Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
PR809A - Becas de formación de personas expertas en cooperación internacional para el desarrollo.
Estas bases tienen por objeto regular la convocatoria de seis becas para la formación de personas expertas en cooperación internacional para el desarrollo.
Los destinos de las becas serán en Santiago de Compostela, en la sede de la Dirección General de Relaciones Exteriores y con la Unión Europea, o en el exterior, en las unidades de cooperación en el exterior (UCE) de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Las becas reguladas en esta orden se concederán en régimen de concurrencia competitiva y bajo los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación, eficacia y eficiencia.
Personas expertas en cooperación internacional para el desarrollo.
Obligaciones de las personas beneficiarias.
Las personas beneficiarias de las becas tendrán las siguientes obligaciones:
a) Aportar, junto con la aceptación de la beca en el plazo señalado en la base décima, apartado 1, la siguiente documentación:
• Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni estar afectada por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con las actividades formativas objeto de la beca.
• Acreditación de disponer de un seguro de asistencia sanitaria, de accidentes y de repatriación en caso de accidente o enfermedad, con cobertura internacional para las personas becarias destinadas en el exterior y vigencia por el período de duración de la beca, o bien acreditar por cualquier medio admitido en derecho disponer de dicha cobertura.
• Declaración responsable de no tener empleo remunerado ni disfrutar de otra beca, según el modelo del anexo III.
b) Presentar antes del primer pago y de cada uno de los pagos mensuales:
• Una declaración complementaria del conjunto de las ayudas solicitadas, tanto las aprobadas o concedidas como las pendientes de resolución para un mismo fin, de las distintas administraciones públicas competentes o cualquiera de sus organismos, entes o sociedades, según el modelo del anexo III.
• Una declaración responsable de que están al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma, según el modelo del anexo III.
c) Obtener, por su cuenta, el visado necesario para el acceso y permanencia en el país de destino durante el período de disfrute de la beca, así como respetar la legislación correspondiente en materia de visados.
d) Presentarse personalmente ante el responsable de su formación en el destino adjudicado, en el plazo máximo de diez (10) días naturales para las personas destinadas en el exterior, y de tres (3) días naturales para las destinadas en la sede de la Dirección General de Relaciones Exteriores y con la Unión Europea, a partir del día señalado para el comienzo de la beca. En el caso de retraso en su incorporación, la mensualidad de la beca podrá ser reducida proporcionalmente.
e) Residir en el lugar de destino durante el período de disfrute de la beca y no ausentarse de él sin comunicación previa y autorización de la persona responsable de la formación de la persona becaria.
f) Desempeñar las actividades de formación objeto de la beca, de lunes a viernes, en horario de mañana y/o tarde, de acuerdo con la distribución que realice el responsable de la formación.
g) Entregar mensualmente al responsable de la formación en la Dirección General de Relaciones Exteriores y con la Unión Europea un informe de la actividad realizada.
h) Desplazarse, cuando así se acuerde por el responsable de la formación en la Dirección General de Relaciones Exteriores y con la Unión Europea o en el organismo donde realiza las prácticas.
i) Utilizar los medios disponibles en el lugar donde esté desarrollando la beca para la realización de las actividades formativas.
j) No desempeñar ningún trabajo remunerado durante el período de vigencia de la beca.
k) Mantener un comportamiento que en ningún caso implique un perjuicio para los intereses de la Xunta de Galicia ni para la imagen exterior de Galicia y España.
l) No estar vinculado, durante el período de disfrute de la beca, a ningún agente de cooperación de los establecidos en el artículo 23 de la Ley 3/2003, de 19 de junio, de cooperación para el desarrollo.
m) Presentar a la persona titular del Servicio de Formación y Coordinación Institucional de la Cooperación para el Desarrollo, en el plazo máximo de un mes desde la finalización del período de formación, una memoria detallada de las actividades realizadas en su destino.
n) Cumplir las demás obligaciones que, con carácter general, se establecen en el artículo 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Podrán optar a la concesión de estas becas las personas que reúnan los siguientes requisitos, que deberán poseer en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes:
a) Tener vecindad administrativa en Galicia.
b) Estar en posesión de un título universitario de grado, licenciado/a, arquitecto/a, ingeniero/a o equivalente. La persona solicitante deberá estar en posesión del título o acreditar el pago de los derechos para su expedición, en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y haber finalizado los estudios conducentes al mismo en el año 2009 o posterior.
c) No haber disfrutado anteriormente de otra beca de formación en el ámbito de la cooperación para el desarrollo de la Xunta de Galicia, excepto que en alguna convocatoria anterior fuese llamado de la lista de reserva y disfrutase de la beca por un período de tiempo no superior a 3 meses.
d) No tener empleo remunerado ni disfrutar de otra beca, cualquiera que sea esta o, en el caso de tener empleo remunerado o disfrutar de otra beca, presentar un compromiso expreso de renunciar a ellos con anterioridad a la aceptación de la beca.
e) No padecer enfermedad ni estar afectada por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con las actividades formativas para las que se convocan las becas.
f) No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria señaladas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG núm. 121, de 25 junio).
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Dirección Xeral de Relacións Exteriores e coa Unión Europea
Subdirección Xeral de Cooperación Exterior
Rúa do Horreo, 61, 2º andar
15701 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Email: cooperacion.exterior@xunta.gal
Dirección Xeral de Relacións Exteriores e coa Unión Europea
Orden de 14 de mayo de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las becas de formación de personas expertas en cooperación internacional para el desarrollo y se convocan para el año 2019 (DOG nº 100 del 28 de mayo de 2019)
Extracto de la Orden de 14 de mayo de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las becas de formación de personas expertas en cooperación internacional para el desarrollo y se convocan para el año 2019 (DOG nº 100 del 28 de mayo de 2019).
Resolución de 2 de septiembre de 2019, de la Dirección General de Relaciones Exteriores y con la Unión Europea, por la que se hacen públicas las becas concedidas al amparo de la Orden de 14 de mayo de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las becas de formación de personas expertas en cooperación internacional para el desarrollo y se convocan para el año 2019 (DOG nº 175 del 16 de septiembre de 2019).
Orden de 2 de julio de 2020 por la que se modifica parcialmente la Orden de 14 de mayo de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las becas de formación de personas expertas en cooperación internacional para el desarrollo y se convocan para el año 2019 (código de procedimiento PR809A) (DOG nº 137 de 10 de julio de 2020)
Resolución de 2 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Relaciones Exteriores y con la Unión Europea, por la que se hacen públicas las becas concedidas al amparo de la Orden de 2 de julio de 2020 por la que se modifica parcialmente la Orden de 14 de mayo de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las becas de formación de personas expertas en cooperación internacional para el desarrollo, y se convocan para el año 2019 (DOG nº 227 del 10 de noviembre de 2020).
Plazo de presentación: CERRADO
29/05/2019 00:00 - 28/06/2019 23:59
El plazo para la presentación de la solicitud y la documentación señalada en el apartado 5 de la base tercera será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia. A estos efectos, se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.
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Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo II) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal.
Debido a la capacidad técnica de las personas físicas beneficiarias de esta beca, que deben reunir la condición de tituladas universitarias, se considera que tienen acceso y disponibilidad suficiente a los medios electrónicos necesarios para realizar todos los trámites electrónicamente en este procedimiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de la Ley 2/2017, de 8 de febrero, de medidas fiscales, administrativas y de ordenación.
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Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que fue realizada la subsanación.
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Para presentar las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave 365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).
En caso de que la persona solicitante actuase por medio de representante, deberá acreditar la representación por cualquier medio válido en derecho. En la sede electrónica está disponible un modelo genérico de representación.
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Para tramitar este procedimiento se consultarán automáticamente los datos de la persona solicitante incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
• DNI o NIE de la persona solicitante.
• DNI o NIE de la persona representante.
• NIF de la entidad representante.
• Datos de residencia de la persona solicitante con fecha de última variación padronal.
• Titulación oficial universitaria.
• Título de lengua gallega Celga 4, Celga 3 o titulación equivalente solo en el caso de estar expedidos por la Secretaría General de Política Lingüística.
• Certificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias con la AEAT.
• Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social.
• Certificado de estar al corriente en el pago con la Consellería de Hacienda.
En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y aportar los documentos.
Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.
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Las personas solicitantes deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:
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a) En el caso de presentar un título extranjero, convalidación por la Administración educativa española.
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b) En defecto del título universitario, justificación del pago de los derechos de expedición de la titulación correspondiente.
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c) Certificación académica personal de carácter oficial del título universitario establecido como requisito en la base segunda. Se deberá presentar certificación expedida por la universidad correspondiente en la que necesariamente se deberá incluir la nota media simple obtenida.
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d) Currículum vítae de la persona solicitante junto con la documentación acreditativa de los méritos alegados. Los méritos que no estén acreditados documentalmente, de acuerdo con lo señalado en la base octava, no serán tenidos en cuenta, sin que proceda hacer el requerimiento a que se refiere el apartado dos de la base sexta.
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e) Memoria sobre la materia de cooperación para el desarrollo, la acción humanitaria y/o el sistema gallego de cooperación, en la que la persona solicitante exponga sus conocimientos e intereses en esos ámbitos. Dicha memoria deberá estar redactada en gallego o castellano. La no presentación de esta memoria supondrá la exclusión de la persona candidata, sin que proceda hacer el requerimiento a que se refiere el apartado dos de la base sexta.
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En caso de que alguno de los documentos que se presente de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá su presentación de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
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Los documentos presentados en lengua distinta al español, gallego, inglés, francés o portugués deberán acompañarse de una traducción jurada.
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La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en que fuese realizada la subsanación.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
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Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes .
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cuatro meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Ayudas a los agentes de cooperación para ejecución de proyectos de cooperación para el desarrollo en el exterior
Ayudas a las ONGD para ejecución de proyectos de educación para el desarrollo y la ciudadanía global.