Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
TR349Z - Subvención para organismos intermedios sin ánimo de lucro que contraten personas jóvenes. Programa operativo de empleo juvenil.
Financiación de acciones de fomento de empleo en colaboración con organismos intermedios sin ánimo de lucro (asociaciones empresariales sectoriales o multisectoriales, clústeres empresariales y consejos reguladores) para la contratación durante nueve meses de personas jóvenes, incluidas y que consten como beneficiarias en el fichero del Sistema nacional de garantía juvenil, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, con el objeto de proporcionarles una experiencia y práctica profesional que facilite su inserción laboral.
1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas y subvenciones previstas en esta orden los organismos intermedios sin ánimo de lucro que se encuentren inscritos en el correspondiente registro y dispongan de centro de trabajo en Galicia, entendiendo por organismos intermedios sin ánimo de lucro los siguientes:
– Asociaciones empresariales sectoriales o intersectoriales, incluidas las de carácter tecnológico.
– Consejos reguladores de denominaciones de origen protegidas, de indicaciones geográficas protegidas y de agricultura ecológica.
– Agrupaciones industriales empresariales (con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro y domiciliadas en Galicia), que representen a un colectivo de empresas gallegas.
– Clústeres empresariales.
– Asociaciones de personas autónomas.
2. No podrán tener la condición de beneficiarios de las subvenciones establecidas en esta orden los organismos intermedios en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Requisitos de los servicios que se prestarán a los organismos intermedios sin ánimo de lucro beneficiarios
Los servicios que se desarrollen al amparo de esta orden deberán posibilitar a las personas contratadas la realización de un trabajo efectivo en tareas relacionadas con el fines del organismo intermedio, que les procure una práctica profesional necesaria para su integración sostenible en el mercado de trabajo, y no estar afectos al desarrollo de una actividad económica conforme a lo establecido por la jurisprudencia comunitaria, y deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Que sean prestados por los organismos intermedios beneficiarios en régimen de administración directa.
b) Que se presten o ejecuten en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.
c) Que la duración de los contratos de las personas desempleadas que desarrollen la prestación de los servicios en tareas relacionadas con el fines del organismo intermedio, sea, como mínimo, de 9 meses y la jornada a tiempo completo.
d) Que el organismo intermedio beneficiario disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de los gastos no subvencionables al amparo de esta orden (artículo 8.4), en su caso.
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
Subdirección Xeral de Emprego
Servizo de Programas de Cooperación
San Lázaro, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981545604/ 981545767/ 981544714/ 981957739/ 981544612
Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
Orden de 5 de enero de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la contratación de personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de un programa de cooperación con organismos intermedios sin ánimo de lucro, para el asesoramiento a empresas, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, Programa operativo de empleo juvenil 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (DOG nº 19 de 27 de enero de 2023).
Extracto de la Orden de 5 de enero de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la contratación de personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de un programa de cooperación con organismos intermedios sin ánimo de lucro, para el asesoramiento a empresas, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, Programa operativo de empleo juvenil 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (DOG nº 19 de 27 de enero de 2023).
Orden de 8 de septiembre de 2023 por la que se modifica la Orden de 5 de enero de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la contratación de personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de un programa de cooperación con organismos intermedios sin ánimo de lucro, para el asesoramiento a empresas, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, Programa operativo de empleo juvenil 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (DOG nº 194 del 11 de octubre de 2023).
Plazo de presentación: CERRADO
28/01/2023 00:00 - 27/02/2023 23:59
El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia. A estos efectos, se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si este último día es inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primero día hábil siguiente. Si en el mes de vencimiento no hay día equivalente, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.
Presentación de solicitudes
1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que fuera realizada la subsanación.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-y-servicios/chave365).
El organismo intermedio deberá indicar en el formulario normalizado (anexo I) el grupo de cotización a que pertenecen las personas trabajadoras solicitadas. Para cada una de las personas trabajadoras solicitadas se deberá consignar en la solicitud el CNO a 4 dígitos, que facilite y agilice el proceso posterior de selección, debiendo existir coherencia entre el CNO solicitado y el grupo de cotización.
A efectos orientativos, los organismos intermedios solicitantes tienen a su disposición la página web http://emprego.xunta.gal/portal/gl/buscador-ocupacions.html, en la que pueden consultar el número de personas jóvenes (garantía juvenil), con disponibilidad para el empleo por ayuntamiento, provincia, comarca o en toda Galicia.
2. Será causa de desestimación de la solicitud no ajustarse a los términos de la convocatoria, así como la ocultación de datos, su alteración o cualquier otra manipulación de la información, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 54 a 56 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
3. La presentación de la solicitud implica el conocimiento y aceptación incondicionada de las presentes bases reguladoras.
4. Solo podrá presentarse una solicitud por cada entidad. En el caso de presentación de varias solicitudes, solo se tendrá en cuenta la última presentada, que dejará sin efecto y anulará todas las anteriores.
Documentación complementaria
1. Junto con el formulario de solicitud (anexo I), deberá anexarse la siguiente documentación:
a) Acreditación de la persona que, en nombre y representación del organismo intermedio firma la solicitud, mediante la correspondiente documentación de apoderamiento, resolución, mandato, certificado expedido por el secretario o secretaria, o acta donde se determine dicha representación. Quedan exceptuadas de dicha presentación las personas o entidades inscritas en el Registro Electrónico General de Apoderamientos de Galicia que garanticen representación para este procedimiento.
2. Forma parte de la solicitud la declaración responsable que contiene y que hace constar los aspectos siguientes:
a) El conjunto de todas las solicitudes efectuadas o concedidas para la misma finalidad de las distintas administraciones públicas competentes.
b) Que todos los datos contenidos en la solicitud y en los documentos que se aportan son ciertos.
c) No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
d) No estar incursa en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en los puntos 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
e) Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, conforme al artículo 10.2.g) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y el artículo 9 del Reglamento de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
f) El cumplimiento de los requisitos establecidos para obtener la condición de entidad beneficiaria, según lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y específicamente de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.
g) La disposición de financiación suficiente para financiar los costes del proyecto que tendrán que ser asumidos por el organismo intermedio, en su caso.
h) Que la actividad que vayan a desarrollar las personas trabajadoras contratadas tiene relación con el fines del organismo intermedio y les va a procurar una práctica profesional necesaria para su integración sostenible en el mercado de trabajo.
i) Que el organismo intermedio solicitante no tiene ánimo de lucro.
j) Que el organismo intermedio se encuentra inscrito en el correspondiente registro
k) Que el organismo intermedio dispone de un centro de trabajo, entendiendo por tal una oficina o delegación permanente que pueda ser habilitada al efecto, en la Comunidad Autónoma de Galicia, distinta de la sede social de la entidad cuando coincida con el domicilio de las personas físicas que dirigen la entidad, en propiedad, arrendada o cedida formalmente a esta.
l) Que con la presentación de esta solicitud acepta la subvención.
m) Que ninguna de las personas que ocupan funciones directivas en el organismo intermedio a partir de la fecha de publicación de la presente orden, ni sus cónyuges, ascendientes, descendientes o demás parientes, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, van a ser contratadas al amparo de la presente subvención.
n) Certificación del/de la secretario/a del organismo Intermedio o, de no existir esa figura, de la persona representante del organismo, en la que consten los costes salariales de las personas trabajadoras que se pretenden contratar para la realización del proyecto para el cual se solicita la subvención. Se hará referencia expresa al convenio colectivo que sea de aplicación.
3. De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, no será necesario aportar los documentos que ya hubieran sido presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerir a la persona interesada su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad al planteamiento de la propuesta.
4. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en que fuera realizada la subsanación.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
Comprobación de datos
1. Para la tramitación de este procedimiento el órgano gestor de la ayuda consultará automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona u organismo intermedio interesado se oponga a su consulta:
a) DNI o NIE de la persona representante.
b) NIF de la entidad solicitante.
c) Consulta del código cuenta de cotización.
d) Certificado de estar al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social.
e) Certificado de estar al corriente en sus obligaciones con la Administración tributaria de la Comunidad Autónoma de Galicia.
f) Certificado de estar al corriente en sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
g) Consulta concesiones de subvenciones y ayudas.
h) Consulta de inhabilitaciones para obtener subvenciones.
i) DNI o NIE de la persona trabajadora contratada.
j) Informe de la vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social de la persona trabajadora contratada.
k) Inscripción de la persona trabajadora contratada como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo, en las fechas de referencia (selección y contratación).
l) Contrato de trabajo de la persona trabajadora contratada.
m) Inscripción como beneficiaria en el fichero del SNGJ en las fechas de referencia (selección y contratación).
Se consultarán, además, los siguientes datos cuando las persona trabajadora contratada haga constar que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente.
n) Certificado de discapacidad reconocida por la Xunta de Galicia.
ñ) Datos de residencia con fecha de última variación del padrón.
2. En caso de que las personas u organismos interesados se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y aportar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona o entidad interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas u organismos interesados la presentación de los documentos correspondientes.
4. La entidad beneficiaria se someterá a las actuaciones de comprobación y control, y facilitará toda la información requerida por los órganos verificadores establecidos en aplicación de los artículos 72, 73 y 74 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, que incluirán las correspondientes visitas sobre el terreno, así como por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Galicia, el Consejo de Cuentas, el Tribunal de Cuentas y otros órganos de control impuestos por la normativa comunitaria en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
- Iniciación
- Solicitud (anexo I)
- Fase de Solicitud
- DECLARACIÓN EXPRESA DE OTRAS AYUDAS (Anexo IV)
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Tres meses
Sentido del silencio:
Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Programa de incentivos a la transformación de contratos temporales en indefinidos.
Fomento del contrato para la formación y el aprendizaje.