Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
PE401B - Permiso de explotación a pie.
1. Para obtener el permiso de explotación a pie para recursos específicos, la persona solicitante deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar empadronada en un municipio del litoral de Galicia.
b) Estar en posesión de la certificación profesional correspondiente.
c) Ser mayor de 18 años o menor emancipada y no superar la edad exigida para tener derecho a la pensión de jubilación, en su modalidad contributiva, conforme a lo previsto en la normativa en materia de seguridad social.
d) No estar incapacitada para ejercer las labores de marisqueo.
e) No ser perceptora de pensiones de jubilación, gran invalidez, incapacidad permanente absoluta, incapacidad permanente total, en favor de familiares o perceptora de la renta de integración social de Galicia.
2. La eficacia del permiso de explotación a pie para recursos específicos viene condicionada por la afiliación de la persona titular al régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores del mar.
3. Ser titular de un permiso de explotación a pie para recursos específicos es incompatible con ser armador/a de una embarcación que tenga alguna modalidad de recursos específicos en su permiso de explotación.
Los/las armadores/as de una embarcación que tengan modalidades de recursos específicos podrán presentarse al proceso selectivo para obtener el permiso de explotación a pie para dichos recursos, pero renunciarán a ellas en el momento de la obtención de dicho permiso.
Requisitos para la renovación
1. La renovación del permiso de explotación a pie requerirá:
a) Cumplir las prescripciones específicas contenidas en el plan de gestión.
b) Haber realizado actividad suficiente, entendiendo como tal aquélla que se realiza de modo efectivo durante un mínimo de:
1º. El 70 % de los días que fueron efectivos de los autorizados para la extracción dentro del plan de gestión de la entidad.
2º. El 95 % de los días efectivos de los autorizados dentro del plan de gestión de la entidad para las actividades de semicultivo necesarias para la mejora de la producción; así como de los trabajos de control, protección y vigilancia de los bancos marisqueros que fueron autorizados con carácter general en el marco del plan. Los días empleados en las actividades anteriores se computarán a efectos de renovación del permiso de explotación, siempre que así esté recogido en el plan de gestión aprobado.
2. A efectos de calcular los anteriores porcentajes se tendrán en cuenta las siguientes situaciones:
a) Se descontará del período efectivo y autorizado el tiempo durante el cual la persona titular haya permanecido inactiva por causa de fuerza mayor debidamente justificada, por tener reconocidos derechos por la Seguridad Social por ser víctima de violencia de género, y por encontrarse en alguna de las siguientes situaciones protegidas por la Seguridad Social: incapacidad temporal, maternidad o paternidad, por nacimiento de hijo/a, adopción o acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
En el caso de los/las patrones/as mayores, presidentes/as de las agrupaciones sectoriales y presidentes/las de las federaciones de cofradías, se considerará causa justificada de inactividad el período de tiempo empleado en las labores de representación, cuando coincida con el día de actividad de marisqueo.
b) En el caso del percebe, no se computarán como días de actividad efectiva aquellos en los que se acredite que trabajaron menos del 15 % de las personas con permiso de explotación para percebe a pie.
c) En caso de que una persona participe en varios planes de gestión, para renovar el permiso de explotación se computará el total de los días de trabajo autorizados y que hubieran sido efectivos para todos los planes en los que participe, sin que se puedan contabilizar días de actividad por duplicado.
Requisitos para la suspensión temporal de la vigencia del permiso de explotación.
1. Podrá suspenderse temporalmente la vigencia del permiso de explotación en los supuestos anteriores, siempre y cuando en la persona solicitante se den los siguientes requisitos:
a) Tener un mínimo de un (1) año de antigüedad como titular de un permiso de explotación a pie para recursos específicos, en el caso de los supuestos recogidos en el artículo 19.
b) No tener actividad laboral retribuida, sin perjuicio de percibir una prestación económica por cuidados en el ámbito familiar de una persona dependiente de conformidad con la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
c) Estar al corriente con las obligaciones que pueda tener como miembro de la entidad a la que está asociada y/o de la agrupación en la que esté integrada.
2. No se exigirá que transcurra un período mínimo de actividad entre dos resoluciones de suspensión temporal de la vigencia del permiso de explotación.
3. La suspensión temporal de la vigencia del permiso de explotación deberá ser prorrogada anualmente junto con la solicitud de renovación del permiso de explotación.
4. Las personas que tengan suspendida temporalmente la vigencia de su permiso de explotación se mantendrán incluidas en los planes de gestión, lo que permitirá que reinicien la actividad, después de comunicación a la jefatura territorial del cese de la causa que originó la suspensión, en su caso.
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro
Subdirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro
Servizo de Xestión dos Recursos Marisqueiros
Rúa dos Irmandiños, s/n, Salgueiriños
15701 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881996052
Fax: 981546138
Email: cma.dxdesenvolvemento@xunta.es
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Departamento Territorial da Consellería do Mar da Coruña
Servizo de Desenvolvemento Pesqueiro da Coruña
RÚA RAMÓN Y CAJAL, N 1 - 5º ANDAR
15006 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981182012
Fax: 981182228
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Departamento Territorial da Consellería do Mar de Celeiro
Servizo de Desenvolvemento Pesqueiro (Celeiro)
RÚA RAMON CANOSA, N 1- CELEIRO
27863 Viveiro (Lugo)
Teléfono: 982555028
Fax: 982555007
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Departamento Territorial da Consellería do Mar de Vigo
Servizo de Desenvolvemento Pesqueiro (Vigo)
RÚA CONCEPCIÓN ARENAL, N 8
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817121
Fax: 986817030
Servizo de Xestión dos Recursos Marisqueiros
Decreto 425/1993, de 17 de diciembre, por el que se refunde la normativa vigente sobre el permiso de explotación para ejercer la actividad pesquera y marisquera (DOG nº 13 del 20 de enero de 1994).
Decreto 48/2013, do 7 de marzo, polo que se modifica o Decreto 425/1993, do 17 de decembro, polo que se refunde a normativa vixente sobre o permiso de explotación para exercer a actividade pesqueira e marisqueira (DOG nº 57 del 21 de marzo de 2013).
Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG nº 243 del 16 de diciembre de 2008).
Ley 6/2009, de 11 de diciembre, de modificación de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG nº 243 del 15 de diciembre de 2009).
Decreto 114/2007, de 31 de mayo, de modificación del Decreto 425/1993, de 17 de diciembre, por el que se refunde la normativa vigente sobre el permiso de explotación para ejercer la actividad pesquera y marisquera (DOG nº 115 del 15 de junio de 2007).
Orden de 15 de julio de 2011 por la que se regula el permiso de explotación para el marisqueo a pie (DOG nº 144 del 28 de julio de 2011)
Corrección de errores. Orden de 15 de julio de 2011 por la que se regula el permiso de explotación para el marisqueo a pie (DOG nº 113 del 14 de junio de 2012).
Orden de 30 de diciembre de 2015 por la que se regula la explotación de los recursos específicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 13 del 21 de enero de 2016).
Decreto 153/2019, de 21 de noviembre, por el que se regula el régimen de conservación y explotación de los recursos marisqueros y de las algas (DOG nº 233 de 9 de diciembre de 2019).
Resolución de 18 de mayo de 2020, de la Dirección General de Desarrollo Pesquero, por la que se modifica la Resolución de 4 de mayo de 2016 por la que se aprueba el baremo para acceder a las modalidades de recursos específicos en el permiso de explotación de embarcaciones, así como para elaborar las listas y actualizar los méritos para el incremento del número de cotas de captura para las embarcaciones incluidas en un plan de gestión de recursos específicos (DOG nº 101 de 27 de mayo de 2020).
Plazo de presentación: Abierto todo el año
Las solicitudes se dirigirán la jefatura territorial en un plazo mínimo de quince (15) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de la convocatoria del proceso selectivo.
Solicitud según el Anexo II
Para el otorgamiento del permiso de explotación para el marisqueo a pie: marisqueo general o recursos específicos
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Documentación acreditativa de cada uno de los aspectos que se valorarán según el baremo aprobado:
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Formación.
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Experiencia profesional.
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Justificante del pago de las tasas, excepto en el caso que el pago se hubiese realizado de forma telemática.
Para el de cambio de entidad del permiso de explotación a pie de entidad titular asociativa. Sólo para permisos de explotación a pie para marisqueo general
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En el caso de ser víctima de violencia de género: documentación que acredite tal situación por cualquiera de las formas previstas en el artículo 5 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género.
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Anexo XI en el supuesto de tener a cargo una persona en situación de dependencia: informe de las condiciones de salud o informe de los servicios sociales o resolución de reconocimiento de la situación de dependencia si es emitido por otra comunidad autónoma.
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Informe favorable y motivado de las entidades de origen y destino. Será preciso presentarlo en cualquiera de los casos anteriores.
Para la renovación del permiso de explotación para el marisqueo a pie: marisqueo general o recursos específicos
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Certificado de la agrupación sectorial, de estar constituida, y de la entidad titular del plan de gestión del porcentaje de los días dedicados a las actividades de control de la actividad extractiva, extracción autorizada de semilla de mejillón y actividades de turismo marinero contempladas en el plan de gestión, con expresión de las fechas dedicadas a las tareas. Asimismo, se incluirá la información necesaria sobre el desarrollo de las actividades, que permita calcular si la persona solicitante cumple el porcentaje necesario para renovar el permiso de explotación.
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Certificado de la agrupación sectorial, de estar constituida, y de la entidad titular del plan de gestión del porcentaje de los días dedicados a las actividades de semicultivo e de protección y vigilancia de los bancos marisqueros, con expresión de las fechas dedicadas a las tareas. Asimismo, se incluirá la información necesaria sobre el desarrollo de las actividades, que permita calcular si la persona solicitante cumple el porcentaje necesario para renovar el permiso de explotación. Esta documentación solo será necesaria cuando dichas actividades computen para la renovación del permiso de explotación, siempre que así esté recogido en el plan de gestión aprobado
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Certificado de la agrupación sectorial, de estar constituida, y de la entidad titular del plan de gestión respecto al cumplimiento de las prescripciones específicas del plan del año natural anterior. Esta documentación sólo será necesaria presentarla cando el plan de gestión para recursos específicos recoja prescripciones de obligado cumplimiento.
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Justificante del pago de las tasas, excepto en el caso de que el pago se haya realizado de forma telemática.
Para el caso de la suspensión de la vigencia del permiso de explotación para el marisqueo a pie: marisqueo general o recursos específicos
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Estar al cuidado de un/una hijo/a: documentación que acredite la fecha de nacimiento del/de la hijo/a, en el caso de ser por naturaleza, o bien por resolución judicial o administrativa, en los casos de adopción o acogida.
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Estar al cuidado de un familiar hasta el 2º grado de afinidad o consanguinidad. Informe de las condiciones de salud o informe de los servicios sociales o resolución del reconocimiento de la situación de dependencia si es emitido por otra comunidad autónoma.
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En el supuesto de ser víctima de violencia de género: documentación que acredite tal situación por cualquiera de las formas previstas en el artículo 5 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega, para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género.
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Cerficado de la entidad titular del plan de gestión en el que se haga constar que la persona solicitante está al corriente de las obligaciones que pueda tener como socia de la cofradía o entidad a la que está asociada y de la agrupación sectorial en que está integrada, de estar constituida.
Comprobación de datos
Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo y aportar una copia de los documentos.
-
DNI/NIE de la persona solicitante.
-
DNI/NIE de la persona representante.
-
Consulta de los datos de residencia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Traslado del permiso de explotación para embarcación.
Renovación de modalidades de recursos específicos en el permiso de explotación para embarcación.
Cambio de puerto base.
Ayudas a las personas mariscadoras afectadas por el cese temporal de la actividad marisquera a consecuencia del COVID-19.
Otorgamiento de las modalidades de recursos específicos en el permiso de explotación para embarcación e de la acreditación para la explotación del percebe.
Inclusión y actualización en las listas para el incremento del número de cuotas de captura para las embarcaciones incluidas en un plan de gestión de recursos específicos.