Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
TU981C - Bolsas de formación práctica en la Área de Estudios e Investigación de la Agencia Turismo de Galicia.
Esta resolución tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras y las condiciones por las que se regirá, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, la convocatoria de dos becas de formación práctica especializada en el Área de Estudios e Investigación para la realización de labores de investigación, tratamiento y análisis de datos en materia turística, con la siguiente distribución:
a) Una beca relacionada con el ámbito de la ciencia de datos.
b) Una beca relacionada con el ámbito de la comunicación de datos turísticos.
El lugar de realización de las prácticas tuteladas de estas becas será en la sede del área, en las oficinas de la Agencia Turismo de Galicia (carretera Santiago, Noia, km 3, 15897 Santiago de Compostela).
Pueden solicitar la concesión de las becas las personas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad: tener nacionalidad española o ser nacionales de cualquier Estado miembro de la Unión Europea.
b) Titulación: estar en posesión, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, de una titulación superior (cualquiera). Solo serán válidos los títulos obtenidos a partir del 1 de enero de 2018.
También podrán solicitar las becas aquellas personas que tengan la titulación mínima exigida y acrediten su condición de persona desempleada de larga duración en el momento del final del plazo de presentación de las solicitudes, sin tener en cuenta la fecha de la titulación. Son personas desempleadas de larga duración las que lleven inscritas de manera ininterrumpida en la oficina de empleo como demandantes de empleo durante 12 meses o más.
c) Idiomas: todas las personas solicitantes deberán acreditar un conocimiento de la lengua gallega en el nivel Celga 4, perfeccionamiento o título equivalente.
Xunta de Galicia
Presidencia da Xunta de Galicia
Axencia Turismo de Galicia
Dirección de Competitividade
Área de Estudos e Investigación
A Barcia. Estrada Santiago - Noia, km 3
15897 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881995429
Email: estudos.turismo@xunta.gal
http://www.turismo.gal/canle-institucional/actualidade/taboleiro-de-anuncios
Axencia Turismo de Galicia
Resolución de 17 de enero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de dos becas de formación práctica en el Área de Estudios e Investigación y se procede a su convocatoria para los años 2023 a 2025 por anticipado de gasto (DOG nº 27 del 8 de febrero de 2023).
Extracto de la Resolución de 17 de enero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de dos becas de formación práctica en el Área de Estudios e Investigación y se procede a su convocatoria para los años 2023 a 2025 por anticipado de gasto (DOG nº 27 del 8 de febrero de 2023).
Plazo de presentación: CERRADO
09/02/2023 00:00 - 08/03/2023 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último del mes.
Solicitudes .
1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo II) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. A estos efectos, se entiende que queda acreditado que las personas solicitantes disfrutan del acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios por razón de su capacidad técnica y dedicación profesional en virtud del artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que haya sido realizada la enmienda.
Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
2. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la enmiende en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, y le indicará que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su solicitud, después de resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
3. En caso de que la persona solicitante actuase por medio de representante, deberá acreditar la representación por cualquier medio válido en derecho. En la sede electrónica está disponible un modelo genérico de representación.
4. La persona solicitante deberá declarar responsablemente, tal y como consta en el anexo II:
a) Que todos los datos contenidos en la solicitud y en los documentos que se aportan son ciertos.
b) Que no está incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
c) Que no está incursa en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
d) Que se compromete a cumplir la normativa estatal y autonómica de aplicación, en particular, la normativa en materia de subvenciones.
e) Que se compromete a cumplir las obligaciones y requisitos que se señalan en el artículo 16 de las bases reguladoras.
f) Que no tiene ingresos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria o percepción de prestación o subsidio por desempleo en el momento de la incorporación a la beca.
g) Que no fue beneficiaria de esta misma beca de formación en ediciones anteriores ni renunció a ella con posterioridad a su aceptación.
h) Si, en relación con otras ayudas o becas, se solicitó, o no; o se recibió, o no, alguna otra/s ayuda/s o beca/s, para el mismo período, procedentes de las administraciones públicas o cualquiera de sus organismos, entes o sociedades.
Documentación complementaria .
1. Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación, según el modelo del anexo II:
a) Certificación de pago de los derechos de expedición de los títulos universitarios y certificación académica completa, en su caso. En el caso de presentar título académico extranjero, será preciso que esté debidamente validado por la Administración educativa española.
b) Certificación de pago de los derechos de expedición de los títulos no universitarios y certificación académica completa, en su caso. En el caso de presentar título académico extranjero, será preciso que esté debidamente validado por la Administración educativa española.
c) Relación de méritos según el anexo V.
En ningún caso se aportará documentación relativa a méritos no susceptibles de valoración. No serán computables aquellos méritos que no estén convenientemente justificados.
d) Copia de los documentos acreditativos computables de los méritos alegados.
e) Certificado del Celga 4 o equivalente expedido por el centro educativo correspondiente.
f) Copia de los contratos de trabajo.
g) Copia del informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en que fuera realizada la enmienda.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia electrónica presentada, la Administración podrá requerir de manera motivada la exhibición del documento original para el cotejo de dicha copia.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si dispone de él.
En caso de que alguno de los documentos que se va a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes .
1. Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
2. Si la solicitud no se cubriese en todos sus términos, como ya se indicó en el párrafo segundo del artículo 5 de estas bases, o no se adjuntase la documentación que se menciona en el artículo 6, se requerirá a la persona interesada para que en un plazo de diez días hábiles enmiende la falta o adjunte los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciese, se considerará que desiste de su petición, después de resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el punto anterior, la Agencia Turismo de Galicia podrá requerir a la persona solicitante para que adjunte cuantos datos, documentos complementarios y aclaraciones resulten necesarios para la tramitación y resolución del procedimiento.
Comprobación de datos .
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por otras administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI/NIE de la persona solicitante.
b) DNI/NIE de la persona representante.
c) NIF de la entidad representante.
d) Título oficial universitario.
e) Título oficial no universitario.
f) Título del Celga 4 o equivalente expedido por la Secretaría General de Política Lingüística.
g) Consulta de estar inscrita como demandante de empleo a fecha actual en el Servicio Público de Empleo Estatal.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y adjuntar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Cuatro meses
Sentido del silencio:
Negativo
- Fase de justificación
- Declaración responsable (Anexo IV)
- Modelo de aceptación o renuncia (Anexo III)
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Becas de formación práctica en las oficinas de información turística dependientes de la Agencia de Turismo de Galicia.
Becas de formación práctica en mercados emisores mediante la realización de prácticas de especialización en oficinas de turismo.
Subvenciones a la cooperación entre pequeños operadores turísticos para organizar procesos de trabajo conjunto y compartir instalaciones y recursos, así como para el desarrollo y la promoción del turismo.
Adhesión de los establecimientos y agencias de viajes al programa Bono Turístico #QuedamosenGalicia.