Guía de procedimientos y servicios

ED441B

Becas destinadas al alumnado universitario que participan en programas de movilidad con países extracomunitarios.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2017 - Plazo cerrado: 21/07/2017 00:00 - 21/08/2017 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Sobre el procedimiento

El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, 140 becas destinadas al alumnado de las universidades del Sistema universitario de Galicia que participe en el curso 2017-2018 en programas de intercambio con países extracomunitarios, excepto el programa Erasmus+, relacionados con los estudios que está cursando.

El programa de movilidad para el que se solicita la beca será realizado durante el curso académico 2017-2018.

Alumnado de las universidades del Sistema universitario de Galicia.

Deberes de las personas beneficiarias.

La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de esta convocatoria y el deber de:

a) Realizar las actividades previstas en los programas de movilidad y cumplir los objetivos de éstos con aprovechamiento.

b) Informar al órgano que concede la beca de la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración pública, ente público o privado.

c) Facilitar toda la información que le sea requerida por la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, así como de la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control del destino de las ayudas, según dispone el artículo 14.1.k) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

d) Acreditar mediante certificación que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y que no tiene pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma. Esta certificación podrá ser sustituida por la declaración responsable que figura dentro del anexo I de esta orden, según se regula en el artículo 11 del Reglamento de la Ley 9/2007.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Secretaría Xeral de Universidades

Subdirección Xeral de Universidades

Servizo de Apoio e Orientación ao Alumnado Universitario

San Caetano, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981544430

Fax: 981545422

http://www.edu.xunta.es

Servizo de Apoio e Orientación ao Alumnado Universitario
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

21/07/2017 00:00 - 21/08/2017 23:59

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no hubiese día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.

a) Estar matriculado no curso 2017-2018 en calquera das universidades do Sistema universitario de Galicia, en estudos universitarios oficiais conducentes a unha titulación de grao.

b) O alumnado extracomunitario non poderá realizar o intercambio con universidades do seu país de orixe.

c) Participar no programa de mobilidade universitaria con autorización da universidade de orixe (universidades do Sistema universitario de Galicia).

d) Non ter gozado desta bolsa de mobilidade en convocatorias anteriores.

  • Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:

Extracto del expediente académico, de un período no anterior a un mes desde la publicación de esta orden, en el que constará la nota media obtenida de acuerdo con los parámetros reflejados en el protocolo de colaboración suscrito con fecha 27 de junio de 2011, entre la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y las universidades de Santiago de Compostela, A Coruña y Vigo para la valoración de los expedientes académicos, cuya publicación en el Diario Oficial de Galicia fue acordada por la Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 15 de septiembre de 2011 (DOG de 30 de septiembre).

En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.

  • Comprobación de datos.

Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

  • a) DNI o NIE de la persona solicitante.

  • b) Autorización de la estancia o residencia legal cuando la persona solicitante sea extracomunitaria.

En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro habilitado en el modelo de solicitud y presentar los documentos correspondientes.

Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

  • Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado ED441B disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, al tener las personas incluidas en el ámbito subjetivo las competencias técnicas y disponibilidad de acceso a los medios electrónicos necesarios para formalizar las solicitudes.

Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuese realizada la enmienda.

Para la presentación de las solicitudes se podrán emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

  • Las solicitudes serán suscritas electrónicamente por la persona interesada o por la persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho.

  • Para la presentación electrónica de este procedimiento, la sede electrónica de la Xunta de Galicia dispone de instrucciones de ayuda que deberán ser observadas en todo momento por las personas solicitantes. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de obtención de los formularios, podrán dirigirse al teléfono de información 012 o a la dirección electrónica 012@xunta.gal.

Si las dudas están relacionadas con la presente convocatoria, podrán hacer sus consultas en la dirección electrónica orientacion.sug@edu.xunta.es.

  • La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través da su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuese realizada la enmienda.

  • Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si dispone de él.

Después de presentar

Plazo de resolución: Cinco meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 4 de julio de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de becas destinadas al alumnado de las universidades del Sistema universitario de Galicia que participa en programas de movilidad con países extracomunitarios en el curso 2017/18 (DOG nº 138 del 20 de julio de 2017).

Descargar el contenido de esta ficha en formato PDF

Otros procedimientos relacionados

ED417A

Ayudas complementarias del programa comunitario de movilidad de estudiantes "Erasmus+" del SUG

Tramitar en línea

Plazo abierto: 03/01/2026 00:00 - 02/02/2026 23:59

ED442B

Acreditación de los campus de especialización del Sistema universitario de Galicia.

Tramitar en línea

Abierto todo el año

SA655B

Formación práctica de alumnos en centros asistenciales dependientes del Servicio Gallego de Salud.

Tramitar en línea

Abierto todo el año

ED415A

Premios fin de carrera de la Comunidad Autónoma de Galicia para el alumnado universitario.

Tramitar en línea

Plazo cerrado: 29/01/2025 00:00 - 28/02/2025 23:59