Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
MT807B - Sorteo de permisos en cotos de pesca fluvial (Modalidad individual o creación de un grupo de participantes).
El objeto de estas normas es adjudicar mediante sorteo los permisos de pesca fluvial en cotos para la temporada 2020.
En cada servicio provincial de Patrimonio Natural se realizarán dos sorteos:
1. Sorteo de salmón: incluirá los permisos de cotos de salmón, incluso los de pesca sin muerte en cotos de salmón.
2. Sorteo de trucha: incluirá los permisos de trucha, de reo, de pesca intensiva y aquellos de pesca sin muerte no incluidos en el sorteo anterior.
Calendario .
Inicio del período de presentación de solicitudes: al día siguiente de la publicación de esta resolución en el DOG, a las 9.00 horas.
Límite de presentación de solicitudes: 20 de noviembre de 2019, a las 14.00 horas.
Publicación de las listas provisionales de personas excluidas y admitidas: 27 de noviembre de 2019.
Publicación de las listas definitivas de personas excluidas y admitidas: 12 de diciembre de 2019.
Fecha de sorteo: 20 de diciembre de 2019, a las 12.00 horas.
Los resultados de los sorteos, el listado de participantes con el orden resultante, la fecha y hora de elección de cada participante y demás datos y normas aplicables se publicarán en la página web https://pescafluvial.xunta.gal. El acceso a la aplicación requerirá el NIF y el número de la licencia de pesca fluvial.
Pescadores en cotos de pesca fluvial.
Para participar en los sorteos es preciso ser titular de una licencia de pesca fluvial en vigor en el momento de presentar la solicitud. Para el cumplimiento de este requisito tendrán la misma validez las licencias autonómicas e interautonómicas de pesca fluvial.
La participación en los sorteos, individual, requerirá el pago de la tasa establecida en el anexo VI de la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 30 de junio de 1992, modificado por Resolución de la Agencia Tributaria de Galicia de 20 de diciembre de 2017, con código 30.14.12 y denominación «Participación en sorteos de distribución de permisos de pesca fluvial». Con esta finalidad, a toda solicitud de participación se le adjuntará la acreditación del pago en una de las entidades financieras colaboradoras de la Agencia Tributaria de Galicia o mediante las modalidades de pago de tasas y precios de la página web de la Agencia Tributaria de Galicia (Oficina Virtual Tributaria, http://www.atriga.gal).
Xunta de Galicia
Vicepresidencia Segunda e Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda
Xefatura Territorial da Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda de A Coruña
Servizo de Patrimonio Natural da Coruña
R/ Vicente Ferrer, 2
15071 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981182299
Fax: 881881320
Xunta de Galicia
Vicepresidencia Segunda e Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda
Xefatura Territorial da Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda de Lugo
Servizo de Patrimonio Natural de Lugo
Ronda da Muralla, 70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294514 / 982294538
Fax: 982294539
Xunta de Galicia
Vicepresidencia Segunda e Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda
Xefatura Territorial da Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda de Ourense
Servizo de Patrimonio Natural de Ourense
R/ Paseo, 18 - 5º
32003 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386511
Fax: 988386929
Xunta de Galicia
Vicepresidencia Segunda e Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda
Xefatura Territorial da Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda de Pontevedra
Servizo de Patrimonio Natural de Pontevedra
R/ Fernández Ladreda, 43-2º
36003 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986805097
Fax: 986805436
Dirección Xeral de Patrimonio Natural
Resolución de 11 de octubre de 2019, de la Dirección General de Patrimonio Natural, por la que se fijan las normas de los sorteos y de la venta de permisos de pesca en cotos para la temporada 2020 (DOG nº 199 del 18 de octubre de 2019).
Plazo de presentación: CERRADO
19/10/2019 00:00 - 20/11/2019 23:59
Desde el día siguiente de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, a las 9.00 horas hasta el día 20 de noviembre de 2019, a las 14.00 horas.
Este procedimiento está sujeto al pago de una tasa. A continuación se muestra el listado de tasas aplicables:
- Participación en sorteos de distribución de permisos de pesca fluvial. (Código tasa: 30.14.12)
Puede realizar el pago de estas tasas en la Oficina Virtual Tributaria.
- Para cada sorteo se podrán presentar solicitudes para participación individual, con un máximo de tres solicitantes.
Las solicitudes individuales o de creación de un grupo de participantes se formularán conforme al procedimiento administrativo MT807B (anexo I de esta resolución).
Cada participante solo podrá figurar en una solicitud individual para cada uno de los sorteos.
- Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través de los formularios normalizados disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).
Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Para la presentación de las solicitudes podrá utilizarse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Documentación complementaria necesaria para la tramitación de los procedimientos .
- Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:
- a) Justificante del pago de las tasas administrativas.
- b) Acreditación de la representación, en su caso.
- La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
- Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de el.
- Comprobación de datos .
1. Para la tramitación de estos procedimientos se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
- a) DNI o NIE de la persona solicitante.
- b) Vigencia de la licencia de pesca fluvial de la persona solicitante en la fecha de presentación de la solicitud.
- c) NIF de la entidad representante, en su caso.
- d) DNI o NIE de la persona representante, en su caso.
Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el formulario de inicio y aportar los documentos.
3. En el caso de que un mismo NIF conste en varias solicitudes para un mismo sorteo, se anularán las más antiguas, prevaleciendo siempre la última fecha de registro de entrada, telemática o presencial. En el caso de solicitudes en grupo, las anulaciones afectarán únicamente a aquellos NIF repetidos. No se considerarán duplicidades cuando las solicitudes presentadas tengan por objeto diferentes sorteos.
- Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes .
La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, también podrán tramitarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Las listas provisionales de las personas excluidas y admitidas se harán públicas en la página web https://pescafluvial.xunta.gal. También podrán consultarse en las jefaturas territoriales de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, así como en la Dirección General de Patrimonio Natural.
Las personas solicitantes tendrán un plazo de 10 días naturales, contados desde la fecha de exposición pública de la relación provisional de personas admitidas y excluidas, para efectuar las reclamaciones que consideren oportunas. Las citadas reclamaciones se entenderán resueltas con la publicación de los listados definitivos.
Se excluirán todas aquellas personas participantes que no posean licencia de pesca fluvial en vigor en el momento de presentación de la solicitud.
Una vez comprobadas las reclamaciones presentadas contra las listas provisionales, se publicarán las listas definitivas en la página web https://pescafluvial.xunta.gal. También podrán consultarse en las jefaturas territoriales de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, así como en la Dirección General de Patrimonio Natural.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"