Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
PR483D - Fondo de compensación ambiental. Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a Ayuntamientos asociados o agrupados.
Subvenciones destinadas a ayuntamientos asociados o agrupados para la realización de actuaciones que revistan naturaleza productiva y generadora de empleo, en concreto a la realización de actuaciones de inversión y a costes de funcionamiento de los servicios municipales dedicados a la protección del medio ambiente y del espacio natural
Convocatoria de subvenciones de naturaleza competitiva, destinada:
1. A los ayuntamientos de Galicia que formulen petición de manera individual.
2. A los ayuntamientos de Galicia que formulen petición de manera conjunta mediante agrupaciones o asociaciones de ayuntamientos, en los términos del artículo 9.
3. A las mancomunidades de ayuntamientos de Galicia.
4. A los consorcios locales de Galicia, constituidos de acuerdo con la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, siempre que estén participados por uno o varios ayuntamientos.
Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta orden las diputaciones provinciales.
Para poder ser beneficiarios de estas subvenciones, los ayuntamientos, mancomunidades de ayuntamientos y consorcios locales de Galicia deben cumplir el requisito de haber remitido la cuenta general del ejercicio presupuestario 2022 al Consejo de Cuentas de Galicia. Este requisito deberá estar cumplido antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de agrupamientos de ayuntamientos o solicitud conjunta para la gestión compartida, deberán cumplir con este requisito todos los ayuntamientos agrupados o asociados. La falta de acreditación de este requisito por parte de alguno de los ayuntamientos participantes en la solicitud de subvención supondrá la inadmisión de esta.
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Dirección Xeral de Administración Local
R/ Madrid 2-4, 2º. As Fontiñas
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546579
Email: administracionlocal@xunta.gal
Dirección Xeral de Administración Local
Orden de 28 de diciembre de 2023 por la que se regulan los criterios de repartición y se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones de la línea en concurrencia no competitiva y de la línea en concurrencia competitiva del Fondo de Compensación Ambiental para el año 2024, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, destinadas a entidades locales de Galicia (DOG nº 17 del 24 de enero de 2024).
Extracto de la Orden de 28 de diciembre de 2023 por la que se regulan los criterios de repartición y se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones de la línea en concurrencia no competitiva y de la línea en concurrencia competitiva del Fondo de Compensación Ambiental para el año 2024, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, destinadas a entidades locales de Galicia (DOG nº 17 del 24 de enero de 2024).
Orden de 22 de mayo de 2024 por la que se modifica la Orden de 28 de diciembre de 2023 por la que se regulan los criterios de repartición y se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones de la línea en concurrencia no competitiva y de la línea en concurrencia competitiva del Fondo de Compensación Ambiental para el año 2024, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, destinadas a entidades locales de Galicia. (DOG nº 103 de 29 de mayo de 2024).
Plazo de presentación: CERRADO
25/01/2024 00:00 - 26/02/2024 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiere día equivalente al de publicación, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.
Solicitudes .
1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal:
Anexo IV: subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a ayuntamientos asociados o agrupados (PR483D).
2. De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 30/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que fuese realizada la enmienda.
3. Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Documentación complementaria .
1. Los ayuntamientos que presenten solicitud conjunta según lo establecido en el artículo 9 de esta orden deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación general:
a) Declaración responsable firmada electrónicamente por el/la alcalde/sa representante de la asociación o agrupación de ayuntamientos incluida en el anexo II o IV de esta orden, según proceda, en la cual se haga constar, con base en las declaraciones responsables emitidas por los/las alcaldes/sas de cada uno de los ayuntamientos asociados o agrupados participantes en la solicitud:
1. El conjunto de todas las ayudas solicitadas o concedidas para las mismas actuaciones solicitadas al amparo de esta orden de las distintas administraciones públicas competentes o de otros entes públicos, y el compromiso de comunicar de inmediato cuantas ayudas soliciten y/o obtengan de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, a partir de la fecha de esta declaración.
De haber otros ingresos o subvenciones que financien la actividad subvencionada, deberá incluirse una relación detallada de tales ingresos o subvenciones, con indicación del importe y de su procedencia.
2. Que ninguno de los ayuntamientos integrantes de la asociación o agrupación está incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10, puntos 2 y 3, de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, para obtener la condición de beneficiario de una subvención.
A los efectos de lo previsto en el artículo 11.e) y concordantes de la Ley de subvenciones de Galicia, esta declaración será documento suficiente para acreditar que los ayuntamientos están al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, que no tienen pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma y que no son deudores por resolución de procedimiento de reintegro.
3. Los datos de estimación directa e indirecta del número de empleos creados o mantenidos con las actuaciones solicitadas, con especificación del número de contratos y de la duración de cada uno.
4. Que todos los datos contenidos en la solicitud, incluidos los relativos a la cuenta bancaria en que se realizará el pago de la subvención, en su caso, y en los documentos que se aportan son ciertos.
Las declaraciones originales emitidas por los ayuntamientos integrantes de la asociación o agrupación deberán quedar en poder del ayuntamiento representante para su aportación al procedimiento de subvenciones, si fuese requerido para ello por el órgano tramitador.
b) Certificación emitida por la persona secretaria del ayuntamiento representante en el modelo del anexo VII y firmada electrónicamente, en la cual se haga constar, según los acuerdos adoptados por los órganos competentes de cada uno de los ayuntamientos asociados o agrupados y/o en las certificaciones emitidas por las personas secretarias de los ayuntamientos participantes en la solicitud:
1. Que acuerdan solicitar subvención para los gastos de funcionamiento, obras o equipamientos concretos que se pretenden ejecutar al amparo de esta orden, y se aceptan las condiciones de financiación y demás requisitos establecidos en ella.
En dicho acuerdo deberá constar expresamente que se aceptan las condiciones de financiación y demás requisitos establecidos en la orden, y el acuerdo deberá estar adoptado antes del vencimiento del plazo de presentación de solicitudes.
El acuerdo estará referido a todas las actuaciones que integran el proyecto, por lo que deberá consignarse la denominación y presupuesto de cada una, así como el presupuesto total.
El incumplimiento de estos requisitos constituirá causa de inadmisión de la solicitud.
2. El nombramiento del/de la alcalde/sa representante con poderes suficientes para cumplir con todas las obligaciones, que como entidad beneficiaria, corresponden a la agrupación o asociación y que actuará como coordinador/a, interlocutor/a, perceptor/a y justificador/a de la ayuda.
3. El compromiso solidario de ejecución y de aplicación solidaria de la subvención.
4. Que todos los ayuntamientos participantes en la solicitud remitieron la cuenta general del ayuntamiento al Consejo de Cuentas de Galicia correspondientes al ejercicio presupuestario 2021, según exige el artículo 8.1. En esta certificación deberá quedar acreditado que la remisión se efectuó antes del vencimiento del plazo de presentación de solicitudes.
Los acuerdos deberán estar adoptados y las cuentas remitidas antes del vencimiento del plazo de presentación de solicitudes. El incumplimiento de estos requisitos o la falta da referencia expresa al contenido determinado en los puntos 1, 2, 3 y 4 anteriores, aunque afecte a una sola de las entidades agrupadas o asociadas, determinará la inadmisión de la solicitud conjunta.
Los acuerdos originales emitidos por los ayuntamientos integrantes de la asociación o agrupación, así como las certificaciones emitidas por las personas secretarias de estos ayuntamientos, entre las cuales estará, en todo caso, la certificación de plena disponibilidad de los terrenos emitida por la persona secretaria del ayuntamiento en que se van a ejecutar las obras, deberán quedar en poder del ayuntamiento representante para su aportación al procedimiento de subvenciones, si fuese requerido para ello por el órgano tramitador.
c) Memoria justificativa: la entidad solicitante deberá aportar una memoria justificativa de las actuaciones para las cuales solicita subvención, firmada electrónicamente por el alcalde o alcaldesa representante, con el siguiente contenido:
1. Justificación de la adecuación de las actuaciones para las cuales se solicita subvención a los criterios de subvencionabilidad establecidos en el artículo 4 de esta orden.
2. Memoria de ahorro de costes, en la cual se hará constar en cuadro comparativo la diferencia de los costes de la ejecución compartida respecto de la ejecución individual por cada ayuntamiento participante.
En este cuadro comparativo se consignarán el importe del presupuesto de la actuación conjunta y los importes en euros que representen el cálculo del coste que la ejecución individual de la actuación produciría para cada uno de los ayuntamientos.
En la línea en concurrencia competitiva, esta memoria deberá redactarse con el grado de concreción adecuado para facilitar su valoración según los criterios establecidos en el artículo 24.3, para lo cual contendrá las razones que justifican la necesidad de las actuaciones para las cuales se solicita subvención.
2. Además de la documentación general indicada en el punto 1 de este artículo, las agrupaciones o asociaciones de ayuntamientos solicitantes deberán presentar la siguiente documentación específica, según proceda:
a) Solicitudes para gastos de funcionamiento. En las solicitudes para gastos de funcionamiento, la entidad solicitante deberá adjuntar:
1. Una memoria de los servicios para los cuales se solicita subvención, firmada electrónicamente por el alcalde o por la alcaldesa representante, que contendrá la descripción y el presupuesto detallado de los gastos de funcionamiento para los cuales se solicita subvención.
2. Certificación a la que se refiere el artículo 6, emitida y firmada electrónicamente por la secretaría del ayuntamiento representante de la entidad solicitante en el modelo del anexo VII, relativa a la vinculación del gasto con el servicio o servicios municipales que tengan asignadas las funciones de protección del medioambiente y del espacio natural.
b) Solicitudes para obras. En las solicitudes para obras deberá presentarse la siguiente documentación:
1. Certificación emitida y firmada electrónicamente por la persona secretaria del ayuntamiento representante, en el modelo del anexo VII, referida a la plena disponibilidad de la entidad solicitante sobre los terrenos y fincas donde la agrupación/asociación de ayuntamientos pretende realizar las actuaciones. Deberá quedar acreditado que todos los ayuntamientos en que se vayan a realizar las actuaciones, antes del vencimiento del plazo de presentación de solicitudes, tienen la plena disponibilidad sobre los terrenos o fincas. El incumplimiento de estos requisitos, aunque afecte a una sola de las entidades participantes, constituirá causa de inadmisión de la solicitud de la agrupación de ayuntamientos.
2. El proyecto o anteproyecto de la obra que se vaya a realizar, con el siguiente contenido mínimo:
a. Memoria explicativa.
b. Presupuesto detallado, desglosado a nivel de partida, con indicación de las unidades y precios de cada una. En ningún caso se admitirán presupuestos a tanto alzado.
c. Planos a escala y detalle suficientes para describir las actuaciones.
c) Solicitudes para equipamiento. En las solicitudes para equipamiento deberá presentarse una memoria explicativa de los equipamientos para los cuales se solicita subvención, firmada electrónicamente por el alcalde o por la alcaldesa representante de la entidad solicitante, que contendrá la descripción y el presupuesto detallado del equipamiento solicitado.
3. Junto con la solicitud de subvención podrá presentarse el convenio de colaboración suscrito entre las partes, con los requisitos y contenido obligatorio establecidos en el artículo 12. De optar por presentarlo junto con la solicitud, ya no será preceptivo aportarlo en el plazo determinado en el artículo 12.4.
4. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, será requerida para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en que sea realizada la enmienda.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
5. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, deberá indicarse el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
6. En caso de que alguno de los documentos que se presente de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el punto anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cuatro meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
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Fondo de compensación ambiental. Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva la Entidades Locales
Fondo de compensación ambiental. Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a ayuntamientos para adquisición de vehículos alternativos mediante o sistema de renting con destino aos corpos de Policía Local.
Distribución del fondo adicional al fondo de cooperación local destinado a ayuntamientos para participación en comunidades energéticas.
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dentro del plan específico de acción comunitaria destinado a asociaciones vecinales, confederaciones, federaciones o uniones de asociaciones de vecinos, comunidades de usuarios de aguas y asociaciones de mujeres rurales de Galicia.