Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
IN421T - Adhesión para la gestión de subvenciones del plan Renueva Tu Vehículo.
La concesión de subvenciones para la adquisición en el año 2022 de vehículos del Plan Renueva tu Vehícolo por parte de personas físicas y empresas que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en el articulado de esta resolución.
Podrán ser entidades colaboradoras los concesionarios o puntos de venta cuyo epígrafe de la sección primera de las tarifas del impuesto sobre actividades económicas, aprobado por el Real decreto legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, sea 615.1 Comercio al por mayor de vehículos, motocicletas, bicicletas y sus accesorios, o 654.1 Comercio al por menor de vehículos terrestres.
a) Las entidades colaboradoras tienen que tener su domicilio social o algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Las entidades colaboradoras actuarán en nombre y por cuenta del órgano concedente a todos los efectos relacionados con la subvención, y colaborarán en la gestión de esta.
c) En su relación con el Inega, las entidades colaboradoras realizarán las siguientes funciones:
1º. Comprobación inicial de los requisitos de los solicitantes de la ayuda y del conjunto de la actuación.
2º. Realización ante el Inega de los trámites para solicitar la ayuda.
3º. Desarrollo de las acciones vinculadas a la convocatoria.
4º. Justificación de la ayuda ante el Inega.
5º. Descuento directo de la ayuda en la factura de compra del vehículo de manera que el beneficiario no llegue a realizar el desembolso.
d) Para lograr la solvencia técnica y económica, las entidades colaboradoras deberán disponer de los medios tecnológicos precisos que garanticen el acceso a la aplicación informática habilitada para la gestión de selección de entidades colaboradoras y para la tramitación de las solicitudes de ayuda, así como la utilización de medios electrónicos en las comunicaciones entre las entidades colaboradoras y el Inega. Las características técnicas exigibles podrán consultarse en la página web del Inega (www.inega.gal).
e) Podrán adquirir la condición de entidad colaboradora aquellas entidades que reúnan los requisitos establecidos en este artículo y que lo soliciten en el plazo establecido en el artículo 4 de la resolución de convocatoria.
f) De conformidad con la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, las entidades colaboradoras deberán formalizar el convenio de colaboración entre ellas y el Inega, en el que se regularán las condiciones y obligaciones asumidas por aquellas, cuyo modelo figura en el anexo III de estas bases. Dicho convenio poseerá el contenido mínimo previsto en el artículo 13 de la Ley de subvenciones.
g) No podrán obtener la condición de entidad colaboradora aquellas, en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/200, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en su normativa de desarrollo.
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Instituto Enerxético de Galicia (INEGA)
Dirección Inega
Xerencia do Inega
Rúa Avelino Pousa Antelo, nº 5 - San Lázaro
15703 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981541500
Email: Inega.info@xunta.gal
Instituto Enerxético de Galicia (INEGA)
Resolución de 27 de noviembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, relativas al Plan Renueva tu vehículo, así como la selección de las entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a la convocatoria, mediante tramitación anticipada, para la anualidad 2024 (DOG nº 236 del 14 de diciembre de 2023).
Extracto de la Resolución de 27 de noviembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, relativas al Plan Renueva tu vehículo, así como la selección de las entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a la convocatoria, mediante tramitación anticipada, para la anualidad 2024 (DOG nº 236 del 14 de diciembre de 2023).
Resolución de 12 de febrero de 2024 por la que se amplía el crédito presupuestario establecido en la Resolución de 27 de noviembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras del Plan Renueva tu vehículo, así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a la convocatoria, mediante tramitación anticipada, para la anualidad 2024 (DOG nº 34 del 16 de febrero de 2024).
Resolución de 6 de marzo de 2024 por la que se redistribuyen los créditos presupuestarios por epígrafes recogidos en la Resolución de 27 de noviembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras del Plan Renueva tu vehículo, así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a la convocatoria para la anualidad 2024 (códigos de procedimiento IN421T e IN421U) (DOG nº 51 del 12 de marzo de 2024).
Plazo de presentación: ABIERTO
15/12/2023 00:00 - 16/09/2024 23:59
El plazo de presentación de solicitudes de adhesión de las entidades colaboradoras comenzará a partir del primer día hábil siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la presente resolución y finalizará el 15 de septiembre de 2024 y para solicitar su adhesión la entidad colaboradora tendrá que cubrir y confirmar el formulario de adhesión (anexo II).
Adhesión de entidades colaboradoras .
a) Adhesión simplificada .
1º. Esta forma de adhesión esta únicamente dirigida a las entidades colaboradoras adheridas al convenio de gestión de las ayudas correspondientes al Plan de transición a una movilidad eficiente 2022, regulado en la Resolución de 25 de noviembre de 2021 (DOG núm. 235, de 9 de diciembre), y que deseen adherirse a los procedimientos de gestión de las ayudas correspondientes al Plan Renueva tu vehículo, para la anualidad 2024.
2º. La entidad colaboradora deberá acceder a la aplicación informática disponible en la página web del Inega (http://www.inega.gal) o accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia (http://sede.xunta.gal) para cubrir la solicitud de adhesión (anexo II) y el convenio de colaboración (anexo III), y se generará un documento en formato pdf con estos dos anexos –el segundo por duplicado–.
Por defecto la aplicación informática cubrirá los anexos con los datos disponibles de la convocatoria de las ayudas correspondientes al Plan de Transición a una movilidad eficiente, de la anualidad 2022.
Para acceder a la aplicación informática y solicitar la adhesión simplificada, se utilizará el usuario y la contraseña otorgados por el Inega en la convocatoria 2022.
Una vez generada la solicitud normalizada (anexo II) y el convenio de colaboración (anexo III), deberá presentarlos por vía electrónica de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la resolución.
3º. Si hubiese cambio en la representación de la entidad colaboradora deberá volverse a aportar la documentación solicitada con carácter general. Para todas las solicitudes simplificadas el Inega podrá proceder a la comprobación de datos recogida en la adhesión común que se regula a continuación. Si como consecuencia de estas comprobaciones procede solicitar la enmienda de documentación se realizará en los términos recogidos en el citado procedimiento de adhesión común.
b) Adhesión común (alta de nuevas entidades colaboradoras) .
1º. La primera vez que la entidad colaboradora acceda a la aplicación se asignará un usuario y una contraseña. Este usuario y contraseña serán los válidos para consultar el estado de la solicitud de adhesión, para cubrir las solicitudes de ayuda y para ver su estado.
2º. La entidad colaboradora deberá acceder a la aplicación informática disponible en la página web del Inega (http://www.inega.gal) o accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia (http://sede.xunta.gal) para cubrir la solicitud de adhesión (anexo II) y el convenio de colaboración (anexo III), y se generará un documento en formato pdf con estos dos anexos –el segundo por duplicado–.
Una vez generada la solicitud normalizada (anexo II), deberá presentarla por vía electrónica de conformidad a lo establecido. Las copias de los documentos digitalizados gozarán de la misma validez y eficacia que los originales siempre que exista constancia de que sean auténticas.
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.
La publicación de los formularios de solicitud en el DOG se hará únicamente a efectos informativos.
3º. Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:
i. Documento acreditativo de poder suficiente del representante legal de la entidad.
ii. Convenio de colaboración (anexo III) debidamente firmado por la entidad colaboradora.
Una vez firmado por el Inega, la entidad colaboradora podrá acceder al citado convenio en el tablón.
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario aportar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.
De forma excepcional, si no se pueden obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.
4º. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.
Si la entidad interesada presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que sea realizada la enmienda.
Las entidades interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la entidad interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
Siempre que se realice la presentación de documentación separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
5º. En caso de que alguno de los documentos que se presente de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos (10 MB) o tenga un formato no admitido, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el número anterior.
c) Comprobación de datos .
1º. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
i. NIF de la entidad solicitante.
ii. DNI/NIE de la persona solicitante.
iii. DNI/NIE de la persona representante.
iv. Certificado de estar al corriente en el pago con la AEAT.
v. Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social.
vi. Certificado de estar al corriente en el pago con la Hacienda autonómica.
vii. Certificación de alta en el impuesto de actividades económicas cuando la entidad colaboradora sea una empresa.
2º. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y aportar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3º. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
El Inega podrá consultar respecto de las entidades colaboradoras adheridas al programa MOVES III (código de procedimiento IN421Q), regulado en la Resolución de 26 de julio de 2021 (DOG núm. 149, de 5 de agosto), los datos que figuren en los documentos elaborados por las administraciones públicas, y que hayan presentado la solicitud de adhesión al Plan Renueva tu vehículo.
d) Todos los trámites administrativos que las entidades colaboradoras deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser realizados electrónicamente a través de la aplicación informática habilitada para estas ayudas, accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia (http://sede.xunta.gal) o de la página web del Inega (www.inega.gal).
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
15 días hábiles desde la presentación de la solicitud.
Sentido del silencio:
Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
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