Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
IN501A - Ayudas para la organización de acciones formativas no regradas y de divulgación que impulsen el conocimiento y la competitividad e innovación, de la industria forestal de Galicia.
1. Esta resolución tiene por objeto la aprobación de las bases reguladoras que regulan las ayudas para la organización de acciones formativas no regladas y de divulgación que impulsen el conocimiento y destaquen la importancia estratégica de la industria forestal, la competitividad, el diseño e innovación y el desarrollo sostenible, en concordancia con la Estrategia de formación de la industria forestal, y proceder a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para el año 2019 (código de procedimiento IN501A).
2. La finalidad de esta resolución es mejorar y reforzar las habilidades profesionales para incrementar la competitividad y el conocimiento en todas las fases de la cadena de valor, así como colaborar con la finalidad de las asociaciones del sector. Estas ayudas tienen como objetivo estratégico contribuir a una concienciación colectiva basada en la percepción de la industria forestal como una industria estratégica, innovadora, moderna y reconciliada con el medio ambiente, favoreciendo la participación de los agentes clave en la divulgación de la utilidad de la madera.
Podrán ser beneficiarias, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en esta resolución:
a) Asociaciones, organizaciones y entidades sin ánimo de lucro representativas o relacionadas con el sector forestal.
b) Agrupaciones empresariales innovadoras (AEI).
c) Colegios profesionales cuando las acciones subvencionables se correspondan con su objeto y fines sociales, a tenor de lo dispuesto en sus estatutos.
- Con carácter general, las entidades beneficiarias deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en los registros competentes y estar al corriente de las obligaciones referidas al depósito de documentos e inscripción de acuerdos en dichos registros.
b) No estar incursos en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, ni tener pendientes de pago deudas con la Comunidad Autónoma, así como estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
c) Realizar las actividades objeto de la ayuda en el ámbito territorial de Galicia.
- Las entidades solicitantes podrán concurrir a las ayudas de manera individual o conjuntamente con otras de las señaladas en el párrafo primero de este artículo. En este último supuesto, todas estas entidades solicitantes quedan obligadas solidariamente al cumplimiento de las obligaciones que se deriven de la concesión de la subvención y al cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
En el caso de presentación conjunta, deberán hacer constar los compromisos de ejecución asumidos por cada una de las entidades solicitantes, así como el importe de la subvención, que se aplicará por cada una de ellas, que tendrán igualmente la consideración de personas beneficiarias. En cualquier caso, se deberá nombrar una persona representante o apoderada única de la agrupación, con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como entidad beneficiaria, corresponden a la agrupación.
No se considerará presentación de solicitud conjunta aquella en la que alguno de los solicitantes presente un presupuesto inferior al 25 % del presupuesto total del proyecto.
- Únicamente podrá presentarse un proyecto por solicitante, excepto en el caso de proyectos conjuntos. En caso de que se presente más de una solicitud individual se tendrá en cuenta la presentada en último lugar y se procederá a la inadmisión de las restantes presentadas.
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Axencia Galega da Industria Forestal
Avda. Fernando de Casas Novoa, 38 (San Lázaro)
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881995478 / 881995477
Email: xera.ceei@xunta.gal
Axencia Galega da Industria Forestal
Resolución de 1 de marzo de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2019, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas para la organización de acciones formativas no regladas y de divulgación que impulsen el conocimiento, la competitividad y la innovación de la industria forestal de Galicia (DOG nº 56 del 21 de marzo de 2019).
Extracto de la Resolución de 1 de marzo de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2019, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas para la organización de acciones formativas no regladas y de divulgación que impulsen el conocimiento, la competitividad y la innovación de la industria forestal de Galicia (DOG nº 56 del 21 de marzo de 2019).
Corrección de errores. Resolución de 1 de marzo de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2019, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas para la organización de acciones formativas no regladas y de divulgación que impulsen el conocimiento, la competitividad y la innovación de la industria forestal de Galicia (DOG nº 66 del 4 de abril de 2019).
Resolución de 3 de abril de 2019 por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes de la Resolución de 1 de marzo de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2019, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas para la organización de acciones formativas no regladas y de divulgación que impulsen el conocimiento, la competitividad y la innovación de la industria forestal de Galicia (DOG nº 69 del 9 de abril de 2019).
Resolución de 3 de septiembre de 2019 por la que se da publicidad de las ayudas concedidas e inadmitidas a trámite al amparo de la Resolución de 1 de marzo de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2019, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas para la organización de acciones formativas no regladas y de divulgación que impulsen el conocimiento, la competitividad y la innovación de la industria forestal de Galicia (DOG nº 170 de 9 de septiembre de 2019).
Corrección de errores. Resolución de 3 de septiembre de 2019 por la que se da publicidad de las ayudas concedidas e inadmitidas a trámite al amparo de la Resolución de 1 de marzo de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2019, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas para la organización de acciones formativas no regladas y de divulgación que impulsen el conocimiento, la competitividad y la innovación de la industria forestal de Galicia (DOG nº 172 del 11 de septiembre de 2019).
Plazo de presentación: CERRADO
22/03/2019 00:00 - 06/05/2019 23:59
Según la Resolución de 3 de abril de 2019 (DOG nº 69 del 9 de abril de 2019), se amplía el plazo de presentación de solicitudes hasta el día 6 de mayo de 2019, incluido.
- La presentación de las solicitudes se realizará obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) de conformidad con lo establecido en los artículos 14.2 y 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; en el artículo 31 de la Ley 2/2017, de 8 de febrero, de medidas fiscales, administrativas y de ordenación; y en el artículo 24.2 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y de las entidades dependientes de la misma.
Si alguna de las entidades interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que hubiera sido realizada la subsanación.
Para la presentación de solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).
- En el formulario de solicitud (anexo I) se incluyen las siguientes declaraciones responsables:
- a) Declaración responsable del solicitante de todas las ayudas solicitadas y concedidas para la misma finalidad o para los mismos costes, procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o internacional.
- b) Declaración responsable de que todos los datos contenidos en esta solicitud y en los documentos que se aportan son ciertos.
- c) Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- d) Declaración responsable de no estar incursa en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
- e) Declaración responsable de estar al corriente en el pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones, conforme el artículo 10.2.g) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y el artículo 9 del Reglamento de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero.
- f) Declaración responsable de que la empresa no está inmersa en un proceso de concurso de acreedores.
- g) Declaración responsable de que desarrollará en Galicia las actividades que tiene asignadas en el proyecto para el cual se solicita la ayuda.
- h) Declaración responsable de que tiene capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir los objetivos del proyecto para el cual solicita la ayuda.
- i) Declaración responsable de que ninguno de los proveedores y ponentes están asociados ni vinculados con la entidad solicitante o con sus órganos directivos o gestores, y que no concurre en ellos ninguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 27.7 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia.
Documentación complementaria .
- Las entidades interesadas deberán presentar obligatoriamente con la solicitud (anexo I) la siguiente documentación:
- a) Copia de los estatutos de la entidad solicitante en la que figure su objeto social. Cada entidad aportará la documentación que se indica en este apartado, en el caso de solicitudes conjuntas.
- b) Certificación del registro competente que acredite su inscripción en él, así como que está al corriente del cumplimiento de las obligaciones referidas al depósito de documentos e inscripción de acuerdos en dicho registro. Cada entidad aportará la documentación que se indica en este apartado, en el caso de solicitudes conjuntas.
- c) Documentación que acredite, por cualquier medio válido en derecho, la representación con la que actúa la persona que firma la solicitud. Cada entidad aportará la documentación que se indica en este apartado, en el caso de solicitudes conjuntas.
- d) Anexo II de pluralidad de personas solicitantes, en el que se detallarán todos los solicitantes a mayores del que figura en el anexo I, en el caso de solicitudes formuladas conjuntamente. Este anexo integra para cada entidad solicitante, la autorización a la entidad señalada como representante para la presentación de la solicitud en nombre del resto.
- e) Anexo III, de declaración expresa de otras ayudas y cumplimiento de requisitos, para cada entidad solicitante, en el caso de solicitudes formuladas conjuntamente. Este anexo, integra para cada entidad solicitante, las declaraciones responsables a las que se refiere el punto 5 del artículo 9 de esta Resolución.
- f) Documento en el que se acuerde la colaboración entre las entidades solicitantes, la designación de la que las representa, los compromisos asumidos económicos y/o materiales por cada una de ellas para la ejecución de las actividades y el importe de subvención solicitado por cada una, en el caso de solicitudes formuladas conjuntamente por varias entidades.
- g) En el caso de actividades en las que participen universidades o institutos de innovación reconocidos, deberá aportarse la documentación justificativa de la colaboración en la realización de las actividades.
- h) Proyecto en el que se recojan las acciones formativas no regladas y de divulgación de cada entidad, que será firmado por la persona que ejerza la representación legal de la entidad. El proyecto que se presente, contará con un índice de actividades a llevar a cabo o las ya realizadas. Por lo tanto, para cada acción o actividad incluída en el índice del proyecto deberá aportarse la siguiente documentación, con la estructura que se indica a continuación:
- 1º. Memoria explicativa de cada acción o actividad integrada en el proyecto y que deberá contener los siguientes apartados:
- i) Tipología de la actividad o acción: divulgativa o formativa.
- ii) Breve descripción de la actividad a realizar o de la actividad realizada (en este caso se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 4.4, en cuanto a gastos subvencionables).
- iii) En el caso de actividades formativas se indicará, además, una previsión del número de alumnos o, sí ya se realizaron, el número real de asistentes.
- iv) En el caso de las actividades divulgativas, se hará una descripción de la tipología y metodología.
- v) En el caso de realización de jornadas, se indicará el número previsible de asistentes, o el número efectivo de asistentes, en caso de que sea una actividad ya realizada.
- vi) Colectivo destinatario de la acción, centro y localidad donde se desarrollaron o previsiblemente se va a desarrollar la actuación para la que se solicita la ayuda.
- vii) Descripción detallada de su contenido y plan de trabajo en el que se incluirá la fecha de realización.
- viii) Impacto y resultados esperados.
- ix) Los medios previstos para su realización (o los utilizados en el caso de las acciones ya realizadas).
- x) Cronograma de la actividad.
- 2º. Entidades formativas que colaboren o participen en el desarrollo de la actividad, en su caso.
- 3º. Presupuesto de gastos detallado e individualizado por conceptos, según se recoge en el anexo VIII, con el IVA desglosado, que concrete la aportación que realizará la entidad solicitante en su financiación y el porcentaje de la actividad que se pretende subcontratar, en su caso.
- 1º. Memoria explicativa de cada acción o actividad integrada en el proyecto y que deberá contener los siguientes apartados:
En el caso de gastos de personal propio, se detallará con claridad aquellos que se imputan a la actividad.
- 4º. Presupuesto de ingresos: se harán constar los ingresos obtenidos por la realización de cada acción, así como la obtención de otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad.
- 5º. Acciones divulgativas que den lugar a reportajes, artículos y publicaciones en medios de difusión, tales como revistas científicas o emisión en medios audiovisuales, excepto en los medios de difusión de las propias entidades solicitantes.
- 6º. Declaración de la lengua utilizada para el desarrollo de las actividades y en los materiales utilizados en las actividades propuestas, tales como trípticos, material didáctico, etc.
El proyecto se presentará en formato pdf con hojas paginadas, con un índice de actividades y con los diferentes puntos ordenados para cada actividad.
- i) En su caso, certificado de exención del IVA o del porcentaje de prorrata.
- La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Agencia Gallega de la Industria Forestal podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria de manera presencial, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que hubiera sido realizada la subsanación.
- Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.
- En caso de que alguno de los documentos que se va a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos establecidos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
- Las solicitudes de las personas interesadas deberán acompañarse de los documentos o informaciones previstos en esta norma, salvo que ya estén en poder de la Administración General y del sector público autonómico de Galicia. En este caso, las personas interesadas podrán acogerse a lo establecido en el artículo 53.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en el que fueron presentados y no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento a que correspondan. En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, la Agencia Gallega de la Industria Forestal podrá requerir a la persona solicitante o representante su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a las que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.
- Comprobación de datos .
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluídos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
- a) DNI/NIE de la persona representante.
- b) NIF de la entidad solicitante.
- c) Certificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
- d) Certificación de estar al corriente en las obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social.
- e) Certificación de estar al corriente en las obligaciones con la Consellería de Hacienda.
- f) Consulta de concesiones de subvenciones y ayudas.
- g) Consulta de inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas.
2. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de dichos datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
3. En caso de que el solicitante deba presentar estos certificados en la fase de subsanación, después de que la consulta por el órgano gestor no hubiera obtenido resultado favorable, la fecha de expedición de los certificados por la Administración correspondiente deberá ser posterior a la fecha de consulta por el órgano gestor, lo que se comunicará en el requerimiento de subsanación de la documentación.
- Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
- Comunicación previa al inicio de la actividad (Anexo V)
- Modelo de aceptación o renuncia (Anexo IV)
- Fase de Justificación
- Solicitud de pago (Anexo VII)
- Declaración de otras ayudas y de mantenimiento de los requisitos para ser beneficiario/a (Anexo X)
- Certificación de la relación de las facturas y otros documentos justificativos de los gastos realizados (Anexo IX)
- Relación de personas asistentes a la actividad formativa no reglada (Anexo VI)
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Ayudas a las inversiones en tecnologías forestales, procesado, movilización y comercialización de productos forestales.
Ayudas dirigidas a la valorización, segunda transformación y ecoinnovación de los productos forestales y a la digitalización y mejora de la seguridad y salud en el entorno laboral de la industria forestal gallega y del contract .
Ayudas a las inversiones en ecoinnovación de la industria forestal-madera y otras industrias que desarrollen soluciones ecoinnovativas basadas en la madera – Linea 1
Ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de productos, proyectos y obras realizadas con madera. Línea 1.1