Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
TR852B - Ayudas destinadas a la realización de actividades en el ámbito de prevención de riesgos laborales.
Concesión de subvenciones, por la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad, Dirección General de Relaciones Laborales, mediante el régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales: acciones de información y promoción del cumplimiento de la normativa, acciones de asistencia técnica y acciones de formación.
1. Podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas:
Línea 1:
Las asociaciones sindicales intersectoriales, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, constituidos al amparo de la Ley orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical, y las asociaciones empresariales intersectoriales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical.
Esta línea tiene un presupuesto total de 362.510,4 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 11.40.324A. 481.1 y código de proyecto 2023 00244 que se distribuirá del siguiente modo, 181.255,2 euros para las asociaciones empresariales intersectoriales y 181.255,2 euros para las organizaciones sindicales intersectoriales.
Línea 2:
a) Las asociaciones empresariales gallegas sectoriales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical.
b) Las organizaciones sindicales con representatividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, tanto de carácter sectorial como intersectorial.
c) Las fundaciones sectoriales paritarias para la promoción de la prevención de la seguridad y salud laboral, nacidas de la negociación colectiva o de acuerdos sectoriales, con sede y actividad en Galicia.
d) Asociaciones profesionales de personas trabajadoras autónomas registradas según lo establecido en el Decreto 406/2009, de 22 de octubre, que recojan expresamente en sus estatutos que tienen entre sus fines el fomento da prevención de riesgos laborales.
Esta línea tiene un presupuesto de 241.673,6 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 11.40.324A.481.1 código de proyecto 2023 00244, que se distribuirá del siguiente modo: 120.836,8 euros para las asociaciones empresariales y asociaciones profesionales de personas trabajadoras autónomas y 120.836,8 euros para las organizaciones sindicales y fundaciones sectoriales paritarias.
2. En el caso de que el solicitante sea una fundación u otra entidad constituida por una organización sindical o asociación empresarial, substituirá a esta última para todos los efectos previstos en esta orden.
3. La entidad solicitante deberá designar una única persona responsable y de contacto con el órgano instructor, para el seguimiento y control de los aspectos técnicos de todas las acciones incluidas en la solicitud, que se identificará en el anexo I por su nombre, teléfono y correo electrónico.
4. De acuerdo con lo expuesto en el artículo 8.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, cuando la entidad beneficiaria sea una persona jurídica, los miembros asociados de la entidad beneficiaria que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero tendrán, igualmente, la consideración de entidades beneficiarias.
5. Asimismo, de acuerdo con lo expuesto en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, podrán acceder a la condición de entidad beneficiaria las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, las actividades o los comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.
6. Las entidades beneficiarias deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
1. Cumplir con el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.
2. Acreditar en los plazos establecidos, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinaron la concesión o goce de la subvención.
3. El sometimiento a las actuaciones de control, comprobación e inspección que efectuará la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad, a las de control financiero que correspondan, en su caso, a la Intervención General de la Comunidad Autónoma, a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y al Consejo de Cuentas, o a otros órganos que proceda, así como la obligación de facilitar información, tal como establece el artículo 11.c) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
4. Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ingresos o recursos para la mesma finalidad procedentes de otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, y la aplicación dada a los anteriores. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca, y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
5. Conservar y proporcionar al órgano de seguimiento, cuando este lo solicite, todos los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
6. Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la entidad beneficiaria en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean necesarios, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
7. Dar la adecuada publicidad de carácter público del financiamiento de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención en los términos reglamentariamente establecidos; en concreto, deberá consignarse la leyenda «con el financiamiento de» y el anagrama de la Xunta de Galicia (https://www.xunta.gal/identidade-corporativa/a-marca) en todas las actividades de difusión, y en el material que se realice con motivo de las actuaciones realizadas al amparo de esta orden de convocatoria, y también deberá observarse lo dispuesto en la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal, así como cualquier otra de las obligaciones establecidas en el artículo 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
8. Cualquier otra de las obligaciones establecidas en los artículos 11 y 45 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
9. Deberán estar, con independencia de su cuantía, tanto antes de dictarse la resolución de concesión como de proceder al cobro de las subvenciones, al corriente en sus obligaciones tributarias y sociales y no tener pendiente de pago ninguna deuda, por ningún concepto, con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia.
10. Las actividades subvencionables y sus entregables elaborados por la entidad beneficiaria, así como su difusión podrán ser realizados en idioma gallego y castellano, pero, en todo caso, deberán realizarse en gallego.
11. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 33 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.
7. No podrán ser entidades beneficiarias:
a) Las entidades y organizaciones en quien concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10, apartados 2 y 3, de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
b) Las administraciones públicas, las sociedades públicas, ni las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas.
c) Las organizaciones que se encuentren integradas en una entidad de ámbito federal o confederal más amplia, cuando la federación o confederación de la que formen parte sea también beneficiaria de esta subvención.
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
Subdirección Xeral de Relacións Laborais
Servizo de Relacións Laborais, Seguridade e Saúde Laboral
Edificio Administrativo San Lázaro
15703 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981957758
Email: relacionslaborais.emprego@xunta.gal
Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
Orden de 23 de octubre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la realización de actividades en el ámbito de prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, y se procede a su convocatoria en la Comunidad Autónoma de Galicia en los ejercicios 2023 y 2024 (DOG nº 207 del 31 de octubre de 2023).
Extracto de la Orden de 23 de octubre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la realización de actividades en el ámbito de prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, y se procede a su convocatoria en la Comunidad Autónoma de Galicia en los ejercicios 2023 y 2024 (DOG nº 207 del 31 de octubre de 2023).
Resolución de 15 de enero de 2024, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se publican las ayudas concedidas en virtud de la Orden de 23 de octubre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la realización de actividades en el ámbito de prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, y se realiza su convocatoria en la Comunidad Autónoma de Galicia en los ejercicios 2023 y 2024 (DOG nº 26 del 6 de febrero de 2024).
Plazo de presentación: CERRADO
01/11/2023 00:00 - 30/11/2023 23:59
1. El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. A estos efectos, se entenderá como último día de plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de publicación en el DOG. Si en el mes de vencimiento non hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes y, si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
2. Cada entidad solicitante presentará una única solicitud de ayudas por línea. En el caso de que se presentase más de una solicitud, solo será tenida en cuenta aquella que se presentó en primer lugar.
3. Para las acciones previstas en la línea 1 que soliciten las organizaciones que se integren en otra entidad que también sea solicitante, se considerará únicamente la de la entidad que tenga un ámbito territorial más amplio.
Solicitudes .
1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que sea realizada la enmienda.
Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
2. Todos los requisitos exigidos a las entidades solicitantes se entenderán cumplidos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Documentación complementaria .
1. Las personas interesadas deberán adjuntar con la solicitud la siguiente documentación:
a) En el caso de las agrupaciones a las que se refiere el artículo 4.4, se deberá adjuntar:
1º. Certificado expedido por quien desempeñe estas facultades en la organización, de acuerdo con sus estatutos, en que se acredite la condición de miembro asociado integrante de la asociación.
2º. Copia del compromiso de ejecución formalizado por las entidades asociadas o agrupadas, suscrito por la representación legal de estas, concretando qué partes del proyecto realizará cada entidad.
3º. Compromiso de responsabilidad solidaria de sus miembros y de no disolución en tanto non hayan transcurrido los plazos de prescripción legalmente previstos.
b) En el caso de las agrupaciones a las que se refiere el artículo 4.5, además de lo indicado en el apartado a) anterior, se deberá adjuntar:
1º. Nombramiento de una persona representante o apoderada única de la asociación o agrupación, con poderes bastantes para cumplir con las obligaciones de las entidades beneficiarias.
2º. Copia del instrumento de formalización de la asociación o agrupación.
c) Documentación para la solicitud de acciones:
1º. Acción solicitada, según el anexo II. En la solicitud se deberá recoger el conjunto de todas las acciones solicitadas, individualizando por cada una de ellas en el anexo II, especificando su coste. Se indicará si la entidad colabora en la financiación y, en su caso, la cantidad que adjunta. De colaborar en la financiación del coste total, para el caso de que se concedan importes inferiores, debe mantenerse, por lo menos, el porcentaje de cofinanciación inicial.
2º. Vida laboral de la entidad solicitante de los 30 días inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud, o un certificado firmado por la persona competente de que la entidad no tiene personas trabajadoras contratadas.
3º. Presupuesto total de lo solicitado por acciones (anexo III).
4º. De conformidad con lo establecido en el artículo 29.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley de contratos del sector público para el contrato menor, la entidad beneficiaria deberá solicitar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación, excepto lo establecido en el artículo 12.3 de esta orden de convocatoria.
5º. Documentación acreditativa de la representación legal suficiente para actuar en nombre de la entidad solicitante.
d) En el caso de presentar la solicitud para acciones de información y promoción del cumplimiento de la normativa, de las líneas 1 y 2:
1º. En el caso de que un mismo proyecto implique distintas acciones, se cubrirá un anexo II por cada acción. En el encabezamiento de cada una de ellas deberá constar:
– La línea de ayudas a que se opta.
– En la denominación de la acción propuesta, se tendrá que definir el contenido de la acción evitando títulos genéricos o de carácter publicitario o comercial.
2º. Se presentará una memoria que deberá contener el proyecto que se desarrolle y con el contenido mínimo que a continuación se indica, señalando de forma independiente y separada las acciones que se van a llevar a cabo, que podrán consistir en el empleo de los siguientes productos:
– Jornadas, seminarios.
– Libros y manuales.
– Publicaciones periódicas.
– Dípticos, trípticos, folletos, pegatinas y carteles.
– Vídeos.
– Anuncios en medios de comunicación escritos y audiovisuales.
– Soportes informáticos, páginas web/app.
– Material publicitario.
Cada memoria expondrá, de forma numerada y separada, el contenido de los siguientes elementos:
– Denominación de la organización o entidad solicitante.
– La denominación de la acción propuesta acorde con el contenido de la misma.
– Fechas de realización de la misma, o previsión de las mismas en el caso de no tenerlas ejecutadas.
Si se trata de una jornada deberá indicarse, además de los elementos indicados en los puntos anteriores:
– El programa a impartir, indicando de forma separada sus módulos.
– Las horas de duración.
– La titulación o formación de la persona formadora de la jornada o seminario.
– El importe de cada uno de los productos empleados.
– La entidad solicitante deberá señalar por orden de prioridad las acciones, lo que se tendrá en cuenta por la Comisión de Valoración.
3º. En el caso de entidades que quieran llevar a cabo jornadas en modalidad de teleformación o aula virtual, deberán acreditar, además, que disponen de una plataforma que deberá contener, como mínimo, los siguientes requisitos:
– Infraestructura tecnológica mínima que permita la gestión de un número mínimo de 100 participantes con una velocidad de respuesta adecuada a un funcionamiento de 24 horas y 7 días a la semana.
– Capacidad de gestionar dichas acciones de modo independiente y generar un número mínimo.
– Software: compatibilidad con el estándar SCORM y paquetes de contenidos LMS.
– El servidor de la plataforma de teleformación o aula virtual debe cumplir con todos los requisitos establecidos sobre protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
– Compatibilidad tecnológica y posibilidades de integración con cualquier sistema operativo, base de datos, navegador de internet de los más usuales o servidor web.
– Servicio de soporte al alumnado.
– Visualización que se adapte al tipo de pantalla que se utilice, así como a distintos dispositivos.
– Facilidad de utilización de código de terceros; la plataforma debe permitir integrar o incrustar elementos externos como vídeos o presentaciones en el contenido.
e) En el caso de presentar la solicitud para el diseño de métodos y contenidos de los programas de las acciones de formación de las líneas 1 y 2, las entidades presentarán una memoria descriptiva y cuadro resumen del diseño y planificación, así como de los contenidos de las acciones formativas, indicando la carga lectiva del mismo o equivalente del número de horas de impartición del curso objeto de esa planificación, de tal modo que el presupuesto subvencionable según la duración prevista de la acción formativa sería el siguiente:
– Programación, diseño, contenido del curso de formación hasta 15 horas: 1.500 euros.
– Programación, diseño, contenido del curso de formación de 16 a 30 horas: 2.000 euros.
– Programación, diseño, contenido del curso de formación de 31 horas o más: 2.500 euros.
f) En el caso de presentar la solicitud para acciones de asistencia técnica de la línea 1:
– Memoria explicativa de las funciones de asistencia que se desarrollen, siendo imprescindible acreditar que por lo menos una persona del equipo posea el título de técnica superior en prevención de riesgos laborales y el resto de las personas integrantes deberán acreditar, como mínimo, la titulación de técnica intermedia en prevención de riesgos laborales.
2. De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario adjuntar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquiera Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante que órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa por la persona interesada.
De forma excepcional, si no se puede obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada para su aportación.
3. Forma de presentación de la documentación:
1. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fue realizada la enmienda.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar, de manera motivada, el cotejo de las copias adjuntadas por la persona interesada, para lo que podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
2. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
3. En el caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superase los tamaños máximos establecidos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el número anterior. La información actualizada sobre el tamaño y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de las solicitudes .
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la Carpeta Ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos .
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
– DNI o NIE de la persona que, en nombre y representación de la entidad, solicita la concesión de la subvención.
– Certificado de estar al corriente en el pago con la Tesorería General de la Seguridad Social.
– Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria de Galicia.
– NIF de la entidad solicitante.
– Certificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en el recuadro correspondiente habilitado en el formulario correspondiente y adjuntar los documentos. Cando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se les podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Un mes
Sentido del silencio:
Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Primera experiencia profesional juventud.
Ayudas a las empresas de inserción (EI) y a sus entidades promotoras. Programa I: Ayudas al mantenimiento del coste salarial de las personas trabajadoras en riesgo o situación de exclusión social en las empresas de inserción.
Ayudas para el fomento del emprendimiento en economía social. Programa I: Fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales.
Ayudas destinadas a actividades de fomento de la prevención de riesgos laborales.