Guía de procedimientos y servicios
Ir á sección pai
Detalle procedemento
IN421R
Subvenciones para la movilidad eléctrica (Programa MOVES III)
Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales
Consellería de Economía e Industria
Convocatoria de ayudas correspondiente a la anualidad 2025 del programa estatal de incentivos a la movilidad eléctrica (MOVES III_2025) regulado por el Real Decreto‑ley 3/2025, de 1 de abril, que establece las actuaciones subvencionables recogidas en el artículo 13 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, y se extiende retroactivamente a las solicitudes presentadas desde lo 1 de enero de 2025.
Se convocan ayudas para las siguientes actuaciones subvencionables en el marco del MOVES III_2025:
Programa de incentivos 1: Adquisición de vehículos eléctricos “enchufables” y de pila de combustible (en adelante Adquisición de vehículos eléctricos).
Programa de incentivos 2: Implantación de infraestructura de recargo de vehículos eléctricos.
1. Para el Programa de incentivos 1 podrán ser beneficiarios los sujetos que se enumeran en el artículo 11.1 del Real decreto 266/2021, siempre que tengan su residencia fiscal o un establecimiento permanente en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia o bien adquieran el vehículo en un concesionario o punto de venta situado en Galicia. Para el Programa de incentivos 2 serán beneficiarios los sujetos que se enumeran en el artículo 11.1 del Real decreto 266/2021 cuando la actuación subvencionada se desarrolle en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. No serán beneficiarios de estas ayudas:
a) Para la actuación del Programa de incentivos 1, relativa a la adquisición de vehículos eléctricos, los concesionarios o puntos de venta cuya epígrafe de la sección primera de las tarifas del impuesto sobre actividades económicas sea o 615.1 o 654.1, conforme a lo dispuesto por el Real decreto legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del impuesto sobre actividades económicas.
b) Aquellos en los que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
c) Las empresas que se encuentren en situación de crisis, conforme a la definición que a estos efectos se realiza en el Reglamento (UE) nº 651/2014, de 17 de junio de 2014 y en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas no financieras en crisis (Comunicación de la Comisión, 2014/C 249/1, de 31 de julio de 2014).
d) Las empresas que se encuentren sujetas la una orden de recuperación pendiente sobre cualquier ayuda o subvención que les hubiera sido otorgada con anterioridad, bien por haberse declarado ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, bien por cualquier tipo de incumplimiento de las obligaciones que le vinieran atribuidas en la concesión.
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Instituto Enerxético de Galicia (INEGA)
Dirección Inega
Xerencia do Inega
Rúa Avelino Pousa Antelo, nº 5 - San Lázaro
15703 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881006707
Email: inega.info@xunta.gal
Plazo de presentación: CERRADO
08/07/2025 09:00 - 31/12/2025 23:59
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el octavo (8º) día natural siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, a las 9.00 horas y terminará el 31 de decembro de 2025.
Sin prexuizo de lo anterior, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 del Real decreto ley 3/2025, se considerarán válidas y tenidas por presentadas en el marco del Moves III_2025 aquellas solicitudes inscritas en la aplicación informática del Moves III a partir de 1 de enero de 2025. Estas solicitudes serán incorporadas automáticamente al nuevo programa sin necesidad de realizar ningún trámite adicional por parte de la persona solicitante, mismo en los casos en que hubieran sido inadmitidas en el Moves III por haberse presentado fuera de plazo.
La presente convocatoria se regirá por lo establecido en la Resolución de la Dirección del Inega de 26 de julio de 2021 (códigos de procedimiento IN421Q y IN421R) excepto en aquellos aspectos que se dispongan expresamente de forma distinta en la presente resolución.
Presentación de las solicitudes (código de procedimiento IN421R)
1. El procedimiento de presentación de solicitudes de ayuda se regirá por lo dispuesto en el artículo 7 de la Resolución del Inega de 26 de julio de 2021 salvo las excepciones expresamente previstas en este artículo.
Las solicitudes se suscribirán directamente por las entidades colaboradoras, si se tramita la ayuda a través de estas, o directamente por los interesados o persona que acredite su representación por cualquiera medio válido en derecho, en los casos en los que se permita la presentación directa de solicitudes. En este caso, deberá presentar el correspondiente formulario de solicitud de ayuda (anexo III). Una vez presentada una solicitud no se podrá modificar el proyecto hasta que recaía resolución de concesión.
2. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el octavo (8º) día natural siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, a las 9.00 horas y terminará el 31 de decembro de 2025.
Sin prexuizo de lo anterior, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 del Real decreto ley 3/2025, se considerarán válidas y tenidas por presentadas en el marco del Moves III_2025 aquellas solicitudes inscritas en la aplicación informática del Moves III a partir de 1 de enero de 2025. Estas solicitudes serán incorporadas automáticamente al nuevo programa sin necesidad de realizar ningún trámite adicional por parte de la persona solicitante, mismo en los casos en que hubieran sido inadmitidas en el Moves III por haberse presentado fuera de plazo.
Plazo de resolución:
Para lo no previsto en la presente Resolución se estará a lo dispuesto en la Resolución de 26 de julio de 2021, publicada en el DOG nº 149, de 5 de agosto, y sus modificaciones posteriores.
Sentido del silencio: No especificado
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
-
Ámbito Autonómico
-
Resolución de 26 de junio de 2025 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al programa estatal de incentivos a la movilidad eléctrica (Moves III_2025) (DOG nº 123 de 30 de junio de 2025).
-
Extracto de la Resolución de 26 de junio de 2025 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al programa estatal de incentivos a la movilidad eléctrica (MOVES III_2025) (DOG nº 123 de 30 de junio de 2025).
-
Resolución de 1 de octubre de 2025 por la que se redistribuyen los créditos presupuestarios por epígrafe recogidos en la Resolución de 26 de junio de 2025 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al programa estatal de incentivos a la movilidad eléctrica (programa Moves III_2025) (DOG nº 192 de 06 de octubre de 2025).
-
Resolución de 30 de diciembre de 2025 por la que se amplía el crédito presupuestario recogido en la Resolución de 26 de junio de 2025 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa estatal de incentivos a la movilidad eléctrica (programa Moves III_2025) (DOG nº 252 de 31 de diciembre de 2025).
-
Resolución de 19 de febrero de 2026 por la que se amplía el crédito presupuestario recogido en la Resolución de 26 de junio de 2025 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa estatal de incentivos a la movilidad eléctrica (programa Moves III_2025) (DOG nº 39 del 27 de febrero de 2026).
-
Resolución de 29 de junio de 2026 por la que se amplía y se redistribuye el crédito presupuestario contemplado en la Resolución de 26 de junio de 2025 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al programa estatal de incentivos a la movilidad eléctrica (programa Moves III_2025) (DOG nº 123 de 03 de julio de 2026).
-
-
Ámbito Estatal
-
Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo (BOE nº 89 de 14 de abril de 2021).
-
Otros procedimientos relacionados
Inscripción en el Registro General de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Abierto todo el año
Modificación de la Inscripción en el Registro General de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Abierto todo el año
Actividad comercial portuaria de suministro de combustible a buques, y otras instalaciones fijas y móviles, mediante medios móviles terrestres.
Abierto todo el año
Novaciones de deudas con el Igape
Plazo abierto: 26/01/2026 09:00 - 30/12/2026 14:00