Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
IN414A - Ayuda económica para el pago de parte de la factura eléctrica a través del tícket eléctrico social de Galicia.
2. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva, de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, que en su artículo 19.2 establece que las bases reguladoras de las convocatorias de ayudas podrán exceptuar del requisito de fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos cuando, por el objeto y finalidad de la subvención, no sea necesario realizar la comparación y prelación de las solicitudes presentadas en un único procedimiento hasta el agotamiento del crédito presupuestario.
Actuaciones y gastos subvencionables.
Los gastos subvencionables serán las facturas de electricidad (IVA incluido) cuyo período de lectura esté comprendido entre el 1 de julio de 2016 y el 30 de junio de 2017. En el caso de que una factura abarque un período que salga en parte del período subvencionable, se considerará subvencionable el coste prorrateado de los días incluidos en el mismo.
Obligaciones de los beneficiarios.
La concesión de la ayuda conlleva las siguientes obligaciones:
a) Seguir las directrices que marca la resolución de convocatoria.
b) Cooperar con la Administración en cuantas actividades de inspección y verificación se lleven a cabo para asegurar el correcto destino de la ayuda.
c) Las establecidas para los beneficiarios en el artículo 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
b) Que en la unidad de convivencia haya menores de edad o discapacitados con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
c) Ser el pagador de la correspondiente factura de energía eléctrica.
d) Que los ingresos totales de la unidad de convivencia no superen 1,5 veces el IPREM (9.585,19 /año). A estos efectos, se considera unidad de convivencia el conjunto de todas las personas que viven en el mismo domicilio. La determinación de los miembros de la unidad de convivencia se realizará atendiendo a la situación existente en el momento de la solicitud. La renta de la unidad de convivencia se obtendrá por agregación de las rentas del ejercicio fiscal 2015 de cada uno de los miembros que obtengan ingresos de cualquier naturaleza, de conformidad con la normativa reguladora del impuesto sobre la renta de las personas físicas. Los miembros de la unidad de convivencia que hayan presentado declaración del impuesto sobre la renta en el 2015, a los efectos del cálculo de la renta sumarán los recuadros 380 (base imponible general) y 395 (base imponible del ahorro) de la declaración. En el caso de no presentar declaración, se tendrán en cuenta los ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia durante el ejercicio 2015.
e) No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario recogidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones.
f) Sólo podrá presentarse una única solicitud por unidad de convivencia.
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Secretaría Xeral de Industria e Desenvolvemento Enerxético
Dirección Xeral de Planificación Enerxética e Minas
Edificios Administrativos San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981957185/ 981545553
Email: cei.dxiem.axudasenerxia@xunta.es
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria da Coruña
R/ Vicente Ferrer, 2
15071 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981184995/ 981184936
Fax: 981184790
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
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Ronda da Muralla, 70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294975/ 982294670
Fax: 982294681
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria de Ourense
Curros Enríquez, 1º - 4º
32003 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386710
Fax: 988386727
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria de Pontevedra
Fernández Ladreda, 43-5º
36003 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986805213/ 986805222
Fax: 986805247
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria de Pontevedra
Servizo de Coordinación Industrial de Vigo
Praza da Estrela, s/n
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817561/ 986817822
Fax: 986817580
Dirección Xeral de Planificación Enerxética e Minas
Orden de 22 de diciembre de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el pago de parte de la factura eléctrica a través del ticket eléctrico social de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2017 (DOG nº 10 del 16 de enero de 2017).
Plazo de presentación: CERRADO
17/01/2017 00:00 - 17/07/2017 23:59
Comenzará el 17 de enero de 2017 y finalizará el 17 de julio de 2017. En el supuesto que se agotara el crédito, el órgano concedente acordará la inadmisión de solicitudes y publicará tal circunstancia en el DOG y en la página web de la Consejería.
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Junto con la solicitud se deberá presentar copia digitalizada de la siguiente documentación:
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a) DNI/NIE del solicitante y de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 14 años (sólo en el caso de denegar expresamente su consulta en el anexo II o anexo III). En el caso de menores que no tengan documento de identidad, documento acreditativo de su edad (libro de familia, certificado de nacimiento o documento en el que figure la fecha de nacimiento).
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b) Declaración del IRPF o certificado de renta emitido por la Agencia Tributaria relativos al año 2015, del solicitante y del resto de los miembros de la unidad de convivencia (sólo en el caso de denegar expresamente su consulta en el anexo II o anexo III).
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c) En su caso, autorización a los funcionarios correspondientes para la presentación electrónica de la solicitud y de la documentación relativa al ticket electrico social de Galicia (anexo IV).
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d) Facturas de electricidad de la vivienda que sea residencia habitual del solicitante de la ayuda, y justificantes de pago.
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e) Certificado o volante de convivencia/empadronamiento donde figuren todas las personas que conviven en el mismo domicilio.
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f) Título de familia numerosa en el caso de que dicho título no hubiese sido expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia o en el caso en que sí hubiese sido expedido por la Xunta de Galicia y el solicitante deniegue expresamente su consulta en el anexo II.
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g) En su caso, certificado de discapacidad de algún miembro de la unidad de convivencia con grado de discapacidad mayor o igual al 33 %, en el caso de que dicho certificado no hubiese sido expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia o en el caso en que sí hubiese sido expedido por la Xunta de Galicia y se deniegue expresamente su consulta en el anexo II o anexo III.
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Las solicitudes deberán presentarse únicamente por vía electrónica a traves del formulario normalizado accesible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) o desde el enlace https://ticketelectrico.xunta.gal, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 24 del Decreto 198/2010, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes. Para la presentación de las solicitudes será necesario el documento nacional de identidad electrónico o los certificados emitidos por las autoridades de certificación Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) y certificados camerales (Camerfirma).
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En el supuesto de que el peticionario no tenga capacidad tecnica o económica, o que por otros motivos no tenga garantizado el acceso y la disponibilidad de los medios tecnológicos precisos, su identificación o autenticación podrá ser válidamente realizada por un empleado público, mediante el uso del sistema de firma electrónica del que este dotado, según dispone el artículo 14 do Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, que regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes. A estos efectos, el peticionario podrá dirigirse a las oficinas de cualquiera de las cuatro jefaturas territoriales de la Consellería de Economía e Industria, así como a la Dirección General de Energía y Minas para que le hagan la solicitud.
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La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a traves de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si dispone del mismo.
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La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados de los trámites más comúnmente utilizados en la tramitación administrativa, que podrán ser presentados en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Inscripción/modificación del certificado de edificios de nueva construcción en el registro de certificados de eficiencia energética de edificios.
Inscripción/modificación del certificado de edificios existentes en el registro de certificados de eficiencia energética de edificios.
Adhesión al plan de ayudas para la renovación de electrodomésticos, destinadas a particulares.
Subvenciones renovación de electrodomésticos.