Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
PE210B - Selección de estrategias de desarrollo local participativo y grupos de acción local del sector pesquero.
1. Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria del año 2022 para la selección de estrategias de desarrollo local participativo (en adelante, EDLP) y grupos de acción local del sector pesquero (en adelante, GALP), que llevará asociada la concesión de la ayuda preparatoria, en el marco del período de programación del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (FEMPA) 2021-2027, en Galicia.
2. El procedimiento regulado en esta orden tiene el código PE210B.
1. El grupo estará constituido por entidades representativas de los siguientes sectores:
a) Sector pesquero: integrado por las asociaciones y entidades de interés colectivo pesquero y acuícola con personalidad jurídica propia.
b) Sector social: integrado por las asociaciones socioculturales, deportivas, ecologistas, recreativas y educativas, las asociaciones de mujeres, las asociaciones de jóvenes, las relacionadas con las personas discapacitadas, con la inclusión social y otras similares.
c) Sector económico: integrado por las asociaciones de empresarios/as, de agentes económicos y organizaciones sindicales.
d) Sector público: integrado por las administraciones públicas de ámbito local y entidades del sector público vinculadas o dependientes de estas.
2. Las asociaciones deberán permitir la integración en ella de todas las entidades asociativas y de representación de intereses colectivos, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, así como administraciones locales y entidades públicas dependientes de estas, dentro del ámbito territorial correspondiente, no permitiendo en ningún caso la participación de personas físicas o jurídicas con ánimo de lucro.
Podrán participar entidades de ámbito suprazonal siempre que no existan entidades de la misma naturaleza a nivel zonal.
1. Las organizaciones candidatas a grupos de acción local para preparar una estrategia de desarrollo local participativo 2021-2027 deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Tener personalidad jurídica y estar constituidas y en funcionamiento antes de finalizar el plazo de presentación de la solicitud. Las personas jurídico-privadas deben estar constituidas al amparo de la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación y normativa de aplicación del Estado y Comunidad Autónoma, y carecer estatutariamente de ánimo de lucro.
b) Estar compuestas por entidades que representen los intereses socioeconómicos locales públicos y privados dentro de la zona, y sin que ningún grupo de interés único controle la toma de decisiones, o compromiso de adaptación de sus estatutos a dicha composición. Una entidad solo podrá ser socia de una organización candidata.
En la composición del GALP regirá el principio de puertas abiertas. A estos efectos, los respectivos estatutos deberán garantizar la incorporación, tanto en la constitución como a lo largo de todo el período de ejecución de la estrategia, de todas aquellas entidades con implantación local que, reuniendo los requisitos exigidos para adquirir la condición de asociados, soliciten su incorporación.
c) Delimitar el territorio o zona de actuación por términos municipales, siempre que se justifique la homogeneidad, continuidad y cohesión territorial costera.
d) Ser un GALP existente en el período de programación FEMP 2014-2020 o una asociación de nueva creación que se comprometa a crear un GALP y desarrollar una EDLP. En el caso de nuevos grupos, se tendrán en cuenta las expresiones de apoyo (cartas de compromiso) de representantes de la comunidad local, debiendo incluir el apoyo de la mayoría de las entidades asociativas del sector pesquero del territorio afectado. Las entidades solamente podrán ser socias o apoyar externamente a una organización candidata (sin entrar a formar parte de ella).
e) Elaborar una EDLP basada en los recursos del territorio y cuantificada con objetivos, contando con la participación de todas las organizaciones públicas y privadas interesadas implantadas en el territorio. La estrategia comprenderá las actuaciones previstas en el período de programación 2021-2027, pudiendo prorrogarse hasta el 31 de diciembre de 2029.
f) Tener capacidad para definir y ejecutar la estrategia y dotarse, o bien comprometerse a dotarse, de un equipo técnico contratado directamente por el GALP con formación y capacidad para gestionar la estrategia de desarrollo propuesta. El gerente o el máximo responsable técnico tendrá dedicación exclusiva al GALP y no ocupará cargos electos en los órganos del gobierno.
g) Los estatutos deberán incorporar las reglas necesarias relativas al cumplimiento de los requisitos generales previstos en la letra b) y, necesariamente, deberán prever o comprometerse a prever las siguientes reglas referidas al sistema de toma de decisiones y elección de cargos:
1º. En la toma de decisiones, los representantes de las entidades directamente interesadas en el asunto no podrán estar presentes en las votaciones. Por otra parte, deberá garantizarse que se evite cualquier conflicto de intereses, de manera que se arbitrará un mecanismo para que, en las tomas de decisiones de los órganos del GALP, las declaraciones de intereses queden perfectamente documentadas y formen parte del expediente.
2º. La presidencia del GALP recaerá en algún miembro de la junta directiva que represente al sector productor pesquero.
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro
Subdirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro
Servizo de Desenvolvemento das Zonas de Pesca
Rúa dos Irmandiños, s/n, Salgueiriños
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546147
Fax: 981546138
Email: galp.cm@xunta.gal
http://mar.xunta.gal/gl/o-mar/o-sector/grupos-de-accion-local-do-sector-pesqueiro
Servizo de Desenvolvemento das Zonas de Pesca
Orde de 10 de mayo de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del año 2022 para la selección de estrategias de desarrollo local participativo y grupos de acción local del sector pesquero, así como para la concesión de la ayuda preparatoria, en el período de programación del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (FEMPA) 2021-2027 en Galicia (DOG nº 100 del 25 de mayo de 2022).
Extracto de la Orde de 10 de mayo de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del año 2022 para la selección de estrategias de desarrollo local participativo y grupos de acción local del sector pesquero, así como para la concesión de la ayuda preparatoria, en el período de programación del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (FEMPA) 2021-2027 en Galicia (DOG nº 100 del 25 de mayo de 2022).
Plazo de presentación: CERRADO
26/05/2022 00:00 - 26/09/2022 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de cuatro (4) meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hubiere día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.
Solicitudes .
1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal. El formulario normalizado se corresponde con el anexo II de esta orden.
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.
Para presentar las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Forma parte de cada solicitud la declaración responsable que contiene la misma y en la cual se hacen constar los siguientes aspectos:
a) Que cumplen los requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria según lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
b) Que no se encuentran en ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 11.1.a) y b) y 3 del Reglamento (UE) 2021/1139, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, es decir:
1º. No haber cometido infracción grave conforme al artículo 42 del Reglamento (CE) 1005/2008 o el artículo 90 del Reglamento (CE) 1224/2009, o con arreglo a otros actos legislativos adoptados por el Parlamento Europeo y por el Consejo, en el marco de la política pesquera común (PPC).
2º. No haber estado involucrada en la explotación, gestión o propiedad de buques pesqueros incluidos en la lista de buques INDR de la Unión, recogida en el artículo 40.3 del Reglamento (CE) 1005/2008 o de buques que enarbolen pabellón de países considerados terceros países no cooperantes, según se establece en su artículo 33.
3º. No haber cometido infracciones graves de la política pesquera común (PPC).
4º. No haber cometido fraude en el marco del Fondo Europeo de Pesca (FEP) o del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP).
c) El conjunto de todas las ayudas solicitadas o concedidas para la ayuda preparatoria de las distintas administraciones públicas competentes.
d) Que los trabajos de la ayuda preparatoria no están finalizados.
e) Que tengan capacidad operativa y financiera para cumplir con el objeto para el que se solicita la ayuda preparatoria.
f) Que se comprometan a adaptar los estatutos al cumplimiento de los requisitos del candidato con anterioridad a la selección de la EDLP, si es un grupo existente.
g) Tener la condición de poder adjudicador en los términos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.
La presentación de la solicitud de subvención por la persona interesada o representante comportará la autorización al órgano gestor para realizar las comprobaciones oportunas que acrediten la veracidad de las declaraciones anteriores, por cualquier medio o registro disponible.
2. Las solicitudes estarán firmadas por el representante legal de la entidad solicitante.
Documentación complementaria .
1. Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:
a) Documentación acreditativa de la personalidad:
1º. Certificación del órgano competente, en la cual se especifique el acuerdo por el que se le concede autorización para formular la solicitud al firmante de la misma. De actuar en virtud de atribuciones fijadas en los estatutos, se indicará así en la solicitud, citando la disposición que contempla la competencia.
2º. Certificación del órgano competente en que se acredite el desempeño actual del cargo.
3º. Acta de constitución de la entidad.
4º. Copia de los estatutos de la entidad debidamente inscritos en el registro correspondiente y, en su caso, reglamentos de régimen interno.
No será necesario aportar los estatutos cuando ya consten en los archivos de la Consellería del Mar por haberlos presentado en un procedimiento administrativo en los últimos cinco (5) años. En este caso, deberá indicarse el procedimiento, la fecha de presentación y el órgano ante el cual se presentó.
b) Para los grupos existentes, certificado de inscripción de la asociación en el registro administrativo correspondiente y para el resto de los candidatos, compromiso de aportarlos una vez emitidos por el registro.
c) Certificación de la composición actual de la junta directiva u órgano decisorio similar y asamblea. Cargos, nombres, entidad a la que representan y sector al que pertenecen.
d) Certificado de relación de socios públicos y privados en activo, indicando denominación, sector de actividad, NIF, domicilio social y ámbito territorial, número de asociados, tipo de entidad, fecha de adhesión de cada socio, nombre del representante y fecha de constitución.
e) Certificado de adopción del acuerdo de aprobación de la EDLP por el órgano competente.
f) En el caso de nuevos grupos, cartas de apoyo firmadas por los representantes de la comunidad local en los diferentes sectores o actores locales.
g) Propuesta de EDLP conforme a los criterios establecidos en los artículos 5 y 6 de esta orden, que ajustará su contenido y estructura a lo previsto en el anexo IV.
La propuesta de EDLP se realizará obligatoriamente conforme al modelo que figura en la página web http://mar.xunta.gal. La presentación en un modelo distinto será causa de inadmisión.
h) Descripción pormenorizada del proceso de participación de la comunidad local en el diseño de la estrategia, junto con la constancia documental que acredite la realización de un proceso participativo real de la comunidad. La memoria incluirá, como mínimo: la relación de personas y entidades que participaron en cada actividad, el cronograma y descripción de las actuaciones y actividades desarrolladas y de las herramientas de participación pública empleadas, la metodología para el tratamiento y análisis de la información obtenida, y los resultados y conclusiones del proceso de participación pública.
También se describirá el procedimiento empleado para garantizar que los agentes identificados o contactados aseguren la representatividad de todos los grupos sociales y sectores económicos del ámbito de la zona pesquera.
i) Acreditación del IVA soportado no recuperable. En aquellos casos en los que exista un reconocimiento administrativo previo del derecho a las exenciones previstas en el artículo 20.Uno, 6º y 12º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del impuesto sobre el valor añadido, se remitirá esa resolución administrativa o cualquier otra certificación o documento de la AEAT en el que figure esa exención.
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, no será necesario aportar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, salvo que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.
De forma excepcional, si no se hubiesen podido obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.
2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que sea realizada la enmienda.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de forma motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo que podrá requerirse la exhibición del documento o de la información original.
3. Siempre que se realice la presentación de los documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
4. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el número anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos .
1. Para tramitar este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) NIF de la entidad solicitante.
b) DNI o NIE del representante de la entidad solicitante.
c) Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).
d) Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social.
e) Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria de Galicia (Atriga).
f) Concesiones de otras subvenciones y ayudas.
g) Inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla habilitada en el formulario correspondiente y aportar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes .
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Cuatro meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Ayudas para proyectos colectivos que contribuyan a la protección y recuperación de la biodiversidad marina a través de una mejor gestión y conservación de los recursos marinos y de sus ecosistemas, así como al fomento de la sensibilización ambiental.
Presentación de planes de producción y comercialización e informes anuales.