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Detalle procedemento
ED701B
Valoración previa a la asignación de las retribuciones adicionales vinculadas a la labor docente y a la labor investigadora.
Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Evaluación previa a la asignación de las retribuciones adicionales relativas al complemento de reconocimiento a la labor docente, y al complemento de reconocimiento a la labor investigadora correspondiente a la convocatoria del 2024.
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del citado Decreto 55/2004, podrá solicitar esta valoración previa a la asignación de las retribuciones adicionales señaladas en la base anterior el personal docente e investigador funcionario y contratado doctor, tanto de carácter fijo como temporal, de las universidades públicas que componen el Sistema universitario de Galicia (SUG).
2. Teniendo en cuenta el carácter individual y consolidable de estos complementos, no se admitirán a trámite las solicitudes de los solicitantes que ya fueran valoradas favorablemente en convocatorias anteriores.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Axencia para a Calidade do Sistema Universitario de Galicia (ACSUG)
Cidade da Cultura de Galicia, Monte Gaiás, s/n. Edificio Fontán, 2º andar
15707 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981534469
Fax: 981534174
Plazo de presentación: CERRADO
16/10/2024 00:00 - 13/11/2024 23:59
El plazo para presentar instancias será de veinte (20) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
De conformidad con el citado artículo 1 del Decreto 55/2004, de 4 de marzo, los artículos 6.1 y 6.2 de la misma disposición, así como con lo dispuesto por los artículos 2 y 3 de la Orden de 16 de abril de 2004, según la redacción dada por la Orden de 11 de abril de 2006, para obtener la valoración positiva será necesario:
a) Para el complemento de reconocimiento a la labor docente:
1. Estar integrado en la plantilla de personal docente, como funcionario o como contratado doctor, tanto de carácter fijo como de carácter temporal, de cualquiera de las universidades públicas de Galicia.
2. Acreditar, por lo menos, un año de servicio en su plaza, cumplido a 31 de diciembre de 2023 o bien, entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2024.
3. Ter dedicación a tiempo completo en el ejercicio de la docencia.
4. Valoración positiva de los méritos en los que se sustente la solicitud por el consorcio (ACSUG), de acuerdo con el protocolo de evaluación aprobado al efecto por la CGIECA en la Orden de 16 de abril de 2004.
b) Para el complemento de reconocimiento a la labor investigadora:
1. Estar integrado en la plantilla de personal docente como funcionario o como contratado doctor, tanto de carácter fijo como de carácter temporal, de cualquiera de las universidades públicas de Galicia.
2. Acreditar, por lo menos, un año de servicio en su plaza, cumplido a 31 de diciembre de 2023 o bien entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2024.
3. Haber presentado en la universidad un trabajo de investigación que, juzgado por un tribunal evaluador, se le haya otorgado el grado de doctor.
4. Valoración positiva de los méritos en los que se sustente la solicitud por el consorcio (ACSUG), de acuerdo con el protocolo de evaluación aprobado para el efecto por la CGIECA en la Orden de 16 de abril de 2004.
Solicitudes.
1. Los solicitantes deberán cumplimentar telemáticamente la solicitud (anexo I), común para ambos complementos, y las memorias de autoevaluación (anexo II.A y II.B), en los modelos disponibles en la aplicación informática del consorcio ACSUG a la que se deberá acceder a través de la página web http://www.acsug.es/convocatorias-abertas. Deberá indicarse con un aspa para cuál o cuáles de las retribuciones adicionales se solicita la valoración.
En caso de que se solicite la valoración previa de las dos retribuciones se hará en la misma solicitud.
2. Una vez cumplimentada la solicitud (anexo I) del modo indicado en el punto anterior, se generará el correspondiente documento PDF y se presentará obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuese realizada la subsanación.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de presentación de los formularios en la sede electrónica, se podrán dirigir al teléfono de información 012, o su equivalente 981 90 06 43 o a la dirección electrónica: 012@xunta.gal
Documentación complementaria.
1. Junto con el anexo I (generado en la aplicación ACSUG) las personas interesadas deberán aportar la siguiente documentación:
– Breve memoria de autoevaluación de la labor docente que se presentará de acuerdo con el modelo normalizado que se publica al efecto como anexo II.A que podrá descargarse a través de la plataforma informática del consorcio ACSUG (solo cuando se solicite el complemento de reconocimiento a la labor docente).
– Breve memoria de autoevaluación de la labor investigadora que se presentará de acuerdo con el modelo normalizado que se publica al efecto como anexo II.B que podrá descargarse a través de la plataforma informática del consorcio ACSUG (solo cuando se solicite el complemento de reconocimiento a la labor investigadora).
No es necesario volver a cumplimentar estos dos anexos en el formulario de la sede electrónica.
– Otros documentos que la persona solicitante considere relevantes.
2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la subsanación.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar, de manera motivada, el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo que le podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI/NIE, o documento equivalente, de la persona solicitante.
b) DNI/NIE de la persona representante.
c) Título oficial de doctorado (solo cuando se solicite el complemento de reconocimiento a la labor investigadora).
d) Estar integrado en la plantilla de personal docente, como funcionario o como contratado doctor, tanto de carácter fijo como temporal, de cualquiera de las universidades públicas de Galicia, y haber acreditado, por lo menos, un año de servicio en su plaza, cumplido a 31 de diciembre de 2023, o bien entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2024.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla habilitada en el formulario correspondiente y aportar los documentos necesarios.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar posteriormente a la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
Plazo de resolución:
Cinco meses
Sentido del silencio:
Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Orden de 16 de abril de 2004 por la que se publica el protocolo de evaluación elaborado por la Comisión Gallega de Informes, Evaluación y Acreditación (CGIACA), relativo a los criterios y méritos de valoración, y al procedimiento para solicitar los complementos de reconocimientos a la labor docente y a la labor investigadora (DOG nº 81 del 28 de abril de 2004).
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Resolución de 7 de octubre de 2024 por la que se aprueba la convocatoria ordinaria para la evaluación previa a la asignación de las retribuciones adicionales relativas al complemento de reconocimiento a la labor docente, y al complemento de reconocimiento a la labor investigadora, y se abre el plazo para la presentación de solicitudes correspondiente a la convocatoria de 2024 (DOG nº 199 del 15 de octubre de 2024).
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