Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
TR305A
Inscripción en el procedimiento de reconocimiento de la competencia profesional.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos, Empresas y profesionales
Consellería de Empleo, Comercio y Emigración
Esta orden tiene por objeto convocar, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, el procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral y/o de vías no formales de formación,(código del procedimiento: TR305A) para un total de 2.067 plazas en las unidades de competencia que se indica en el anexo I y con un total de 7.700 unidades de competencia en las siguientes calificaciones profesionales:
- Atención sociosanitaria a personas en el domicilio (SSC089_2): 553 plazas
Plazas de la lista definitiva de personas en lista de espera (Orden 30 de diciembre de 2016): 153 plazas
Nuevas plazas: 400 plazas
- Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales (SSC320_2): 435 plazas
Plazas de la lista definitiva de personas en lista de espera (Orden 30 de diciembre de 2016): 35 plazas
Nuevas plazas: 400 plazas
- Servicios para el control de plagas (SEA028_2): 65 plazas
Plazas de la lista definitiva de personas en lista de espera (Orden 30 de diciembre de 2016): 15 plazas
Nuevas plazas: 50 plazas
- Gestión de servicios para el control de organismos nocivos (SEA251_3): 50 plazas
- Socorrismo en espacios acuáticos naturales (AFD340_2): 224 plazas
Plazas de la lista definitiva de personas en lista de espera (Orden 30 de diciembre de 2016): 24 plazas
Nuevas plazas: 200 plazas
- Socorrismo en instalaciones acuáticas (AFD096_2): 278 plazas
Plazas de la lista definitiva de personas en lista de espera (Orden 30 de diciembre de 2016): 78 plazas
Nuevas plazas: 200 plazas
- Extinción de incendios y salvamento (SEA129_2): 162 plazas
Plazas lista definitiva de personas en lista de espera (Orden 30 de diciembre de 2016): 162 plazas
- Tanatopraxia (SAN491_3): 150 plazas
Plazas de la lista definitiva de personas en lista de espera (Orden 30 de diciembre de 2016): 25 plazas
Nuevas plazas: 125 plazas
- Operaciones de vigilancia y extinción de incendios forestales y apoyo a contingencias en medio natural y rural. (SERLA 595 _ 2): 100 plazas
Plazas lista definitiva de personas en lista de espera (Orden 30 de diciembre de 2016): 100 plazas
- Confección y mantenimiento de artes y aparejos (MAP005_2): 50 plazas
Personas trabajadoras asaliaradas, autónomas o por cuenta propia, voluntarias o becarias.
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
Dirección Xeral de Formación e Cualificación para o Emprego
Subdirección Xeral de Cualificacións e Capacidades para o Emprego
Edificios Admvos. San Lázaro, s/n
15702 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546840
Fax: 981544604
Plazo de presentación: CERRADO
28/12/2017 00:00 - 26/01/2018 23:59
1. El plazo de inscripción será de 30 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia para las unidades de competencia de las calificaciones profesionales de:
- Atención sociosanitaria a personas en el domicilio (SSC089_2)
- Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales (SSC320_2)
- Servicios para el control de plagas (SEA028_2)
- Gestión de servicios para el control de organismos nocivos (SEA251_3)
- Socorrismo en espacios acuáticos naturales (AFD340_2)
- Socorrismo en instalaciones acuáticas (AFD096_2)
- Tanatopraxia (SAN491_3)
- Confección y mantenimiento de artes y aparejos (MAP005_2)
2. No necesitan inscribirse nuevamente ya que acederán directamente al procedimiento, las personas que quedaron en la lista definitiva de personas en lista de espera, en la anterior convocatoria, publicada a través de la Orden del 30 de diciembre de 2016; en las calificaciones profesionales indicadas en el punto 1 donde existan esas listas de espera
3. No se abre plazo de inscripciones en las calificaciones profesionales de Extinción de incendios y salvamento y Operaciones de vigilancia y extinción de incendios forestales y apoyo a contingencias en medio natural y rural ya que accederán directamente al procedimiento las personas candidatas que figuraban en la lista definitiva de personas en lista de espera en la anterior convocatoria, publicada a través de la Orden del 30 de diciembre de 2016; por orden de puntuación y hasta el total de plazas convocadas, tal y como se indica en el artículo 4.3 de esta orden.
1. Las personas que deseen participar en el procedimiento deberán cumplir, los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española; encontrarse incluido, como residente comunitario o familiar de este, en el ámbito de aplicación del Real decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de la UE, o ser titular de una autorización de residencia en España en vigor.
b) Tener 20 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción.
c) Tener experiencia laboral y/o formación no formal relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar:
1º. En el caso de experiencia laboral: para las unidades de competencia de las cualificaciones de nivel 2 y 3, justificar por lo menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total en los últimos 10 años transcurridos antes de que se realice la convocatoria.
2º. En el caso de formación no formal: para las unidades de competencia de las cualificaciones de nivel 2 y 3, justificar por lo menos 300 horas en los últimos 10 años transcurridos antes de que se realice la convocatoria. En aquellos módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar que consideren una duración inferior, deberán acreditarse las horas establecidas en éstos.
d) No estar matriculado en un curso de formación profesional inicial, ordinario o modular, o no estar, en el momento de la inscripción, realizando formación profesional para el empleo, conducente a la acreditación de las unidades de competencia que solicita.
e) No poseer o estar en condiciones de obtener un título de formación profesional o un certificado de profesionalidad que contenga la/s unidad/es de competencia que solicita, ni sus equivalentes o la acreditación parcial de la/las unidad/es de competencia que solicita.
f) No estar inscrito en otro procedimiento de reconocimiento de la experiencia profesional o en las pruebas libres para la obtención del título de formación profesional, llevado a cabo por cualquier Administración u organismo público, conducente a la acreditación de las mismas unidades de competencia que solicita.
2. Las personas candidatas, mayores de 25 años, que reúnan los requisitos de experiencia laboral o de formación indicados en el punto anterior, y que no los puedan justificar mediante los documentos señalados en el artículo 8 de esta orden, podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento. Deberán presentar justificación mediante alguna prueba admitida en derecho de su experiencia laboral y/o aprendizaje no formal de formación.
Según lo establecido en el artículo 11.2 del Real decreto 1224/2009, de 17 de julio, para estudiar estos casos, la Dirección General de Orientación y Promoción Laboral designará a los asesores y asesoras necesarios, que emitirán un informe sobre la procedencia o no de la participación de la persona candidata en el procedimiento. Si el informe es positivo, se procederé a su inscripción definitiva.
Solicitud según el Anexo III.
Curriculum vitae en formato oficial (Anexo IV).
Para personas extranjeras, permiso de trabajo y solo en el caso de oponerse expresamente a la consulta de residencia o de no presentar el documento acreditativo.
Certificado de registro de ciudadano comunitario/a o tarjeta familiar de ciudadano de la Unión o, si es el caso, copia del pasaporte en vigor.
Certificado acreditativo de discapacidad en vigor, en aquellos casos en que el certificado no sea emitido por la Xunta de Galicia o en el caso de que la persona solicitante se oponga expresamente a su consulta.
SOLICITANTES CON EXPERIENCIA LABORAL.
Solicitantes que adquirieron las competencias como personas trabajadoras asalariadas
Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, o del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a que estuviesen afiliados, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.
Contrato de trabajo o certificación de la empresa donde adquiriera la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los períodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se realizó laactividad. Puede utilizarse el Anexo V.
Solicitantes que adquirieron las competencias como trabajadores autónomos o por cuenta propia
Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, o del Instituto Social de la Marina de los periodo de alta en la Seguridad Social en el régimen especial de trabajadores autónomos.
Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en que se realizó esta. Puede utilizarse el anexo V.
Solicitantes que adquirieron las competencias como trabajadores voluntarios o becarios.
Certificación de la organización en que consten las actividades y funciones realizadas y el número total de horas. Puede utilizarse el anexo V.
Solicitantes que adquirieron las competencias a través de formación no formal.
Documento del centro de formación en el que consten los contenidos y las horas de formación.
SOLICITANTES MAYORES DE 25 AÑOS QUE NO PUEDAN JUSTIFICAR SU EXPERIENCIA LABORAL O FORMATIVA MEDIANTE LOS DOCUMENTOS ANTES SEÑALADOS
Documentos o medios de prueba presentados (especificar).
OTROS DOCUMENTOS PRESENTADOS.
Acreditaciones parciales de unidades de competencia o módulos de formación que den derecho a la acreditación de las calificaciones solicitadas.
Compriobación de datos.
Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente y aportar una copia de los documentos.
DNI o NIE de la persona solicitante
Certificado de residencia en España, en el caso de personas extranjeras
MARQUE EL CUADRO CORRESPONDIENTE PARA SEÑALAR LAS CIRCUNSTANCIAS QUE LE SEAN DE APLICACIÓN
Certificado de discapacidad de la persona solicitante, en el caso de ser reconocida por la Xunta de Galicia
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Ámbito Autonómico
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Orden de 18 de diciembre de 2017 por la que se realiza la convocatoria pública del procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral, en la Comunidad Autónoma de Galicia, en determinadas unidades de competencia del Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, cofinanciado en un 80 % por el FSE con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020 (DOG nº 244 de 27 de diciembre de 2017).
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Ámbito Estatal
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Real Decreto 1224/2009, del 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral (BOE nº 205 del 25 de agosto de 2009).
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Otros procedimientos relacionados
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Homologación de cursos por la Academia Gallega de Seguridad Pública.
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Inicio de actividad, cese de actividad y modificación de la actividad de formación del personal encargado de la realización de operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de: instalaciones susceptibles de propagar la legionelosis, prácticas de tatuaje, micropigmentación, piercing y otra práctica de decoración corporal que implique la perforación de la piel, mucosa o tejidos. y aparatos de bronceado artificial mediante radiaciones ultravioleta.
Abierto todo el año
Inicio de cursos para el personal encargado de la realización de operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de: instalaciones susceptibles de propagar la legionelosis, prácticas de tatuaje, micropigmentación, piercing y otras prácticas de decoración personal que impliquen la perforación de la piel, mucosas o tejidos, y manejo de aparatos de bronceado artificial mediante radiaciones ultravioleta.
Abierto todo el año