Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
PL500F - Convocatoria de lectorados de lengua, literatura y cultura gallegas.
Se anuncia la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva y con sometimiento a los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad, mérito y capacidad, de cinco (5) plazas en los lectorados de lengua, literatura y cultura gallegas para el año 2024 en los centros de estudios gallegos.
1. Podrán participar en esta convocatoria las personas que cumplan los siguientes requisitos:
– Estar en posesión de la nacionalidad española o de cualquiera de los países miembros de la Unión Europea.
– No padecer enfermedad o limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desarrollo de las actividades objeto de esta convocatoria.
– No encontrarse incluidas en ninguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
a) Titulación académica:
Podrá solicitar cualquiera de las plazas ofertadas quien esté en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
• Licenciatura en Filología Gallega.
• Licenciatura en Filología Románica.
• Grado en Lengua y Literatura Gallegas.
• Grado en Estudios de Gallego y Español.
• Grado en Ciencias del Lenguaje y Estudios Literarios.
• Grado en Filología Aplicada Gallega y Española.
• Grado en Gallego y Portugués: Estudios Lingüísticos y Literarios.
b) También se podrá presentar quien esté en posesión de alguna de las titulaciones del Área de Humanidades o del Área de Ciencias Sociales y Jurídicas, siempre que, como mínimo, acredite 18 créditos de lengua gallega y esté en posesión del Celga 4 y, en el caso de universidades de fuera de España, 21 créditos en materias de la lengua oficial del país en el que se localice el lectorado solicitado o, en lugar de estos, 21 créditos en materias de inglés.
c) Además de la titulación académica exigida, para poder solicitar la plaza de la Universidad de Varsovia (Polonia) deberá estar en posesión de estudios de posgrado (máster) en áreas afines a las mencionadas en este artículo, siempre que tenga una especialización en gallego.
d) Además de la titulación académica exigida, para la plaza de la Universidad de Leipzig (Alemania) se establece, como mérito, la titulación de Traducción, por la que la persona candidata recibirá 2 puntos, dado el perfil de la plaza.
2. También podrán participar los lectores o lectoras que, antes de finalizar el período máximo de estancia, se vean obligados a cesar en su condición por causas ajenas a su voluntad, siempre que esta circunstancia no derive de la resolución de un procedimiento de tipo disciplinario.
3. Quedan excluidas aquellas personas que sean lectores o lectoras de lengua, literatura y cultura gallegas, o que lo hayan sido en su momento, excepto en los supuestos de cobertura provisional previstos en el artículo 14.
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Secretaría Xeral da Lingua
Subdirección Xeral de Política Lingüística
Servizo de Formación, Asesoramento e Proxección Exterior da Lingua
Rúa de San Roque, nº 2
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881996307
Email: sxpl.formacion@xunta.gal
Secretaría Xeral da Lingua
Orden de 13 de mayo de 2024 por la que se aprueban las bases y se anuncia la convocatoria pública de plazas en los lectorados de lengua, literatura y cultura gallegas para el año 2024 (DOG nº 101 del 27 de mayo de 2024).
Extracto de la Orden de 13 de mayo de 2024 por la que se aprueban las bases y se anuncia la convocatoria pública de plazas en los lectorados de lengua, literatura y cultura gallegas para el año 2024 (DOG nº 101 del 27 de mayo de 2024).
Corrección de errores. Orden de 13 de mayo de 2024 por la que se aprueban las bases y se anuncia la convocatoria pública de plazas en los lectorados de lengua, literatura y cultura gallegas para el año 2024 (DOG nº 106 del 3 de junio de 2024).
Plazo de presentación: CERRADO
28/05/2024 00:00 - 27/06/2024 23:59
1. El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y el establecido para su enmienda, se publicarán en la página web de la Secretaría General de la Lengua y en su tablón de anuncios los listados provisionales de admitidos y excluidos –con indicación de la causa que origina esta situación– y de desistidos.
A la vista de los listados anteriores, las personas interesadas dispondrán de un plazo de cinco (5) días para presentar una reclamación.
Solicitudes .
1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I), disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará fecha de presentación de la solicitud aquella en la que se haya realizado la enmienda.
Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
2. Las personas interesadas podrán solicitar, como máximo, tres (3) destinos, que deberán relacionar en el anexo I por orden de preferencia.
3. Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se notificará a la persona interesada para que, en un plazo de diez (10) días, enmiende los errores o acompañe los documentos preceptivos. Una vez que transcurra dicho plazo sin que se produzca la enmienda, se considerará que desiste de su petición.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes .
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, que estará disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Documentación complementaria .
1. Las personas interesadas deberán aportar, junto con la solicitud, la siguiente documentación:
a) Documento acreditativo de su identidad, en el caso de que las personas solicitantes sean extranjeras que no dispongan de NIE.
b) Currículo, en el que deben figurar todos los méritos alegados.
c) Justificantes de los méritos alegados en el currículo, en el mismo orden en el que aparezcan relacionados en este.
d) Para cada destino solicitado, un proyecto didáctico de docencia en prácticas aplicable a la universidad solicitada, que incluirá como primer punto la explicación de los motivos de su solicitud.
La extensión del proyecto didáctico no deberá superar las 25 páginas, mecanografiadas con un interlineado de espacio y medio, con un tipo de letra no superior a 14 puntos y presentadas en formato A4.
e) Copia de la titulación universitaria, en el caso de titulaciones de universidades extranjeras, o acreditación de que ha sido solicitada.
f) En relación con la titulación exigida (nacionales o extranjeros), una copia de la certificación académica personal o la acreditación de que ha sido solicitada, en la cual debe constar la nota media del expediente académico, calculada en función de lo dispuesto en la Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, de 15 de septiembre de 2011 (DOG núm. 188, de 30 de septiembre).
2. Los méritos alegados en el currículo se justificarán en la forma indicada para la documentación complementaria. Los justificantes se dispondrán a continuación del currículo, en el mismo orden en que aparezcan relacionados en este.
No se valorará ningún mérito que no conste explícitamente en el currículo o que, en el caso de figurar, no se justifique adecuadamente o se haga fuera del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de publicaciones, se justificarán mediante el envío digital de la obra, a la cual se añadirán, en su caso, la capa, la contracapa, la hoja que contenga el ISBN, ISSN o depósito legal y el índice. De tratarse de publicaciones extensas, se permitirá la presentación de estas de forma presencial dentro de los plazos previstos. Se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
Los justificantes de los méritos redactados en un idioma distinto a los oficiales en Galicia, para ser valorados, deberán acompañarse de una traducción a alguno de estos idiomas, e incluirán al pie una declaración responsable firmada, con una leyenda que haga constar que se trata de una traducción fiel del documento.
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario aportar los documentos que ya hubiesen sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.
De forma excepcional, si no se pueden obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada que los aporte.
3. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la enmienda.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
4. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
5. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superara los tamaños máximos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el apartado anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
6. La documentación se presentará en el siguiente orden: solicitud, documento acreditativo de la identidad (en su caso), titulación académica, certificación académica personal, currículo, justificantes de los méritos alegados en este (en el mismo orden en que aparezcan relacionados en él) y proyecto/s didáctico/s.
Comprobación de datos .
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos que obren en poder de la Administración actuante o que hayan sido elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
b) Consulta de títulos universitarios oficiales, en el caso de titulaciones expedidas por universidades españolas.
c) Certificado de estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).
d) Certificado de estar al corriente en el pago a la Seguridad Social.
e) Certificado de estar al corriente en el pago de las obligaciones a la Agencia Tributaria de Galicia (Atriga).
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y aportar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de dichos datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Cuatro meses
Sentido del silencio:
Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Ayudas para los proyectos de fomento del uso del gallego de los centros de titularidad pública de Galicia que imparten enseñanzas regladas de niveles no universitarios.
Ayudas para los proyectos de fomento del uso del gallego de los centros de titularidad privada de Galicia que imparten enseñanzas regladas de niveles no universitarios.