Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
BS323A - Incorporación al consejo asesor y consultivo de juventud de Galicia.
El Consejo Asesor y Consultivo de Juventud de Galicia está integrado en la consellería competente en materia de juventud, sin perjuicio de su autonomía, pero no participa en la estructura jerárquica de la consellería.
La consellería competente en materia de juventud facilitará al Consejo Asesor y Consultivo de Juventud de Galicia los medios personales y materiales necesarios para el ejercicio de las funciones recogidas en la Ley 6/2012, de 19 de junio, dentro de las disponibilidades presupuestarias de la consellería competente en materia de juventud.
El Consejo Asesor y Consultivo de Juventud de Galicia tendrá como fines los siguientes:
a) Representar a la juventud gallega a través de su condición de miembro de pleno derecho en el Comité Gallego de Políticas de Juventud.
b) Emitir los informes que afecten a la juventud y le sean solicitados por el Comité Gallego de Políticas de Juventud o por el órgano de dirección competente en materia de juventud.
c) Emitir informe sobre el impacto en la juventud de los proyectos de disposiciones normativas promovidas por la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia que afecten a la juventud.
d) Analizar, con carácter permanente, la situación de la juventud en Galicia, facilitando así la toma de decisiones, y especialmente las problemáticas que incidan mayormente en la juventud gallega, a través del Observatorio Gallego de la Juventud.
e) Elevar anualmente al Parlamento una memoria en la que se refleje la situación de la juventud como grupo social y, al mismo tiempo, proponer las medidas legales que juzgue necesarias.
f) Contribuir a la institucionalización del movimiento asociativo juvenil de Galicia, consolidando, por un lado, el ya existente y, por otro, promoviendo la creación de asociaciones juveniles de distinta naturaleza.
g) Garantizar la participación activa y dinámica de la juventud en todos los órdenes de la vida social, educativa, laboral, política, económica, deportiva, de ocio, de tiempo libre y cultural de Galicia.
h) Representar a la juventud de Galicia en el Consejo de la Juventud de España, así como en otros organismos de ámbito estatal, europeo e internacional de los que pueda ser miembro, participando así en la articulación de las políticas de juventud en los distintos niveles.
i) Establecer relaciones de cooperación y colaboración con otros consejos de la juventud del Estado.
j) Elevar propuestas de acción a la consellería competente en materia de juventud.
k) Defender los intereses de la juventud, presentando ante los organismos públicos y privados correspondientes las medidas tendentes a hacer efectivos los intereses que le corresponden a la juventud.
b) Las federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones juveniles inscritas en el Registro de Entidades Juveniles de Galicia, de ámbito estatal, autonómico o local, compuestas, como mínimo, por tres asociaciones con organización e implantación propia en Galicia. Su incorporación excluye la de sus miembros de manera independiente.
c) Los consejos locales de juventud.
d) Las secciones u organizaciones juveniles de los partidos políticos.
e) Las secciones u organizaciones juveniles de los sindicatos y asociaciones empresariales.
f) Las organizaciones estudiantiles que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia.
g) Las secciones juveniles de las demás asociaciones de ámbito autonómico de cualquier naturaleza que figuren registradas y clasificadas en el Registro de Entidades Juveniles de Galicia, siempre que estatutariamente tengan reconocidas autonomía funcional, organización y gobierno propio para las materias específicamente juveniles.
Los/las miembros del Consejo Asesor y Consultivo de Juventud de Galicia tendrán las siguientes obligaciones:
a) Asistir a las reuniones de la Asamblea General, así como a las de los órganos del Consejo Asesor y Consultivo de Juventud de Galicia de los que sean miembros.
b) Acatar las normas establecidas en el presente reglamento, así como los acuerdos válidamente adoptados por los órganos del Consejo Asesor y Consultivo de Juventud de Galicia.
c) Colaborar y participar activamente en los órganos del Consejo Asesor y Consultivo de la Juventud de Galicia de los que formen parte, contribuyendo al cumplimiento de los fines del Consejo.
d) Respetar las opiniones y manifestaciones expresadas por los/las demás miembros del Consejo, no proferir palabras ni verter conceptos ofensivos al decoro o dignidad de los/las demás miembros del Consejo.
e) Respetar el orden y la cortesía en el desarrollo de los debates.
f) Las demás que se deriven, para los miembros de órganos colegiados, de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre.
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Dirección Xeral de Xuventude
Instituto da Xuventude de Galicia
Servizo Participación Xuvenil e Escola Galega de Xuventude
Edificio Administrativo San Lázaro, 3º andar
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981957057/ 981544866
Fax: 981545843
Servizo Participación Xuvenil e Escola Galega de Xuventude
Decreto 57/2014, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo Asesor y Consultivo de Juventud de Galicia (DOG nº 101 del 28 de mayo de 2014).
Corrección de errores. Decreto 57/2014, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo Asesor y Consultivo de Juventud de Galicia (DOG nº 104 del 3 de junio de 2014).
Plazo de presentación: Abierto todo el año
Este decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
-
Junto con la solicitud, las entidades que deseen formar parte del Consejo Asesor y Consultivo de Juventud de Galicia deberán presentar la siguiente documentación:
-
a) Certificación del registro administrativo donde se encuentre inscrita la entidad.
-
b) Copia compulsada de los estatutos.
-
c) Memoria de actividades del último año.
-
d) Certificado de el/la secretario/a de la entidad en el que conste la representación legal de la persona que firma la solicitud y el acuerdo del órgano competente por el que se nombran representante y sustituto/a en el Consejo Asesor y Consultivo de Juventud de Galicia.
-
e) De ser una federación, confederación o unión de asociaciones juveniles, declaración responsable de que sus miembros no forman parte del Consejo Asesor y Consultivo de Juventud de Galicia de forma independiente. De cambiar esta circunstancia en cualquier momento, se deberá notificar a la Secretaría del Consejo Asesor y Consultivo de Juventud de Galicia.
-
Las entidades ya incluidas en el Registro de Entidades Juveniles de Galicia estarán exentas de presentar la documentación recogida en las letras a) y b) del apartado anterior.
-
Las solicitudes podrán presentarse por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de regimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, e irán dirigidas a la Secretaría del Consejo Asesor y Consultivo de Juventud de Galicia, adscrita a la consellería competente en materia de juventud.
Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades dependientes de la misma, y una vez aprobada por Orden de 15 de septiembre de 2011 la puesta en funcionamiento de la sede electrónica de la Xunta de Galicia, las personas interesadas podrán presentar electrónicamente las solicitudes en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, en la dirección electrónica https://sede.xunta.es. La documentación complementaria podrá presentarse electrónicamente, utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada según lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 22.3 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades dependientes de la misma. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en los correspondientes documentos. Las mencionadas imágenes electrónicas carecerán de carácter de copia autentica.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Positivo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil.
Movilidad transnacional juvenil Galeuropa: Ayudas individuales de movilidad para la juventud gallega