Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
AU301E - Subvenciónes para la ejecución de obras para minimizar las pérdidas de agua en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de obras para minimizar las pérdidas de agua en ayuntamientos y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Galicia, y convocar estas subvencións para el año 2024.
Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones los ayuntamientos responsables de sistemas de abastecimiento que den servicio a una población total igual o inferior a 50.000 habitantes y las entidades locales menores responsables de sistemas de abastecimiento a la población.
A estos efectos, se tendrán en cuenta los datos de población de los ayuntamientos acorde con lo establecido en el Real decreto 1037/2022, de 20 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas a 1 de enero de 2022.
1. Para poder obtener la condición de beneficiarias, todas las entidades locales solicitantes deberán:
a) Tener realizada una auditoría para cuantificar las pérdidas de agua en las instalaciones de abastecimiento y aprobado el Plan de actuaciones para minimizar las pérdidas de agua, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 9/2019, de 11 de diciembre, de medidas de garantía del abastecimiento en los episodios de sequía y en las situaciones de riesgo sanitario, con anterioridad a la fecha de publicación de esta resolución.
b) Cumplir los requisitos recogidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 4 del Decreto 193/2011, de 6 de octubre, por el que se regulan especialidades en las subvenciones a las entidades locales gallegas.
c) Estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social, con la consellería competente en materia de hacienda de la Xunta de Galicia, así como con Augas de Galicia en lo que incumbe al canon del agua y, en su caso, al coeficiente de vertidos, previstos en la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia.
2. Ninguna entidad local podrá presentar más de una solicitud. El incumplimiento de este punto dará lugar a la inadmisión de las solicitudes presentadas en segundo o sucesivo lugar.
Xunta de Galicia
Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático
Augas de Galicia
Dirección de Augas de Galicia
Subdirección Xeral de Réxime Xurídico
Praza Camilo Díaz Baliño, nº 7 e 9
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981541632
Email: augasdegalicia@xunta.gal
Augas de Galicia
Resolución de 29 de diciembre de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de obras con el fin de minimizar las pérdidas de agua en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se convocan para el año 2024 mediante tramitación anticipada de gasto (DOG nº 20 de 29 de enero de 2024).
Extracto de la Resolución de 29 de diciembre de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de obras con el fin de minimizar las pérdidas de agua en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se convocan para el año 2024 mediante tramitación anticipada de gasto (DOG nº 20 de 29 de enero de 2024).
Resolución de 25 de junio de 2024 por la que se amplían el crédito y el plazo de justificación de la Resolución de 29 de diciembre de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de obras con el fin de minimizar las pérdidas de agua en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se convocan para el año 2024 mediante tramitación anticipada de gasto (DOG nº 131 del 8 de julio de 2024).
Plazo de presentación: CERRADO
30/01/2024 00:00 - 29/02/2024 23:59
01/03/2024 00:00 - 01/03/2024 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Presentación de solicitudes
1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado ( anexo I), disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las entidades locales interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.
Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 ( https://sede.xunta.gal/chave365).
Las solicitudes y los trámites posteriores deberán estar firmados electrónicamente por la persona titular de la presidencia o de la secretaría de la entidad solicitante o por la persona en que esté delegada la competencia en el momento de dicha firma.
2. En el formulario, que figura como anexo I de esta resolución, se declara lo siguiente:
a) Que la entidad local que solicita la subvención acepta las condiciones y demás requisitos exigidos en esta resolución de convocatoria.
b) Que todos los datos contenidos en la solicitud y en los documentos que se aportan son ciertos.
c) El conjunto de todas las subvenciones o ayudas de las distintas administraciones públicas competentes u otros entes públicos, solicitadas o concedidas para el mismo proyecto o conceptos financiados al amparo de esta resolución, y el compromiso de comunicar inmediatamente cuantas subvenciones o ayudas solicite y/u obtenga de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, a partir de la fecha de esta declaración.
d) Que la cuenta general de la entidad local correspondiente al ejercicio presupuestario de 2022 fue remitida al Consejo de Cuentas de Galicia antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes que regula esta resolución.
e) Que está al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y que no tiene pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia.
f) Que cumple los requisitos que para poder obtener la condición de beneficiario se recogen en los artículos 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
g) El carácter repercutible o no del IVA por parte de la entidad local, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del impuesto sobre el valor añadido.
Documentación complementaria
1. Las entidades locales interesadas deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:
a) Resolución del órgano competente de la entidad local solicitante por la que se acuerde la solicitud de la subvención al amparo de esta resolución, con fecha anterior a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, en la que conste expresamente que se aceptan las condiciones de financiación y demás requisitos establecidos en la resolución.
b) Un documento técnico de ejecución de la obra solicitada. Describirá con un suficiente grado de detalle para su ejecución la actuación para la que se solicita la subvención. El documento, que estará firmado por un técnico competente, tendrá el siguiente contenido mínimo:
1º. Una portada donde se indique expresamente el título de la actuación, la entidad solicitante, su población referida a 1 de enero de 2022, el plazo de ejecución de las obras, el presupuesto para conocimiento de la Administración, el nombre del técnico competente que firma el documento, su titulación y la fecha de redacción.
2º. Una memoria descriptiva donde se expliquen con claridad, y en apartados independientes, al menos las siguientes cuestiones: la problemática existente y la solución técnica adoptada, una descripción de las obras y sus principales características, la adscripción de las obras en el plan de reducción de pérdidas aprobado por el ayuntamiento, el presupuesto de las obras y el plazo de ejecución.
3º. Una memoria justificativa con, al menos, los siguientes anexos: estudio de seguridad y salud o estudio básico de seguridad y salud; estudio de gestión de los residuos de construcción y demolición; coordinación con otros organismos y servicios; fotográfico; plan de obra; justificación de precios; y anexos de cálculos hidráulicos o estructurales.
En caso de que no se consideren necesarios, se justificará este aspecto en el anexo correspondiente.
4º. Planos (de conjunto y de detalle) que definan perfectamente la obra, con la precisión y el detalle suficiente para que se pueda ejecutar en su totalidad. Deberán incluir, al menos, los siguientes tipos: planos de situación general suficientemente descriptivos para que permitan localizar las obras en el territorio; plantas generales que representen los principales elementos que forman parte de la actuación; planos de detalle con un grado de desarrollo y escala suficiente para su compresión y ejecución.
5º. Pliego de prescripciones técnicas. Se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, sobre reglas para el establecimiento de prescripciones técnicas generales y particulares.
6º. Presupuesto, incluyendo mediciones, los cuadros de precios, los presupuestos parciales de cada capítulo, el presupuesto de ejecución material como suma de los diferentes presupuestos parciales, el presupuesto base de licitación de acuerdo con la normativa vigente y el presupuesto para conocimiento de la Administración.
c) Un documento económico de la subvención que se solicita. Indicará justificadamente:
1º. El importe total de la inversión, incluyendo el presupuesto de las obras y/o instalación de equipos y, en su caso, los gastos asociados a las mismas: honorarios de redacción del documento técnico, honorarios de actividades preventivas y acciones de coordinación empresarial y honorarios en la dirección de los trabajos.
2º. El importe subvencionable, entendido como la parte del presupuesto total de la inversión que se solicita con cargo a la subvención.
d) Resolución del órgano competente de la entidad local solicitante por la que se declare que la entidad está en disposición de ejecutar las obras y/o instalación de equipos y está en posesión de las autorizaciones y permisos necesarios.
e) Copia de la auditoría y del Plan de actuaciones para minimizar las pérdidas de agua aprobado por la entidad local con anterioridad a la publicación de la presente resolución.
f) Resolución del órgano competente de la entidad local por la que se aprobó el Plan de actuaciones.
g) Copia del reglamento u ordenanza municipal vigentes reguladora del servicio de abastecimiento domiciliario de agua.
h) Copia del reglamento u ordenanza municipal vigentes reguladora de las tarifas del servicio de abastecimiento domiciliario de agua.
La falta de presentación de la documentación indicada en las letras a), b), c), d), e) y f) del apartado 1 podrá ser objeto de requerimiento de enmienda, aplicándose lo previsto en el artículo 15.2 de esta resolución para el supuesto de no atenderse al requerimiento.
La falta de presentación de la documentación indicada en las letras g) y h) de este apartado no será enmendable, tramitándose la solicitud sin que se puedan otorgar los puntos correspondientes a los apartados c) y d) del artículo 16.2 de esta resolución.
2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.
Si alguna de las entidades locales interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en que sea realizada la enmienda.
Las entidades interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
4. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
El procedimiento a seguir para presentar documentación de gran tamaño puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia a través del siguiente enlace:
https://sede.xunta.gal/axuda/preguntas-frecuentes?content=pregunta-frecuente_0068.xml
Comprobación de datos
1. Para tramitar este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI/NIE de la persona física que comparezca como representante.
b) NIF del ayuntamiento solicitante.
c) Certificaciones sobre el cumplimiento de las obligaciones que deba emitir la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
d) Certificaciones sobre el cumplimiento de obligaciones frente a la Seguridad Social que deba emitir la Tesorería General de la Seguridad Social.
e) Certificaciones sobre el cumplimiento de obligaciones con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia que deba emitir la Consellería de Hacienda.
f) Inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas.
g) Concesiones de subvenciones y ayudas.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y aportar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las entidades locales interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
4. Para comprobar el cumplimiento de la obligación de remisión al Consejo de Cuentas de Galicia de la cuenta general de las entidades locales correspondiente al ejercicio presupuestario de 2022, Augas de Galicia tendrá en cuenta los datos públicos que consten en la página web oficial del Consejo de Cuentas de Galicia, salvo que el solicitante aporte junto con su solicitud otra documentación distinta que acredite el cumplimiento de dicha obligación.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud
Todos los trámites administrativos que las entidades interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la entidad interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Ayudas para la ejecución de obras de abastecimiento, saneamiento y depuración
Ayudas para la adquisición e instalación de equipos de medida del caudal suministrado en alta por sistemas de abastecimiento de agua potable de titularidad pública en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Ayudas para la adquisición e instalación de dispositivos de medición del caudal por comunidades de usuarios de abastecimiento para consumo humano en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Ayudas para la realización de auditorías municipales de abastecimiento para minimizar las pérdidas de agua.
Ayudas para la realización de auditorías municipales de las redes de saneamiento para la detección de infiltraciones
Subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de actuaciones y actividades de educación ambiental para la sostenibilidad de los ríos de la demarcación hidrográfica de Galicia-Costa.