Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
MR709B - Ayudas para los gastos notariales y de inmatriculación registral de predios agroforestales objeto de permutas de especial interés agrario.
Aprobar las bases reguladoras que regirán la concesión de las ayudas para los gastos notariales y de inmatriculación registral de fincas agroforestales objeto de permutas de especial interés agrario, así como convocar las ayudas correspondientes al ejercicio presupuestario 2024.
1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas gestionadas al amparo de estas bases reguladoras las personas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que acrediten, mediante resolución de la persona titular de la dirección de la Agencia, el especial interés agrario de la permuta de que se trate.
b) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tener pendiente de pago ninguna deuda con la Administración pública de Galicia. Este requisito se comprobará antes de dictar la propuesta de resolución de concesión, teniendo en cuenta el límite máximo para resolver este procedimiento, según lo que se determina en el artículo 12 de esta resolución.
c) Ser titulares de las fincas a que se refiera la permuta de que se trate.
2. No podrán acceder a estas ayudas las personas que se encuentren afectadas por alguna de las circunstancias previstas en los artículos 10.2 y 10.3 de la LSG.
Xunta de Galicia
Consellería do Medio Rural
Axencia Galega de Desenvolvemento Rural (AGADER)
Secretaría Xeral de AGADER
Lugar da Barcia, nº 56 - Laraño
15897 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981547378
Email: secretaria.xeral.agader@xunta.gal
Dirección da Axencia Galega de Desenvolvemento Rural (AGADER)
Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia (DOG nº 94 del 21 de mayo de 2021).
Resolución de 29 de mayo de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para los gastos notariales y de inmatriculación registral de fincas agroforestales objeto de permutas de especial interés agrario, en régimen de concurrencia no competitiva, y se anuncia la convocatoria para el año 2024 (DOG nº 112 del 11 de junio de 2024).
Extracto de la Resolución de 29 de mayo de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para los gastos notariales y de inmatriculación registral de fincas agroforestales objeto de permutas de especial interés agrario, en régimen de concurrencia no competitiva, y se anuncia la convocatoria para el año 2024 (DOG nº 112 del 11 de junio de 2024).
Plazo de presentación: ABIERTO
12/06/2024 00:00 - 15/11/2024 23:59
El plazo para presentar las solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el 15 de noviembre de 2024. Si el último día del plazo fuese inhábil se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Solicitudes
1. Las solicitudes, dirigidas a la Agencia, se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal/ (se incluye como anexo I).
2. La presentación electrónica será obligatoria para las administraciones públicas, las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, las personas que ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, personas trabajadoras autónomas, las personas representantes de una de las anteriores y las personas empleadas de las administraciones públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleada pública.
3. De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas obligadas a la presentación electrónica presenta su solicitud de manera presencial, será requerida para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquélla en la que fuera realizada la enmienda.
4. Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
5. Aquellas personas interesadas no obligadas a la presentación electrónica, opcionalmente, podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Documentación complementaria .
1. Las personas interesadas deberán aportar junto con la solicitud la siguiente documentación complementaria:
a) Identificación del acto administrativo por el que se declara la permuta de especial interés agrario.
b) Copia de la escritura notarial de la permuta. En su caso, nota simple de la inscripción de la permuta de que se trata o de la inmatriculación de las fincas afectadas.
c) Facturas de la notaría y del registro de la propiedad relativas a la permuta o a la inmatriculación de que se trata.
d) Justificantes bancarios del pago de las facturas. En el caso de pagos en metálico, facturas en las que conste que fueron pagadas.
e) En caso de que el solicitante haya actuado por medio de un representante, deberá aportar la documentación acreditativa de la representación de la persona que actúe en el nombre de la persona solicitante. Para acreditar la representación podrá emplearse el modelo normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El modelo normalizado se puede descargar en el siguiente enlace: https://sede.xunta.gal/modelos-normalizados
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario aportar los documentos que ya hubieran sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.
De forma excepcional, si no se pudieran obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.
2. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica.
La presentación electrónica será obligatoria para los sujetos obligados a la presentación electrónica de la solicitud. Si alguna de estas personas presenta la documentación complementaria de manera presencial, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquélla en la que fuera realizada la enmienda.
Aquellas personas no obligadas a la presentación electrónica, opcionalmente, podrán presentar la documentación complementaria de manera presencial en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
Siempre que se presenten documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código del procedimiento y el órgano responsable del mismo, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superara los tamaños máximos establecidos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el número anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos .
1. Para tramitar este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos que estén en poder de la Administración actuante o que elaboren las Administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
b) NIF de la entidad solicitante, en su caso.
c) DNI o NIE de la persona representante, en su caso.
d) Certificado de estar al día en las obligaciones tributarias con la AEAT.
e) Certificado de estar al corriente en los pagos con la Seguridad Social.
f) Certificado de estar al corriente en el pago de las deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.
g) Inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas.
h) En su caso, ayudas recibidas por la regla de minimis.
i) Concesión de subvenciones y ayudas.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla habilitada en el formulario correspondiente y aportar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes .
1. La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada.
2. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica también podrán realizarse dichos trámites de manera presencial en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Dos meses
Sentido del silencio:
Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
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Selección de Grupos de Desarrollo Rural y de las estrategias de desarrollo local para la medida Leader de Galicia 2014-2020.
Ayudas LEADER. PDR de Galicia 2014-2020.
Selección de organizaciones candidatas a convertirse en entidades colaboradoras en la medida Leader de Galicia para el período 2023-2027, para la concesión de ayudas orientadas a la adquisición de capacidades y para acciones preparatorias en apoyo del diseño de las futuras estrategias de desarrollo local participativo para el período de programación 2023-2027, cofinanciadas por el fondo Feader, y para la aprobación de estrategias de desarrollo local.
Proyectos de inversión en actividades no agrícolas.