Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
IG200D - Ayudas del Igape a establecimientos hoteleros para la adquisición de materias para la reforma de establecimientos (Reforma-Tur).
Las presentes bases tienen por objeto aprobar las condiciones por las cuales se regirá la concesión de ayudas por parte del Igape destinadas a incentivar la adquisición de materiales para la reforma de establecimientos hoteleiros en Galicia, con el fin de incrementar e incentivar la compra y tratar de repercutir con ella en los sectores industriales, comerciales y turísticos gallegos (Procedimiento IG200D), así como para la selección de entidades colaboradoras que participan en su gestión (Procedimiento IG200C).
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los titulares de:
a) Establecimientos hoteleros con un máximo de 40 habitaciones, definidos en el Capítulo II, artículo 4 (concepto de hoteles), artículo 6 (concepto de hoteles balneario) y artículo 7 (hotel talaso) del Decreto 57/2016 de 12 de mayo situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Los establecimientos de Turismo Rural segundo el Decreto 191/2004 de 29 de julio situados en el Camino de Santiago.
c) Los albergues personales situados en el Camino de Santiago.
- Los establecimientos deben estar autorizados o clasificados conforme establezca la normativa turística en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Junta de Galicia (REAT), con una antigüedad en el ejercicio de la actividad en el establecimiento para lo cual se solicita la subvención no inferior a cinco años a la fecha de publicación de la convocatoria de ayuda.
- Los beneficiarios deben adquirir los bienes subvencionables descritos en el artículo 3.1.d) en una entidad colaboradora adherida al Programa Reforma-Tur19 e instalarlos en su establecimiento en el plazo indicado en el artículo 3.
- Los beneficiarios deberán estar al día de sus deberes con la Hacienda pública estatal, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social y no ser considerados empresas en crisis. Para estos efectos de empresa en crisis, conviene tener en cuenta la definición de empresa en crisis que para las pemes aparece en el número 18 del artículo 2 de la Legislación (UE) nº 651/2014 de la Comisión.
- También deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, para ser beneficiario de la ayuda, y cumplir los deberes del artículo 11 de la citada Ley de subvenciones.
- Los provedores (entidades colaboradoras) no podrán estar vinculados (segundo los términos recogidos no artículo 3.3 del Anexo I a la Legislación (UE) 651/2014) con el beneficiario de la ayuda ni con sus órganos directivos o gestores.
- Los beneficiarios se obligan a facilitar cuanta información les sea requerida por el Igape en el ejercicio de sus funciones de fiscalización del destino de las ayudas.
- Mediante la presentación de la solicitud los beneficiarios aceptan la tramitación a través de la entidad colaboradora, que será asimismo la encargada de informar puntualmente al interesado sobre lo estado de su petición, los derechos y deberes de la misma, y de las notificacións recibidas de acuerdo con el establecido en el artículo 15.2.
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Instituto Galego de Promoción Económica – Igape
Complexo Administrativo San Lázaro s/n
15703 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 900815151
Email: informa@igape.es
Instituto Galego de Promoción Económica – Igape
Resolución de 20 de diciembre de 2018 por la que se le da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a establecimientos hoteleros para la adquisición de materiales para la reforma de los establecimientos (Reforma-Tur 19), así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a su convocatoria (DOG nº 19 de 28 de enero de 2019).
Extracto de la Resolución de 20 de diciembre de 2018 por la que se le da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a establecimientos hoteleros para la adquisición de materiales para la reforma de los establecimientos (Reforma-Tur 19), así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a su convocatoria (DOG nº 19 de 28 de enero de 2019).
Corrección de errores. Resolución de 20 de diciembre de 2018 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a establecimientos hoteleros para la adquisición de materiales para la reforma de los establecimientos (Reforma-Tur 19), así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a su convocatoria (DOG nº 40 do 26 de febrero de 2019).
Corrección de errores. Extracto de la Resolución de 20 de diciembre de 2018 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a establecimientos hoteleros para la adquisición de materiales para la reforma de los establecimientos (Reforma-Tur 19), así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a su convocatoria (DOG nº 40 del 26 de febrero de 2019).
Resolución de 22 de marzo de 2019 por la que se modifica la Resolución de 20 de diciembre de 2018 por la que se da publicidad del acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a establecimientos hoteleros para la adquisición de materiales para la reforma de los establecimientos (Reforma-Tur 19), así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a su convocatoria (DOG nº 60 del 27 de marzo de 2019).
Extracto de la Resolución de 22 de marzo de 2019 por la que se modifica la Resolución de 20 de diciembre de 2018 por la que se da publicidad del acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a establecimientos hoteleros para la adquisición de materiales para la reforma de los establecimientos (Reforma-Tur 19), así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a su convocatoria (DOG nº 60 del 27 de marzo de 2019).
Plazo de presentación: CERRADO
28/02/2019 00:00 - 30/05/2019 23:59
Según la Resolución del 22 de marzo de 2019 (DOG nº 60 del 27 de marzo de 2019), el plazo de presentación de solicitudes de ayuda se amplía hasta el 30 de mayo de 2019, excepto que se produzca el supuesto de agotamiento de crédito. En este caso se informará del cierre adelantado del plazo de solicitud a través de la página web del Igape y en el Diario Oficial de Galicia (procedimiento del Igape con el código IG259).
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Solicitud según el Anexo II.
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Acreditación, por cualquier título válido en derecho, de la titularidad del establecimiento hotelero por parte de la persona solicitante de la ayuda.
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Factura justificativa, que refleje con claridad los siguientes datos:
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1º. Fecha de emisión
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2º. Nombre o razón social y NIF de la persona beneficiaria.
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3º. Descripciones de los bienes acorde con la solicitud
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4º. Importe neto de los bienes
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5º. Descuento del Programa Reforma-Tur 19, del comercio, calculado como el 25% del importe neto total. En la factura debe figurar el importe del Descuento, debe aplicarse la detracción al importe neto total y debe constar siguiente literal: “ Programa Reforma-Tur 19 : 25% de descuento de la entidad colaboradora”
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6º. Base imponible
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7º. IVA y total de la base imponible más IVA
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8º. Ayuda del Programa Reforma-Tur 19, del Igape, por el mismo importe que el descuento. En la factura debe figurar el importe de la Ayuda, aplicarse la detracción a Base imponible+IVA y constar el siguiente literal: “ Programa Reforma-Tur 19: Ayuda del Igape como cesión de crédito de la persona beneficiaria a la entidad colaboradora”.
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9º. Total que tiene que pagar la persona beneficiaria (la persona beneficiaria tiene que pagar el total IVA incluido menos la ayuda del Igape).
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Justificante bancario del pago
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Escritura o documento jurídicamente válido de constitución de la entidad solicitante y de nombramiento de la persona representante legal y estatutos debidamente inscritos en el registro competente y modificaciones posteriores de estos.
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Comprobación de datos.
Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo e y aportar una copia de los documentos.
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DNI/NIE de la persona solicitante o
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DNI/NIE de la persona representante o
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NIF de la entidad representante o
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NIF de la entidad solicitante o
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Información del Registro de Empresas y Actividades Turísticas relativa a la titularidad del establecimiento y cumplimiento de los requisitos de la persona beneficiaria o
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Certificado de la AEAT de alta en el Impuesto de actividades económicas (IAE) de la entidad solicitante o
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Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarios con la AEAT. o
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Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social o
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Certificado de estar al corriente de pago con la Consellería de Hacienda
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: 30 días hábiles contados desde la fecha de la solicitud en la aplicación informática.
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Adhesión como entidad colaboradora al convenio de colaboración para la gestión de ayudas relativas al programa Reforma.
Ayudas del Igape a particulares para la adquisición de materiales y piezas de mobiliario de cocina y baño (Reforma).
Adhesión como entidad colaboradora al convenio de colaboración para la gestión de ayudas relativas al Programa Reforma-Tur.
Declaración de iniciativa empresarial prioritaria
Ayudas para el establecimiento de nuevas plantaciones de lúpulo y para la reconversión y mejora de las plantaciones existentes.
ayudas a la utilización de productos de madera en obra nueva, rehabilitación o reforma de viviendas en altura, naves y establecimientos de negocio que empleen productos de madera como elementos estructurales.