Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
IF504B - Autoprestación del servicio al pasaje, que comprende el embarque y desembarque de pasajeros y pasajeras, así como la carga y descarga de equipajes y vehículos.
Regular el procedimiento de autorización de auto prestación del servicio al pasaje, que comprende el embarque y desembarque de pasajeros y pasajeras, así como la carga y descarga de equipajes y vehículos en los puertos de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Podrán formalizar la solicitud personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica públicas o privadas así como los trabajadores autónomos y trabajadoras autónomas para los trámites y actuaciones que realicen en el ejercicio de su actividad profesional.
Los servicios portuarios especiales se prestarán por operadores privados en régimen de libre competencia.
El servicio podrá realizarse por las personas físicas o jurídicas españolas, de otros países de la Unión Europea o de terceros países, condicionadas estas últimas a la prueba de reciprocidad, excepto nos supuestos en que los compromisos de la Unión Europea con la Organización Mundial del Comercio no exijan dicho requisito, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en causa de incompatibilidad y acrediten, en los términos previstos en el pliego regulador del servicio, el cumplimiento de los siguientes requisitos:
En el supuesto de que el servicio cumpla los requisitos indicados Ley 2/2008, de 6 de mayo, por el que se desarrolla la libre prestación de servicios de transporte marítimo de personas en aguas interiores de Galicia, para poder realizar el servicio de transporte marítimo de viajeros y viajeras por aguas interiores de Galicia será necesaria la inscripción de la empresa operadora, y de las condiciones de la prestación del servicio, en el Registro de Empresas Operadoras del Transporte Marítimo, indicado en la citada ley.
Además las empresas operadoras deberán cumplir lo siguiente:
a. Justificar la solvencia económica, técnica y profesional para hacer frente a los deberes resultantes del servicio que se determinen en el pliego regulador de cada servicio, de la siguiente manera:
a.1) Solvencia económica y financiera:
El solicitante deberá acreditar un volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años enteros disponibles por importe igual o superior al indicado a continuación según el tipo de tráfico. Se acreditará mediante declaración del solicitante de las cuentas anuales de los últimos años enteros indicando el volumen de negocios global de la empresa en el año más ventajoso.
Las cuantías mínimas a justificar son las siguientes:
i. Tráfico regular: 165.000 €
ii. Tráfico regular de temporada: 120.000 €
iii. Tráfico turístico con continuidad: 75.000 €
iv. Tráfico turístico sin continuidad: 22.500 €
v. Tráfico discrecional y/o el realizado con embarcación de 6ª lista de hasta 12 pasajeros: 10.000 €
También se podrá acreditar justificando la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a las cuantías indicadas anteriormente según el tipo de tráfico que se solicite. En el supuesto de que una embarcación realice varias tipologías de servicios se contabilizará por cada puerto autorizado, y por el servicio con cuantía superior de los propuestos.
a.2) Solvencia técnica y profesional:
Comprometerse a disponer de los medios humanos y materiales que sean necesarios, para el desarrollo de las operaciones habituales, tanto las más simples como las más complejas, en condiciones de seguridad, calidad, continuidad y regularidad en función de las características de la demanda. El solicitante deberá acreditar solvencia técnica mediante declaración de idoneidad del buque/embarcación y que cuenta con la tripulación mínima exigida para su manejo.
b. Estar al corriente del cumplimiento de los deberes de carácter fiscal, laboral y social exigidas por la legislación vigente.
c. Cumplir las condiciones específicas necesarias para la idónea prestación del servicio, de acuerdo con el previsto en la Ley 6/2017 de puertos de Galicia, y en la demás normativa de aplicación.
d. Operar con buques que no se encuentren entre los que enarbolen el pabellón de un Estado incluido en la lista negra que se publica en el informe anual de la Memoria de París o descrito como de alto o muy alto riesgo en la citada lista.
e. Superar o comprometerse justificadamente a superar un volumen de servicios mínimo de 50.000 pasajeros anuales en el pasaje regular permanente y 20.000 pasajeros anuales en el pasaje regular de temporada; 10.000 en los servicios turísticos con continuidad y 5.000 pasajeros en servicios turísticos sin continuidad; y 1.000 pasajeros en servicios discrepcionales En el supuesto de que una embarcación realice varias tipologías de servicios, se contabilizará por cada puerto autorizado, y por el servicio con compromiso de superior cuantía mínima de los propuestos.
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Portos de Galicia
Portos de Galicia de Lugo (zona Norte)
Rúa Pastor Díaz, nº 13, 1º
27002 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982828426
Email: zonanorte@portosdegalicia.com
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Portos de Galicia
Portos de Galicia da Coruña (zona Centro)
Avda. Porto da Coruña, nº 5-1º
15006 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981182626
Email: zonacentro@portosdegalicia.com
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Portos de Galicia
Portos de Galicia de Pontevedra (zona Sur)
Rúa Victor Said Armesto, nº 1, 1º e 2º
36002 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 886159290
Email: zonasur@portosdegalicia.com
Portos de Galicia
Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacción reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 240 del 11 de diciembre de 2003).
Ley 2/2008, de 6 de mayo, por la que se desarrolla la libre prestación de servicios de transporte marítimo de personas en aguas interiores de Galicia (DOG nº 90 del 12 de mayo de 2008).
Ley 6/2017, de 12 de diciembre, de puertos de Galicia.(DOG nº 236 de 14 de diciembre de 2017).
Resolución de 17 de abril de 2023 por la que se regulan los procedimientos de prestación de servicios especiales de manipulación de carga y al pasaje, y de desarrollo de actividades comerciales, industriales y de otra naturaleza de consignación de buques y mercancías, avituallamiento de combustible y puesta a disposición de medios mecánicos en los puertos dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 105 del 5 de xuño de 2023).
Ley 39/2015, de Procedimiento Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236 de 2 de octubre de 2015).
Plazo de presentación: Abierto todo el año
El plazo de presentación de solicitudes, será a partir del día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la presente resolución, quedando abierto indefinidamente.
Solciitud según el Anexo III.
Hoja de asiento de cada uno del/s buque/s en el registro marítimo español del Ministerio de Fomento.
Certificado/informe de la administración marítima de aptitud de el/los buques/embarcación/s para realizar el servicio de pasaje solicitado, incluso los de relevo, de acuerdo con las exigencias de seguridad marítima y en el que quede constancia del número máximo de pasajeros.
Certificados de navegabilidad del/s buque/s propuesto/s para realizar el servicio, y en su caso de los que se propongan en relevo.
Documentación técnica descriptiva de los medios de que dispone la embarcación para garantizar la eliminación de barreras en el embarque/desembarque, que incluya planos yfotografías de las pasarelas de acceso, rampas u otras equipaciones.
En el supuesto de solicitar instalación de punto de venta de billetes: Documentación descriptiva del punto de venta solicitado, sea una caseta o un cajero, con indicación de las dimensiones, características, material, tipología. Deberán presentarse fotografías e/o documentación gráfica reflejada en catálogos.
Acreditación de la solvencia económica yfinanciera: En el supuesto de que el solicitante no pueda acreditar un volumen anual de negocio, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años enteros con las cuantiás mínimas indicadas a continuación para cada tipo de tráfico, deberá presentar justificante de tener formalizado un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior las citadas cuantías:
Tráfico regular: 165.000 €.
Tráfico regular de temporada: 120.000 €.
Tráfico turístico con continuidad 75.000 €.
Trafico turístico sin continuidad: 22.500 €.
Tráfico discrecional y/o realizado con embarcación de 6ª lista de hasta 12 pasajeros: 10.000 €.
La acreditación de solvencia se realizará mediante declaración efectuada en el propio modelo de solicitud, pudiendo requerir Portos de Galicia aquellos documentos que estime oportunos para su comprobación.
En el supuesto de que se utilice un puesto de atraque localizado en el ámbito de una concesión, deberá presentar precontrato de cesión o compromiso de formalizar contrato, de uso el cual no tendrá que ser en exclusividad.
Personas jurídicas: Escritura acreditativa de la constitución de la sociedad inscrita en el registro mercantil.
Personas jurídicas: Poder de representación otorgado a favor del solicitante debidamente verificada su suficiencia, e inscrito, si es el caso, en el registro pertinente, excepto que la representación se desprenda de los documentos anteriormente citados.
Inscripción en el registro de empresas operadoras del transporte marítimo.
Comprobación de datos .
Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el recuadro correspondiente del Anexo y aportar una copia de los documentos.
DNI/NIE de la persona solicitante.
DNI/NIE de la persona representante.
Certificado de estar al día del pago con la Seguridad Social.
Certificado de estar al día en el pago de las deudas con la Administración pública de la comunidad autónoma.
Consentimiento para la comprobación de datos .
La persona interesada autoriza la consulta a otras administraciones públicas de los siguientes datos. De no autorizar la consulta, deberá aportar el documento correspondiente.
NIF de la entidad solicitante.
NIF de la entidad representante.
Certificado de estar al día del pago de deberes tributarios con la AEAT.
Certificado de domicilio fiscal.
Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Tres meses
Sentido del silencio:
Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Autorización de ocupación de dominio público portuario, en puertos dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Prestación del servicio de manipulación de carga, que comprende la carga, la estiba, la descarga, la desestiba y el transbordo de mercancías.
Actividad comercial portuaria de consignación de buques.
Actividad comercial portuaria de puesta a disposición de medios mecánicos.
Actividad comercial portuaria de suministro de combustible a buques, y otras instalaciones fijas y móviles, mediante medios móviles terrestres.
Acceso, modificación y baja, a las instalaciones portuarias controladas por barreras físicas y para uso de puntos de abastecimiento de agua y electricidad.