Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
ED333B - Becas para la juventud del exterior con el fin de cursar estudios de Formación Profesional.
1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases y convocar el procedimiento para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de cincuenta y cuatro plazas (54) para el acceso de la juventud gallega del exterior, a las enseñanzas de formación profesional relacionadas en el anexo III que se impartirán en centros de la Comunidad Autónoma de Galicia en el curso académico 2022/23. Junto con la plaza en la formación solicitada, se otorgará una beca para el viaje, el alojamiento y la manutención.
2. Este procedimiento estará habilitado en la Guía de procedimientos y servicios con el código ED333B.
1. Podrán participar en esta convocatoria los ciudadanos gallegos residentes en el exterior que cumplan lo dispuesto en el artículo 3.
2. Quedan excluidas de esta convocatoria, las personas que ya hayan sido beneficiarias, así como aquellas personas beneficiarias que causaran baja o hayan renunciado a la beca convocada por la Orden de 9 de abril de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan cien becas para jóvenes en el extranjero, a fin de cursar estudios de formación profesional de grado superior que se inicien en el curso 2019/20 en un centro de Galicia con enseñanza pública (código de procedimiento ED333B), o a otras becas de ediciones anteriores.
3. Quedan excluidas de esta convocatoria aquellas personas que ya hayan sido beneficiarias de las becas de excelencia para la juventud exterior (BEME), convocadas por la Secretaría General de la Emigración.
Requisitos que deberán cumplirse y acreditarse dentro del plazo de presentación de solicitudes:
a) Ser menor de 40 años.
b) Estar en posesión de la nacionalidad española.
c) Residir en el extranjero.
d) Acreditación de un mínimo de dos años de residencia fuera de España inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
e) Cumplir, al menos, una de las siguientes condiciones:
– Ser emigrante nacido/a en Galicia.
– Ser emigrante no nacido/a en Galicia, pero haber residido en Galicia de forma continuada durante diez (10) años con nacionalidad española antes de emigrar.
– Ser descendiente por consanguinidad de un emigrante nacido/a en Galicia, siempre que la persona solicitante haya nacido en el extranjero.
f) En el caso de personas nacidas en el extranjero, estar vinculadas a un municipio gallego. Este requisito podrá acreditarse con posterioridad, pero siempre antes de la fecha límite de modificación de la documentación preceptiva.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Xeral de Formación Profesional
Subdirección Xeral de Innovación Profesional e Coordinación co Sistema Produtivo
Servizo de Relación co Sistema Produtivo, Orientación e Inserción Laboral
San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546546
Email: retorna.mocidade.fp@edu.xunta.gal
Dirección Xeral de Formación Profesional
Orden de 4 de agosto de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el programa Retorna juventud, para personas gallegas residentes en el extranjero interesadas en retornar y cursar determinados estudios de formación profesional en el curso académico 2022/23 en centros educativos de Galicia (DOG nº 157 de 19 de agosto de 2022).
Extracto de la Orden de 4 de agosto de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el programa Retorna juventud, para personas gallegas residentes en el extranjero interesadas en retornar y cursar determinados estudios de formación profesional en el curso académico 2022/23 en centros educativos de Galicia (DOG nº 157 de 19 de agosto de 2022).
Orden de 29 de septiembre de 2022 por la que se acuerda la ampliación del plazo para la presentación de solicitudes en el procedimiento regulado en la Orden de 4 de agosto de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el programa Retorna juventud para personas gallegas residentes en el extranjero interesadas en retornar y cursar determinados estudios de formación profesional en el curso académico 2022/23 en centros educativos de Galicia (DOG nº 188 del 3 de octubre de 2022).
Extracto de la Orden de 29 de septiembre de 2022 por la que se acuerda la ampliación del plazo para la presentación de solicitudes en el procedimiento regulado en la Orden de 4 de agosto de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el programa Retorna juventud para personas gallegas residentes en el extranjero interesadas en retornar y cursar determinados estudios de formación profesional en el curso académico 2022/23 en centros educativos de Galicia (DOG nº 188 del 3 de octubre de 2022).
Orden de 16 de diciembre de 2022 por la que se publica la resolución por la que se resuelven las becas para el programa Retorna Juventud establecidas en la Orden de 4 de agosto de 2022. (DOG nº 244 de 26 de diciembre de 2022).
Plazo de presentación: CERRADO
20/08/2022 00:00 - 24/10/2022 23:59
Según la Orden del 29 de septiembre de 2022 (DOG nº 188 del 3 de octubre de 2022), se modifica el plazo de presentación de solicitudes hasta el día 24 de octubre de 2022, incluido, por lo que resulta ampliado en 21 días naturales el plazo regulado en el artículo 5.5 de la citada orden.
Forma de presentación de las solicitudes
1. Las personas solicitantes deberán cubrir los campos del formulario que aparecen en la aplicación informática Cicloadmisión, https://www.edu.xunta.gal/ciclosadmision/, e incorporar los documentos requeridos en el artículo 6 de esta orden a dicha aplicación. Finalizado este proceso, deberá confirmar la solicitud, la cual, una vez enviada, no podrá ser modificada. Las solicitudes deberán presentarse por medios electrónicos utilizando el formulario electrónico normalizado que figura como anexo I de esta orden a título informativo, accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
Entendiendo que las personas a las que se dirige la presente convocatoria tienen acceso y capacidad para realizar este trámite, y las especiales circunstancias que puedan darse en los países en los que residan, es obligatorio contactar exclusivamente por medios electrónicos para la tramitación de este procedimiento de conformidad con el artículo 10.2 y 10.3 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia.
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud de forma presencial, se le requerirá que la enmiende a través de medios electrónicos. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud la fecha en que se efectuó la enmienda.
2. Los solicitantes residentes en Cuba que así lo deseen podrán presentar su solicitud ante la Federación de Sociedades Gallegas en La Habana, en la cual existen personas habilitadas para la presentación electrónica de sus solicitudes.
La utilización de esta vía requerirá una autorización que la persona solicitante le otorga a la persona responsable de la entidad colaboradora para que remita su solicitud por vía electrónica, incluida en el anexo I.
Documentación complementaria
1. Las personas interesadas deberán presentar electrónicamente, junto con la solicitud, la siguiente documentación:
a) Documentación que acredite la residencia actual en el extranjero.
b) Documentación justificativa del tiempo de residencia en el extranjero durante un mínimo de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización de la presentación de solicitudes.
c) Documentación que acredite su vinculación con Galicia:
– Personas nacidas en Galicia: pasaporte o certificado de nacimiento en Galicia.
– Personas no nacidas en Galicia, pero que hayan residido en Galicia de forma continuada durante diez (10) años con nacionalidad española antes de emigrar: historial del padrón municipal del/de los ayuntamiento/s gallego/s donde residían.
– Descendientes por consanguinidad de un emigrante nacido/a en Galicia: certificados de nacimiento o libros de familia que acrediten toda la línea de parentesco por consanguinidad, desde la persona emigrante nacida en Galicia hasta el nacimiento de la persona solicitante.
d) Para las personas solicitantes nacidas en el extranjero, documentación que acredite su vinculación con un ayuntamiento gallego en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE), o cualquier otra documentación acreditativa de este aspecto.
e) Documentación acreditativa de la experiencia laboral relacionada con la plaza que solicita.
f) Documentación acreditativa de la formación relacionada con la plaza que solicita.
2. Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de medios electrónicos. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación la fecha en que se efectuó la enmienda.
Las personas interesadas serán responsables de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de forma motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá exigir la exhibición del documento o de la información original.
Las copias de los documentos gozarán de la misma validez y eficacia que sus originales, siempre que exista constancia de que sean auténticas.
3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
4. La Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades podrá requerir cualquier otra documentación o dato adicional que considere necesario para completar el expediente o para una mejor valoración del mismo.
5. Todos los documentos aportados deberán ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes, de conformidad con el ordenamiento jurídico del país de que se trate. Cuando los documentos aportados al expediente por las personas solicitantes estén en idioma distinto del gallego o del castellano, se deberá presentar una traducción jurada de los mismos en cualquiera de estos idiomas.
6. La persona beneficiaria presentará, en su solicitud, una declaración responsable del conjunto de las ayudas solicitadas, tanto las aprobadas o concedidas como las pendientes de resolución, para la misma finalidad, de las distintas administraciones públicas competentes o de sus entidades vinculadas o dependientes.
Verificación de datos
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, salvo que la persona interesada se oponga a su consulta:
– DNI/NIE de la persona solicitante, en su caso.
– DNI/NIE de la persona representante, en su caso.
– NIF de la entidad representante, en su caso.
– Expediente académico.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro habilitado en el formulario de inicio y aportar el documento correspondiente. Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación del documento correspondiente.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes
La realización de los trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes se realizará por vía telemática a través de la aplicación accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Cinco meses
Sentido del silencio:
Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Participación en el fondo solidario de libros de texto y ayudas para adquirir libros de texto y material escolar.
Participación en el procedimiento de distribución de mascarillas.