Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
MR416E
Registro de paradas de sementales equinos.
Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales
Consellería del Medio Rural
1. Reglamentar el desarrollo de la aplicación en Galicia de las medidas básicas para la ordenación zootécnica y sanitaria de las explotaciones equinas.
2. Crear el Registro Gallego de Explotaciones Equinas.
3. Establecer el régimen de los pastos de uso en común.
4. Establecer y regular el sistema obligatorio de identificación individual de los équidos y su registro.
5. Regular el control y comunicación de movimientos de équidos.
6. Regular las bases de administración y régimen de los équidos mostrencos.
7. Dictar las normas de aplicación a las paradas de sementales equinos con servicio a terceras personas.
Para todos los équidos y las explotaciones equinas radicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia. Asimismo, será de aplicación para équidos cuya estancia temporal en la Comunidad Autónoma de Galicia supere el período de tres meses.
Xunta de Galicia
Consellería do Medio Rural
Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural da Coruña
Servizo de Gandaría da Coruña
R/ VICENTE FERRER, 2
15071 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981184565
Fax: 981184653
Xunta de Galicia
Consellería do Medio Rural
Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural de Lugo
Servizo de Gandaría de Lugo
RONDA DA MURALLA,70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294534
Fax: 982294425
Xunta de Galicia
Consellería do Medio Rural
Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural de Ourense
Servizo de Gandaría de Ourense
R/ FLORENTINO LÓPEZ CUEVILLAS, 4-6
32071 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386525
Fax: 988386524
Xunta de Galicia
Consellería do Medio Rural
Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural de Pontevedra
Servizo de Gandaría de Pontevedra
R/FERNÁNDEZ LADREDA, 43,2º
36071 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 886206569
Fax: 886206590
Plazo de presentación: Abierto todo el año
Solicitud según el Anexo IX.
Copia de los documentos identificativos de los sementales.
Copia de los resultados laboratoriales del/de los semental/es.
Memoria de actividad que incluya la descripción de la actividad que se realiza y un plano detallado de las instalaciones.
Justificante del pago de tasas.
Anexo IX-bis de comprobación de datos de terceras personas.
Comprobación de datos.
Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo y aportar una copia de los documentos.
NIF de la entidad solicitante.
DNI/NIE de la persona solicitante.
DNI/NIE de la persona representante.
NIF de la entidad representante.
- Inicio
- Solicitud (Anexo IX)
Plazo de resolución: 3 meses
Sentido del silencio: Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Decreto 142/2012, de 14 de Junio, por el que se establecen las normas de identificación y ordenación zoosanitaria de los animales equinos en Galicia (DOG nº 129 del 6 de Julio de 2012).
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