Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
BS412A - Ayudas económicas a las familias para la conciliación en situaciones puntuales y períodos de vacaciones escolares a través del programa Bono Concilia Familia.
Concesión de ayudas a las familias con niños y niñas residentes en Galicia de hasta doce años de edad, estos incluidos, para la atención de necesidades de conciliación de carácter puntual o durante los períodos de vacaciones escolares, que tengan lugar entre lo 1 de enero y el 8 de septiembre de 2023, así como proceder a su convocatoria.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas del programa Bono Concilia Familia los padres/madres y las personas tutoras de niños y niñas de hasta doce años de edad, estos incluidos, o las personas que los/las tengan en situación de acogimiento familiar o guardia con fines adoptivos, que residan en la Comunidad Autónoma de Galicia.
a) Que el niño o la niña sea menor de trece años en el momento en el que se produce el supuesto para el cual se solicita la ayuda.
b) Que ambos padres/madres, personas tutoras, acogedoras, guardadoras con fines adoptivos, familias monoparentales o padres/madres con custodia no compartida estén efectivamente trabajando, tanto en el supuesto de solicitudes por enfermedad o accidente del niño o niña como por necesidades en períodos de vacaciones escolares.
En los supuestos de custodia compartida, este requisito se entenderá referido al tiempo en el que esta se ejerza efectivamente, debiendo presentar, en estos casos, cada padre/madre una solicitud individual.
Además, las personas beneficiarias tienen que cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Xuventude
Xefatura Territorial da Consellería de Política Social e Xuventude da Coruña
Avda. Salvador de Madariaga, nº 9-1º
15008 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981185755
Fax: 981185701
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Xuventude
Xefatura Territorial da Consellería de Política Social e Xuventude de Lugo
Ronda da Muralla, nº 70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294358
Fax: 982294359
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Xuventude
Xefatura Territorial da Consellería de Política Social e Xuventude de Ourense
Avda. de la Habana, nº 79
32004 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386196
Fax: 988386838
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Xuventude
Xefatura Territorial da Consellería de Política Social e Xuventude de Vigo
Rúa Concepción Arenal, nº 8
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817817
Fax: 986817637
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Xuventude
Xefatura Territorial da Consellería de Política Social e Xuventude de Vigo
Servizo de Coordinación Administrativa de Vigo
Oficina Local de Pontevedra
Avda. Fernández Ladreda, nº 43-1
36071 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 886206524
Fax: 986805554
Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica
Orden de 22 de junio de 2023 por la que se establecen las bases para la concesión de las ayudas económicas a las familias para la conciliación en situaciones puntuales y períodos de vacaciones escolares a través del programa Bono Concilia Familia, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (DOG nº 126 del 4 de julio de 2023).
Extracto de la Orden de 22 de junio de 2023 por la que se establecen las bases para la concesión de las ayudas económicas a las familias para la conciliación en situaciones puntuales y períodos de vacaciones escolares a través del programa Bono Concilia Familia, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (DOG nº 126 del 4 de julio de 2023).
Plazo de presentación: CERRADO
05/07/2023 00:00 - 15/09/2023 23:59
El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el día 15 de septiembre de 2023. Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Solicitudes .
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario/a y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento .
1. Las personas interesadas deberán adjuntar con la solicitud (anexo I), dirigida a la jefatura territorial de la Consellería de Política Social y Juventud de la provincia donde tengan su domicilio, la siguiente documentación general:
a) Anexo II, relativo a la comprobación de datos de los miembros de la unidad familiar debidamente cumplimentado y firmado.
b) Certificado de empadronamiento de las personas menores que no dispongan de documento nacional de identidad (DNI).
c) Copia del/de los libro/s de familia o, en su defecto, otro documento que acredite oficialmente la situación familiar.
d) Copia de la resolución judicial o administrativa que declare la adopción o la guardia con fines adoptivos, en su caso, cuando se trate de adopciones formalizadas por otra comunidad autónoma.
e) Copia de la resolución judicial o administrativa que declare la situación de tutela, en su caso, solo cuando se trate de tutelas formalizadas por otra comunidad autónoma.
f) Copia de la resolución administrativa de acogimiento familiar, en su caso, cuando se trate de acogimientos formalizados por otra comunidad autónoma.
g) Documentación acreditativa de la monoparentalidad, en su caso, cuando haya sido expedida por otra comunidad autónoma.
h) Certificado de convivencia y sentencia de separación o divorcio, convenio regulador o resolución de medidas paternofiliales, en los casos de familias con custodia compartida o formadas por una sola persona progenitora como consecuencia de separación legal, divorcio u otras situaciones análogas.
2. Asimismo, deberán adjuntar la siguiente documentación acreditativa de la causa que da derecho a la ayuda de los supuestos del artículo 4.1:
a) Justificante médico acreditativo de la situación de enfermedad o accidente del niño o niña o de la persona cuidadora habitual, en su caso.
b) Documento acreditativo de la asistencia a la entrevista o curso en el que conste expresamente la fecha y las horas de su realización, en el caso de asistencia de la persona cuidadora habitual a entrevistas de trabajo o cursos de formación.
c) En su caso, justificante médico acreditativo de la situación establecida en el artículo 4.1.a).4º que da lugar a la necesidad de cuidado y documentación acreditativa del parentesco con el niño o niña o con la persona cuidadora habitual en el caso de situaciones puntuales de cuidado de familiares, del niño o niña o de la persona cuidadora habitual, hasta el segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad, siempre que impidan la atención del niño o niña.
3. Igualmente, en caso de enfermedad o accidente del niño o niña, de situaciones puntuales de carácter laboral de la persona cuidadora habitual o de necesidades en períodos de vacaciones escolares, se presentará la siguiente documentación:
a) En el caso de trabajadores/as por cuenta ajena, certificado de la empresa en la que trabaje cada padre/madre progenitor, tutor/a, o persona que tenga el niño o niña en situación de acogimiento familiar o guardia con fines adoptivos, acreditativo de que está efectivamente trabajando, en el período de disfrute de las vacaciones. Este certificado incluirá, además, en el supuesto de situaciones puntuales de carácter laboral de la persona cuidadora habitual, descripción sucinta de la situación e indicación de su duración.
b) En el caso de trabajadores/as autónomos/as, se presentará la siguiente documentación:
1º. Declaración responsable de cada padre/madre progenitor, tutor/a, o persona que tenga el niño o niña en situación de acogimiento familiar o guardia con fines adoptivos de que está efectivamente trabajando, en el período de disfrute de las vacaciones. En el supuesto de situaciones puntuales de carácter laboral de la persona cuidadora habitual, descripción sucinta de la situación e indicación de su duración.
2º. Alta censal o alta en el régimen especial de autónomos, o certificado de alta en la mutualidad profesional como ejerciente.
4. Se presentará la siguiente documentación acreditativa de la actuación realizada que a continuación se relaciona:
a) En el caso de contratación de servicios de atención a domicilio, de servicios de conciliación autorizados por la Consellería de Política Social y Juventud o de recursos de conciliación colectivos específicamente organizados para la atención de los niños y niñas en los períodos de vacaciones escolares, se adjuntará:
1º. Facturas o documentos de valor probatorio equivalente, de los gastos realizados donde conste expresamente la identificación con el nombre, apellidos y DNI/NIE, de la persona que figure como solicitante de la ayuda en el anexo I, y del/de los niño/s o niña/s que recibe/n el servicio y el/los día/s en los que se prestó. Las facturas deberán cumplir los requisitos establecidos en el Real decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por lo que se regulan las obligaciones de facturación.
2º. Justificantes bancarios que acrediten el pago de la factura.
b) En el caso de contratación de una persona empleada del hogar o ampliación de las horas de un contrato preexistente, se adjuntará:
1º. Contrato de trabajo donde conste expresamente el período de contratación, su objeto como cuidado de menores y el intervalo horario en el que se presta el servicio.
2º. Justificantes bancarios del pago del salario y de las cuotas de la Seguridad Social.
5. De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, no será necesario adjuntar documentos que ya hayan sido presentados con anterioridad por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá a indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.
De forma excepcional, si no se pueden obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.
6. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que sea realizada la enmienda.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
7. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si dispone de él.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud .
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos .
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) Documento nacional de identidad (DNI)/número de identidad de extranjero/a (NIE) de la persona solicitante, de las demás personas miembros de la unidad familiar y de la persona cónyuge o pareja, en su caso.
b) Certificado de empadronamiento de la persona solicitante, de las demás personas miembros de la unidad familiar y de la persona cónyuge o pareja, en su caso.
c) Certificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias emitida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de la persona solicitante.
d) Certificación de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social de la persona solicitante.
e) Certificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Galicia de la persona solicitante.
f) Vida laboral de la persona solicitante y de la persona cónyuge o pareja, en su caso.
2. Se consultarán además los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:
a) Resolución judicial o administrativa que declara la adopción o la guardia con fines adoptivos formalizada en la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Resolución judicial o administrativa que declara la situación de tutela formalizada en la Comunidad Autónoma de Galicia.
c) Resolución administrativa de acogimiento formalizada en la Comunidad Autónoma de Galicia.
d) Certificado de monoparentalidad expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia.
3. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente, y adjuntar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .hexhash, .inp, .jpg, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .tgd, .kmz, .kml y .gpx
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Tres meses
Sentido del silencio:
Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"