Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
IF500A - Autorización de ocupación de dominio público portuario competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia con destino a la realización de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Establecer el procedimiento de autorización de ocupación de dominio público portuario competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia con destino a la realización de espectáculos públicos y actividades recreativas (código de procedimiento administrativo: IF500A). Se definen en el presente procedimiento la tipología de eventos autorizables y los criterios generales que regularán la autorización de la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas a desarrollar en los puertos sujetos a la gestión de la entidad pública empresarial Puertos de Galicia.
Podrán formalizar la solicitud personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica públicas o privadas, y no será posible su presentación por parte de personas físicas.
1. Para que la solicitud pueda ser tenida en cuenta, en general, deberá ser presentada con una anterioridad mínima de dos (2) meses al inicio del evento, contado desde el primer día en que se solicite la ocupación del espacio portuario.
En el caso concreto de espectáculos deportivos vinculados a la náutica (espectáculo público I.5), las solicitudes deberán presentarse, por lo menos quince (15) días hábiles antes de la celebración del evento o del inicio del montaje de las instalaciones que sean necesarias, en su caso.
Únicamente podrán ser admitidas a trámite las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido en la convocatoria pública cuando se trate de eventos promovidos y/o patrocinados por administraciones públicas o corporaciones que participen de esta naturaleza, siempre que se justifique que tengan un carácter sobrevenido difícilmente previsible. En este caso, el solicitante deberá presentar, en la memoria de actividad anexa a la solicitud, justificación de la excepcionalidad de la causa que justifique la presentación fuera de plazo. Puertos de Galicia valorará en cada caso la admisión a trámite de la solicitud.
En todo caso las solicitudes deberán presentarse como mínimo 5 días hábiles antes del inicio de la ocupación, ya que, de lo contrario, no serán admitidas a trámite.
2. En el supuesto de que el solicitante tenga previsto realizar más de un evento anual en el puerto, se podrá formalizar mediante una petición única global por todos los eventos de características similares, presentando el proyecto o documentación técnica común para todos los eventos, con inclusión de las particularidades concretas de cada uno de ellos en su correspondiente anexo.
3. Recibida la solicitud de autorización y la documentación anexa, Puertos de Galicia analizará el cumplimiento de la normativa aplicable a los efectos de la ocupación del dominio público portuario y requerirá, cuando proceda, a los solicitantes para su enmienda. Se entenderá que se desiste de la solicitud cuando el solicitante no atienda el requerimiento de documentación realizado por Puertos de Galicia para la enmienda de la documentación en el plazo establecido para ello.
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Portos de Galicia
Portos de Galicia de Lugo (zona Norte)
Rúa Pastor Díaz, nº 13, 1º
27002 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982828426
Email: zonanorte@portosdegalicia.com
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Portos de Galicia
Portos de Galicia da Coruña (zona Centro)
Avda. Porto da Coruña, nº 5-1º
15006 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981182626
Email: zonacentro@portosdegalicia.com
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Portos de Galicia
Portos de Galicia de Pontevedra (zona Sur)
Rúa Victor Said Armesto, nº 1, 1º e 2º
36002 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 886159290
Email: zonasur@portosdegalicia.com
Portos de Galicia
Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacción reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 240 del 11 de diciembre de 2003).
LEY 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia.
DECRETO 124/2019, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos abiertos al público de la Comunidad Autónoma de Galicia y se establecen determinadas disposiciones generales de aplicación en la materia.
Ley 6/2017, de 12 de diciembre, de puertos de Galicia.(DOG nº 236 de 14 de diciembre de 2017).
Ley 10/2017, de 27 de diciembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de Galicia (DOG nº 1 del 2 de enero de 2018).
Resolución de 8 de mayo de 2020 por la que se aprueba el procedimiento de autorización de ocupación de dominio público portuario competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia con destino a la realización de espectáculos públicos y actividades recreativas (código de procedimiento IF500A). (DOG nº 96 de 19 de mayo de 2020).
Resolución de 17 de abril de 2023 por la que se modifica el procedimiento de autorización de ocupación de dominio público portuario competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia con destino a la realización de espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG nº 100 del 29 de mayo de 2023).
Plazo de presentación: Abierto todo el año
El plazo de presentación es a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la presente resolución, el cual quedará abierto desde la mencionada fecha.
Las solicitudes tendrán que ser presentadas con la antelación mínima a la realización del espectáculo público o actividad recreativa indicada en la condición octava.
Este procedimiento está sujeto al pago de una tasa. A continuación se muestra el listado de tasas aplicables:
- Autorización para su celebración en vías públicas (Código tasa: 30.40.01)
Puede realizar el pago de estas tasas en la sede electrónica como uno de los pasos de la tramitación en línea.
Solicitudes .
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I), disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Documentación complementaria .
1. Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:
a) El proyecto y la documentación técnica que resulte exigible según la naturaleza de la actividad. A estos efectos, se entiende por proyecto el conjunto de documentos que definen las actuaciones a desarrollar, con el contenido y detalle que permita a la Administración conocer su objeto y determinar su ajuste a la normativa urbanística y sectorial de aplicación. El proyecto y la documentación técnica los redactará y firmará persona técnica competente. Incluirá plan de tráfico alternativo, en el supuesto de solicitar el corte de vías portuarias.
b) El plano del puerto en el que se indique la localización concreta del espectáculo público o actividad para la que se solicita la autorización, en el que se especifique la extensión de la zona de dominio público portuario a ocupar y las fechas y el plazo en los que se pretende desarrollar. Deberá presentarse soporte gráfico en el que se identifique con claridad el ámbito y la superficie solicitada.
Podrá descargarse la cartografía de cada puerto, con indicación de cada una de las zonas definidas en estas bases en el enlace: http://www.portosdegalicia.gal/solicitude_espectaculos
c) El documento acreditativo, firmado por el/la interesado/a, de la designación de la persona física o jurídica que asumirá la responsabilidad técnica de la ejecución del proyecto y que debe expedir la certificación que acredite la adecuación del espectáculo público o actividad recreativa a los requisitos exigibles, adjuntando el anexo II debidamente cumplimentado.
d) Para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas que requieran el montaje de estructuras no permanentes desmontables será preciso adjuntar el documento acreditativo de la designación, por quien presente la declaración, de la persona física o jurídica que asumirá la responsabilidad técnica del montaje de la instalación, presentando el anexo II debidamente cumplimentado.
e) Para la realización de espectáculos deportivos o actividades recreativas náuticas que impliquen la ocupación de la lámina de agua se deberá presentar informe favorable de la capitanía marítima, o del distrito marítimo correspondiente, o justificante de haberlo solicitado.
f) Para la realización de lanzamiento de fuegos de artificio vinculados a fiestas y verbenas populares se deberá presentar informe favorable de la subdelegación de Gobierno correspondiente, o justificante de haberlo solicitado.
g) Si la actividad es organizada, total el parcialmente dentro del ámbito de una zona concesionada o autorizada, por alguien diferente del poseedor del título de ocupación, deberá presentar declaración de conformidad del titular de la concesión o autorización, empleando el formulario del anexo IV.
h) Cuando se trate de espectáculos públicos o actividades recreativas que tengan una singularidad, arraigo popular en el ámbito territorial donde se desarrollan o valor cultural que precisen de la instalación de carpas o espacios cubiertos con superficie superior a 100 m2 en zonas de actividad portuaria media, deberá presentar informe del organismo público patrocinador del evento, justificando su conformidad.
i) Justificante de pago de la tasa administrativa devengada por la tramitación de la solicitud, identificada con el código 30.40.01, salvo que este proceso se inicie y finalice electrónicamente.
Si la entidad solicitante ha previsto organizar más de un espectáculo público o actividad recreativa en un puerto dependiente de Puertos de Galicia, podrá realizar conjuntamente la solicitud de varios eventos a realizar a lo largo del año. En este caso, la fianza y seguros exigibles se podrán formalizar de forma única para todos ellos siempre y cuando las coberturas mínimas exigibles queden garantizadas y el importe de la fianza sea el mínimo exigible para cada uno de los eventos. En este caso además de indicar en el modelo normalizado la totalidad de los eventos programados, con indicación de las fechas previstas, se deberá presentar por cada evento la documentación indicada en los apartados anteriores.
2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que sea realizada la enmienda.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
4. En caso de que alguno de los documentos que se presente de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos .
1. Para a tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI/NIE de la persona representante.
b) Certificado de inscripción de asociaciones.
c) Certificado acreditativo de la junta directiva de asociaciones.
d) Consulta de apoderamientos (REAG).
e) Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social.
f) Certificado de estar al corriente en el pago de las deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.
g) NIF de la entidad solicitante.
h) Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias con la AEAT.
i) Certificado de domicilio fiscal.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y aportar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes .
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Tres meses
Sentido del silencio:
Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Autorización de ocupación de dominio público portuario, en puertos dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Prórroga de la autorización de ocupación de dominio público portuario, en puertos dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Prestación del servicio de manipulación de carga, que comprende la carga, la estiba, la descarga, la desestiba y el transbordo de mercancías.
Actividad comercial portuaria de consignación de buques.
Actividad comercial portuaria de suministro de combustible a buques, y otras instalaciones fijas y móviles, mediante medios móviles terrestres.
Acceso, modificación y baja, a las instalaciones portuarias controladas por barreras físicas y para uso de puntos de abastecimiento de agua y electricidad.