Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
CO301B - Bonos Activa comercio
La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de ayudas del Programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Activa comercio.
Asimismo, por medio de esta orden se procede a su convocatoria y a la apertura del plazo de adhesión de los comercios interesados.
Objetivos .
El objetivo del programa bonos Activa comercio es incentivar la demanda comercial ayudando económicamente a las personas consumidoras y fomentar el consumo en los establecimientos comerciales minoristas adheridos a la campaña.
Además, el programa tiene como finalidades propiciar el fortalecimiento del sector comercial minorista de la Comunidad Autónoma de Galicia; dinamizar la actividad comercial promoviendo las compras de bienes en comercios; mejorar el fondo de maniobra de los establecimientos comerciales y reducir el impacto económico derivado del cese y de las restricciones de la actividad de determinados establecimientos comerciales a consecuencia de la situación ocasionada por la COVID-19.
Actividad subvencionable .
Por la presente orden se subvenciona la compra de bienes, a través de los bonos Activa comercio, en los establecimientos comerciales minoristas de Galicia adheridos al programa.
Las ventas subvencionadas serán las realizadas hasta el 31 de octubre de 2021.
Cada bono tendrá la consideración de bono descuento por un valor de 30 euros para las compras en los comercios adheridos.
El importe del bono se irá reduciendo, hasta su agotamiento, en función del valor de la compra de acuerdo con los siguientes criterios:
– Descuento de 5 € en compras iguales o superiores a 30 € e inferiores a 50 €.
– Descuento de 10 € en compras iguales o superiores a 50 €.
Todas estas cuantías se entienden con el IVA incluido.
Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas las personas físicas mayores de edad y residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia que realicen las actuaciones establecidas en el artículo 5. Para ser beneficiarias tendrán que tramitar sus solicitudes conforme a lo establecido en esta orden.
Podrán adherirse al programa bonos Activa comercio los establecimientos comerciales minoristas que cumplan, además, los siguientes requisitos:
a) Que desarrollen su actividad comercial en Galicia (establecimiento comercial en Galicia) y que reúnan las condiciones legalmente establecidas para el ejercicio de su actividad.
b) Que sean personas empresarias autónomas o pequeñas y medianas empresas de conformidad con lo previsto en el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio.
c) Que estén dados de alta en alguno de los grupos o epígrafes del IAE recogidos en el anexo I de esta orden.
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Dirección Xeral de Comercio e Consumo
Dirección Xeral de Comercio e Consumo
Orden de 8 de abril de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Activa comercio, y se procede a su convocatoria y a la apertura del plazo para la adhesión de los comercios (DOG nº 69 del 14 de abril de 2021).
Extracto de la Orden de 8 de abril de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Activa comercio, y se procede a su convocatoria y a la apertura del plazo para la adhesión de los comercios (DOG nº 69 del 14 de abril de 2021).
Orden de 6 de mayo de 2021 por la que se amplía el plazo para la adhesión de los comercios al Programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de los bonos Activa comercio convocados por la Orden de 8 de abril de 2021 (DOG nº 89 del 12 de mayo de 2021).
Orden de 23 de julio de 2021 por la que se modifica la Orden de 8 de abril de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Activa comercio, y se procede a su convocatoria y a la apertura del plazo para la adhesión de los comercios (DOG nº 147 de 3 de agosto de 2021).
Plazo de presentación: CERRADO
04/08/2021 00:00 - 31/10/2021 22:59
Según la orden de 23 de julio de 2021 (DOG de 3/08/2021) se modifica la Orden de 8 de abril de 2021:
Los bonos estarán disponibles en la web https://www.bonosactivacomercio.gal para su descarga por los usuarios a partir de 3 de mayo de 2021 y su validez se extenderá hasta el 31 de octubre de 2021.
Según la orden del 6 de mayo de 2021 (DOG nº 89 del 12 de mayo de 2021), el plazo para la adhesión de los comercios minoristas al Programa de dinamización e incentivación del consumo a través de los bonos Activa comercio se amplía hasta el 31 de mayo de 2021.
Fecha de activación de los bonos.
Los bonos estarán disponibles en la web https://www.bonosactivacomercio.gal para su descarga por los usuarios a partir del 3 de mayo y su validez se extenderá hasta el 31 de octubre de 2021.
Mediante orden de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación se podrá modificar dicha fecha si razones organizativas, sanitarias o de otra índole lo aconsejaran, dándose la oportuna publicidad.
Alta para la adhesión al programa .
1. Los establecimientos comerciales minoristas que deseen adherirse al programa bonos Activa comercio deberán registrarse a través de la web https://www.bonosactivacomercio.gal
2. El alta y el uso de la aplicación por los comerciantes supondrá la aceptación de las condiciones de su uso y de la política de privacidad conforme al Reglamento (UE) nº 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y a la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, de la que serán informados convenientemente.
3. Los comerciantes deberán firmar digitalmente la declaración responsable, manifestando el cumplimiento de las condiciones establecidas y la veracidad de los datos indicados, sin perjuicio de cuantas otras formalidades estén obligados a cumplir. La Dirección General de Comercio y Consumo podrá comprobar o, en su caso, solicitar en cualquier momento los documentos acreditativos de los mencionados requisitos.
4. No se admitirán ni tendrán en cuenta las solicitudes presentadas por establecimientos que no cumplan con las anteriores condiciones ni con la forma establecida en esta orden.
5. El nombre comercial y ubicación de los establecimientos minoristas adheridos al programa bonos Activa comercio se hará pública en la web https://www.bonosactivacomercio.gal
6. Los comerciantes adheridos al programa recibirán con una periodicidad semanal, en la cuenta bancaria indicada a tal efecto, la cantidad equivalente a los bonos canjeados en su establecimiento.
Comprobación de datos de los comerciantes .
Podrán consultarse automáticamente los datos de los comerciantes incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
b) NIF de la entidad solicitante.
c) DNI o NIE de la persona representante.
d) Certificación expedida por la Agencia Tributaria en la cual se indiquen los epígrafes del impuesto de actividades económicas en que figura dada de alta la entidad solicitante.
Presentación de la solicitud de los bonos .
1. Para la solicitud y obtención de los bonos, cada usuario deberá darse de alta en la web https://www.bonosactivacomercio.gal
2. El uso de la página web y la descarga de los bonos supondrá la aceptación de las condiciones de su uso y de la política de privacidad conforme al Reglamento (UE) nº 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y a la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, de la que serán informados convenientemente.
3. Los usuarios deberán declarar responsablemente la veracidad de los datos indicados. La Dirección General de Comercio y Consumo podrá solicitar, en cualquier momento, los documentos acreditativos de los mencionados requisitos.
4. Asimismo, los usuarios deberán declarar responsablemente que están al corriente del cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda Pública del Estado y la Administración autonómica, así como con la Seguridad Social.
5. Opcionalmente, el bono se podrá solicitar presencialmente en la Dirección General de Comercio y Consumo y en las jefaturas territoriales de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación.
La persona interesada, o su representante, podrá autorizar expresamente a los empleados para la solicitud y obtención del bono en formato papel. En este supuesto se deberá acreditar la representación expresa por cualquier medio válido en derecho
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Subvenciones a las asociaciones de comerciantes sin ánimo de lucro de ámbito superior al municipal o federaciones para la revitalización del comercio de proximidad y la incentivación del consumo a través del tique de dinamización comercial.
Subvenciones para la transformación digital, innovación y modernización del sector comercial y artesanal.
Subvenciones del programa de comercio circular.
Adhesión a la red de comercios y mercados en el camino y subvenciones para la edición de material.
Subvención para la creación y lanzamiento de plataformas de marketplace para productos agroalimentarios en el medio rural.
Selección de una entidad colaboradora para la entrega y distribución de los fondos de las ayudas del Programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de los Bonos Activa Comercio.