Guía de procedimientos y servicios

PR461C

Inscripción proceso selectivo unitario oficial de Policia Local.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Convocatoria 2021 - Plazo cerrado: 09/07/2021 00:00 - 05/08/2021 23:59

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

Sobre el procedimiento

1. El objeto del proceso selectivo es cubrir 12 plazas de los cuerpos de Policía Local, categoría de oficial, escala básica.

2. El número, denominación y características de las plazas que se convocan en este proceso selectivo especificara en el anexo II de esta orden.

3. El presente proceso selectivo se regirá por lo establecido en estas bases y para lo no previsto se estará a lo dispuesto en la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de Policías Locales, en el Decreto 243/2008, de 16 de octubre, que la desarrolla, en la Orden de 28 de enero de 2009, por la que se determinan las pruebas de selección, temarios y baremos de méritos para el ingreso, y en el Decreto 115/2017, de 17 de noviembre, por el que se regula la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos en la selección de los miembros de los cuerpos de Policía Local, vigilantes municipales y auxiliares de Policía Local.

El código del procedimiento regulado en esta orden es PR461C.

Funcionarias y funcionarios de carrera aspirantes a la categoría de oficial de los cuerpos de Policía Local.

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Academia Galega de Seguridade Pública (AGASP)

Avenida da Cultura, s/n, 36680 A Estrada, Pontevedra

36680  Estrada, A  (Pontevedra)

Teléfono: 886206110

Email: formacion.agasp@xunta.gal

http://agasp.xunta.gal

Academia Galega de Seguridade Pública (AGASP)
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

09/07/2021 00:00 - 05/08/2021 23:59

Según la Resolución del 29 de junio de 2021, de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Presidencia, Justicia y Turismo (BOE nº 162 del 8 de julio de 2021), el plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente el de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

No se tendrá en cuenta la documentación que no quede debidamente acreditada dentro del plazo de presentación de solicitudes.

1. Las personas interesadas en participar en este proceso, en el turno de promoción interna, deberán poseer en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario/a de carrera del cuerpo con un mínimo de tres años continuados de servicio activo en la categoría de policía, computándose también en este caso el tiempo de segunda actividad por causa de embarazo o lactancia, en uno de los ayuntamientos que aparecen en el anexo II en la enumeración de las plazas ofertadas.

b) Estar en posesión del título de bachiller o técnico. Asimismo, se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán poseer el documento que acredite fehacientemente su homologación o la credencial de reconocimiento del título a efectos profesionales.

c) No haber sido sancionado/a por falta grave o muy grave, o tenerlas canceladas.

2. Las personas interesadas en participar en este proceso, en el turno de movilidad, deberán poseer en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del título de bachiller o técnico. Asimismo, se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

b) Tener en propiedad, la categoría de oficial en otros cuerpos de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) Contar con una antigüedad mínima de 3 años en esa categoría.

  • Inscripción en los procesos selectivos para la selección de los miembros de los cuerpos de la policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local derivada de la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos ( 30.03.04)

Puede realizar el pago de estas tasas en la Oficina Virtual Tributaria.

1. Forma de presentación.

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, que figura como anexo I a esta convocatoria.

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la subsanación.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

2, Tasas.

2.1. Por imperativo legal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacción reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, como requisito necesario para participar en este proceso selectivo se deberá abonar previamente en concepto de derechos de examen el importe de 32,48 euros y, en su caso, los gastos de transferencia correspondientes, en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras autorizadas para la recaudación de tasas y precios en la Comunidad Autónoma de Galicia.

La no presentación de este impreso de autoliquidación, en el que deberá figurar la fecha y sello de la entidad bancaria, con el formulario de solicitud en el proceso selectivo determinará la exclusión en dicho proceso de la persona aspirante, no siendo posible su subsanación fuera del plazo de solicitudes.

Se podrá también realizar el pago por internet en las entidades financieras autorizadas. Para esto, deberán acceder la oficina tributaria, a través de la web de la Agencia Tributaria de Galicia (www.atriga.gal). En este supuesto, una vez efectuado el pago, se imprimirá el justificante de haber abonado la tasa (modelo 730), que será el que se presente con la solicitud.

Tanto en el caso del pago presencial como en el del pago por internet, los códigos que se deben llenar son los siguientes:

Consellería: Presidencia, Justicia y Turismo Código 04

Delegación: Pontevedra Código 40

Servicio: Academia Gallega de Seguridad Pública Código 19

Tasa: Denominación: Inscripción en los procesos selectivos para la selección de personal de los cuerpos de Policía Local de Galicia Código 30.03.04

En ambos supuestos, la presentación del justificante del abono de las tasas no supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

.2.2. Exención y bonificación en el abono de la tasa.

2.2.1. Estarán exentos del pago de esta tasa por derecho de inscripción.

Las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial.

2.2.2. Se aplicará una bonificación del 50 % del importe de la tasa:

a) A las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría general.

Las circunstancias de exención y bonificación deberán ser acreditadas, según el supuesto que corresponda, presentando con la solicitud la siguiente documentación o autorizando a la Administración a comprobarla:

– Copia del título oficial de familia numerosa, de carácter común o especial, siempre que no hubiese sido expedido por la Xunta de Galicia.

2.3. Documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento.

2.3.1. Las personas interesadas en participar en este proceso deberán aportar con su solicitud la siguiente documentación:

a) Justificante del pago de la tasa administrativa devengada por la tramitación de la solicitud (código 30.03.04).

b) Título de familia numerosa, en el supuesto de que no fuese expedido por la Xunta de Galicia.

c) Relación de los méritos que se acrediten, por cada uno de los apartados de los que consta el concurso, según lo especificado en el anexo III.

d) Copias de la documentación acreditativa de los méritos alegados.

e) Certificado acreditativo de ostentar, en propiedad, la categoría de oficial en los cuerpos de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Galicia y contar con una antigüedad mínima de tres años en esa categoría (solo en el supuesto de participar en el turno de movilidad).

De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario aportar los documentos que ya hubieran sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.

De forma excepcional, si no se hubiesen podido obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.

2.3.2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la subsanación.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

La consignación de datos falsos en la solicitud o en la documentación aportada por los/las aspirantes se sancionará con la anulación de la solicitud, sin perjuicio de las demás medidas legales que correspondan.

2.3.3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

2.3.4. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximo establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá su presentación de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

3. Comprobación de datos.

3.1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona solicitante.

b) DNI o NIE de la persona representante.

c) Título oficial no universitario exigido (bachillerato, técnico o equivalente).

d) Títulos oficiales universitarios.

e) Titulo de familia numerosa, en el supuesto de ser expedido por la Xunta de Galicia.

En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y aportar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

4. Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 85 del 3 de mayo de 2007).

    • Decreto 243/2008, de 16 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 211 del 30 de octubre de 2008).

    • Orden de 28 de enero de 2009 por la que se determinan las pruebas de selección, temarios y baremos de méritos para el ingreso, promoción interna y movilidad en los cuerpos de policías locales, para la integración de los vigilantes y auxiliares de policía o interinos, para el acceso como vigilantes municipales y la contratación de auxiliares de policía de temporada (DOG nº 22 del 2 de febrero de 2009)

    • Corrección de errores.-Orden de 28 de enero de 2009 por la que se determinan las pruebas de selección, temarios y baremos de méritos para el ingreso, promoción interna y movilidad en los cuerpos de policías locales, para la integración de los vigilantes y auxiliares de policía o interinos, para el acceso como vigilantes municipales y la contratación de auxiliares de policía de temporada (DOG nº 31 del 13 de febrero de 2009).

    • Decreto 60/2010, de 8 de abril, por el que se desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, en materia de uniformidad, acreditación y medios técnicos (DOG nº 75 del 22 de abril de 2010).

    • Decreto 77/2010, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto 243/2008, de 16 de octubre, que desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 89 del 12 de mayo de 2010).

    • Corrección de errores.-Decreto 77/2010, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto 243/2008, de 16 de octubre, que desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 98 del 26 de mayo de 2010).

    • Ley 9/2016, de 8 de julio, por la que se modifica la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 131 del 12 de julio de 2016).

    • Decreto 115/2017, de 17 de noviembre, por el que se regula la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos en la selección de los miembros de los cuerpos de policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local (DOG nº 222 del 22 de noviembre de 2017).

    • Orden de 23 de junio de 2021 por la que se aprueban las bases generales reguladoras y se convoca proceso selectivo unitario para el acceso a los cuerpos de la Policía Local de Galicia, escala básica, categoría de oficial, turnos de acceso por promoción interna y por movilidad (DOG nº 126 del 5 de julio de 2021).

    • Resolución de 17 de agosto de 2021 por la que se aprueban y se hacen públicas las relaciones provisionales de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo unitario para el acceso a los cuerpos de Policía Local de Galicia, escala básica, categoría de oficial, turnos de acceso por promoción interna y por movilidad, convocado por la Orden de 23 de junio de 2021.(DOG nº 158 de 18 de agosto de 2021).

    • Resolución de 10 de septiembre de 2021 por la que se nombra al tribunal que deberá calificar el proceso selectivo unitario para el acceso a cuerpos de la Policía Local de Galicia, escala básica, categoría de oficial, turnos de acceso por promoción interna y por movilidad (DOG nº 180 del 17 de septiembre de 2021).

    • Resolución de 17 de septiembre de 2021 por la que se aprueban y se hacen públicas las relaciones definitivas de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo unitario para el acceso a los cuerpos de la Policía Local de Galicia, escala básica, categoría de oficial, turnos de acceso por promoción interna y por movilidad (código de procedimiento PR461C), y se anuncian el lugar, la fecha y la hora del primer ejercicio del proceso selectivo (DOG nº 183 del 22 de septiembre de 2021).

  • Ámbito Estatal
    • Resolución de 29 de junio de 2021, de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Presidencia, Justicia y Turismo, referente a la convocatoria de plazas de la Escala Básica, categoría de Oficial, de Policía Local de distintos Ayuntamientos (BOE nº 162 de 8 de julio de 2021).

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