Guía de procedimientos y servicios

IG101A

Ayudas destinadas a sufragar los daños sufridos en establecimientos comerciales, industriales, turísticos y mercantiles, derivados de la explosión de material pirotécnico producida en Tui el 23 de mayo de 2018.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2018 - Plazo cerrado: 13/07/2018 00:00 - 03/08/2018 23:59

Consellería de Economía e Industria

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Aprobar las normas para la gestión del procedimiento de concesión directa de las ayudas del Igape para sufragar los daños sufridos en establecimientos comerciales, industriales y mercantiles, derivados de la explosión de material pirotécnico producida en Tui, el 23 de mayo de 2018, conforme a lo establecido en el Decreto 55/2018, de 31 de mayo (código de procedimiento IG101A), que se adjuntan a esta resolución como anexo I.

Estas normas tienen por objeto regular la gestión del procedimiento para la concesión de las ayudas que se concedan para sufragar los daños sufridos en establecimientos comerciales, industriales, turísticos y mercantiles, derivados de la explosión de material pirotécnico producida en Tui, el 23 de mayo de 2018.

1. Las personas físicas o jurídicas, titulares de los establecimientos comerciales, mercantiles, industriales y turísticos en que se produjeran los daños derivados directamente de la explosión.

2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 55/2018, de 31 de mayo, de medidas urgentes de ayuda para la reparación de daños causados por la explosión de material pirotécnico producida en Tui el 23 de mayo de 2018, las personas beneficiarias de las ayudas están exentas del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, excepto el requisito señalado en la letra a) de este artículo.

Xunta de Galicia

Consellería de Economía e Industria

Instituto Galego de Promoción Económica - Igape

Complexo Administrativo de San Lázaro s/n

15703  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981541147

Email: informa@igape.es

Instituto Galego de Promoción Económica - Igape
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

13/07/2018 00:00 - 03/08/2018 23:59

El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

  • Junto con la solicitud deberá aportarse la siguiente documentación:

    • a) Documento acreditativo de la representación de la persona que actúe en nombre de la persona solicitante, de ser el caso.

    • b) Título o documento admisible en derecho que acredite la titularidad del solicitante con el establecimiento afectado.

    • c) Título o documento admisible en derecho que acredite la vinculación del titular del establecimiento con el inmueble dañado.

    • d) Copia de la póliza de seguro o, de no tener seguro, declaración jurada de que los daños en el establecimiento dañado no estaban asegurados.

La documentación se presentará preferiblemente por vía electrónica a través de la aplicación informática http://www.tramita.igape.es, accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. También se podrá presentar en formato papel por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, el Igape podrá requerir la exhibición del documento original para su cotejo con la copia electrónica presentada.

  • Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

  • a) DNI/NIE de la persona solicitante.

  • b) DNI/NIE de la persona representante.

  • c) NIF de la entidad solicitante.

  • d) Certificado de la AEAT de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) de la persona solicitante.

2. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos podrá solicitarse a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

  • La solicitud se presentará preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la aplicación informática http://www.tramita.igape.es, accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, y que se adjunta como anexo II a esta resolución.

También se podrá presentar presencialmente por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Se justifica la no obligatoriedad de presentación electrónica para las personas jurídicas por las circunstancias excepcionales de estas ayudas de naturaleza catastrófica, ya que debido a los cuantiosos daños materiales causados por la explosión en sus establecimientos puede presumirse la no disponibilidad de herramientas informáticas para la tramitación electrónica.

  • En el modelo de solicitud se realizarán las siguientes declaraciones:

    • a) Declaración de no haber solicitado u obtenido otras ayudas, ingresos y/o recursos procedentes de otro sistema de cobertura de daños, público o privado, estatal o inter nacional, para la misma finalidad. En el caso de haber solicitado o concedido alguna otra ayuda, ingreso y/o recurso, deberá indicarse cuáles son y su importe.

    • b) Compromiso de comunicar cualquier otra ayuda, ingresos y/o recursos procedentes de otro sistema de cobertura de daños, público o privado, estatal o internacional, que le sea concedido para la misma finalidad y su importe.

    • c) Declaración de no estar incurso en la inhabilitación para la obtención de las ayudas previstas en el artículo 10.2.a) de la Ley 9/2007, de 13 de junio.

    • d) Declaración de la persona solicitante de que es el titular del establecimiento comercial, industrial, turístico o mercantil y de cual es su relación con el inmueble afectado (propiedad, alquiler, otra).

    • e) Declaración de que todos los datos de la solicitud y de los documentos que se aportan son ciertos.

  • La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados para facilitar la realización de trámites administrativos después de la presentación de las solicitudes. Estos modelos se presentarán preferiblemente por vía electrónica accediendo a la dirección de internet http://www.tramita.igape.es. Opcionalmente también podrán presentarlos presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Plazo de resolución: Un mes

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Decreto 55/2018, de 31 de mayo, de medidas urgentes para la reparación de daños causados por la explosión de material pirotécnico producida en Tui el 23 de mayo de 2018 (DOG nº 104 del 1 de junio de 2018).

    • Corrección de errores. Decreto 55/2018, de 31 de mayo, de medidas urgentes para la reparación de daños causados por la explosión de material pirotécnico producida en Tui el 23 de mayo de 2018 (DOG nº 106 del 5 de junio de 2018).

    • Resolución de 10 de julio de 2018 por la que se establecen las normas que regirán la concesión de las ayudas destinadas a sufragar los daños sufridos en establecimientos comerciales, industriales, turísticos y mercantiles, derivados de la explosión de material pirotécnico producida en Tui el 23 de mayo de 2018, según el Decreto 55/2018, de 31 de mayo, de medidas urgentes de ayuda para la reparación de daños causados por la explosión de material pirotécnico producida en Tui el 23 de mayo de 2018 (DOG nº 133 del 12 de julio de 2018).

    • Extracto de la Resolución de 10 de julio de 2018 por la que se establecen las normas que regirán la concesión de las ayudas destinadas a sufragar los daños sufridos en establecimientos comerciales, industriales, turísticos y mercantiles, derivados de la explosión de material pirotécnico producida en Tui el 23 de mayo de 2018, según el Decreto 55/2018, de 31 de mayo, de medidas urgentes de ayuda para la reparación de daños causados por la explosión de material pirotécnico producida en Tui el 23 de mayo de 2018 (DOG nº 133 del 12 de julio de 2018).

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