Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
MT724A - Ayudas para estudios e inversiones vinculadas a la conservación, recuperación y rehabilitación del patrimonio natural y cultural y a la sensibilización ecológica en la red de reservas de la biosfera de Galicia, cofinanciado con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 en Galicia.
El objeto de este procedimiento es la tramitación de las ayudas dirigidas a promover la conservación y valorización del patrimonio natural y cultural de zonas rurales con un elevado y contrastado valor natural como son las reservas de la biosfera.
Así mismo, a través de esta orden se convocan las ayudas correspondientes a los ejercicios presupuestarios de los años 2024 y 2025 en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva que serán cofinanciadas por el Feader.
1. Podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas los ayuntamientos incluidos en el ámbito territorial de cualquiera de las reservas de la biosfera de Galicia (anexo XII, que acompaña esta orden).
2. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta orden otras entidades locales y agrupaciones de ayuntamientos.
3. Son requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria los enumerados en los puntos 1, 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.
4. Las ayudas de esta convocatoria se aplicarán a las actuaciones que se desarrollen en zonas rurales ubicadas en cualquiera de las reservas de la biosfera de Galicia, dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma gallega.
Xunta de Galicia
Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático
Dirección Xeral de Patrimonio Natural
San Lázaro, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981547240
Email: dxpn.cmatv@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático
Dirección Territorial da Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático de A Coruña
Servizo de Patrimonio Natural da Coruña
Rúa Vicente Ferrer, nº 2
15008 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981184838
Xunta de Galicia
Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático
Dirección Territorial da Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático de Lugo
Rolda da Muralla, s/n
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294393/ 982294989
Xunta de Galicia
Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático
Dirección Territorial da Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático de Ourense
Rúa Paseo, nº 18 - 5º
32003 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386569
Xunta de Galicia
Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático
Dirección Territorial da Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático de Pontevedra
Rúa Mª Victoria Moreno, nº 43 - 2º
36003 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986805097/ 986805469
Dirección Xeral de Patrimonio Natural
Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG nº 121 del 25 de junio de 2007).
Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG nº 20 del 29 de enero de 2009).
Corrección de errores.-Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG nº 61 del 30 de marzo de 2009).
Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno (DOG nº 30 de 15 de febrero de 2016).
Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG nº 39 del 26 de febrero de 2021).
Corrección de errores. Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG nº 51 del 16 de marzo de 2021).
Orden de 19 de marzo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para los años 2024 y 2025 de las ayudas para estudios e inversiones vinculadas a la conservación, recuperación y rehabilitación del patrimonio natural y cultural y a la sensibilización ecológica en la Red de reservas de la biosfera de Galicia, cofinanciado con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 de Galicia, en régimen de concurrencia competitiva (DOG nº 65 del 3 de abril de 2024).
Extracto de la Orden de 19 de marzo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para los años 2024 y 2025 de las ayudas para estudios e inversiones vinculadas a la conservación, recuperación y rehabilitación del patrimonio natural y cultural y a la sensibilización ecológica en la Red de reservas de la biosfera de Galicia, cofinanciado con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 de Galicia, en régimen de concurrencia competitiva (DOG nº 65 del 3 de abril de 2024).
Resolución del 29.12.2021 de aprobación de los planes de riesgos de gestión y medidas antifraude de los centros directivos y entidades adscritas a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda.
Plan General de Prevención de Riesgos de Gestión y Medidas Antifraude aprobado por acuerdo del Consello de la Xunta de 10 de diciembre de 2021.
Circular de coordinación 37/2023 relativa al Plan nacional de controles de las Intervenciones de desarrollo rural no establecidas en el ámbito del sistema integrado del período 2023/2027 incluidas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
Ley 38/2003, del 17 de Noviembre, general de subvenciones (BOE nº 276 del 18 de noviembre de 2003).
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio , por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 176 de 25 de julio de 2006).
Corrección de errores del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 270 de 11 de noviembre de 2006).
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236 de 2 de octubre de 2015).
lan estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC) de España para la ayuda de la Unión financiada por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, aprobado por la Decisión de ejecución de la Comisión C (2022) 6017 final, de 31 de agosto de 2022
Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas (BOE nº 308 de 24 de diciembre de 2022)
Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico 2023-2027 y otras ayudas de la Política Agrícola Común (BOE nº 312 de 29 de diciembre de 2022)
Real decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se modifican varios reales decretos por los que se regulan distintos aspectos relacionados con la aplicación en España de la Política Agrícola Común para el período 2023-2027 (BOE nº 51 de 1 de marzo de 2023)
Instrucción ARX PEPAC 01/2023 Información, Publicidad y Visibilidad.
Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, del 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común, por el que se deroga el reglamento (UE) nº 1306/2013 (DOUE nº 435, de 6 de diciembre de 2021)
Reglamento (UE) 2021/2115 de él Parlamento Europeo y de él Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por él que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en él marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por él que se derogan los Reglamentos (UE) nº 1305/2013 y (UE) nº 1307/2013. (DOUE nº 435, de 6 de diciembre de 2021)
Reglamento de ejecución (UE) 2022/129 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2021, por lo que se establecen normas para los tipos de intervención relativos a las semillas oleaxinosas, al algodón y a los subprodutos de la vinificación en virtud del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, así como para los requisitos en materia de información, publicidad y visibilidad relacionados con la ayuda de la Unión y los planes estratégicos de la PAC.
Plazo de presentación: CERRADO
04/04/2024 00:00 - 03/05/2024 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia e irán dirigidas al Servicio de Patrimonio Natural de la jefatura territorial correspondiente de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda. Se entenderá como último día de plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.
Si el último día de plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.
Solicitudes .
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las entidades interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuese realizada la enmienda.
Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Documentación complementaria .
1. Las personas interesadas deberán entregar con la solicitud (anexo I), la siguiente documentación:
a) Acreditación de la persona representante que figure en la solicitud por cualquier medio válido en derecho de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
b) Memoria técnica de las actuaciones (anexo II) firmada por personal técnico competente justificativa de las actuaciones, que a su vez, contendrá la siguiente documentación mínima:
1º. La descripción de trabajos o actividades que indiquen el espacio en el que se va a trabajar.
2º. Indicación de la superficie de actuación y de los objetivos ambientales a los que contribuirá.
3º. Relación valorada por capítulos.
4º. Planos de localización y de detalle, así como un archivo compatible SIG con la delimitación de la superficie prevista de actuación.
5º. Presupuesto detallado y con el IVA desglosado.
6º. Calendario y plazo aproximado de ejecución.
c) Certificación expedida por la persona titular de la secretaría del ayuntamiento relativa a la resolución adoptada por el órgano local competente, en la cual se dispone solicitar la subvención regulada en esta orden.
2. Las solicitudes (anexo I) que en el momento de su presentación no vengan acompañadas del anexo II con la memoria señalada en el artículo 9.1.b) (memoria técnica con la totalidad de sus contenidos mínimos desarrollados) serán automáticamente inadmitidas.
3. Deberán presentar, además, la siguiente documentación:
a) En caso de prever actuaciones sobre bienes inmuebles o terrenos de titularidad de la entidad solicitante, certificación expedida por la persona titular de la secretaría del ayuntamiento relativa a la titularidad municipal del bien.
b) En caso de que la persona solicitante no sea titular de la propiedad donde se hayan previsto ejecutar las actuaciones, certificación de la persona titular o titulares de su disponibilidad o, en su defecto, declaración responsable de conformidad y disponibilidad de los terrenos (anexo VI).
c) En caso de entidades arrendadoras, documento que acredite esa condición.
d) En caso de prever recurrir a medios propios de la entidad, se presentará la documentación del proyecto desglosado diferenciando el coste de la mano de obra que se va a usar junto con sus previsibles costes materiales. Se presentará, como mínimo, además de los datos indicados en el anexo II, la siguiente documentación:
1º. Presupuesto completo del proyecto de obra que debe detallar la cantidad total de horas de las diferentes categorías profesionales que intervienen en la ejecución de cada una de las distintas unidades de obra del proyecto. El coste horario de la mano de obra se calculará en base al coste que suponen las nóminas de las personas trabajadoras con las que se va a ejecutar la obra.
Asimismo, el presupuesto hará una previsión de la necesidad de compra de materiales o empleo de los propios con la correspondiente imputación de los costes de su amortización.
2º. Informe elaborado por el personal técnico redactor del proyecto en el que se describa en qué va a consistir tal entrega (materias primas, mano de obra, bien de equipo...), diferenciando si se trata de una aportación para todo el proyecto o bien para unidades de obra concretas:
i. Cuando la mano de obra participe en todo el proyecto, se deberá entregar un documento del proyecto denominado «Justificación de precios» en el que se totalice el número de horas necesarias por categorías para su realización y las unidades de material empleadas.
ii. Cuando la aportación en especie se produzca en unidades de obra concretas, el personal técnico redactor tendrá que especificar, en cada una de las unidades, el número de horas aportadas y las unidades de material empleadas.
e) En el caso de actuaciones que no tengan naturaleza de inversión como las campañas de concienciación ambiental, las actividades de información y/o sensibilización para la conservación del patrimonio natural, la declaración responsable de no inicio de actuaciones (anexo VII) recogida en el artículo 6.3 de esta orden en la que se acredite que las actuaciones no fueron iniciadas antes de la presentación de la solicitud de ayuda.
f) Para todos los gastos incluidos en la solicitud de ayuda, se deberá acreditar la moderación de costes de acuerdo con lo establecido en el artículo 82 del Real decreto 1047/2022, de 27 de diciembre.
Para ello se deberán presentar tres ofertas de proveedores diferentes presupuestando la ejecución de aquellas unidades de obra que se prevea ejecutar mediante contratación. Las ofertas presentadas para cada gasto deberán cumplir los siguientes requisitos:
1º. Los precios de las unidades deben ajustarse al valor de mercado.
2º. Deberán incluir, como mínimo, el NIF, nombre y dirección de la empresa oferente, el nombre o razón social de la persona solicitante de la ayuda, la fecha de expedición y una descripción detallada de los conceptos ofertados. Para que la descripción de los conceptos se considere detallada deberá incluir, en el caso de obra civil e instalaciones, la relación pormenorizada, cuantificada y desglosada de las unidades de obra que incluye; en el caso de suministro de maquinaria y equipamientos, su marca, modelo, así como características técnicas; y en el caso de prestación de servicios, la descripción detallada de estos.
3º. Deberán incluir los mismos conceptos para ser comparables entre ellas desde un punto de vista técnico-económico.
4º. Deberán proceder de empresas que tengan como objeto social la fabricación o suministro de los bienes o servicios incluidos en la oferta.
5º. No podrán proceder de empresas vinculadas entre ellas, ni con la persona solicitante, en los términos establecidos en la legislación de contratos del sector público.
6º. Deberán presentarse debidamente selladas y/o firmadas por la empresa o representante de la empresa ofertante.
No se considerarán admisibles las ofertas presentadas que no reúnan estos requisitos, lo que podrá dar lugar a la exclusión como subvencionable del gasto justificado con esa oferta.
Excepcionalmente, en el caso de conceptos subvencionables que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren, la moderación de costes podrá justificarse alternativamente mediante un informe de una persona tasadora o perita, o de un organismo público autorizado en el que se determine justificadamente su valor de mercado.
g) En el caso de actuaciones dirigidas a la recuperación de elementos tradicionales del paisaje rural o necesarios para el mantenimiento del paisaje agrario tradicional como hórreos, milladoiros, cabañas, fuentes, alvarizas, molinos, etc. deberá presentarse un informe favorable/autorización de la Dirección General de Patrimonio Cultural en el que se acredite que no se trata de un bien de interés cultural o catalogado o, por lo menos, su solicitud.
h) En su caso, cualquier otra autorización o permiso necesario para llevar a cabo la intervención o, por lo menos, su solicitud.
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, no será necesario entregar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la entidad interesada ante cualquier Administración. En este caso, la entidad interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán demandados de manera electrónica a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la entidad interesada.
De forma excepcional, si no se pudieran obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la entidad interesada su aportación.
4. La documentación complementaria se presentará electrónicamente.
Si alguna de las entidades interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.
Las interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias entregadas por la entidad interesada, para lo que podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
5. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.
6. En el caso de que alguno de los documentos que se fuese presentar de forma electrónica superase los tamaños máximos establecidos o tuviese un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el punto anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos .
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) NIF de la entidad solicitante.
b) DNI o NIE de la persona representante.
c) Certificación de la titularidad del inmueble o parcela.
d) Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social.
e) Certificado de estar al corriente en el pago con la Consellería de Hacienda y Administración Pública.
f) Certificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
g) Consulta de concesión de subvenciones y ayudas.
h) Consulta de inhabilitaciones para la concesión de subvenciones o ayudas.
2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y entregar los documentos.
3. Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
4. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes .
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona solicitante disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Cuatro meses
Sentido del silencio: Negativo
- Fase Posterior
- Renuncia (Anexo III)
- Solicitud de pago (Anexo V)
- Porcentaje de superficie incluida en la red natura 2000 (Anexo XI)
- Memoria de actividades de actuaciones sin naturaleza de inversión (Anexo VIII)
- Solicitud de anticipo (Anexo IV)
- Condicionado de las actuaciones (Anexo IX)
- Términos municipales que conforman las reservas de la biosfera dentro de la Comunidad Autónoma de Galicia (Anexo XII)
- Declaración de subvenciones recibidas (Anexo II)
- Cartel (Anexo X)
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Aprobación del plan anual de aprovechamiento cinegético.
Aprobación de la renovación del plan de ordenación cinegética.
Comunicación previa de las cacerías que se realicen bajo la modalidad de batida, montería, espera y rececho.
Autorización para cazar en zona de seguridad.
Ayudas para actuaciones de municipios y entidades en las reservas de la biosfera de Galicia con cargo al PRTR - financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
Ayudas para actuaciones por parte de los órganos de gestión de las reservas de la biosfera de Galicia con cargo al PRTR – financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.