Guía de procedimientos y servicios

BS402B

Nuevo ingreso/renovación de plaza en escuelas infantiles 0-3 para hijas/os del personal de la Xunta de Galicia.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Curso 2024/2025 - Plazo cerrado: 16/03/2024 00:00 - 17/03/2025 23:59

Consellería de Política Social e Igualdad

Sobre el procedimiento

Covocatoria, para el curso 2024/2025, del procedimiento de adjudicación de plazas para hijos e hijas del personal  al servicio del sector público autonómico en escuelas infantiles dependientes de la Agencia Gallega de Servicios Sociales (AGASS) de la localidad donde presta servicios.

Hijos e hijas del personal al servicio del sector público autonómico en escuelas infantiles dependientes de la Agencia Gallega de Servicios Sociales (AGASS) de la localidad donde presta servicios.

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica

Subdirección Xeral de Demografía e Conciliación

Servizo de Conciliación Familiar

Edificio Administrativo San Caetano. Edificio a Pirámide

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981545666

Email: demografiaeconciliacion@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade da Coruña

Servizo de familia, Infancia e Dinamización Demografica da Coruña

Rúa Gregorio Hernández, nº 2-4

15071  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981185755

Fax: 981185737

Email: administrativos.familia.coruna@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Lugo

Servizo de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica de Lugo

Ronda da Muralla, nº 70

27071  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 981294354

Fax: 982294386

Email: familia.politicasocial.lugo@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Vigo

Servizo de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica Vigo

Concepción Arenal, nº 8-1º

36201  Vigo  (Pontevedra)

Teléfono: 986817704

Fax: 986817049

Email: Familia.ctb.vigo@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Ourense

Servizo de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica de Ourense

Rúa Saénz Díez, nº 39-baixo

32003  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988386595

Fax: 988386131

Email: familia.politicasocial.ourense@xunta.gal

Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

16/03/2024 00:00 - 17/03/2025 23:59

1. El plazo para la presentación de las solicitudes comienza al día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y finaliza el día 5 de abril de 2024.

2. Se admitirán, con carácter excepcional, hasta el día 15 de marzo de 2025 las solicitudes pasado el plazo establecido en el número 1 en los siguientes casos:

a) Nacimiento, acogimiento o adopción de la niña o del niño con posterioridad al plazo de presentación de solicitudes.

b) Cambio de ayuntamiento por cambio de destino de la persona al servicio del sector público autonómico solicitante.

c) Otras circunstancias que motivadamente aprecie la persona titular de la Dirección de la AGASS o de la jefatura territorial que corresponda en función de la localidad de prestación de servicios de la persona solicitante.

Estas solicitudes deberán ir acompañadas con la justificación acreditativa de la circunstancia que las motiva. Asimismo, estarán condicionadas a la existencia de plazas disponibles para el grupo de edad del niño o de la niña en el centro donde se solicita la plaza.

Serán requisitos para ser persona adjudicataria de plaza en las escuelas infantiles 0-3 objeto de esta resolución:

a) Que el niño o la niña ya haya nacido en el momento de presentación de la solicitud y tenga su residencia en Galicia.

b) Que tenga una edad mínima de tres meses en la fecha de ingreso en la escuela infantil en la que obtenga plaza y no haya cumplido los 3 años de edad el 31 de diciembre de 2024. No obstante lo anterior, se podrán eximir del límite de edad de los 3 años los niños y las niñas con necesidades específicas de apoyo educativo, de acuerdo con el Decreto 229/2011, de 7 de diciembre, por el que se regula la atención a la diversidad del alumnado de los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) Que las familias que ya hayan escolarizado un hijo o hija en el mismo centro o en cualquier otro centro de la Red pública autonómica A Galiña Azul, que comprende las escuelas infantiles 0-3 dependientes de la Agass y del Consorcio Gallego de Servicios de la Igualdad y del Bienestar, deberán estar al corriente en el pago de las cuotas por los servicios recibidos en la fecha de presentación de la solicitud, tanto en los supuestos de renovación de plaza como de nuevo ingreso en los centros de la Agass.

Solicitudes.

Las solicitudes para la renovación de plaza del alumnado escolarizado durante el curso 2023/24, así como las de nuevo ingreso (procedimiento BS402B) se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I), marcando la opción que corresponda, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Documentación complementaria.

1. Para la renovación de plaza, las personas al servicio del sector público autonómico interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:

a) Anexo II relativo a la comprobación de datos de la persona cónyuge o pareja de la persona solicitante u otros miembros de la unidad familiar, en su caso.

b) Anexo III, en el caso de personas solicitantes, separadas o divorciadas, que necesitan de una autorización expresa del progenitor o progenitora no solicitante para presentar la solicitud de plaza.

2. Para nuevo ingreso, las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:

a) Anexo II relativo a la comprobación de datos de la persona cónyuge o pareja de la persona solicitante u otros miembros de la unidad familiar, en su caso.

b) Anexo III, en el caso de personas solicitantes, separadas o divorciadas, que necesitan de una autorización expresa del progenitor o progenitora no solicitante para presentar la solicitud de plaza.

c) Copia del libro de familia o, en su defecto, otro documento que acredite oficialmente la situación familiar.

d) Informe sobre la necesidad de integración en la escuela infantil, acreditada por un equipo de valoración y orientación de la Consellería de Política Social y Juventud, en el caso de los niños y de las niñas con necesidades específicas de apoyo educativo.

e) Copia de la resolución administrativa de acogimiento o de guardia con fines adoptivos cuando estén formalizados por otra comunidad autónoma distinta de la gallega.

f) Si procede, otros documentos en los que consten incidencias sociofamiliares, computables en el baremo, en los supuestos en los que este sea de aplicación y que a continuación se relacionan:

1º. Justificante de ocupación actualizada de la persona cónyuge o pareja, en su caso, en el supuesto de personas trabajadoras que no estén dadas de alta en el régimen general de la Seguridad Social.

2º. Certificado administrativo de monoparentalidade expedido por otra comunidad autónoma o en su defecto certificado de convivencia y sentencia de separación o divorcio, convenio regulador o resolución de medidas paterno-filiales.

3º. Copia del título de familia numerosa, en caso de que no sea expedido por la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

3. De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario presentar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.

De forma excepcional, si no se hubieran podido obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.

4. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la enmienda.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.

5. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente se dispone de él.

Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) Documento nacional de identidad/número de identificación de extranjero (DNI/NIE) de la persona al servicio del sector público autonómico solicitante y de la persona cónyuge o pareja, en su caso.

b) Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), de la persona solicitante, de la/el cónyuge o pareja y demás miembros de la unidad familiar, en su caso, correspondiente al último período impositivo con plazo de presentación vencido en el momento de presentación de la solicitud.

c) Situación física del puesto de trabajo del Registro Central de Personal de la Dirección General de Función Pública de la Consellería de Hacienda y Administración Pública.

2. En los supuestos de solicitudes de nuevo ingreso, se consultarán además los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:

a) Acogimiento o guarda con fines adoptivos del niño o de la niña para quien se solicita plaza formalizados por la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Situación de monoparentalidad reconocida por la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) Familia numerosa reconocida por la Comunidad Autónoma de Galicia.

d) Alta en la Seguridad Social en la fecha de presentación de la solicitud de la persona cónyuge o pareja, en su caso.

3. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y presentar los documentos acreditativos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud.

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Tres meses

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Resolución de 11 de marzo de 2024 por la que se convoca el procedimiento de adjudicación de plazas en las escuelas infantiles dependientes de esta agencia para hijos e hijas del personal al servicio del sector público autonómico para el curso 2024/25 (DOG nº 54 del 15 de marzo de 2024).

    • Resolución de 21 de mayo de 2024 por la que se publican las resoluciones de 20 de mayo de 2024, por las que se resuelve la aprobación de la relación definitiva de personas admitidas y de la lista de espera de los hijos e hijas del personal al servicio del sector público autonómico para el curso 2024/25 en las escuelas infantiles 0-3 dependientes de esta agencia. (DOG nº 105 de 31 de mayo de 2024).

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