Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
PR203A - Inscripción en el registro de colegios profesionales y consejos gallegos de colegios profesionales.
Inscripción de los colegios profesionales que desarrollen su actividad exclusivamente en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia y de los consejos autonómicos: constitución y modificaciones sucesivas.
Los colegios profesionales y los consejos gallegos de colegios son corporaciones de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
En el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, la creación de colegios profesionales se hará por ley del Parlamento gallego.
Únicamente se podrá crear un nuevo colegio profesional respeto de aquellas profesiones para cuyo ejercicio se exija estar en posesión de un título académico oficial, y también respeto de aquellas actividades profesionales cuyo ejercicio esté condicionado a la posesión de un título oficial que acredite la cualificación y habilite legalmente para su ejercicio.
Los colegios profesionales tendrán personalidad jurídica desde el momento en que entre en vigor su ley de creación y capacidad de obrar desde el momento en que se constituyan sus órganos de gobierno.
Los colegios profesionales tendrán como fines esenciales:
a) La ordenación del ejercicio de las profesiones.
b) La representación institucional exclusiva de las profesiones cuando estén sujetas la colegiación obligatoria.
c) La defensa de los intereses profesionales de los colegiados.
d) La protección de los intereses de los consumidores y usuarios por los servicios de sus colegiados.
Los colegios profesionales de una misma profesión con ámbito territorial circunscrito al de la Comunidad Autónoma de Galicia podrán constituir un consejo gallego de colegios.
Los consejos gallegos de colegios son corporaciones de derecho público que adquirirán personalidad jurídica propia desde que entre en vigor su decreto de creación. La capacidad de obrar plena se adquirirá desde la constitución de sus órganos de gobierno.
Los consejos gallegos de colegios profesionales tendrán como fines:
a) La coordinación de los colegios profesionales que los integren y la representación de la profesión en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Las relaciones con las instituciones y la Administración autonómica, en especial con el Gobierno gallego, para facilitar la mutua colaboración para la mejor satisfacción de los intereses sociales y profesionales cuya defensa tienen encomendada.
c) Todos aquellos que, de acuerdo con la ley, sus estatutos y reglamentos establezcan.
Las solicitudes de inscripción se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes.
Las inscripciones derivadas de la presentación de documentos, que puedan generar una operación registral, habrán de ser objeto de resolución y notificación a quién presentara el título, dentro del plazo de seis meses, cuando se trate de la primera inscripción o modificación de los estatutos, así como de la creación de un consejo gallego de colegios, y tres meses para los restantes casos.
Colegios profesionales.
En el registro de colegios profesionales y de consejos gallegos de colegios profesionales se inscribirán los colegios profesionales y los consejos gallegos de colegios que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como sus Estatutos.
Solo podrá denegarse la inscripción en el registro por razones de legalidad, y siempre mediante resolución motivada.
El Registro tiene como finalidad ofrecer un sistema de garantía de publicidad material y formal de los colegios profesionales y sus consejos, mediante la inscripción del acto de constitución y de toda la secuencia de actos a través de los que se desarrolla la actividad colegial, siendo un instrumento de seguridad jurídica y canal de información de la realidad colegial gallega.
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Secretaría Xeral Técnica da Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Subdirección Xeral de Réxime Xurídico
Servizo de Entidades Xurídicas e Corporativas
Edificio Administrativo San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981 957 394
Email: colexios.profesionais@xunta.gal
Secretaría Xeral Técnica da Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Decreto 161/1997, de 5 de junio, por el que se regulan los consejos gallegos de colegios profesionales y se crea el Registro de Colegios Profesionales y sus Consejos (DOG nº 126 del 2 de julio de 1997).
Orden de 18 de marzo de 1998 por la que se regula el registro de colegios profesionales y de consejos gallegos de colegios profesionales de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 68 del 9 de abril de 1998).
Ley 11/2001, de 18 de septiembre, de colegios profesionales de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 189 del 28 de septiembre de 2001).
Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales (BOE nº 40 de 15 de febrero de 1974)
Ley 2/2007, del 15 de marzo, de sociedades profesionales (BOE nº 65, de 16 de marzo de 2007).
Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia. (BOE nº 159 de 4 de julio de 2007)
Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio (BOE nº 190, de 6 de agosto de 2010).
Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.(BOE nº 295 de 10 de deciembre de 2013)
Puede consultar aquí la Guía práctica de colegios profesionales.
Plazo de presentación: ABIERTO
Este procedimiento está sujeto al pago de una tasa. A continuación se muestra el listado de tasas aplicables:
- Inscripción inicial en el registro (Código tasa: 30.46.01)
- Inscripción de modificación de estatutos (Código tasa: 30.46.02)
- Inscripción de modificación del órgano de gobierno (Código tasa: 30.46.03)
- Inscripción de delegaciones de facultades, revocaciones y apoderamientos (Código tasa: 30.46.04)
- Inscripción de fusión, escisión y extinción (Código tasa: 30.46.05)
- Inscripción de enajenación, gravamen y arrendamiento de bienes (Código tasa: 30.46.06)
- Modificación/desembolso de la dotación (Código tasa: 30.46.07)
- Constitución/modificación/supresión de comisiones (Código tasa: 30.46.08)
- Nombramiento/cese de la gerencia o miembros de comisiones (Código tasa: 30.46.09)
- Otros actos sometidos a inscripción (Código tasa: 30.46.10)
- Copia de otros documentos depositados en el registro y obtención de informaciones, certificaciones o listados (Código tasa: 30.46.11)
- Certificado de denominación (Código tasa: 30.46.12)
- Anotaciones de cualquier clase en los expedientes o suministro de datos no incluidos en los apartados anteriores (Código tasa: 30.46.13)
- Expedición de copia de estatutos (Código tasa: 30.46.14)
- Diligenciado de libros (Código tasa: 30.46.15)
Puede realizar el pago de estas tasas en la Oficina Virtual Tributaria.
En todas las solicitudes:
Solicitud a través del modelo normalizado PR203A disponible en la Sede electrónica.
Documento acreditativo de la representación, en su caso.
Justificante de pago de la tasa correspondiente.
Y según el tipo de solicitud:
INSCRIPCIÓN DEL COLEGIO
Norma de creación.
Estatutos provisionales.
Estatutos definitivos.
Certificación de la aprobación de los estatutos por el órgano competente.
Certificación de la composición de la comisión gestora/junta de gobierno.
Certificación de la aprobación de los estatutos por el consejo general.
Informe del consejo gallego de colegios.
INSCRIPCIÓN DEL CONSEJO
Certificación de la aprobación de la creación del consejo y de los estatutos por los colegios.
Estatutos definitivos.
Certificación de la composición de la junta de gobierno.
MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS
Estatutos modificados.
Certificación de la aprobación de los estatutos por el colegio o consejo.
Certificación de la aprobación de los estatutos por el consejo general.
Informe del consejo gallego de colegios.
MODIFICACIÓN DE LA DENOMINACIÓN
Certificación de la modificación de la denominación por el colegio o consejo.
Informe del consejo gallego de colegios.
IDENTIDAD DE LOS TITULARES DEL ÓRGANO DE GOBIERNO DEL COLEGIO O CONSEJO
Certificación de la composición del órgano de gobierno del colegio o consejo.
APERTURA Y CIERRE DE DELEGACIONES
Certificación de la aprobación de la apertura/cierre de la delegación por el colegio o consejo.
FUSIÓN
Certificación de la aprobación de la fusión por los colegios.
Informe del consejo gallego de colegios.
SEGREGACIÓN
Certificación de la aprobación de la segregación por los colegios.
Informe del consejo gallego de colegios.
DISOLUCIÓN
Certificación de la aprobación de la disolución por el colegio o consejo.
Justificante de la liquidación.
SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O INFORMACIÓN REGISTRAL
Solicitud indicando los datos o actos de los que se solicita certificación o información del registro.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
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Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado PR203A disponible en la Sede Electrónica de la Xunta de Galicia.
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Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la Sede Electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 ( https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365 ).
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No será admitida la presentación presencial de la documentación. En este caso se le requerirá para que, en el plazo de 10 días, la subsane a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda, conforme al artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
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Los documentos originales para que tengan dicha condición deben ser copias electrónicas auténticas o estar firmados digitalmente. No son válidas las copias ni los documentos escaneados.
Copias electrónicas auténticas
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De no disponer de documentos firmados digitalmente, con carácter previo a la presentación electrónica de su solicitud, puede digitalizar los documentos firmados manualmente y obtener una copia auténtica.
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En las oficinas de atención a la ciudadanía y del registro general de la Xunta de Galicia (A Coruña, Lugo, Ourense, Pontevedra, Vigo, Ferrol y Santiago de Compostela) podrá obtener una copia electrónica auténtica de la documentación original en papel, previo pago de la correspondiente tasa.
Firma digital del documento
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Para la firma digital de documentos se podrá utilizar, entre otros, el siguiente sistema:
- Autofirma: permite la ejecución de operaciones de firma de ficheros locales en entornos de escritorio. Podrá descargar el cliente de autorfirma desde el enlace: https://sede.xunta.gal/axuda/necesita-axuda/axuda-tecnica/autofirma
REPRESENTACIÓN
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La representación puede acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, entre otros, podrá utilizar el modelo disponible en la Sede https://sede.xunta.gal/ficheiros/modelos-normalizados/Representacion-C.pdf y anexarlo a la solicitud.
COMPROBACIÓN DE DATOS
Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las Administraciones públicas. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente y aportar una copia de los documentos.
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DNI o NIE de la persona representante
CONSENTIMIENTO PARA LA COMPROBACIÓN DE DATOS
La persona interesada autoriza la consulta a otras administraciones públicas de los seguintes datos. De no autorizar la consulta, deberá aportar el documento correspondente.
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NIF de la entidad solicitante
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Seis meses, cuando se trate de la aprobación de los estatutos, y tres meses para los restantes casos
Sentido del silencio:
Positivo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Selección de entidades privadas sin ánimo de lucro para llevar a cabo una intervención educativa integral con personas menores que tengan que cumplir medidas judiciales y otras actuaciones de medio abierto previstas en la ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores en las provincias de Lugo, Orense y Pontevedra.
Reconocimiento a la asistencia jurídica gratuita.
Impugnación de la resolución de la comisión de asistencia jurídica gratuíta.
Insostenibilidade da pretensión de asistencia jurídica gratuíta.
Queja o denuncia de asistencia jurídica gratuíta.