Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
ED441B
Becas destinadas al alumnado universitario que participa en programas de movilidad con países extracomunitarios.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, 140 becas destinadas al alumnado de las universidades del Sistema universitario de Galicia que participe en el curso 2018/19 en programas de intercambio con países extracomunitarios, excepto el programa Erasmus+, relacionados con los estudios que está cursando.
El programa de movilidad para el cual se solicita la beca será realizado durante el curso académico 2018/19.
Alumnado universitario.
Obligaciones de las universidades.
1. Las oficinas de relaciones internacionales de las universidades del Sistema universitario de Galicia remitirán a la Secretaría General de Universidades una certificación en la que conste:
• Un listado completo del alumnado solicitante que está admitido en un programa de intercambio.
• El nombre y apellidos del/de la estudiante y número del DNI, NIE.
• País de destino y período temporal en el que realiza la estancia.
• Titulación en que está matriculado/a el alumno/a en el curso 2018/19.
• Nota media de su expediente académico a fecha de 30 de abril de 2018, obtenida de acuerdo con los parámetros reflejados en el protocolo de colaboración suscrito con fecha 27 de junio de 2011, entre la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y las universidades de Santiago de Compostela, A Coruña y Vigo para la valoración de los expedientes académicos, cuya publicación en el DOG fue acordada por la Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 15 de septiembre de 2011 (DOG de 30 de septiembre) y en la Resolución de 13 de febrero de 2012, de la Secretaría General de Universidades, por la que se dispone la publicidad del acuerdo de la Comisión de seguimiento del protocolo de colaboración entre la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria y las universidades de Santiago de Compostela, A Coruña y Vigo para la valoración de expedientes académicos.
2. Asimismo, una vez finalizado el período de estancia, las oficinas de relaciones internacionales de las universidades del Sistema universitario de Galicia remitirán una certificación del órgano competente donde conste una relación de todo el alumnando que realizó el programa de intercambio y su duración.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Secretaría Xeral de Universidades
Subdirección Xeral de Universidades
Servizo de Apoio e Orientación ao Alumnado Universitario
San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981544430
Fax: 981545422
Plazo de presentación: CERRADO
01/08/2018 00:00 - 05/09/2018 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia hasta el 5 de septiembre de 2018.
1. Podrá solicitar estas becas el alumnado universitario que cumpla los siguientes requisitos:
a) Estar matriculado en el curso 2018/19 en cualquiera de las universidades del Sistema universitario Galicia, en estudios universitarios oficiales conducentes a una titulación de grado.
b) Participar en el programa de movilidad universitaria con autorización de la universidad de origen (universidades del Sistema universitario Galicia).
c) No haber disfrutado de esta beca de movilidad en convocatorias anteriores.
2. Queda excluido de esta convocatoria el alumnado que, con nacionalidad distinta a la española, realice la movilidad en sus países de origen.
Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud a siguiente documentación:
Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho en el caso de actuar por medio de representante.
Comprobación de datos.
Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
DNI o NIE de la persona solicitante.
DNI o NIE de la persona representante, sólo en el caso de actuar por medio de representante.
Certificado de estar al día de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Certificado de estar al día del pago con la Seguridad Social.
Certificado de estar al día del pago con la Consellería de Hacienda.
Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado ED441B disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, al tener las personas incluidas en el ámbito subjetivo las competencias técnicas y disponibilidad de acceso a los medios electrónicos necesarios para formalizar las solicitudes.
Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por la persona interesada con cualquiera de los sistemas de firma admitidos por la sede electrónica y enviada por el procedimiento electrónico establecido, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de la solicitud que deberá ser conservado por la persona solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.
Las solicitudes serán suscritas electrónicamente por la persona interesada o por la persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho.
Para la presentación electrónica de este procedimiento, la sede electrónica de la Xunta de Galicia dispone de instrucciones de ayuda que deberán ser observadas en todo momento por las personas solicitantes. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de obtención de los formularios, podrán dirigirse al teléfono de información 012 o a la dirección electrónica 012@xunta.gal.
Si las dudas están relacionadas con la presente convocatoria, podrán hacer sus consultas en la dirección electrónica orientacion.sug@edu.xunta.es.
La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para compararlo con la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la enmienda.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
- Fase de solicitud
- Solicitud (Anexo I)
Plazo de resolución: Cinco meses
Sentido del silencio: Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Orden de 13 de julio de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de becas destinadas al alumnado de las universidades del Sistema universitario de Galicia que participa en programas de movilidad con países extracomunitarios en el curso 2018/19 (DOG nº 145 del 31 de julio de 2018).
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Extracto de la Orden de 13 de julio de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de becas destinadas al alumnado de las universidades del Sistema universitario de Galicia que participa en programas de movilidad con países extracomunitarios en el curso 2018/19 (DOG nº 145 del 31 de julio de 2018).
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Orden de 25 de octubre de 2018 por la que se hace pública la resolución de la orden de convocatoria de becas destinadas al alumnado de las universidades del Sistema universitario de Galicia que participa en programas de movilidad con países extracomunitarios en el curso 2018/19 (DOG nº 213 del 8 de noviembre de 2018).
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Otros procedimientos relacionados
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