Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
CT213A - Subvenciones a festivales de artes escénicas y de música
Establecer y aprobar las bases reguladoras de las subvenciones para el apoyo a festivales de artes escénicas y de música de carácter profesional celebrados en Galicia que, por sus características, tengan un interés estratégico para el sector y aprobar su convocatoria para el año 2023.
En esta convocatoria se establecen dos modalidades:
- Modalidade A: Festivales de música.
- Modalidade B: Festivales de artes escénicas.
– Modalidad A: festivales de música.
1. Podrán acceder las personas físicas (autónomas) o jurídicas privadas y sus agrupaciones domiciliadas en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, que desarrollen su actividad en Galicia, que lleven a cabo festivales objeto de la convocatoria y cumplan las condiciones y criterios establecidos en estas bases.
2. No podrán obtener la condición de beneficiarias de estas subvenciones las asociaciones, fundaciones u otras formas jurídicas sin ánimo de lucro, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.
– Modalidad B: festivales de artes escénicas.
1. Podrán acceder las personas físicas (autónomas) o jurídicas privadas y sus agrupaciones domiciliadas en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, que desarrollen su actividad en Galicia, que lleven a cabo festivales objeto de la convocatoria y cumplan las condiciones y criterios establecidos en estas bases.
2. Podrán acceder a esta convocatoria las entidades locales gallegas.
3. Las entidades locales gallegas podrán presentar su solicitud individual o conjuntamente, como agrupación, asociación, mancomunidad, fusión u otra fórmula similar. En los supuestos de mancomunidades, consorcios o áreas metropolitanas, deberá acreditarse que el servicio se presta de manera mancomunada, metropolitana o consorciada y que, en todo caso, no supone una actuación aislada o independiente.
4. Será requisito para la concesión de subvenciones a las entidades locales que estas hubiesen cumplido el deber de remisión al Consejo de Cuentas de las cuentas generales de cada ejercicio, lo que deberán acreditar antes de la concesión, según lo previsto en el artículo 4 del Decreto 193/2011, de 6 de octubre, por el que se regulan las especialidades en las subvenciones a las entidades gallegas.
En ambas modalidades, no podrán obtener la condición de beneficiarias las personas o entidades en que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los términos previstos en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. En todo caso, las personas solicitantes presentarán una declaración responsable de no estar incursas en tales circunstancias, conforme al modelo establecido en el anexo II de esta convocatoria.
1. Se establecen dos modalidades:
– Modalidad A: festivales de música.
– Modalidad B: festivales de artes escénicas.
2. Para poder optar a estas ayudas, tanto en la modalidad A cómo en la modalidad B, el festival objeto de la solicitud deberá cumplir con los siguientes requisitos comunes:
– Debe celebrarse en las fechas comprendidas entre el 1 de noviembre del año 2022 hasta el 31 de octubre del año 2023. Se entienden incluidos aquellos festivales iniciados hasta el 31 de octubre de 2023 que desarrollen la mayor parte de la actividad en este período.
– Haber realizado un mínimo de 2 ediciones, excluida la edición objeto de esta convocatoria.
3. Además, deberán cumplir los siguientes requisitos específicos para cada modalidad:
– Modalidad A: festivales de música.
• Tiene que desarrollarse dentro de un único período de quince días; y dos de los días, como mínimo, deben ser consecutivos.
• Debe tener un presupuesto mínimo de contratación artística del 30 % del presupuesto subvencionable.
• Un mínimo del 80 % de los conciertos programados tienen que ser con entradas de pago.
• La programación deberá estar conformada por un mínimo de cuatro grupos por día.
– Modalidad B: festivales de artes escénicas.
• Debe tener un presupuesto mínimo de contratación artística del 40 % del presupuesto subvencionable.
• La programación de compañías mayoritariamente compuestas por artistas que desarrollen principalmente su actividad profesional en Galicia debe representar, como mínimo, el 30 % del presupuesto de contratación profesional artística del festival, excepto en el caso de aquellos festivales que por sus características intrínsecas no puedan conseguir este porcentaje y así se justifique debidamente en la memoria del proyecto.
• Un mínimo del 60 % de las representaciones escénicas tienen que ser con entradas de pago, excepto los festivales de calle.
• La programación debe estar conformada por un mínimo de seis compañías.
4. Sin perjuicio de la posible presentación de más de un proyecto distinto por una misma persona solicitante en las distintas modalidades, solo podrá ser objeto de subvención un proyecto por persona solicitante. A estos efectos, se deberá establecer un orden de prelación sobre los proyectos presentados, que las comisiones de valoración tendrán en cuenta en caso de que varios proyectos se consideren subvencionables. No podrán presentar el mismo proyecto distintas personas solicitantes.
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Axencia Galega das Industrias Culturais (AGADIC)
Cidade da Cultura - Monte Gaiás s/n
15707 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881996077/ 881996078
Fax: 881996080
Email: agadic@xunta.es
Axencia Galega das Industrias Culturais (AGADIC)
Resolución de 2 de marzo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a festivales de música y de artes escénicas, y se convocan para el año 2023 (DOG nº 54 del 17 de marzo de 2023).
Extracto de la Resolución de 2 de marzo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a festivales de música y de artes escénicas, y se convocan para el año 2023 (DOG nº 54 del 17 de marzo de 2023).
Resolución de 29 de enero de 2024 por la que se da publicidad de las ayudas concedidas durante el año 2023 (DOG nº 27 del 7 de febrero de 2024)
Plazo de presentación: CERRADO
18/03/2023 00:00 - 17/04/2023 23:59
El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
Solicitudes .
1. Para poder ser persona beneficiaria de las subvenciones deberá presentarse una solicitud ajustada al modelo normalizado que se incluye como anexo II de esta resolución, que irá acompañada de los documentos que se especifican en la base tercera, y se deberá cumplir con los requisitos establecidos en estas bases reguladoras.
2. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
Documentación complementaria .
1. Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud (anexo II) la siguiente documentación administrativa:
1.1. Personas físicas (autónomas) y personas jurídicas:
– Certificado del acuerdo de solicitud de la ayuda o de la autorización de la persona que la firme en nombre de la entidad si la persona solicitante es persona jurídica.
– Estatutos registrados y escrituras de constitución válidamente inscritos en el registro mercantil o el que corresponda.
– Documentación que acredite suficientemente la representación de quien firma la solicitud.
1.2. Entidades públicas que integran la Administración local y organismos de ellas dependientes:
– Certificación emitida y firmada electrónicamente por la persona responsable de la Secretaría de la entidad, o cargo asimilable, en la que se haga constar el acuerdo adoptado por el órgano competente para solicitar la subvención.
– Normas de creación y estatutos de constitución, en el supuesto de entidades del sector público.
– Acreditación del cumplimiento de remisión al Consejo de Cuentas de las cuentas generales del ejercicio 2021, en el supuesto de entidades locales.
– En el supuesto de entidades del sector público, la rendición de cuentas anuales ante su órgano de gobierno.
2. Junto con la anterior documentación deberán presentar la siguiente documentación específica:
A. Modalidad A: festivales de música.
A.1. Anexo III.
A.2. Anexo IV: programación del festival para el que se solicita subvención.
A.3. Memoria de la trayectoria y evolución del festival, con un máximo de 10 páginas, que contemple aquellos aspectos que la Comisión tendrá en cuenta para la valoración del punto B.1 de los criterios artísticos para la modalidad A (festivales de música), así como aquellos otros que la persona solicitante considere para la mejor defensa del epígrafe.
A.4. Memoria del festival correspondiente a la última edición realizada con indicación y explicación de los siguientes epígrafes:
A.4.1. Interés de la programación realizada.
A.4.2. Interés estratégico para el sector: líneas y acciones dirigidas al fomento y promoción del sector musical gallego.
A.4.3. Actividades complementarias: líneas e iniciativas llevadas a cabo dirigidas al fomento y promoción del sector cultural gallego (representaciones de artes escénicas, acciones en el ámbito audiovisual y artes plásticas, talleres, concursos, encuentros…). Para su valoración, las actividades deben estar descritas y no solo identificadas.
A.5. Memoria del proyecto para el cual se solicita subvención, que incluya los siguientes epígrafes:
A.5.1. Interés cultural y artístico, relevancia y singularidad del proyecto.
A.5.2. Potencialidad del plan de comunicación, con indicación de las estrategias de difusión y promoción del proyecto, las acciones que se pretenden realizar y el gasto estimado para esta partida.
A.6. Anexo VI: memoria económico-financiera, que incluya el presupuesto completo y detallado de la inversión subvencionable, en el cual figuren todos los gastos subvencionables señalados en la base quinta y la previsión de ingresos. La memoria incluirá el presupuesto desglosado, con y sin IVA.
A.7. Indicación del porcentaje de artistas mujeres que participaron en el festival en la edición anterior a esta convocatoria, especificando: relación de grupos contratados / nº total de artistas / nº total de artistas mujeres.
A.8. Documentación acreditativa de ser festival adherido al programa Carné Xove de la Xunta de Galicia.
B. Modalidad B: festivales de artes escénicas.
B.1. Anexo III.
B.2. Memoria del festival en ediciones anteriores, con un máximo de 10 páginas, que incluya separadamente el tratamiento de los siguientes epígrafes:
B.2.1. Antigüedad del festival.
B.2.2. Reconocimientos conseguidos.
B.2.3. Interés artístico de las programaciones.
B.2.4. Interés estratégico para el sector: líneas e iniciativas dirigidas al fomento y promoción del sector escénico gallego.
B.2.5. Repercusión, incidencia e impacto en el territorio.
B.3. Memoria del proyecto para el cual se solicita subvención, que incluya los siguientes epígrafes:
B.3.1. Interés cultural y artístico, relevancia y singularidad del proyecto.
B.3.2. Duración del festival (anexo V).
B.3.3. Producciones, coproducciones o residencias del festival (anexo V).
B.3.4. Estrenos absolutos en el festival (anexo V).
B.3.5. Repercusión en la creación y fomento de públicos.
B.3.6. Actividades complementarias: líneas e iniciativas dirigidas al fomento y promoción del sector cultural gallego (conciertos, talleres, concursos, certámenes, encuentros…) realizadas por el festival. Para su valoración, las actividades deben estar descritas y no solo identificadas.
B.3.7. Plan de comunicación: estrategias de difusión y promoción del proyecto.
B.4. Viabilidad técnica y económica del proyecto: memoria económico-financiera que incluya el presupuesto completo y detallado de la inversión subvencionable, en el cual figuren todos los gastos subvencionables señalados en la base quinta, y la previsión de ingresos. La memoria incluirá el presupuesto desglosado, con y sin IVA (anexo VI).
B.5. Compromiso de producción, coproducción o residencia en que consten las condiciones económicas y/o técnicas.
B.6. Documentación acreditativa de ser festival adherido al programa Carné Xove de la Xunta de Galicia.
B.7. Para las solicitudes conjuntas presentadas por entidades locales, memoria de ahorro de costes respecto de la presentación de modo individual.
3. De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario aportar los documentos que ya hubiesen sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos, que serán solicitados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.
De forma excepcional, si no se pudieran obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.
4. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que sea realizada la subsanación.
5. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
6. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
7. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el punto anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos .
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
– DNI o NIE de la persona solicitante.
– DNI o NIE de la persona representante.
– NIF de la entidad solicitante.
– Certificado de estar dado de alta en el impuesto de actividades económicas, en el epígrafe/subepígrafe que corresponda, en el ejercicio actual.
– Certificado de estar al corriente del pago de obligaciones tributarias con la AEAT.
– Certificado de estar al corriente del pago con la Seguridad Social.
– Certificado de estar al corriente del pago de las deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.
– Consulta de concesiones de subvenciones y ayudas.
– Consulta de inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas.
– Consulta de concesiones por la regla de minimis.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y aportar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes .
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Cinco meses
Sentido del silencio:
Negativo
- Fase de justificación
- Declaración de ayudas (Anexo VII)
- Memoria económico-financiera. Justificación (Anexo VI)
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Subvenciones a entidades locales de galicia, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales.
Convocatoria de los premios XXVII Álvaro Cunqueiro para textos teatrales, XIII Manuel María de literatura dramática infantil y XVI Barriga Verde de textos para teatro de titeres.