Guía de procedimientos y servicios

ED415A

Premios fin de carrera de la Comunidad Autónoma de Galicia para el alumnado universitario.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2017 - Plazo cerrado: 04/07/2017 00:00 - 03/08/2017 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Sobre el procedimiento

1. El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, los premios fin de carrera de la Comunidad Autónoma para os/as estudiantes que finalizaron brillantemente sus estudios universitarios conducentes a una titulación oficial de grado en el curso académico 2015/16 en las universidades del Sistema universitario de Galicia.

2. Estos premios, además de tener asignada una dotación económica, suponen un reconocimiento de carácter oficial para el alumnado que cuenta con el mejor expediente académico de entre las personas solicitantes.

Período y dotación del premio.

1. A efectos de esta orden, se entenderá por curso académico el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2015 y el 30 de septiembre de 2016.

2. Las personas premiadas recibirán una dotación económica de un máximo de 3.000 euros y un diploma acreditativo de esta distinción.

3. Sólo se podrá recibir un premio por persona. En la simultaneidad de grados en el caso de que una persona resulte seleccionada en más de un grado deberá escoger en que grado desea recibir el premio.

Alumnado universitario.

La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de esta convocatoria y la obligación de:

1. Informar al órgano que concede el premio de la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración pública, ente público o privado.

2. Facilitar toda la información que le sea requerida por la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, así como de la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control del destino de las ayudas, según dispone el artículo 14.1.k) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

3. Acreditar mediante certificación que se está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y que no tiene pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma. Esta certificación podrá ser sustituida por la declaración responsable que figura dentro del anexo II de esta orden, según se regula en el artículo 11 del Reglamento de la Ley 9/2007.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Secretaría Xeral de Universidades

Subdirección Xeral de Universidades

Servizo de Apoio e Orientación ao Alumnado Universitario

San Caetano, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981544430

Fax: 981545422

http://www.edu.xunta.es

Servizo de Apoio e Orientación ao Alumnado Universitario
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

04/07/2017 00:00 - 03/08/2017 23:59

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no hubiese día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.

Podrá solicitar estas ayudas el alumnado universitario que cumpla los siguientes requisitos:

a) Haber cursado íntegramente los estudios de la titulación universitaria por la que opta al premio en las universidades del Sistema universitario de Galicia.

b) Tener una puntuación media en su expediente académico igual o superior a 8,50 puntos, para el alumnado de las ramas de conocimiento de Artes y Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ciencias y Ciencias de la Salud; y 7,50 puntos, para el alumnado de la rama de Ingeniería y Arquitectura.

c) No podrán obtener un premio fin de carrera aquellos/as alumnos/as que ya obtuvieron uno en anteriores convocatorias.

  • Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:

Certificación académica oficial completa emitida por la universidad correspondiente, en la que se hará constar la nota media del expediente académico, obtenida de acuerdo con los parámetros reflejados en el protocolo de colaboración suscrito con fecha 27 de junio de 2011 entre la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y las universidades de Santiago de Compostela, A Coruña y Vigo para la valoración de los expedientes académicos, cuya publicación en el DOG fue acordada por la Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 15 de septiembre de 2011 (DOG de 30 de septiembre).

En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.

  • Comprobación de datos.

Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

  • a) DNI o NIE de la persona solicitante.

  • b) Título universitario oficial español o documento que legalmente lo sustituya.

En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro habilitado en el modelo de solicitud y presentar los documentos correspondientes.

Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

  • Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado ED415A disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, al tener las personas incluidas en el ámbito subjetivo las competencias técnicas y disponibilidad de acceso a los medios electrónicos necesarios para formalizar las solicitudes.

Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

Para la presentación de las solicitudes se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

  • Las solicitudes serán suscritas electrónicamente por la persona interesada o por la persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho.

  • Para la presentación electrónica de este procedimiento, la sede electrónica de la Xunta de Galicia dispone de instrucciones de ayuda que deberán ser observadas en todo momento por las personas solicitantes. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de obtención de los formularios, podrán dirigirse al teléfono de información 012 o a la dirección electrónica 012@xunta.gal

Si las dudas están relacionadas con la presente convocatoria, podrán hacer sus consultas en la dirección electrónica orientacion.sug@edu.xunta.es

  • La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través da su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

  • Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si dispone de él.

Después de presentar

Plazo de resolución: Cinco meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 19 de junio de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de los premios fin de carrera de la Comunidad Autónoma de Galicia para el alumnado que finalizó sus estudios universitarios en el año 2016 en las universidades del Sistema universitario de Galicia (DOG nº 125 del 3 de julio de 2017).

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