Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
CT207E - Subvenciones a la creación audiovisual para la promoción del talento audiovisual gallego.
Concesión de las subvenciones establecidas por la Agencia Gallega de las Industrias Culturales (Agadic) para el apoyo a la creación de obras audiovisuales con decidida vocación artística y cultural y, en concreto, la escritura de guiones y la realización de cortometrajes a cargo de creadores/as individuales, y la posproducción de cortometrajes y realización de largometrajes y webseries a cargo de empresas individuales o productoras.
1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas todas las personas físicas residentes, cuando menos durante un año previo a esta convocatoria, en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la UE, o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea.
2. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas autónomas o jurídicas que estén constituidas como productora independiente en el momento de presentar la solicitud y sean residentes, cuando menos durante un año previo a esta convocatoria, en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la UE, o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea.
1. Las personas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos específicos:
1.1. Proyectos de la modalidad A (proyectos de escritura de guion): únicamente podrán presentarse aquellas personas físicas que puedan acreditar su vinculación con la realización de una obra audiovisual o bien su formación académica en el ámbito de la creación o producción audiovisual.
1.2. Para proyectos de la modalidad B:
‒ Proyectos de la submodalidad B1 (realización de cortometraje): únicamente podrán presentarse aquellas personas físicas que ejerzan como director o directora de la obra.
‒ Proyectos de la submodalidad B2 (cortometrajes en construcción): la persona beneficiaria tendrá que ser persona autónoma o empresa, en ambos casos constituida cómo productora audiovisual.
1.3. Proyectos de la modalidad C (largometrajes): la persona beneficiaria tendrá que ser persona autónoma o empresa, en ambos casos constituida como productora audiovisual.
2. No podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Axencia Galega das Industrias Culturais (AGADIC)
Cidade da Cultura - Monte Gaiás, s/n
15707 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881996077/ 881996078
Fax: 881996080
Email: agadic@xunta.es
Axencia Galega das Industrias Culturais (AGADIC)
Resolución de 11 de abril de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones a la creación audiovisual para la promoción del talento audiovisual gallego y se convocan para el año 2023 (DOG nº 80 del 26 de abril de 2023).
Extracto de la Resolución de 11 de abril de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones a la creación audiovisual para la promoción del talento audiovisual gallego y se convocan para el año 2023 (DOG nº 80 del 26 de abril de 2023).
Resolución de 29 de enero de 2024 por la que se da publicidad de las ayudas concedidas durante el año 2023 (DOG nº 27 del 7 de febrero de 2024)
Plazo de presentación: CERRADO
27/04/2023 00:00 - 26/05/2023 23:59
El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primero día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
Solicitudes .
1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
2. De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la subsanación.
Para la presentación electrónica de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/llave365).
3. En relación con la presentación de las solicitudes, las personas beneficiarias a las cuales va dirigida esta convocatoria de subvenciones, que sean personas físicas, se encuadran en un colectivo especialmente calificado en cuanto a su capacidad técnica y dedicación profesional que acredita la posibilidad y disponibilidad de acceso a los medios electrónicos y, por lo tanto, tienen la obligación de emplearlos para la realización de cualquier trámite de este procedimiento administrativo, tal y como establece el artículo 10 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia.
4. Se cubrirán en el anexo II, entre otras, las siguientes declaraciones responsables:
Que en relación a la submodalidad B1 (cortometrajes sobre proyecto), en su caso:
‒ La persoa solicitante no figura como persoa responsable de la dirección de ningún largometraje realizado.
‒ La persona solicitante no recibió ayudas a la realización de cortometrajes en anteriores convocatorias de la Xunta de Galicia o de Agadic.
Que en relación a la modalidad C (largometraje), en su caso:
‒ La persona responsable de la dirección del proyecto que se presenta no recibió subvenciones a la realización de largometrajes en anteriores convocatorias de la Xunta de Galicia o de Agadic.
Documentación complementaria .
1. Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud (anexo II) la siguiente documentación:
1.1. Si la persona solicitante es persona jurídica:
1.1.1. Certificado del acuerdo de solicitud de la ayuda o de la autorización de la persona que la firme en nombre de la entidad.
1.1.2. Estatutos inscritos y escrituras de constitución inscritos en el registro que corresponda.
1.2. Si la persona solicitante está domiciliada fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia (en un Estado miembro de la UE o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea), certificado de empadronamiento.
1.3. Documentación que acredite suficientemente la representación de quien firma la solicitud, en su caso.
1.4. Documentación acreditativa de tener autorización expresa de la persona propietaria de los derechos de la obra preexistente, en su caso.
Esta documentación tendrá la consideración de obligatoria a los efectos de admisión de la solicitud, quedando inadmitidas las solicitudes que no la presenten.
2. Las personas solicitantes deberán enviar la siguiente documentación específica:
2.1. Modalidad A: escritura individual de guion en gallego para largometraje cinematográfico de ficción o animación.
2.1.1. Historial profesional de la persona solicitante.
2.1.2. Documentación que acredite la vinculación de la persona solicitante con la realización de una obra audiovisual anterior (figuración en los créditos oficiales, contrato con una empresa del ámbito audiovisual), o bien su formación académica en el ámbito de la creación o producción audiovisual, o bien la participación en cursos o talleres relacionados con la escritura de guion .
2.1.3. Memoria explicativa del proyecto con una extensión de entre 250 y 750 palabras, que incluya las intenciones del/de la autor/a con respecto a obra, así como las acciones previstas de cara a su desarrollo.
2.1.4. Sinopsis argumental con una extensión máxima de 250 palabras.
2.1.5. Tratamiento secuenciado del proyecto de guion, con una extensión de entre 2.500 y 5.000 palabras.
2.1.6. Cualquier otra documentación que el solicitante considere pertinente para la mejor defensa del proyecto.
Modalidad B: cortometrajes sobre proyecto y cortometrajes en construcción.
2.2. Submodalidad B1 (cortometrajes sobre proyecto):
2.2.1. Memoria explicativa del proyecto, con una extensión de entre 250 y 750 palabras, en la que consten las intenciones artísticas del/de la autor/a y la propuesta de promoción y distribución del cortometraje.
2.2.2. Sinopsis del proyecto, con una extensión de 250 palabras.
2.2.3. Guion definitivo, técnico o literario, de la película.
2.2.4. Calendario y plan de producción.
2.2.5. Currículo del equipo técnico-artístico.
2.2.6. Cualquier otra documentación que el solicitante considere pertinente para la mejor defensa del proyecto.
2.3. Submodalidad B2 (cortometrajes en construcción).
2.3.1. Memoria explicativa del proyecto, con una extensión de entre 250 y 750 palabras, en la que consten las intenciones artísticas del/de la autor/a y la propuesta de promoción y distribución del cortometraje.
2.3.2. Sinopsis del proyecto con una extensión máxima de 250 palabras.
2.3.3. Enlace al primer corte del cortometraje, con llave de acceso.
2.3.4. Calendario y plan de final de los trabajos de montaje y posprodución.
2.3.5. Presupuesto del proyecto segundo el modelo publicado en la página web de Agadic.
2.3.6. Cualquier otra documentación que el solicitante considere pertinente para la mejor defensa del proyecto.
2.4. Modalidad C: largometraje.
2.4.1. Historial profesional del director o directora.
2.4.2. Historial, acompañado de las cartas de compromiso correspondientes, de las personas profesionales que componen el equipo creativo, técnico y artístico que intervendrán en la producción, en su caso: guionista, personas responsables de: producción ejecutiva, composición de la banda sonora, dirección de fotografía, montaje, dirección de arte, dirección de sonido, actores y actrices, así como otras personas profesionales que se quieran añadir por aportar valor a la producción.
2.4.3. Una memoria firmada por el director o directora de la película en la que describirá, entre otros aspectos, sus intenciones artísticas, la propuesta estética y el carácter innovador del proyecto en cuanto a temática y narrativa.
2.4.4. Sinopsis argumental de un máximo de 250 palabras.
2.4.5. Guion definitivo del proyecto, o tratamiento, en su caso.
2.4.6. Cronograma del proyecto y breve descripción de los planes de producción, localizaciones y rodaje.
2.4.7. Presupuesto del proyecto (según el modelo publicado en la página web de Agadic).
2.4.8. Descripción de las intenciones en cuanto a la promoción y difusión de la obra.
2.4.9. Cualquier otra documentación que la persona solicitante considere pertinente para la mejor defensa del proyecto.
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, no será necesario presentar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en que momento y ante que órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.
De forma excepcional, si no se pudieran obtener los citados documentos, se podrá solicitar nuevamente a la persona interesada su aportación.
3. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la subsanación.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
4. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
5. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el número anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos .
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
‒ DNI o NIE de la persona solicitante.
‒ DNI o NIE de la persona representante.
‒ NIF de la entidad solicitante.
‒ Certificado de estar dado de alta en el impuesto de actividades económicas, en el epígrafe/subepígrafe que corresponda, en el ejercicio actual.
‒ Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.
‒ Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social.
‒ Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias con la AEAT.
‒ Consulta de concesiones de subvenciones y ayudas.
‒ Consulta de inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas.
‒ Consulta de concesión por la regla de minimis.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitado en el formulario correspondiente y aportar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de las solicitudes .
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Cinco meses
Sentido del silencio:
Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Subvenciones para el desarrollo de proyectos audiovisuales de producción gallega
Subvenciones a proyectos desarrollados por empresas de exhibición cinematográfica de carácter comercial.
Ayudas para la realización de rodajes audiovisuales en Galicia.
Selección de una entidad colaboradora para la gestión y organización de las actividades del programa de desarrollo del polo de aceleración del sector de videojuegos para impulso del sector.
Proyectos de innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación a los nuevos hábitos de consumo audiovisual para salas de exhibición cinematográfica.
Subvenciones a la dotación de equipamientos y activos que fomenten la innovación y la competititvidad de la industria cultural y creativa gallega.