Guía de procedimientos y servicios

PR461E

Inscripción proceso selectivo unitario vigilante municipal. Oposición Libre.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2023 - Plazo cerrado: 10/07/2023 00:00 - 07/08/2023 23:59

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Aprobar las bases generales reguladoras y convocar proceso selectivo unitario para el acceso por oposición libre en una plaza de vigilante municipal en el Concello de Rábade, subgrupo C2

Personas aspirantes a vigilante municipal.

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Academia Galega de Seguridade Pública (AGASP)

Dirección Xeral da Academia Galega de Seguridade Pública

Secretaría Xeral da Academia Galega de Seguridade Pública

Servizo de Coordinación, Planificación e Selección

Avda. da Cultura, s/n

36680  Estrada, A  (Pontevedra)

Teléfono: 886206109/ 886206116/ 886206135/ 886206127

Email: seleccion.agasp@xunta.gal

https://agasp.xunta.gal/es

Academia Galega de Seguridade Pública (AGASP)
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

10/07/2023 00:00 - 07/08/2023 23:59

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. El anuncio de esta convocatoria será publicado también en los boletines provinciales de las cuatro provincias gallegas.

Las personas interesadas en participar en el proceso deberán poseer en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta la toma de posesión como personal funcionario los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título oficial de graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente. Asimismo, se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán poseer el documento que acredite fehacientemente su homologación o la credencial de reconocimiento del título a efectos profesionales.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se trate de acceder al cuerpo o escala de personal funcionario de que la persona fuera separada o inhabilitada.

f) Carecer de antecedentes penales por delito doloso.

g) Ser titular de los permisos de conducir de las clases A2 y B.

  • Inscripción en los procesos selectivos para la selección de los miembros de los cuerpos de la policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local derivada de la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos ( 30.03.04)

Puede realizar el pago de estas tasas en la Oficina Virtual Tributaria.

Solicitudes.

Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal y que es el anexo I de esta orden.

Opcionalmente, se podrán presentar presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Tasas.

1. Por imperativo legal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, como requisito necesario para participar en este proceso, se deberá abonar dentro del plazo de presentación de solicitudes en concepto de derechos de inscripción el importe de 26,99 euros y, en su caso, los gastos de transferencia correspondientes.

Para el pago de la tasa se deberá actuar de la siguiente manera:

– Pago electrónico: deberá introducir los datos de la tarjeta de crédito o débito en la opción de pago electrónico y en ese momento obtendrá el justificante 730 correspondiente.

– Pago electrónico-con certificado digital: podrán realizar el pago con cargo a la cuenta de la persona titular del certificado desde la opción de pago electrónico y en ese momento obtendrán el justificante 730 correspondiente.

– Pago presencial: deberá seleccionar esta opción en la solicitud, imprimir el documento de pago (modelo 739) y realizar el ingreso del importe de la tasa en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras autorizadas para la recaudación de tasas y precios en la Comunidad Autónoma de Galicia, donde se le facilitará un ejemplar sellado como justificante. Una vez hecho el pago presencial en la entidad financiera deberá presentarse con la solicitud de participación en el proceso el justificante sellado por la entidad bancaria.

Los códigos para cumplimentar las tasas son los siguientes:

Consellería: Presidencia, Justicia y Deportes   Código 04

Delegación: Servicios Centrais   Código 13

Servicio: Academia Gallega de Seguridad Pública   Código 19

Tasa: Denominación: Inscripción en los procesos selectivos para la selección de vigilantes municipales   Código 30.03.04

La falta de pago de la tasa correspondiente, en su caso, determinará la exclusión en el proceso de la persona aspirante, no siendo posible su subsanación fuera del plazo de solicitudes.

La presentación del justificante del abono de las tasas no supondrá el relevo del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso.

Exención y bonificación en el abono de la tasa.

1. Estarán exentos del pago de esta tasa por derecho de inscripción:

– Personas con discapacidad igual o superior al 33 %.

– Personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial.

2. Se aplicará una bonificación del 50 % del importe de la tasa:

– Personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría general.

– Las personas que figuren como demandantes de empleo desde, por lo menos, los seis meses anteriores a la fecha de la convocatoria de las pruebas selectivas en que soliciten su participación y no estén percibiendo prestación o subsidio por desempleo.

– Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, a los efectos regulados en este artículo, las personas que sufrieran daños físicos o psíquicos a consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que conviviera con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

Las circunstancias de exención y bonificación deberán ser acreditadas, según lo supuesto que corresponda, presentando con la solicitud la documentación que figura en los apartados b), c) o d) del punto 3.5.1 de esta orden.

Documentación complementaria.

1. Las personas interesadas en el proceso deberán presentar con la solicitud correspondiente al procedimiento PR461E (anexo I) la siguiente documentación:

a) Justificante del pago de la tasa (código 30.03.04).

b) Certificado de familia numerosa de carácter general o especial o carnet familiar en que conste dicho carácter, siempre que no sea expedido por la Xunta de Galicia, en su caso.

c) Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad o certificado de discapacidad expedido por el órgano competente en la materia, siempre que no sea expedido por la Xunta de Galicia, en su caso.

d) Resolución administrativa por la que se reconozca la condición de víctima de terrorismo, en su caso.

e) Certificado de Celga 3 o equivalente, siempre que no sea expedido por la Secretaría General de Política Lingüística de la Xunta de Galicia, en su caso.

La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica.

Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

2. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. La consignación de datos falsos en la solicitud o en la documentación aportada por los/las aspirantes se sancionará con la anulación de la solicitud, sin perjuicio de las demás medidas legales que correspondan.

4. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.

5. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superase los tamaños máximos establecidos o tuviese un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos pueden consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Comprobación de datos.

Para la tramitación del proceso se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona solicitante.

b) DNI o NIE de la persona representante.

c) Título oficial no universitario exigido (graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente).

d) Certificado de inexistencia de antecedentes penales.

e) Consulta de los permisos de conducir de la persona solicitante.

f) Certificado de Celga 3 o equivalente expedido por la Secretaría General de Política Lingüística.

Se consultarán además los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:

a) Título de familia numerosa expedido por la Xunta de Galicia.

b) Certificado de discapacidad expedido por la Xunta de Galicia.

c) Situación de desempleo.

En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y presentar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, las personas interesadas también podrán realizar dichos trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 85 del 3 de mayo de 2007).

    • Decreto 15/2023, de 12 de enero, por el que se desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 30 del 13 de febrero de 2023).

    • Orden de 28 de enero de 2009 por la que se determinan las pruebas de selección, temarios y baremos de méritos para el ingreso, promoción interna y movilidad en los cuerpos de policías locales, para la integración de los vigilantes y auxiliares de policía o interinos, para el acceso como vigilantes municipales y la contratación de auxiliares de policía de temporada (DOG nº 22 del 2 de febrero de 2009)

    • Decreto 115/2017, de 17 de noviembre, por el que se regula la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos en la selección de los miembros de los cuerpos de policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local (DOG nº 222 del 22 de noviembre de 2017).

    • Orden de 6 de junio de 2023 por la que se aprueban las bases generales reguladoras y se convoca proceso selectivo unitario para el acceso por oposición libre en una plaza de vigilante municipal en el ayuntamiento de Rábade (DOG nº 112 del 14 de junio de 2023).

    • Resolución de 24 de agosto de 2023 por la que se aprueban y se hacen públicas las relaciones provisionales de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo unitario para el ingreso en la plaza de vigilante municipal en el Ayuntamiento de Rábade, convocado por la Orden de 6 de junio de 2023 (DOG nº 165 de 31 de agosto de 2023).

    • Resolución de 9 de octubre de 2023 por la que se aprueban y se hacen públicas las relaciones definitivas de personas admitidas y excluidas al proceso selectivo unitario para el ingreso en una plaza de vigilante municipal en el Ayuntamiento de Rábade (DOG nº 199 del 19 de octubre de 2023).

    • Resolución de 19 de octubre de 2023 por la que se nombra al tribunal que deberá calificar el proceso selectivo unitario para el ingreso en una plaza de vigilante municipal en el Ayuntamiento de Rábade (DOG nº 207 del 31 de octubre de 2023).

  • Ámbito Estatal
    • Resolución de 14 de junio de 2023, de la Dirección General de la Academia Gallega de Seguridad Pública, de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Presidencia, Justicia y Deportes, por la que se publica la convocatoria del proceso selectivo unitario por oposición libre de plaza de Vigilante Municipal en el Ayuntamiento de Rábade (BOE nº 162 de 8 de julio de 2023).

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