Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
BS663A
Informe de esfuerzo de integración
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería de Política Social e Igualdad
Esta solicitud de Informe de Esfuerzo de Integración se limita a las renovaciones de la autorización de residencia temporal.
No se aplica para las solicitudes de autorización de residencia por arraigo social y socioformativo.
A efectos de la presente orden, tendrán la consideración de acciones formativas las siguientes:
a) Conocimiento y respeto de los valores constitucionales de España.
b) Conocimiento y respeto de los valores estatutarios de la Comunidad Autónoma de Galicia.
c) Conocimiento y respeto de los valores de la Unión Europea.
d) Conocimiento y respeto de los derechos humanos, libertades públicas, democracia y tolerancia.
e) Conocimiento y respeto de la igualdad entre mujeres y hombres.
f) Aprendizaje de las lenguas oficiales, gallego y castellano.
También podrán tenerse en cuenta otras acciones de formación para el empleo impartidas por los servicios públicos de empleo y formación o por entidades inscritas en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo del órgano competente en materia de Empleo, así como la participación en programas de inclusión socio-laboral que habían recibido financiación de la comunidad autónoma o la participación en actividades de carácter social debidamente acreditadas.
Emisión del informe.
1. Será competente para la emisión del informe favorable de esfuerzo de integración la persona titular de la dirección general competente en materia de inclusión social. Sólo se emitirán informes favorables. Si de la documentación presentada no se acreditase el esfuerzo de integración, se comunicará tal circunstancia de forma motivada a la persona solicitante.
2. El informe deberá emitirse en el plazo máximo de tres meses a contar desde la entrada de la solicitud. Si venciera el plazo máximo sin haber emitido informe, los/las interesados/as entenderán que no se considera acreditado el esfuerzo de integración.
El informe contendrá los siguientes datos:
a) Nombre y NIE de la persona extranjera sobre quien se emite informe.
b) Fecha de emisión del informe.
c) Órgano que emite el informe.
d) Entidad que impartió la acción formativa. Si son varias tendrá que indicarse qué acciones formativas desarrolló cada una. En el caso de entidades privadas, se indicará que se trata de una entidad acreditada de conformidad con su norma de aplicación.
e) Información sobre cada acción formativa con expresión del número de horas totales de la acción formativa, y horas de aprovechamiento.
f) Valoración positiva.
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Dirección Xeral de Inclusión Social
Subdirección Xeral de Prestacións e Programas de Inclusión
Servizo de Atención ás Persoas Inmigrantes
Edificio Administrativo de San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981545615
Fax: 981545638
Plazo de presentación: Abierto todo el año
b) Tener autorización de residencia temporal en el momento de la solicitud y encontrarse dentro del plazo previsto para su renovación.
c) Haber participado en acciones formativas destinadas al conocimiento y respeto de los valores constitucionales de España, de los valores estatutarios de la Comunidad Autónoma de Galicia, de los valores de la Unión Europea, de los derechos humanos, las libertades públicas, la democracia, la tolerancia y de la igualdad entre mujeres y hombres, así como al aprendizaje de las lenguas oficiales del lugar de residencia impartidas por entidades públicas o por entidades privadas.
Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a traves del formulario normalizado, anexo I.
Documentación acreditativa de las acciones formativas relacionadas en el artículo 4:
Conocimiento yrespeto de los valores constitucionales de España.
Conocimiento y respeto de los valores estatutarios de la Comunidad Autónoma de Galicia
Conocimiento y respeto de los valores de la Unión Europea
Conocimiento y respeto de los derechos humanos, libertades públicas, democracia y tolerancia.
Conocimiento y respeto de la igualdad entre mujeres y hombres.
Aprendizaje de la lengua castellana
Aprendizaje de la lengua gallega
Otros (indicar cuales)
COMPROBACIÓN DE DATOS
Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las Administraciones públicas. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente y aportar una copia de los documentos.
DNI o NIE de la persona solicitante
Certificado de empadronamiento de la persona solicitante
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Orden de 10 de noviembre de 2015 por la que se regula el procedimiento para la emisión del informe sobre el esfuerzo de integración de la persona extranjera en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 225 del 25 de noviembre de 2015).
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Corrección de errores. Orden de 10 de noviembre de 2015 por la que se regula el procedimiento para la emisión del informe sobre el esfuerzo de integración de la persona extranjera en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 227 del 27 de noviembre de 2015).
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Otros procedimientos relacionados
Reconocimiento de la condición de usuario/a del servicio gallego de apoyo a la movilidad personal
Abierto todo el año