Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
BS632C - Concierto social para la reserva y ocupación de plazas en servicios de atención diurna y de atención residencial para personas dependientes con discapacidad física.
Concierto social para satisfacer la necesidad administrativa de reserva y ocupación de plazas en servicios de atención diurna y de atención residencial para personas dependientes con discapacidad física para el período 2024-2028, y proceder a su convocatoria, por el procedimiento de asignación de conciertos.
Personas dependientes con discapacidad física.
1. Podrán participar en la presente convocatoria las entidades que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar debidamente inscritas en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Galicia (en adelante, RUEPSS).
b) Contar con la oportuna autorización administrativa de los centros en los que se vayan a prestar los servicios objeto de concierto, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 254/2011, de 23 de diciembre, por el que se regula el régimen de registro, autorización, acreditación e inspección de los servicios sociales en Galicia.
c) Acreditar la titularidad del centro en el que se va a prestar el servicio objeto de concierto o su disponibilidad mediante cualquier título jurídico válido por un período no inferior al de la vigencia del mismo, así como la autorización de la entidad o persona titular del centro donde se prestan los servicios.
d) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por la legislación vigente.
e) Acreditar la solvencia económica y financiera y técnica o profesional y una experiencia mínima de atención al colectivo destinatario del objeto del concierto, según se establece en el artículo 6 de esta convocatoria.
f) Contar con un seguro de responsabilidad civil con una cobertura no inferior a los 150.000 euros, para garantizar la obligación de indemnizar a las personas usuarias por los daños que se les puedan ocasionar a consecuencia de la ejecución del concierto.
g) Estar en condiciones de acreditar el cumplimiento de la normativa que, con carácter general o específico, le sea aplicable, tanto por la naturaleza jurídica de la entidad como por el tipo de servicio objeto de la presente convocatoria.
Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
2. No podrán concurrir a la presente convocatoria las entidades que se encuentren en alguno de los supuestos de prohibición para concertar a los que se refiere el artículo 7 del Decreto 229/2020, de 17 de diciembre.
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Dirección Xeral de Persoas con Discapacidade
Subdirección Xeral de Recursos e Equipamentos de Apoio á Discapacidade
Avda Fernando de Casas Novoa, nº 35
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546987
Email: xestion.politicasocial@xunta.gal
Dirección Xeral de Persoas con Discapacidade
Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia (DOG nº 245 del 18 de diciembre de 2008).
Decreto 229/2020, de 17 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen de conciertos sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 3 del 7 de enero de 2021).
Orden de 13 de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras del concierto social para la reserva y ocupación de plazas en servicios de atención diurna y de atención residencial para personas dependientes con discapacidad física para el período 2024-2028, y se realiza su convocatoria mediante tramitación anticipada de gasto (DOG nº 237 del 15 de diciembre de 2023).
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Dirección General de Personas con Discapacidad, por la que se publica la Resolución de 26 de enero de 2024 por la que se asigna el concierto social para la reserva y ocupación de plazas en servicios de atención diurna y de atención residencial para personas dependientes con discapacidad física para el período 2024-2028 (DOG nº 37 del 21 de febrero de 2024).
Plazo de presentación: CERRADO
16/12/2023 00:00 - 15/01/2024 23:59
El plazo de presentación de las solicitudes será de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. De acuerdo con lo previsto en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si el último día del plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hubiere día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
Solicitudes .
1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo II) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.
Para presentar las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365 ).
2. Si la solicitud no reúne alguno de los requisitos exigidos en estas bases reguladoras, el órgano responsable de la tramitación requerirá a las personas interesadas para que, en un plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la notificación del requerimiento, enmienden la falta o presenten los documentos preceptivos. En este requerimiento se hará indicación expresa de que, si así no lo hicieren, se tendrán por desistidas de su petición, previa la correspondiente resolución, en los términos previstos por el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3. Se presentará una única solicitud por entidad y las ofertas podrán ser por la totalidad de las plazas del/de los ayuntamiento/s a los que concurra o una parte de ellas, debiendo indicar el número de plazas y el centro. Si el número de plazas ofertado de la entidad con la mayor puntuación es inferior al total de plazas del ayuntamiento, las restantes plazas serán atribuidas por el orden de prelación de acuerdo con los criterios de selección.
A los efectos de preferencia de las entidades que, a fecha de publicación de esta convocatoria, estén prestando el servicio objeto del presente concierto mediante otras fórmulas de colaboración o contratación, deberán ofertar la totalidad de las plazas que tienen contratadas. En caso contrario, no se tendrá en cuenta el criterio de preferencia y las plazas serán atribuidas atendiendo a los criterios de selección recogidos en el artículo 13 de la presente convocatoria y según lo indicado en el párrafo anterior.
Asimismo, las entidades no tienen que solicitar las plazas del servicio de transporte adaptado y asistido ya que están directamente vinculadas al número de plazas asistenciales que se solicitan (a cada plaza asistencial solicitada le corresponde una plaza de transporte).
Tampoco se solicitarán las compensaciones por la implantación de las medidas especiales de accesibilidad, puesto que ya van vinculadas, proporcionalmente, al servicio de transporte.
Sin perjuicio de lo anterior, se garantizará en cada liquidación el abono de las compensaciones que correspondan al servicio efectivamente prestado.
4. La presentación de la solicitud supone la aceptación incondicionada de la entidad solicitante de la totalidad de lo contenido de esta convocatoria, sin excepción o reserva alguna.
5. En el anexo II constan las siguientes declaraciones responsables:
a) Que, de acuerdo con el artículo 38 del Decreto 229/2020, de 17 de diciembre, en relación con otras ayudas concedidas o solicitadas, la entidad no ha solicitado otras ayudas para la financiación de los servicios o prestaciones objeto de este concierto.
b) Que la entidad tiene contratada una póliza de seguro de responsabilidad civil, con una cobertura no inferior a los 150.000 euros, para garantizar la obligación de indemnizar a las personas usuarias por los daños que se les puedan ocasionar a consecuencia de la ejecución del concierto.
c) Que la entidad dispone de la experiencia mínima, según se establece en el artículo 6.3 de la convocatoria.
d) Que la entidad no está incursa en ninguna causa de prohibición para concertar, según lo dispuesto en el artículo 7.1 del Decreto 229/2020, de 17 de diciembre.
e) Que todos los datos contenidos en la solicitud y en los documentos que se aportan son ciertos.
f) Que la entidad participante acepta la totalidad de las condiciones establecidas en esta convocatoria y en el pliego técnico.
Documentación complementaria .
1. Las entidades solicitantes deberán aportar con la solicitud (anexo II) la siguiente documentación:
a) Documentación justificativa de la solvencia económica y financiera de acuerdo con los medios establecidos en el artículo 6.1 de esta convocatoria, en su caso.
b) Documentación justificativa de la solvencia técnica o profesional de acuerdo con los medios establecidos en el artículo 6.2 de esta convocatoria, en su caso.
c) En caso de que la entidad solicitante no sea la titular del centro en el que se va a prestar el servicio objeto de concierto, justificante sobre su disponibilidad mediante cualquier título jurídico válido por un período no inferior al de la vigencia del mismo, así como la autorización de la entidad o persona titular del centro donde se prestan los servicios.
d) Declaración responsable sobre las medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral o documentación justificativa de la posesión de la Marca gallega de excelencia en igualdad (o equivalente) o del Certificado de empresa familiarmente responsable (o cualquier otro certificado o acreditación adecuado a estos efectos) en relación con lo previsto en el artículo 13.3.c) de esta convocatoria, según el caso.
e) Declaración responsable sobre la exención del impuesto sobre el valor añadido, en su caso.
2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que sea realizada la enmienda.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
4. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes .
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la Xunta de Galicia de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos .
1. Para tramitar este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) NIF de la entidad solicitante.
b) DNI/NIE de la persona representante.
c) Inscripción en el RUEPSS de la entidad solicitante.
d) Inscripción en el RUEPSS del centro cuyas plazas se ofertan.
e) Titularidad del centro en el RUEPSS.
f) Certificado de que la entidad solicitante está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pago ninguna otra deuda, por cualquier concepto, con la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y aportar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Tres meses
Sentido del silencio:
Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
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