre a diciembre de 2018. Este alumnado deberá terminar obligatoriamente el período de formación en centros de trabajo antes del 31 de diciembre de 2018. El alumnado que tenga horario flexible con autorización de la dirección general y finalice después del 31 de diciembre de 2018 se acogerá a la siguiente convocatoria de ayudas.

- El alumnado que concurra a esta convocatoria de ayudas deberá terminar el período de formación práctica en centros de trabajo antes del 31 de diciembre de 2018.

- No podrá tener la condición de persona beneficiaria de las ayudas previstas en esta orden el alumnado que incurra en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

- El/la solicitante debe cumplir los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pago ninguna deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma según lo indica el artículo 11 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007.

  • El alumnado que reúna los requisitos para participar en esta convocatoria presentará la siguiente documentación:

    • Solicitud normalizada según el anexo I de esta orden.

    • Declaración de la dirección de residencia durante el período de realización de la FCT, según el anexo II de esta orden.

  • Comprobación de datos.

1. Para tramitar este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

  • a) Documento de identidad, DNI o NIE del/de la solicitante.

2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla habilitada en el modelo de solicitud y aportar los documentos correspondientes.

  • Las solicitudes junto con el resto de los anexos requeridos, serán facilitados al alumnado por el centro educativo en el que esté matriculado en el momento de realizar la formación en centros de trabajo. Toda esta documentación se generará a través de la aplicación informática www.edu.xunta.es/fct, por lo que los anexos de esta orden sólo sirven a efectos informativos.

  • Las solicitudes, junto con el resto de los anexos, sólo se podrán presentar en el centro educativo donde el alumnado esté matriculado en el momento de realizar la formación en centros de trabajo.

  • La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados de los trámites más comúnmente utilizados en la tramitación administrativa, que podrán ser presentados en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Después de presentar

Plazo de resolución: Cinco meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 24 de abril de 2018 por la que se convocan ayudas económicas para el alumnado que realiza formación práctica en centros de trabajo (DOG nº 91 del 14 de mayo de 2018).

    • Extracto de la Orden de 24 de abril de 2018 por la que se convocan ayudas económicas para el alumnado que realiza formación práctica en centros de trabajo (DOG nº 91 del 14 de mayo de 2018).

    • Orden de 11 de octubre de 2018 por la que se hace pública la resolución de las ayudas económicas para el alumnado que realiza formación práctica en centros de trabajo, convocadas por la Orden de 24 de abril de 2018 (DOG nº 205 del 26 de octubre de 2018).

    • Orden de 31 de diciembre de 2018 por la que se hace pública la resolución de las ayudas económicas para el alumnado que realiza formación práctica en centros de trabajo, convocadas por la Orden de 24 de abril de 2018 (DOG nº 15 del 22 de enero de 2019).

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