Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
IN117A - Bolsa de formación en la Escuela Gallega de Consumo.
1. La beca de formación en la Escuela Gallega del Consumo tiene como objetivo contribuir a la formación práctica de titulados superiores en materia de consumo.
2. La Escuela Gallega del Consumo elaborará un programa formativo, que integrará aspectos relativos a los derechos y deberes de las personas consumidoras y usuarias, la educación en materia de consumo responsable, tanto en el campo de la enseñanza reglada como no reglada; la innovación educativa y la educación y la formación en valores, y la investigación sobre los hábitos de consumo de la sociedad gallega. El programa formativo podrá extenderse a todas aquellas actividades de formación en materia de consumo responsable realizadas en la Escuela Gallega del Consumo.
3. Asimismo, la Escuela Gallega del Consumo nombrará un/una tutor/a responsable de las actividades de formación que desarrollará la persona becaria.
4. El programa formativo se desarrollará a lo largo del año 2020 con una duración máxima de doce meses, contado desde la fecha de la incorporación de la persona becaria hasta el 30 de diciembre. No se concederán becas para suplir bajas o renuncias por tiempo inferior a un mes.
La persona beneficiaria de la beca tendrá las siguientes obligaciones:
a) Aceptar por escrito las normas y obligaciones establecidas en las bases reguladoras y en la convocatoria de la beca dentro del plazo de 5 días posteriores a la notificación de la resolución de concesión.
b) Presentar, junto con la aceptación de la beca, declaración de no percibir otras subvenciones, becas, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, así como sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria de las personas interesadas, según el modelo del anexo IV.
c) Presentar, junto con la aceptación de la beca, declaración responsable con la cuenta bancaria donde deba abonarse la beca, según el modelo del anexo IV.
d) Presentar, junto con la aceptación de la beca, certificación médica acreditativa de no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con la realización de las funciones que se desarrollarán.
e) Incorporarse a la beca en la fecha señalada en la resolución de concesión y cumplir un horario de treinta y cinco horas semanales, de acuerdo con la distribución que le asigne la Escuela Gallega del Consumo.
f) Justificar el cumplimiento de los requisitos establecidos.
g) Cumplir con el programa de formación establecido con unos niveles de rendimiento satisfactorios, presentando los trabajos e informes que determine la Escuela Gallega del Consumo. Asimismo, deberá asistir a las actividades que dicho centro considere convenientes para su formación.
h) No desarrollar otras tareas que dificulten el cumplimiento de sus obligaciones como persona becaria.
i) Mantener la confidencialidad y la reserva sobre la totalidad de los documentos que le sean confiados o sean elaborados en cumplimiento de sus funciones como persona becaria. Esta confidencialidad es extensible a cualquier dato que pudiese conocer con ocasión de la realización de la beca, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con un fin distinto al de la beca, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de estudio, consulta o divulgación.
j) Comunicarle a la Escuela Gallega del Consumo la obtención de otras becas o ayudas, así como cualquier otra alteración de los requisitos impuestos a las personas beneficiarias para el otorgamiento de estas becas.
k) Comunicarle su renuncia a la Escuela Gallega del Consumo con dos días de antelación a la fecha de cese, en el caso de que se produzca con posterioridad al inicio de la formación.
l) Presentar ante la Escuela Gallega del Consumo, en el plazo de un mes a partir de la finalización de la formación, una memoria detallada de las actividades realizadas, en la que especificará los objetivos conseguidos.
m) Disfrutar de un período de vacaciones de veintidós días hábiles o el tiempo proporcional al período de disfrute de la beca.
n) Las demás que, con carácter general, se establecen en el artículo 11 de la Ley de subvenciones de Galicia.
Podrán optar a la concesión de esta beca las personas que reúnan los siguientes requisitos, que deberán poseer en el momento de acabar el plazo de presentación de solicitudes:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, así como estar domiciliado/a en la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Acreditar un conocimiento de la lengua gallega en el nivel de perfeccionamiento o Celga 4. Solo se le concederá validez a las titulaciones o a los cursos homologados por los órganos competentes en materia de política lingüística.
c) Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones universitarias de licenciatura o de grado: marketing y comunicación digital, publicidad, periodismo, comunicación, marketing, relaciones y comunicación institucional o equivalente. La persona solicitante deberá estar en posesión del correspondiente título o acreditar el pago de los derechos para su expedición al final del plazo de presentación de solicitudes y haber finalizado los estudios conducentes para su obtención en el año 2007 o posterior. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos en la fecha de presentación de la solicitud.
d) No disfrutar de cualquier otra beca o ayuda.
e) No tener empleo remunerado ni percibir la prestación por desempleo.
f) No padecer ninguna enfermedad ni limitación física o psíquica que imposibilite el cumplimiento de sus obligaciones como becario/a.
g) No haber sido beneficiario/a de esta misma beca en convocatorias anteriores por un tiempo superior a ocho meses.
h) Non haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad y la indemnidad sexual, segundo lo previsto en el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor.
i) No incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
j) No incurrir en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
k) Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, conforme al artículo 10.2.g) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y al artículo 9 del Reglamento de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Instituto Galego de Consumo e da Competencia (IGC)
Avda. Gonzalo Torrente Ballester, nº 3, 1-5, baixo
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881999091/ 881999075
Email: igc.escuela@xunta.gal
Desde o resto do Estado: 902 12 00 12
Instituto Galego de Consumo e da Competencia (IGC)
Corrección de errores. Orden de 6 de mayo de 2020 por la que se acuerda la continuación de determinados procedimientos relativos a la concesión de subvenciones indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios públicos de esta consellería durante la vigencia del estado de alarma (DOG nº 96 del 19 de mayo de 2020).
Orden de 6 de mayo de 2020 por la que se acuerda la continuación de determinados procedimientos relativos a la concesión de subvenciones indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios públicos en el ámbito de esta consellería durante la vigencia del estado de alarma (DOG nº 90 del 11 de mayo de 2020).
Rresolución de 16 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, mediante la tramitación anticipada de gasto, de una beca de formación en la Escuela Gallega del Consumo y se procede a su convocatoria para el año 2020 (DOG nº 7 de 13 de enero de 2020).
Extracto de la Resolución de 16 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, mediante la tramitación anticipada de gasto, de una beca de formación en la Escuela Gallega del Consumo y se procede a su convocatoria para el año 2020 (DOG nº 7 de 13 de enero de 2020).
Plazo de presentación: CERRADO
14/01/2020 00:00 - 13/02/2020 23:59
1. El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
2. El plazo concluirá el mismo día en el que tuvo lugar la publicación en el mes de vencimiento. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en el que empieza el cómputo, el plazo expirará el último día del mes.
Presentación de las solicitudes
1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo II) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
Debido a la capacidad técnica de las personas físicas beneficiarias de la presente beca, que deben reunir la condición de tituladas universitarias, se considera que tienen acceso y disponibilidad suficiente a los medios electrónicos necesarios para realizar todos los trámites electrónicamente en el presente procedimiento.
2. Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuese realizada la subsanación.
3. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Documentación complementaria
1. Las personas interesadas deberán adjuntar con la solicitud la siguiente documentación:
a) Certificación académica oficial, en la que conste la nota media del expediente académico de la titulación universitaria con la que concurre.
b) Curriculum vitae, en el que se relacionen los estudios cursados y, en su caso, la experiencia profesional.
c) Documentos acreditativos de todos los méritos alegados en el curriculum vitae.
d) Justificante del pago de los derechos de expedición de la titulación correspondiente, en su caso.
e) Copia de los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales, en su caso.
f) Certificado de Celga o equivalente no expedido por la Secretaría General de Política Lingüística.
No será necesario adjuntar los documentos que ya fueran presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.
2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica.
A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuese realizada la subsanación.
3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si dispone del mismo.
4. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superase los tamaños máximos establecidos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
b) DNI o NIE de la persona representante.
c) Certificado de residencia con fecha de la última variación empadronal de la persona solicitante.
d) Celga 4 o documento acreditativo del nivel de conocimiento del idioma gallego expedido por los órganos competentes en materia de política lingüística.
e) Título/s universitario/s de licenciatura o grado.
f) No haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad y la indemnidad sexual, según lo previsto en el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor.
g) Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
h) Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
i) Certificado de estar al corriente en sus obligaciones con la Atriga.
j) Certificado del importe de prestación por desempleo, percibido en fecha actual.
k) Certificado de prestaciones del Registro de Prestaciones Sociales Públicas, Incapacidad Temporal y Maternidad.
l) Certificado de situación actual de desempleo.
m) Certificado de condición de becario.
n) Concesiones de subvenciones y ayudas.
o) Inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y adjuntar los documentos.
3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de dichos datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
- Fase de justificación
- Declaración Responsable (Anexo IV)
- Aceptación o Renuncia (Anexo III)
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Actividad comercial portuaria de consignación de buques.
Concurso público sobre consumo responsable: Consumópolis.
Concurso de carteles del día mundial de los derechos de las personas consumidoras.
Premios de innovación educativa a los proyectos sobre consumo responsable Galicons-net.