Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
TR301Y - Programa bono emplea automocion para la formacion y contratacion de personas desempleadas en el sector de la automocion.
1. Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras por las cuales se regirá, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, un programa de formación con contratación de personas desempleadas en los sectores de actividad vinculados al sector de la automoción, y se procede a la convocatoria pública de ayudas correspondiente al año 2018 (procedimiento TR301Y) denominado Bono emplea automoción.
Por medio de esta convocatoria las empresas que soliciten participar en la presente convocatoria tendrán la posibilidad de obtener ayudas para la formación con contratación por cuenta ajena de personas en situación de desempleo como parte de este programa de contratación.
La cuantía máxima de ayudas previstas en esta orden que podrá percibir una entidad solicitante no podrá superar el 1.000.000 de euros.
2. El Bono emplea automoción consistirá en una subvención a las empresas beneficiarias en el programa que, además de la contratación laboral de personas en situación de desempleo, lleven a cabo acciones formativas para mejorar los conocimientos y habilidades en el puesto de trabajo de las personas participantes.
1. Por medio de este programa las empresas pertenecientes a los sectores de la industria de la automoción que cuenten en su plantilla con un mínimo de 50 personas trabajadoras y que estén interesadas en colaborar con dicha experiencia se podrán acoger al Bono emplea automoción. La conformidad de participación se manifestará en el anexo I-A de la solicitud.
2. Estas empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, deben contar con centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden.
3. Las empresas que estén interesadas en participar en el programa deben desarrollar actividades económicas en alguna de las divisiones CNAE 09 que constan en la página web de la consellería o bien acreditar el objeto social de las escrituras o clasificación del impuesto de actividades económicas el tipo de actividad empresarial.
4. No podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas las administraciones públicas, las sociedades públicas ni las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas, ni las entidades de formación.
5. No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria de las subvenciones establecidas en esta orden las personas o entidades en que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia:
1. Las empresas que realizaran una contratación de las previstas en el artículo 20 tendrán derecho al bono en la cuantía prevista en el artículo 21 cumpliendo los siguientes requisitos:
a) La persona trabajadora contratada recibirá formación y tutorización.
b) La acción formativa deberá tener formación en contenidos relacionados con el puesto de trabajo al que asista íntegramente la persona trabajadora que participa en este programa, y deberá contar con un número mínimo de 50 horas.
c) Para las contrataciones realizadas entre el 1 de enero de 2018 y la fecha de publicación de esta orden la acción formativa se llevará a cabo en el plazo de tres meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Para las contrataciones realizadas con posterioridad al 15 de septiembre de 2018 y hasta el 30 de septiembre la formación tendrá fecha límite para su finalización el 15 de diciembre de 2018.
2. Queda excluida del Bono emplea automoción aquella que suponga el cumplimiento de las obligaciones legales empresariales en materia preventiva a que hace referencia el artículo 19 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
Dirección Xeral de Formación e Cualificación para o Emprego
Subdirección Xeral de Formación para o Emprego
San Lázaro, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981545601
Email: sx.promocionlaboral@xunta.gal
Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
Orden de 7 de agosto de 2018 por la que que se establecen las bases reguladoras del Bono emplea automoción para la formación con contratación de personas desempleadas en el sector de la automoción en Galicia y se procede a su convocatoria para el año 2018 (DOG nº 157 de 20 de agosto de 2018).
Extracto de la Orden de 7 de agosto de 2018 por la que se establece las bases reguladoras del Bono emplea automoción para la formación con contratación de personas desempleadas en el sector de la automoción en Galicia y se procede a su convocatoria para el año 2018 (DOG nº 157 de 20 de agosto de 2018).
Plazo de presentación: CERRADO
21/08/2018 00:00 - 01/10/2018 23:59
El plazo para la presentación de las solicitudes de las ayudas establecidas en esta orden comenzará el día siguiente al de su publicación y finalizará el 30 de septiembre de 2018.
Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
1. Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud, anexo I-A, la siguiente documentación:
a) Poder suficiente de la persona representante y firmante de la solicitud para actuar en nombre de la persona solicitante, en su caso.
b) Relación nominal de las personas trabajadoras por las cuales se solicita subvención, de estar ya contratadas en el momento de la presentación de la solicitud, anexo I-B.
c) Comprobación de datos de la persona trabajadora contratada, anexo I-C.
2. No será necesario aportar los documentos que ya hubiesen sido presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos.
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación, con anterioridad al planteamiento de la propuesta de resolución.
3. La documentación complementaria se presentará por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la importancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá requerir de manera motivada la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, será requerida para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en que fuera realizada la enmienda.
Siempre que se realice la presentación de documentos aparte de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
Comprobación de datos.
1. Para tramitar este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
a) DNI o NIE de la persona solicitante o representante.
b) NIF de la entidad solicitante.
c) Certificación de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
d) Certificación de estar al corriente de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
e) Certificación de estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
f) DNI o NIE de la persona trabajadora contratada.
g) Certificado de inscripción en el Servicio Público de Empleo de la persona trabajadora contratada.
h) Informe de la vida laboral de la persona trabajadora contratada.
i) Contrato de trabajo de la persona trabajadora contratada.
2. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se les podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes
Presentación solicitudes.
1. En relación con la presentación de solicitudes, las entidades beneficiarias a las que va dirigida esta orden de subvenciones son las empresas, cualquier que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas y las sociedades civiles. El artículo 31 de la Ley 2/2017, de 8 de febrero, de medidas fiscales, administrativas y de ordenación recoge la posibilidad de la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con la Administración para determinados procedimientos. En los procedimientos para la concesión de ayudas y subvenciones las correspondientes bases reguladoras podrán establecer la indicada obligación. Por lo tanto, las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal. Anexo I-A.
Para presentar las solicitudes se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Para garantizar que las personas solicitantes que carezcan de medios para relacionarse telematicamente con la Administración, de acuerdo con lo previsto en el artículo 13.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puedan presentar en el registro electrónico la solicitud referente a este procedimiento, la persona solicitante podrá contar, entre otros, con la asistencia efectiva de la Red de técnicos de empleo de Galicia de la Consellería de Economía, Empleo e Industria.
2. Las solicitudes y los anexos de este programa están disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia: https://sede.xunta.gal.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
- Fase de justificación
- Declaración expresa de otras ayudas (Anexo I-E)
- Certificación de costes (Anexo I-D)
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Inscripción/acreditación de centros de formación para el empleo.
Mantenimiento de la inscripción / acreditación por cambio de titularidad de un centro de formación.
Acciones formativas con compromiso de contratación en unidades formativas de las empresas.
Subvenciones para la ejecución de las horas de formación que excedan del 25% de la jornada laboral asociadas a los contratos de formación y aprendizaje regulados por el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre.