Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
ED305F - Realización de actividades de formación del profesorado en el extranjero.
Convocatoria de plazas para la realización de itinerarios formativos para la mejora de la competencia lingüística y comunicativa en lengua extranjera del profesorado.
1. Las personas solicitantes deben ser funcionarios/as de carrera o funcionarios/as en prácticas de los cuerpos docentes detallados en este artículo, que estén impartiendo docencia en centros educativos públicos de enseñanzas no universitarias. En el caso del funcionariado en prácticas, podrá participar en las actividades formativas siempre y cuando estas se desarrollen fuera del período efectivo de prácticas.
Cada docente realizará una única solicitud con elección por orden de prioridad de las actividades formativas en las que desee participar y la adjudicación será a una de las actividades, según el orden de prioridad marcado, y no quedará como suplente en el resto de actividades solicitadas. En caso de que no se le adjudique ninguna actividad, pasará a estar en el listado de suplentes para todas las actividades solicitadas. Si se le ofrece una plaza, al producirse alguna renuncia en alguna de las actividades solicitadas, tiene que aceptar esa plaza o renunciar a todas, sin posibilidad de optar a otra de las actividades solicitadas en el caso de que hubiera una renuncia posterior.
2. En la modalidad 1: Integración, podrá participar, según las actividades relacionadas en el anexo IV, el siguiente profesorado:
a) Actividad 1. Integración para profesorado de inglés en infantil y primaria.
Profesorado especialista en inglés del cuerpo de maestros que esté impartiendo la lengua extranjera en educación infantil, educación primaria o 1º y 2º de la ESO.
b) Actividad 2. Integración para profesorado de inglés de secundaria y formación profesional.
Profesorado especialista en inglés del cuerpo de profesores o catedráticos de enseñanza secundaria que esté impartiendo inglés en educación secundaria obligatoria, bachillerato o formación profesional.
c) Actividad 3. Integración inglés para profesorado CLIL de ESO y bachillerato.
Profesorado de materias/módulos no lingüísticos impartidos en inglés (en adelante, CLIL en inglés) de los cuerpos de profesores o catedráticos de enseñanza secundaria, que esté participando en los programas de centros plurilingües y/o secciones bilingües, que imparta docencia directa en el aula en educación secundaria obligatoria o bachillerato y que tenga acreditado un nivel B2 o superior en lengua inglesa del MCERL.
d) Actividad 4. Integración inglés para profesorado CLIL de infantil y primaria.
Profesorado CLIL en inglés del cuerpo de maestros que esté participando en los programas de centros plurilingües y/o secciones bilingües, que imparta docencia directa en el aula en infantil, primaria o 1º y 2º de la ESO y que tenga acreditado un nivel B2 o superior en lengua inglesa del MCERL.
e) Actividad 5. Integración inglés para profesorado CLIL de FP.
Profesorado CLIL en inglés que imparte docencia directa en el aula en formación profesional, que esté participando en los programas de plurilingüismo y/o secciones bilingües y que tenga acreditado un nivel B2 o superior en lengua inglesa del MCERL.
f) Actividad 6. Integración en lengua portuguesa para profesorado especialista y CLIL de educación secundaria y FP.
Profesorado de lengua portuguesa y CLIL en portugués que imparta docencia directa en el aula en educación secundaria y formación profesional y que tenga acreditado un nivel B2 o superior en lengua portuguesa del MCERL.
g) Actividad 7. Integración en lengua francesa para profesorado especialista y CLIL de educación primaria, educación secundaria, FP.
Profesorado especialista de francés que imparta docencia en educación primaria, educación secundaria y formación profesional, así como profesorado CLIL en francés que imparta docencia directa en el aula en educación primaria, educación secundaria y formación profesional y que tenga acreditado un nivel B2 o superior en francés del MCERL.
3. En la modalidad 2, Curso en el extranjero, podrá participar, según las actividades relacionadas en el anexo IV, el siguiente profesorado:
a) Actividad 8. Inglés para profesorado especialista de primaria.
Profesorado especialista en inglés del cuerpo de maestros/as que esté impartiendo lengua inglesa en educación infantil, educación primaria o 1º y 2º de la ESO.
b) Actividad 9. Inglés para profesorado especialista de secundaria, formación profesional y EOI.
Profesorado especialista en inglés del cuerpo de profesores o catedráticos de enseñanza secundaria y profesorado o catedráticos de EOI que esté impartiendo inglés en educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional o EOI.
c) Actividad 10. Inglés para profesorado CLIL de infantil y primaria.
Profesorado CLIL en inglés del cuerpo de maestros/as que imparta docencia directa en el aula en educación infantil, educación primaria o 1º y 2º de la ESO y que tenga acreditado un nivel B2 o superior en lengua inglesa del MCERL. De igual modo, podrá participar otro profesorado del cuerpo de maestros/as que imparta docencia directa en el aula, que tenga acreditado un nivel B2 o superior en lengua inglesa del MCERL de acuerdo con el anexo de la Orden de 21 de junio de 2016 por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas del profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de esta consellería.
d) Actividad 11. Inglés para profesorado CLIL de secundaria, formación profesional y enseñanzas de régimen especial, excepto EOI.
Profesorado CLIL en inglés de los cuerpos de profesores o catedráticos de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional o enseñanzas de régimen especial que imparte docencia directa en el aula, en educación secundaria, formación profesional o enseñanzas de régimen especial, excepto en EOI, y que tenga acreditado un nivel B2 o superior en lengua inglesa del MCERL. De igual modo, podrá participar otro profesorado de educación secundaria, formación profesional y enseñanzas de régimen especial que imparta docencia directa en el aula y que tenga acreditado un nivel B2 o superior en lengua inglesa del MCERL.
e) Actividad 12. Francés para profesorado especialista y CLIL de educación primaria, educación secundaria, formación profesional y enseñanzas de régimen especial.
Profesorado especialista en francés y CLIL en francés que imparte docencia directa en el aula en educación primaria, educación secundaria, formación profesional o enseñanzas de régimen especial y que tenga acreditado un nivel B2 o superior en lengua francesa del MCERL. De igual modo, podrá participar otro profesorado que imparta docencia directa en el aula y que tenga acreditado un nivel B2 o superior en lengua francesa del MCERL de acuerdo con el anexo de la Orden de 21 de junio de 2016 por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas del profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de esta consellería.
f) Actividad 13. Portugués para profesorado especialista y CLIL de educación secundaria, formación profesional y enseñanzas de régimen especial.
Profesorado especialista en portugués y CLIL en portugués que imparta docencia directa en el aula en educación secundaria, formación profesional o enseñanzas de régimen especial y que tenga acreditado un nivel B2 o superior en lengua portuguesa del MCERL. De igual modo, podrá participar otro profesorado que imparta docencia directa en el aula y que tenga acreditado un nivel B2 o superior en lengua portuguesa del MCERL de acuerdo con el anexo de la Orden de 21 de junio de 2016 por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas del profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de esta consellería.
g) Actividad 14. Alemán para profesorado especialista y CLIL de educación secundaria, formación profesional y enseñanzas de régimen especial.
Profesorado especialista de alemán y CLIL en alemán que imparta docencia directa en el aula en educación secundaria, formación profesional o enseñanzas de régimen especial y que tenga acreditado un nivel B2 o superior en lengua alemana del MCERL. De igual modo, podrá participar otro profesorado que imparta docencia directa en el aula y que tenga acreditado un nivel B2 o superior en lengua alemana del MCERL, de acuerdo con el anexo de la Orden de 21 de junio de 2016 por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas del profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de esta consellería.
La adjudicación con carácter definitivo de una de las actividades es incompatible con la concesión, en su caso, de licencias por formación para el curso 2024/25 de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Xeral de Ordenación e Innovación Educativa
Subdirección Xeral de Inclusión e Innovación Educativa
San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546532
Email: formaes@edu.xunta.es
Dirección Xeral de Ordenación e Innovación Educativa
Orden de 30 de enero de 2024 por la que se convocan plazas destinadas al profesorado para la realización de itinerarios formativos para la mejora de su competencia lingüística y comunicativa, relativos al Programa integral de aprendizaje de lenguas extranjeras (PIALE) para el año 2024 (DOG nº 41 del 27 de febrero de 2024).
Orden de 17 de julio de 2024 por la que se resuelve definitivamente la convocatoria de plazas destinadas al profesorado para la realización de itinerarios formativos para la mejora de su competencia lingüística y comunicativa, relativos al Programa integral de aprendizaje de lenguas extranjeras (Piale), para el año 2024 (DOG nº 145 del 29 de julio de 2024).
Plazo de presentación: CERRADO
28/02/2024 00:00 - 19/03/2024 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Solicitudes .
1. Las solicitudes (anexo I) se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado accesible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal/ (código de procedimiento ED305F). El procedimiento de solicitud se iniciará a través de la aplicación en línea disponible desde la página web https://www.edu.xunta.gal/piale y se cumplimentará el formulario electrónico que corresponda en función de la actividad en la que desean participar. Una vez cumplimentado este formulario, grabarán los datos en la aplicación en línea, y posteriormente realizarán la presentación a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal/, según las indicaciones disponibles en la aplicación https://www.edu.xunta.gal/piale
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la enmienda.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 ( https://sede.xunta.gal/chave365).
En el caso de presentar más de una solicitud, se admitirá unicamente la última presentada en la sede electrónica da Xunta de Galicia.
2. El modelo de solicitud (anexo I) incluye una declaración responsable por la que la persona solicitante declara que el nivel de conocimiento de lenguas extranjeras del MCERL alegado en la solicitud es el nivel máximo que tiene acreditado en la fecha de presentación de la solicitud, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas del profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de esta consellería (DOG de 26 de abril), modificada por la Orden de 21 de junio de 2016 (DOG de 7 de julio).
Documentación complementaria .
1. Las personas interesadas deberán adjuntar a la solicitud la siguiente documentación:
a) Anexo III, modelo de hoja de autobaremación cubierta en los apartados que correspondan, en el que se relacionen los méritos alegados en el mismo orden que aparecen expuestos en el anexo II.
b) Acreditación de los méritos académicos, profesionales o de cualquier índole que aleguen, que no estén recogidos en su expediente de datos personales. Estos serán justificados mediante los documentos que se especifican en el baremo que se incluye en el anexo II. No se tendrán en cuenta ni se valorarán los méritos alegados y no justificados debidamente, ni los que se aleguen fuera del plazo al que se refiere el artículo 10 de esta convocatoria.
c) Certificado, expedido por la Secretaría del centro, con el visto bueno de la persona directora, en el que consten el área, materia o módulo que imparte la persona solicitante durante el curso académico 2023/24. En caso de que la persona solicitante sea coordinadora de centros plurilingües o del programa de secciones bilingües o profesorado CLIL, también deberá constar esta circunstancia en el certificado.
d) Acreditación del nivel lingüístico según el MCERL, en la lengua o lenguas correspondientes de las actividades solicitadas, excepto para aquellas personas que ya tengan recogida esta información en su expediente de datos personales.
2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la enmienda.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
4. En el caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superara los tamaños máximos establecidos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el apartado anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes .
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos .
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
b) DNI o NIE de la persona representante.
c) Títulos oficiales universitarios.
d) Títulos oficiales no universitarios.
2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla habilitada en el formulario correspondiente y adjuntar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cinco meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Autorización de centros privados para impartir enseñanzas artísticas.
Modificación da autorización de centros de enseñanzas de técnicos deportivos.